La confianza legítima como expresión de la bonae fides de la Administración
Palabras clave:
Principio de buena fe, Administración pública, Confianza legítima.Resumen
Entre la seguridad y la permanencia del Derecho y la inseguridad jurídica y el progreso social debe estarse a favor de lo segundo en el contexto de un Estado Social y Democrático de Derecho. Sin embargo, esos cambios normativos deben articularse garantizando el principio de legalidad y reparando, en su caso, los perjuicios que esas innovaciones normativas ocasionen en las situaciones jurídicas subjetivas de los particulares. Debe haber, por tanto, una justificación suficiente que obligue a soportar esa inseguridad jurídica y ésta deberá admitirse solo en tanto no quiebre la paz social. El objeto de este trabajo será identificar las raíces del principio de la confianza legítima en diferentes aspectos del Derecho Romano y básicamente en los principios generales del derecho que surgen del mismo, fundamentalmente la buena fe. Para ello se desarrollarán algunos ejemplos de instituciones y principalmente se enfocará en la labor de un magistrado fundamental como lo fue el pretor para la evolución y flexibilización del derecho a la luz de las necesidades y expectativas sociales.Publicado
2014-03-07
Cómo citar
Mora, P. S. (2014). La confianza legítima como expresión de la bonae fides de la Administración. Aequitas Virtual, 7(20). Recuperado a partir de http://p3.usal.edu.ar/index.php/aequitasvirtual/article/view/2075
Número
Sección
Doctrina
Licencia
CREATIVE COMMONS 2.5
Usted es libre de:
- Compartir - copiar, distribuir, ejecutar y comunicar públicamente la obra
- hacer obras derivadas
- hacer un uso comercial de esta obra
Bajo las condiciones siguientes:
Atribución — Debe reconocer los créditos de la obra de la manera especificada por el autor o el licenciante (pero no de una manera que sugiera que tiene su apoyo o que apoyan el uso que hace de su obra).
Entendiendo que:
- Renuncia — Alguna de estas condiciones puede no aplicarse si se obtiene el permiso del titular de los derechos de autor
- Dominio Público — Cuando la obra o alguno de sus elementos se halle en el dominio público según la ley vigente aplicable, esta situación no quedará afectada por la licencia.
- Otros derechos — Los derechos siguientes no quedan afectados por la licencia de ninguna manera:
- Los derechos derivados de usos legítimos u otras limitaciones reconocidas por ley no se ven afectados por lo anterior.
- Los derechos morales del autor;
- Derechos que pueden ostentar otras personas sobre la propia obra o su uso, como por ejemplo derechos de imagen o de privacidad.
- Aviso — Al reutilizar o distribuir la obra, tiene que dejar muy en claro los términos de la licencia de esta obra. La mejor forma de hacerlo es enlazar a esta página.