La sociedad civil trasnacional contra-ataca: El rol del Consejo Coreano para las mujeres raptadas por Japón como esclavas sexuales en la rectificación del pasado agresor de Japón en la región. 1991-20151
María del Pilar Álvarez*
Resumen
Desde su creación el 16 de noviembre de 1990, el Consejo Coreano [한국정 신대문제대책협의회 전쟁과 여성인권박물관] ha ocupado un lugar protagónico en la búsqueda de verdad y justicia por parte de las víctimas de la esclavitud sexual de la armada imperial de Japón. Las lógicas de presión utilizadas por el Consejo Coreano a nivel internacional y local permitieron consolidar la controversia en la agenda internacional y obtener una serie de concesiones, sin embargo, su objetivo principal, que Japón asuma su responsabilidad legal, aún no ha sido alcanzado.
En el marco de los avances consumados por el Consejo, en este artículo indago el papel que tuvo en la sanción de políticas de memoria y asistencia a estas mujeres en el estado víctima (Corea del Sur) y las respuestas que ha dado a sus exigencias el estado objeto (Japón) desde su creación hasta el año 2015. Estas cuestiones serán abordadas desde los modelos de presión que dominan las teorías de redes trasnacionales de advocacy (Keck & Sikkink, 1998; Risse & Sikkink, 1999).
Palabras clave: Redes trasnacionales de advocacy; Este de Asia; Mujeres de confort; Esclavas sexuales; Derechos humanos.
Abstract:
Since its establishment on November 16, 1990, the Korean Council for the Women Drafted for Military Sexual Slavery by Japan [한국 정 신대 문제 대책 협의회 전쟁 과 여성 인권 박물관] has played a leading role in searching for truth and justice. The Korean Council´s logic of pressure helped to consolidate the controversy on the international agenda and to get official proposals to solve the issue, however, its main objective, that Japan assume its legal responsibility, has not been reached.
This article attempts to analyze the role that this NGO had played in demanding Japan and straightening the transnational networks. I will focus on the logic of pressure apply to Japan and to South Korea and the answers that this countries gave to the NGO´s requests from 1990 to 2015. These issues will be addressed from the boomerang and spiral models that dominate the theoretical framework of transnational advocacy networks (Keck & Sikkink, 1998; Risse & Sikkink, 1999).
Keywords: Transnational advocacy networks; East Asia; Comfort women; Sex slaves; Human rights.
Introducción
La primera vez que se juzgó el caso de las ex esclavas sexuales de la armada imperial de Japón fue en 1948 en el Tribunal Militar de Batavia. Militares japoneses fueron acusados y condenados por haber obligado a 35 mujeres holandesas a ejercer la “prostitución forzada”. Sin embargo, la red de esclavitud sexual que abarcó todos los territorios ocupados por el avance japonés durante la guerra del Pacífico (considerándola de 1931 a 1945) no fue investigada ni juzgada en el Tribunal Penal Militar Internacional para el Lejano Oriente ni en los otros juicios contra japoneses que cometieron crímenes de guerra desarrollados fuera y dentro de Japón en la posguerra (1946-1951), a excepción del mencionado en Yakarta.
La violencia sexual contra la mujer en tiempos de guerra no es un fenómeno nuevo ni exclusivo del caso de las esclavas sexuales de la armada japonesa. Por el contrario, el abuso y violación sexual contra las mujeres en tiempos de guerra es y sigue siendo un aspecto atroz de los conflictos armados. La historia oral sostiene que existieron siempre rumores acerca de cómo los soldados japoneses maltrataban a las mujeres extranjeras (Consejo Coreano, 1997, 2001). Sospechas que no alcanzaron a convertir a esta controversia en un tema de interés público. Pasaron décadas antes de que las víctimas rompieran el silencio gracias, principalmente, al impacto de los movimientos feministas internacionales que no sólo consiguieron revitalizar el problema de la violencia contra la mujer en la región sino que también lograron incluirlo en las actividades de Naciones Unidas. Desde entonces, se han diseminado y articulado en red actores sociales locales y regionales a favor de estas mujeres.
El Consejo Coreano surge, en parte, como consecuencia del activismo político que se suscita con efervescencia en Corea desde los años 70. Década en la que la violencia contra la mujer se instala en la agenda internacional en el marco del auge de los movimientos de derechos humanos. En el Este de Asia, se realizan campañas contra el turismo sexual y se crea la Asociación de Mujeres Asiáticas en 1977 con sede en Japón. Estos grupos trabajaron en conjunto con otras fundaciones de mujeres, especialmente religiosas, que dieron impulso y consolidaron la creación del Consejo el 16 de noviembre de 1990. Sus fundadoras, Yun Chung Ok y Lee Hyo Chae, profesoras universitarias, contaban con una trayectoria destacada en la participación de grupos cristianos de la mujer y movimientos por la democracia (Soh, 1996). En la actualidad, confluyen en el Consejo Coreano más de 19 organizaciones y 36 grupos nacionales de mujeres como el Asociación de Mujeres Coreanas y la Alianza de Mujeres de la Iglesia Coreana.
