El régimen legal del bitcoin y las criptomonedas
Palabras clave:
Blockchain, Bitcoin, Criptomonedas, Tokens, Derecho de la tecnologíaResumen
Las criptomonedas aún no tienen una suficiente regulación específica en Argentina. La investigación consistió en determinar sus características técnicas, funcionales y económicas, así como su régimen jurídico. La hipótesis consistió en que las normas de carácter general serían ciertamente aplicables, pese a las peculiaridades propias de los activos digitales.Las criptomonedas se sustentan en redes blockchain, que son una especie de registro distribuido. Un registro distribuido es una base de datos, llevada y actualizada de modo independiente por cada usuario o nodo de una red. Las modificaciones al registro no se comunican a una autoridad central, sino que son construidas por cada nodo. Cada nodo procesa cada transacción, llega a sus propias conclusiones, y luego se vota para determinar si esas conclusiones son compartidas por el resto de los nodos. Una vez que se logra el consenso, cada nodo mantendrá una copia idéntica del registro distribuido. La especificidad de las redes blockchain consiste en que la información se va incorporando al registro en bloques consecutivos, como si fuese una cadena vinculada entre sí mediante técnicas criptográficas. Se pueden incorporar nuevos bloques, pero es técnicamente improbable que se pueda alterar o eliminar a los anteriores. El consentimiento en la blockchain que utiliza Bitcoin se logra mediante un proceso denominado proof of work y basado en el proceso de minado. La minería consiste en incorporar un bloque de transacciones a la red, para lo cual es necesario que quien actúe como minero solucione un problema matemático propuesto por el sistema. El minero que logre incorporar un bloque será premiado por el sistema con la asignación de criptomonedas, que son creadas por el sistema en tal ocasión. Tales criptomonedas no son un archivo que se pueda enviar como un documento adjunto en un email, sino que son un registro en una red blockchain. Son inmateriales, carecen de valor intrínseco, no son emitidos por ninguna autoridad (el sistema las emite en ocasión del minado), son fungibles, divisibles y consumibles. Pueden tener valor económico, en caso de que el mercado se lo asigne.En Argentina, las criptomonedas no son moneda, ya que no son emitidas por el Estado, carecen de curso legal y de curso forzoso, y no son emitidas en valores nominales. Sin embargo, pueden ser atesoradas y empleadas en el comercio, debido al principio constitucional de reserva. No son cosas, ni bienes muebles digitales, ni constituyen un crédito contra los otros usuarios del sistema. No son valres negociables. No se les aplica el régimen de las obligaciones dinerarias ni son moneda extranjera.En el informe se analizaron los rasgos técnicos, económicos y funcionales de las criptomonedas y se las estudió desde las más diversas áreas del derecho: el documental, el derecho de familia, el contractual y la responsabilidad civil, el derecho cambiario, los derechos reales, el derecho sucesorio, elderecho internacional privado, el derecho penal, la normativa del mercado de valores, el derecho del consumidor, el concursal, el societario y el laboral, el régimen del crowdfunding, la ley de ganancias y la normativa de la UIF. En una publicación posterior, se actualizó con normas del BCRA y la AFIP.Se destacó la necesidad de armonizar la legislación del país con el estándar internacional provisto por la Recomendación N. ° 15 del GAFI (Grupo de Acción Financiera Internacional).A la investigación se sumó el aporte del Dr. Ramón Bonell Colmenero (Univ. Complutense de Madrid,), en base al derecho español y comunitario. Se organizó una jornada donde expuso la Dra. Caroline Kleiner (Univ. de Estrasburgo) y una conferencia en el Campus de Pilar (2019). La investigaciónfue presentada en las VIII Agendas de Investigación de Derecho Civil-Constitucional(UBA, 2019); y su desarrollo fue publicado en El Dial, en la Revista de Derecho Franco-Argentino ypróximamente en El DerechoDescargas
Publicado
2020-12-30
Cómo citar
Soto, A., Lucero, L., Sabat Martínez, J. M., & Bonell Colmenero, R. (2020). El régimen legal del bitcoin y las criptomonedas. Anuario De Investigación USAL, (7). Recuperado a partir de https://p3.usal.edu.ar/index.php/anuarioinvestigacion/article/view/5228
Número
Sección
Proyectos de Investigación Facultad de Ciencias Jurídicas