Cuando los convenios también evolucionan: Argentina-Francia y tres momentos para evitar la doble imposición
Palabras clave:
convenio para evitar la doble imposición, Argentina-Francia, Protocolo de Enmienda, tributación internacional, potestad tributariaResumen
En el presente artículo se analiza la evolución del Convenio entre la República Argentina y la República Francesa para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de tributos sobre la renta y el patrimonio. A partir de la reciente aprobación por el Congreso de la Nación, en 2026, del Protocolo de Enmienda suscripto en 2019, se examinan las principales modificaciones introducidas al Convenio, su impacto en la distribución de la potestad tributaria entre ambos estados y los aspectos pendientes para su incorporación definitiva al ordenamiento jurídico interno.Citas
Embajada de la República Argentina en Francia. (1979). Convenio entre la República Argentina y la República Francesa para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuesto sobre la renta y el patrimonio. https://efran.cancilleria.gob.ar/userfiles/TEXTO%20DEL%20CONVENIO.pdf
Honorable Cámara de Diputados de la Nación. (2024). Mensaje n.º 40/2024. https://www.senado.gob.ar/parlamentario/comisiones/verExp/46.24/PE/PL
Honorable Cámara de Diputados de la Nación. (2026). Proyecto de ley: Aprobación del Protocolo de Enmienda al Convenio entre el Gobierno de la República Argentina y el Gobierno de la República Francesa a fin de evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. https://www.senado.gob.ar/parlamentario/comisiones/verExp/46.24/PE/PL
Normativa
Ley 22357.
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