Esta ONG ha tenido un rol central en darle forma a las demandas de las víctimas a través de la puesta en agenda de reclamos específicos, de plantear lógicas de presión y negociación a nivel local, regional e internacional, de difundir lo ocurrido en varios idiomas y de consolidar el trabajo en red con otros actores sociales de la región y organismos internacionales. Las tácticas y estrategias utilizadas por el Consejo Coreano han logrado obtener una serie de concesiones por parte de los estados víctimas y el estado objeto, sin embargo, su objetivo principal, que Japón asuma su responsabilidad legal, aún no ha sido alcanzado.
En el marco de los avances consumados por el Consejo, en este artículo indago el papel que tuvo en la sanción de políticas de memoria y asistencia a estas mujeres en el estado víctima (Corea del Sur) y las respuestas que ha dado a sus exigencias el estado objeto (Japón) desde su creación hasta el año 2015. Estas cuestiones serán abordadas desde los modelos de presión que dominan las teorías de redes trasnacionales de advocacy (Keck & Sikkink, 1998; Risse & Sikkink, 1999).
El modelo bumerang y espiral
Desde fines del siglo pasado, los actores no estatales que estructuran sus acciones en redes trasnacionales han adquirido cada vez mayor visibilidad en la política internacional. Su protagonismo captó la atención de académicos de distintas áreas de las ciencias sociales preocupados por analizar los modos de acción e impacto de las redes y movimientos sociales trasnacionales en la creación e implementación de nuevos asuntos, normas y prácticas que limitan el accionar de los estados-nación. Entre estos trabajos se destaca el aporte de Sikkink, quien recupera los marcos teóricos de la sociología de los movimientos sociales estadounidense (fundamentalmente a Tarrow) y desde el constructivismo social analiza las acciones de las redes trasnacionales de advocacy 2 de derechos humanos.
En Activistas sin fronteras, Keck y Sikkink (1998) plantean distintas políticas utilizadas por las redes para lograr alcanzar sus objetivos: de información, simbólicas, de apoyo y presión y de responsabilización. Además, desarrollan el modelo búmerang para explicar las tácticas de presión en escenarios nacionales cerrados o bloqueados. Este modelo sostiene que cuando se bloquean los canales de comunicación entre el estado y los actores nacionales en defensa de los derechos humanos, las ONGs nacionales tienden a buscar apoyo internacional para así ejercer presión sobre sus gobiernos (p. 22). El efecto bumerang permite visualizar solamente las lógicas de presión iniciales o en situaciones muy particulares de retroceso en la apertura estatal. Sin embargo, la difusión de las normas internacionales en derechos humanos constituyen procesos más prolongados y complejos en los cuales el establecimiento y la sostenibilidad de las redes trasnacionales ocupan un lugar central. Por eso, Risse y Sikkink (1999) elaboran otro modelo de presión que incluye al anterior y permite operacionalizar el proceso completo de socialización de las normas: modelo de espiral.
El espiral se basa en la existencia previa de instituciones internacionales que promueven las normas a internalizar a nivel local y de redes trasnacionales indirectamente relacionadas con la causa. Este marco de acción facilita, según los autores, la “cascada” normativa. El espiral se define a través de cinco fases. La primera fase se denomina represión y activación de las redes. Refiere a los “tiros bumerang” que deben realizarse cuando el estado objeto está gobernado por regímenes represivos y la oposición social es débil o demasiado oprimida. En la segunda fase, la negación, el estado objeto niega las acusaciones y demandas de los grupos sociales. El advocacy positivo efectuado por grupos sociales en organizaciones internacionales logra poner el caso en la agenda internacional pero la oposición doméstica es todavía débil y, consecuentemente, no representa un reto mayor para el estado objeto. En un tercer momento, el de las concesiones tácticas, el estado en cuestión se ve obligado a ceder y realizar cambios “estéticos” para pacificar la situación. En esta fase se observa cómo las constantes presiones han fortalecido la atención internacional y han facilitado la movilización de los grupos nacionales. En la cuarta fase, denominada estatus preceptivo, los actores involucrados inician un proceso de negociación, argumentación y persuasión basado en el lenguaje de los derechos humanos. Finalmente, en la última etapa, llamada comportamiento consistente con la regla, el proceso de socialización de las normas se ha completado y las normas internacionales se han internalizado en la cultura política local. Estas fases no implican necesariamente un progreso evolutivo. Por el contrario, los autores enfatizan la posibilidad de que existan retrocesos, especialmente en la fase tres, que podrían llevar a nuevos “tiros búmerang” para continuar el proceso de socialización. (Risse & Sikkink, 1999).
