Enseñar la cuestión Malvinas desde un punto de vista jurídico a no hispanoparlantes. Un caso de divulgación de las ciencias jurídicas

Autores/as

  • María Sol de Brito Universidad de Buenos Aires, Universidad del Salvador

Palabras clave:

Malvinas, enseñanza jurídica, extranjeros, lengua, traducción

Resumen

Malvinas es una herida en la joven historia de nuestro país. El desconocimiento en la materia por parte de los extranjeros resulta un desafío para el profesor o profesora de Ciencias Jurídicas argentino/a. A través del presente trabajo se analizarán las dificultades, fortalezas y obstáculos a zanjar a la hora de impartir una clase a no hispanoparlantes (con especial énfasis en los italófonos). La clase propone claramente contenidos específicos y relevantes de carácter conceptual que permiten la construcción de andamiajes intelectuales, la propensión a la toma de distancia y a la construcción de una postura crítica. En especial, esta clase está dirigida a un público italiano parlante desde una perspectiva no etnocéntrica, lo que evita el conocimiento de un único modelo cultural referencial que conduzca a la valoración negativa de otras culturas y favorezca actitudes cerradas o indiferentes hacia fenómenos de modelos periféricos. El alumno destinatario de esta clase ha de adquirir una perspectiva cultural, jurídica e histórica amplia, autocrítica y comunicativa, que le haga entender, relativizar y valorar puntos de vista, formas de vida y códigos morales propios y diversos. Las estrategias utilizadas para llevar a cabo la clase son aquellas de la exposición dialogada y de las preguntas abiertas.

Biografía del autor/a

María Sol de Brito, Universidad de Buenos Aires, Universidad del Salvador

Abogada y traductora pública de idioma italiano (Universidad de Buenos Aires). Docente de Italiano, de Traducción, de Derecho Internacional Público y Derechos Humanos y Garantías en la Universidad de Buenos Aires, la Universidad del Salvador y el Instituto Dante Alighieri.

Citas

Basabe, L., & Cols, E. (2007). La enseñanza. En A. de Camilloni, E. Cols, L. Basabe, & S. Feeney, El saber didáctico, (pp. 125–162). Paidós.

Burbules, N. (1999). El diálogo en la enseñanza: Teoría y práctica. Amorrurtu Editores.

Cols, E. (2004). Programación de la enseñanza. Ficha cátedra, Facultad de Filosofía y Letras, UBA.

Cassany, D., Luna, M., & Sanz, G. (1994). Enseñar lengua. Editorial Graó.

Dante Alighieri Comitato Morón. (2024, 6 de abril). Malvinas e Trattato Antartico 6 Aprile 2024 [Video]. YouTube. https://www.youtube.com/watch?v=xmjABt0585Q

Eggen, P., & Kauchak, D. (2009). Estrategias docentes: Enseñanza de contenidos curriculares y desarrollo de habilidades de pensamiento. Fondo de Cultura Económica.

Finkelstein, C. (2007). La comunicación en el aula y su vinculación con las estrategias de enseñanza: la clase expositiva y la interrogación didáctica. Cuadernos de Cátedra. Secretaría de Publicaciones, FFyL – UBA.

Fortunato, M. (2013). Herramientas didácticas y participación ciudadana. En J. A. Seda (Ed.), Difusión de derechos y ciudadanía en la escuela (pp. 123–145). Eudeba.

Grice, H. P. (1989). Studies in the way of words. Harvard University Press.

Jonassen, D. (2011). Learning to solve problems: A handbook for designing problem-solving learning environments. Routledge.

Litwin, E. (1997). El oficio de enseñar. Editorial Paidós.

Mastache, A. (2007). Formar personas competentes. Noveduc.

Mastache, A., & Devetac, R. (2017). La formación jurídica: Una mirada desde una didáctica analítica y reflexiva. Academia. Revista Sobre Enseñanza del Derecho, (30), 153–180.

Stenhouse, L. (1991). La investigación del currículum y el arte del profesor. Revista Investigación en la Escuela, 15, 30-45.

Worley, P. (2016). Ariadne’s clew: Absence and presence in the facilitation of philosophical conversations. Journal of Philosophy in Schools, 3(2), 51-70.

Normativa

Asamblea General de las Naciones Unidas. (1960, 14 de diciembre). Resolución 1514 (XV).

Constitución Nacional, art. 31.

España y Portugal. (1494). Tratado de Tordesillas.

España y Gran Bretaña. (1790, 28 de octubre). Convención entre España y Gran Bretaña, transigiendo las diferencias suscitadas sobre establecimientos en la costa septentrional de la América, llamada de Nutka. San Lorenzo de El Escorial, España.

España y Gran Bretaña. (1793, 25 de mayo). Convenio entre el Rey de España y el Rey de Gran Bretaña firmado en Aranjuez y ratificado con motivo de las Revoluciones de Francia. Madrid: Imprenta Real.

Ley 24184 (1992, 1 de diciembre).

República Argentina y Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. (1990, 15 de febrero). Declaración conjunta de las delegaciones de la República Argentina y del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. Madrid, España.

Provincias Unidas del Río de la Plata y Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda. (1825, 2 de febrero). Tratado de amistad, comercio y navegación. Buenos Aires.

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Publicado

2026-04-06

Cómo citar

de Brito, M. S. (2026). Enseñar la cuestión Malvinas desde un punto de vista jurídico a no hispanoparlantes. Un caso de divulgación de las ciencias jurídicas. Aequitas Virtual, 20(43). Recuperado a partir de https://p3.usal.edu.ar/index.php/aequitasvirtual/article/view/7585

Número

Sección

Artículos de Doctrina

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