Protección procesal de los bienes colectivos.
Palabras clave:
Derechos colectivos - protección procesalResumen
Los noveles titulares de derechos colectivos carecen de un proceso específicoy proporcional a la naturaleza de la pretensión colectiva quela Constitución Nacional les reconoció en la reforma constitucional de1994; grave mora legislativa que compromete la responsabilidad internacionalde la República Argentina. La discutible mixtura que se operóen materia de tutela colectiva entre la normativa clásica (plasmada enel Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, diseñado por el legisladordiligente para la resolución de conflictos privados entre partessimples o múltiples, pero no colectivas) y el derecho procesal moderno(representado, en nuestro país, por las nuevas directivas de los artículos41, 42 y 43 de la Carta Magna, ley de Defensa del Consumidor 24.240, ley General del Ambiente N° 25.675 y las Acordadas de la CSJN N° 32/2014 y N° 12/2016) resulta a todas luces negativa para la oportuna y efectiva protección o tutela de los bienes y derechos colectivos que consagra la Constitución Nacional.Descargas
Publicado
2018-10-31
Cómo citar
Herrero, L. R. (2018). Protección procesal de los bienes colectivos. Aequitas, 10(10). Recuperado a partir de https://p3.usal.edu.ar/index.php/aequitas/article/view/4440
Número
Sección
Artículos de Doctrina
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