Este modelo ha recibido varias críticas (Dezalay & Garth, 2008; Rodio & Schmitz, 2010; Sally, 2010). Uno de los principales problemas es que el efecto búmerang y el espiral consideran sólo escenarios iniciales cerrados a nivel local y dejan de lado aquellos casos, como el de este trabajo, donde tanto el estado objeto (Japón) como el estado víctima (Corea del Sur) no poseen gobiernos represivos. Tampoco consideran escenarios donde el estado objeto posee una tradición democrática mayor que la de los estados víctimas (Corea del Norte, China, Taiwán, Corea del Sur, Indonesia, Filipinas). Aunque, como señalan Chou (2003) y Piper (2001), la instauración de la democracia en Corea del Sur y Taiwán, las ex colonias de Japón, contribuyó a reactivar la lucha a favor de las esclavas sexuales. Por otro lado, los factores endógenos cumplen un rol muy importante en la materialización de las demandas de la red. Las presiones surgidas “desde adentro”, las alianzas políticas y las particularidades de los repertorios de acción enmarcan la aprehensión de la norma de los derechos humanos. Cabe recordar que para Tilly y Tarrow (2007), el concepto de repertorio de acción recupera los procesos históricos locales. En sus acciones, los movimientos sociales apelan a prácticas históricamente heredadas y, tomando la narrativa de los derechos humanos como recurso político, ejercen presión frente actores políticos más poderosos. Considerando estos aportes, los modelos de presión planteados serán útiles para discutir y reflexionar acerca de los límites y alcances del Consejo Coreano en el proceso de rectificación del pasado agresor de Japón en la región.
El Consejo Coreano en la rectificación de las ex esclavas sexuales3
Lógicas de presión.
Las estrategias y repertorios de acción del Consejo Coreano 4abarcan un amplio espectro de actividades e iniciativas individuales y en red efectuadas a nivel local y trasnacional. Entre las acciones de presión utilizadas para incidir en los gobiernos de Japón se destacan: las demandas judiciales, campañas, publicación de recomendaciones, advocacy en organismos internacionales y actores sociales japoneses, difusión de actividades en idioma japonés.
La primera demanda judicial fue realizada frente a los Tribunales de Tokio el 4 de agosto de 1991 por Hak Soon Kim, una sobreviviente coreana. Apoyada por la Asociación de Víctimas y Familiares Dolidos de la Guerra del Pacíficos, se convirtió en la primera víctima en dar testimonio público. Con una cobertura mediática significativa, su relato activó el debate en la región y dio lugar a que otras víctimas se acercaran espontáneamente a las ONGs para manifestar su deseo de testimoniar (Soh, 1996). Desde entonces, una de las políticas del Consejo junto a otros actores sociales es la presentación de demandas judiciales de víctimas de diferentes países frente a tribunales en Japón. De acuerdo a un informe del Consejo (ver Cuadro 1), hasta el año 2010 se habían presentado 10 demandas todas desestimadas por ser casos que no le competen a los tribunales sino al congreso de la nación. A la fecha, la única excepción fue el fallo de la corte de Shimoniseki (Yamaguchi) que reconoce la ilegalidad de la actividad y obliga a otorgar compensación económica. Éste fue desestimado por la Corte Suprema de Japón en 2003.
Desde el 8 de enero de 1992, todos los miércoles a las 12 del mediodía, las víctimas junto a miembros del Consejo Coreano y otros grupos sociales marchan frente a la Embajada de Japón en Seúl. La marcha consiste en levantar carteles exigiendo justicia y perdón y expresar en público sus reclamos (con micrófono o altavoz). En general, los activistas le recuerdan al gobierno de Japón sus demandas y, muchas veces, las propias víctimas5 cuentan el horror sufrido y el dolor causado por la indiferencia de Japón. De acuerdo al material de archivo (fotografías y videos), en los primeros años participaba un grupo reducido de militantes: miembros del Consejo y varios grupos religiosos (cristianos y budistas) que han tenido también un rol muy activo en la lucha de estas mujeres. En la actualidad, concurren más voluntarios y activistas, aunque hay cada vez menos víctimas vivas y en condiciones físicas de marchar. Esta movilización es uno de los emblemas principales de la lucha de estas mujeres en Corea del Sur. En el 2011, cuando se cumplió la marcha número 1000, una artista surcoreana obsequió una estatua, llamada “Monumento de la Paz”6, de una mujer joven sentada con una silla vacía a su lado símbolo de la espera (Ver Foto 1). Réplicas de esta estatua se han utilizado en otras manifestaciones realizadas en el mundo.
Las campañas internacionales constituyen una de las estrategias centrales de las redes trasnacionales de advocacy (Keck & Sikkink, 1998). El Tribunal Penal de Crímenes de Guerra Internacional de las Mujeres esclavas Sexuales de los Militares Japoneses (WTI, por su sigla en inglés) realizado entre abril de 1998 y el 4 de diciembre de 2001 en Tokio es una de las más significativas. La decisión de realizar este tribunal fue tomada por el Consejo junto a varios grupos de advocacy mediante una resolución del Asian Solidarity Conference (ASC). Se denomina ASC a los encuentros que realiza esta red cada dos o tres años y su objetivo central es planear actividades de difusión y estrategias de lucha conjuntas. El Consejo Coreano auspició la primera reunión del ASC que se llevó a cabo en Seúl el 10 y 11 de agosto de 1992 y contó con la participación de ONGs de distintos países víctimas (Consejo Coreano, 2013).
El WTI fue organizado por actores sociales de Corea del Sur, Japón, Filipinas, Indonesia, China, Holanda, Timor Oriental, Indonesia y Taiwán. Participaron también ONGs de abogados especializados en derechos humanos, grupos feministas y personalidades destacadas como Kirk Mcdonald (ex juez principal del Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia). Bajo el eslogan “Justicia y honor a las víctimas”, según los registros del Consejo Coreano, concurrieron más de 500 personas del exterior y unas 600 de Japón. Testimoniaron víctimas de diferentes países y hubo varias actividades paralelas: seminarios, simposios, festivales culturales, marchas, etc. El veredicto estableció que el gobierno de japonés es claramente responsable de haber reclutado de manera forzada a las esclavas sexuales militares (“mujeres de confort”) y que el ya fallecido Emperador Hirohito conocía la existencia de los centros de rapto (“estaciones de confort”) que funcionaron desde 1937. Por lo tanto, Japón violó la Convención Internacional para la Supresión del Tráfico de Mujeres y Niños (ratificada en 1925), la Convención Internacional de Organización del Trabajo (ratificada en 1932) y la Convención Internacional y la Convención de la Haya de 1907 (ratificada en 1911). A pesar de la dimensión y repercusión regional e internacional de esta campaña, no se observan incidencias significativas en los gobiernos de Japón.
El Consejo Coreano también promueve otros tipos de campañas menos ambiciosas pero igualmente importantes. Por ejemplo, en enero de 2010 realizaron en red una campaña para juntar firmas y así avalar la presentación de una petición para resolver el tema a la Asamblea de Japón. Ésta se inició en Corea del Sur y Japón, y se extendió a países como los Estados Unidos, Alemania, Canadá, Tailandia y Polonia. Luego de juntar más de 610.000 firmas, la petición fue enviada el 25 de noviembre de 2011, día internacional para la eliminación de la violencia contra la mujer (Consejo Coreano, 2013).
Una de las lógicas de presión internacional más utilizadas por el Consejo es el advocacy realizado en organismos internacionales. En 1992, el Consejo junto a algunas víctimas asistieron a la Subcomisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas. Continuó enviando delegadas en febrero 1993, mayo 1993 y febrero 1994. El Consejo tuvo una incidencia muy positiva: en 1992 la comisión de derechos humanos (UNCHR) comenzó a investigar el caso y se publicaron varios informes. En 1996 se publica en informe Radhika Coosmarasway, en 1998 el informe McDougall, en 2010 el informe Rashida Manjoo, entre otros reportes preliminares y finales. Estos informes han sido producto de investigaciones llevadas a cabo por UN en los países afectados por el avance de Japón durante la guerra del pacífico, en todos los casos responsabilizan al estado japonés y le exigen tomar medidas al respecto:
Se informa que entre 1932 y 1945 las fuerzas imperiales japonesas han implementado políticas de movilización sistemática de mujeres de las colonias y territorios ocupados mediante excusas, fuerza o raptos a fin de utilizarlas como esclavas sexuales de las fuerzas armadas (Office of the United Nations High Commissioner for Human Rights, 1996, p. 42)
El presente informe concluye que el gobierno de Japón sigue siendo responsable de graves violaciones a los derechos humanos y leyes humanitarias, violaciones que constituyen crímenes contra la humanidad (Office of the United Nations High Commissioner for Human Rights,1998, p. 13)
Otra de las iniciativas para presionar a través de la comunidad internacional fue presentar el caso ante la Organización Internacional del Trabajo (ILO, por su sigla en inglés) dado que Japón violó la Convención de Trabajo Forzado N 29. El Comité de Expertos en la Aplicación de Convenciones y Recomendaciones (CEACR, por su sigla en inglés) analizó el caso y publicó varios informes (1996, 1997, 1998, 2001, 2002, 2003, 2004, 2005, 2007, 2008 y 2009) condenado a Japón por establecer las “estaciones de confort” que no sólo infringen las convenciones firmadas sino que también constituyen una grave violación a los derechos humanos. Asimismo, recomiendan al gobierno de Japón, al igual que Naciones Unidas, tomar medidas al respecto.
En una entrevista realizada en 2015 en el marco de la presente investigación, la encargada de las relaciones públicas del Consejo comenta que lograron el apoyo de varios congresales del mundo. Con anterioridad, se había intentado presionar a través de una demanda judicial presentada por víctimas chinas, coreanas, taiwanesas y filipinas en la corte del distrito de Washington en los Estados Unidos. Japón respondió con una petición en la corte del distrito de Columbia. Seis años después, el 21 de febrero de 2006, la Corte Suprema cerró la querella afirmando que no estaba autorizada a resolver el caso. Esta negativa motivó a pensar una mejor táctica internacional. Fue así que junto a otras ONGs retomaron la búsqueda de legitimidad en legisladores de otros países/regiones. El primer apoyo data de 1997 cuando el estadounidense William Lipinski presentó en la cámara de representantes un escrito sobre el tema. En 2007, sumaron el amparo de congresales de Holanda, de la Unión Europea y Canadá quienes adoptaron resoluciones en las que se le exigía a Japón resolver esta cuestión.
Finalmente, el Consejo Coreano también jugó un papel central en presionar a los gobiernos de Corea del Sur a fin de resolver la cuestión, sancionar políticas de memoria y leyes destinadas a mejorar la situación económica de las víctimas coreanas que residen en el país. Las principales estrategias utilizadas fueron las políticas de difusión de información: publicaciones, documentales, visitas a programas de televisión y un sitio web con gran cantidad de documentos testimoniales, legales e históricos; las marchas y campañas nacionales para juntar firmas; la colaboración establecida con los centros de investigación sobre trabajo forzado durante la colonización de Japón creados por el gobierno los cuales han incidido en las leyes para ayudar a las víctimas sancionadas por el congreso; la apertura del primer museo en Corea que conmemora la historia de la esclavitud sexual de las mujeres raptadas por la armada imperial de Japón. El Consejo no posee ninguna afiliación político partidaria ni lazos directos con personalidades destacadas de la política surcoreana.
Comportamiento de los Estados.
A pesar de que han existido declaraciones controvertidas por parte de funcionarios japoneses respecto a la veracidad y el nivel de responsabilidad del estado nipón en la creación y funcionamiento de la red de esclavitud sexual de la armada imperial japonesa durante la guerra, en los años posteriores a la creación del Consejo Coreano, el gobierno de Japón se mostró dispuesto a intentar conciliar intereses y resolver la cuestión.
El 13 de enero de 1992, el por entonces primer ministro de Japón, Miyazawa Kiichi, en una visita a Seúl pidió perdón por lo ocurrido y sugirió la necesidad de tomar medidas al respecto: “Manifiesto mi profundo arrepentimiento y remordimiento por las mujeres de confort que han sufrido experiencias dolorosas durante la guerra” (Japan. Ministry of Foreign Affairs, 2014, p. 2). El 6 de julio de ese mismo año, el gobierno japonés publicó un informe (conocido como informe Kato) titulado “Resultados de la investigación sobre las mujeres de confort de los militares” que analiza documentos oficiales sobre la creación y funcionamiento de la red de esclavitud sexual (en aquella época aún denominada “mujeres de confort”) en la península y los otros territorios ocupados por Japón. Si bien no se incluyeron documentos de la Agencia de Policía y el Ministerio de Trabajo, organismos involucrados directamente en el reclutamiento forzado de mujeres, el informe sentó las bases para el establecimiento de una política de perdón (Hicks, 1997).
El informe fue presentado en dos partes, una en julio 1992 y la otra en agosto de 1993, por medio de conferencias de prensa a cargo de quien era el secretario de gabinete, Kato. En la primera conferencia, Kato sostuvo que “el gobierno estuvo involucrado en el establecimiento de las estaciones de confort, el control de quienes reclutaban a las mujeres de confort, la constitución de las instalaciones, el manejo y vigilancia de las estaciones y mujeres de confort, el mantenimiento de la higiene de las estaciones y mujeres de confort” (Japan. Ministry of Foreign Affairs, 2014, p. 4). El reporte de agosto, denominado “Resumen de los hallazgos” establece que el gobierno estuvo involucrado de manera directa e indirecta en el reclutamiento realizado contra la voluntad de estas mujeres. Reafirmando lo expuesto, en la conferencia Kato argumentó que “las mujeres fueron reclutadas en contra de su voluntad, es decir, por medio de la coerción y coacción” (Japan. Ministry of Foreign Affairs, 2014, p. 18). Estos avances no fueron bien recibidos por el Consejo Coreano que los consideró como un “resarcimiento mínimo por parte del gobierno de Japón” (Consejo Coreano, 2013, p. 15).
Estas iniciativas dieron lugar a la primera propuesta concreta tendiente a resolver conflicto, el Fondo de Mujeres Asiáticas (AWF, por su sigla en inglés) creado el 14 de junio de 1995. El AWF llegó de la mano de un cambió paradigmático en la política japonesa: la elección de un primer ministro del Partido Social Democrático. Murayama Timichii había participado de una manifestación para la resolución de los conflictos de posguerra realizado el 10 de junio de 1994 y, a su vez, había declarado a favor de estas mujeres en varias oportunidades. Ese año, el Consejo Coreano junto a ocho grupos de advocacy japoneses presentaron una declaración en contra de la utilización de fondos privados en el AWF (Consejo Coreano, 2013). A pesar de sus reclamos, Murayama implementó el AWF que, como afirma Sarah Soh (2003), era un órgano híbrido ya que no representaba suficientemente al gobierno japonés aunque era controlado indirectamente por éste. Los empleados contaban con la aprobación del gobierno y el financiamiento combinaba donaciones públicas con privadas.
El AWF proponía un resarcimiento económico, seguro médico, el envío de una carta de disculpa del primer ministro y la compilación de documentos y testimonios sobre el caso que serían integrados a las clases de historia. El fondo se negoció de manera bilateral con los gobiernos de Indonesia, Holanda, Filipinas y Corea del Sur. En algunos casos, como en Corea del Sur, se les entregaba un monto de dinero a las víctimas además del seguro médico, en otros casos, como en Indonesia, se acordó la creación de centros de salud y asistencia. El Consejo Coreano fue muy activo en intentar bloquear la implementación del AWF por considerarlo insuficiente. No incluía a las víctimas de China, Timor Oriental y Corea del Norte, y además, Japón no asumía la responsabilidad legal. No sólo recibió fuertes quejas de los grupos de advocacy, sino que también fue criticado por el mismo motivo en las recomendaciones de Naciones Unidas y la Organización Internacional del Trabajo antes mencionadas.
Luego de cierres temporarios y fuertes presiones directas e indirectas del Consejo, en marzo de 2007 el AWF finalizó sus actividades en Corea del Sur. La reparación fue aceptada por 285 víctimas de Filipinas, Corea del Sur, Taiwán y Holanda (Consejo Coreano, 2013). En Corea del Sur, 61 mujeres solicitaron la compensación (Japan. Ministry of Foreign Affairs, 2014). Al respecto, en la página oficial del AWF afirman que las mayores dificultades en la negociación se desarrollaron en Corea del Sur, por eso:
Los proyectos del Fondo de Mujeres Asiáticas concluyeron en la República de Corea sin haber obtenido comprensión por parte de los grupos activistas y el gobierno. Aun así, muchas más víctimas de lo esperado en un primer momento decidieron aceptar la carta de disculpa del Primer Ministro y se beneficiaron del fondo de resarcimiento, por ello estamos agradecidos (Asian Women Fund, s.f)
Desde el 2007 hasta diciembre de 2015, se observa que el estado objeto entra en una nueva fase caracterizada por las inconsistencias en las medidas tomadas por los gobiernos de Japón e indiferencia frente a la exigencia de reparación legal. Por inconsistencia refiero a declaraciones de funcionarios japoneses publicadas en distintos medios de comunicación locales e internacionales en las cuales cuestionan el nivel de responsabilidad del estado japonés y las actividades de la red de advocacy: “Noda [primer ministro de Japón] destacó que le pidió al presidente Lee Myung Bank durante las reuniones bilaterales de diciembre remover la estatua [Monumento de la Paz]” (“Japan PM stirs up trouble with comfort women remark”, 2012). Asimismo, el gobierno continuó avalando las visitas al Santuario Yasukuni de primeros ministros y funcionarios públicos (Breen, 2008), y autorizó en 2012 nuevos libros de texto para escuela media que eliminan el caso de la esclavitud sexual aprobados Ministerio de Educación (Nozaki, 2002, 2005, 2007; Nozaky & Selden, 2009).
Las presiones del Consejo Coreano no sólo fueron ejercidas hacia Japón sino también hacia Corea del Sur. Al igual que en las respuestas y actitudes de Japón, se destacan momentos de participación más activa del estado víctima y otras más pasivas. En los años 90, en plena transición democrática, los gobiernos de Roh Tae Woo (1988-1993) y Kim Young Sam (1993-1998) colaboraron en la puesta en agenda de la controversia y en legitimar la lucha de estas mujeres. En enero de 1992 se creó el grupo de trabajo sobre “Mujeres de Confort” y en febrero se instaló un centro destinado a recibir testimonios de las víctimas. Los ejes de esta primera etapa eran investigar, crear un archivo oral y tener un registro de la cantidad de mujeres afectadas que sirviera para implementar políticas de asistencia. En agosto de 1993, la Asamblea promulgó una ley mediante la cual las victimas podían acceder a una manutención, alquiler de una viviendo y seguro médico. En 1995, apoyó al Consejo en su postura crítica hacia el AWF. Para reforzar el bloqueo a Japón, Kim Young Sam entregó a las víctimas un resarcimiento de 34.500.000 KW, dinero que provenía de campañas realizadas por las ONGs (Consejo Coreano, 2013).
Una de las cuestiones diplomáticas más controvertidas que debió afrontar el gobierno surcoreano fue la discusión generada en torno a una cláusula secreta del Tratado de Restablecimiento de Relaciones Diplomáticas (1965) que aparentemente especificaba el pago de un resarcimiento económico destinado a las víctimas de la guerra (sin mencionar el caso de las esclavas sexuales). Este hecho fue utilizado por los gobiernos de Japón para justificar compensaciones previas. En 2005, luego de que el Consejo y otras ONGs pidieran en reiteradas oportunidades que se desclasificaran los archivos, el gobierno de Roh Moon Hyun (2004-2008) accedió (Consejo Coreano, 2013, pp. 23-25). Como sostenía Japón, el gobierno dictatorial del padre de la actual presidenta, Park Chung Hee, había recibido el dinero, pero éste nunca se entregó a los beneficiarios. Fue utilizado por el para desplegar sus planes de desarrollo de la industria pesada (Pohang Steel). De todos modos, el gobierno desligó responsabilidades y sostuvo que:
el Acuerdo entre Corea y Japón fue fundamentalmente para resolver cuestiones financieras y civiles del Tratado de San Francisco, no para reparaciones del período colonial. Actividades inhumanas como la esclavitud sexual de los militares japoneses no fueron consideradas, por lo tanto el gobierno de Japón sigue siendo el responsable legal (Consejo Coreano, 2013, p. 25).
Los gobiernos surcoreanos han realizado varias concesiones en términos de asistencia y políticas de memoria, por ejemplo, en 2013, se inauguró en Seúl el primer museo oficial de los derechos humanos de la guerra y la mujer. Sin embargo, no ha sido activo en demandar reparaciones legales a Japón.
El 28 de diciembre de 2015 se produjo un nuevo punto de inflexión en la historia de la lucha de estas mujeres, los gobiernos de Corea del Sur y Japón firmaron un acuerdo bilateral para la solución del conflicto. En el proceso de negociación no fueron consultadas las víctimas ni los actores de la red. El gobierno del primer ministro Shinzo Abe y la presidenta Park Geun Hye convinieron la creación de una fundación en Corea del Sur con fondos del gobierno de Japón (unos 8,3 millones de dólares) destinada a compensar a las víctimas surcoreanas. Japón asume la responsabilidad en el establecimiento y funcionamiento de la red de esclavitud sexual militar y Shinzo Abe, como representante del gobierno japonés, pide perdón por lo ocurrido. A pocas horas de darse a conocer la noticia, el Consejo Coreano, víctimas y otros actores de la red manifestaron su disconformidad iniciando así una nueva batalla.
Proceso de socialización de la norma.
Al intentar explicar los alcances y restricciones en las lógicas de incidencia utilizadas por el Consejo Coreano desde los modelos de presión planteados por Keck y Sikkink (1998) y Risse y Sikkink (1999), se observan algunas limitaciones propias del caso y otras señalas en críticas teóricas previamente mencionadas.
Estos autores parten de un escenario cerrado a nivel local y una esfera internacional con instituciones establecidas que promueven prácticas y normas de derechos humanos. En el caso estudiado, la situación local, regional e internacional no responde a la polarización planteada en las fases iniciales de los modelos bumerang y espiral. Desde la creación del Consejo Coreano la tratativa internacional sobre la violencia contra la mujer en conflictos armados ha tenido avances muy significativos. La internacionalización de la controversia se produce en pleno auge de las redes trasnacionales feministas (Keck & Sikkink, 1998) que no sólo consiguieron revitalizar el problema de la violencia contra las mujeres en la región, sino también incluir la cuestión en las actividades de Naciones Unidas. En 1995 se llevó a cabo en Beijing la Conferencia Mundial de la Mujer donde las feministas, en el Simposio Internacional contra la Violencia de la Mujer en Conflictos Armados, argumentaron que la violación sexual era un delito de violencia contra los cuerpos de las mujeres, la autonomía y la integridad (Copelon, 1995)7. En 1998, se produce un cambio paradigmático al establecer por medio del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional de Naciones Unidas de 1998 (Artículo 7) que las violaciones a la mujer (violación, esclavitud sexual, prostitución forzada, embarazo forzado, esterilización forzada y cualquier tipo de violencia sexual) como crimen de lesa humanidad.
Desde los años 90, Japón y Corea del Sur transitan una etapa de revisionismo histórico en la cual adquiere protagonismo repensar los años de la colonización y el papel agresor de Japón en la región. Conrad (2010) y Yoshida (2008) concuerdan en afirmar que en Japón conviven tanto miradas revisionistas como lecturas reconciliadoras sobre las violaciones a los derechos humanos cometidas por el país en el pasado. En esas tensiones se refleja un resquebrajamiento de la narrativa de victimización que caracterizó al “nuevo Japón” y el crecimiento de grupos sociales nacionalistas cercanos al partido de gobierno, el PLD (Daiki, 2005; Yuji, Keita & Kei, 2015). Como destaqué anteriormente, en Corea del Sur, el revisionismo poscolonial contó con el apoyo de los gobiernos de la transición democrática que generaron centros de investigación e impulsaron políticas de memoria. También se crearon comisiones de verdad para juzgar la colaboración coreana durante la ocupación japonesa (Yoneyama, 2013) y en la academia local se produjo un auge de estudios críticos sobre colonización y modernización (Kim, Kim & Han, 2004; Shin & Robinson, 1999). Por otro lado, el activismo político de los años 70 y 80 dejó su legado en la conformación del Consejo y la emergencia de centenares de ONGs que le dieron un nuevo matiz a la militancia política (Kim, 2000).
Este escenario abierto facilitó la creación y consolidación del Consejo Corea y la red trasnacional de advocacy a favor de las esclavas sexuales. En función de las respuestas a las presiones ofrecidas por el estado objeto, podemos periodizar el proceso de socialización de la norma en tres etapas:
1991-1995: Negociación y concesiones
1995-2007: Tensión y bloqueo
Durante la primera fase, los gobiernos de Japón se mostraron activos e interesados en conciliar intereses con la red. Las concesiones tácticas más importantes fueron las disculpas efectuadas, el Informe Kato y las negociaciones para la creación del Fondo de Mujeres Asiáticas. En el Informe, el gobierno aceptó su involucramiento en la creación y sistematización de la red de esclavitud. El Consejo Coreano lo criticó por omitir la palabra “forzadas” y por afirmar que no existían documentos que probaran la coerción. En cierta medida, esta última negativa expresa el lugar marginal que ocupa el testimonio en esas investigaciones y declaraciones. El gobierno de Japón asume que fueron llevadas en contra su voluntad pero dice no poseer documentos probatorios dando a entender que los relatos en primera persona no constituyen documentos válidos para demostrar la imposición.
En estos primeros años se observa un limitado uso del vocabulario de los derechos humanos por parte de los gobiernos de Japón y Corea del Sur. Si bien algunos cambios significativos en la tratativa de la violencia contra la mujer en tiempos de guerra aún no se habían producido, el informe Kato refiere a las esclavas sexuales como “mujeres de confort” y a los centros de rapto como “estaciones de confort”. Mujeres de confort es la traducción literal de la palabra慰安婦 (en kanji y hanja) utilizada en japonés y coreano para denominar a estas mujeres: ianfu8 (japonés) y wainbu (en coreano). Sarah Soh (2000) sostiene que en los informes del gobierno de Corea de comienzos de los 90 se habla de ilchecha kundae wianbu (mujeres de confort militar bajo el Japón imperial), término que mantiene la misma connotación machista del discurso oficial japonés.
Desde la creación del Consejo, no hubo una fase de represión ni de negación por parte del estado objeto. La estrategia búmerang se utilizó para internacionalizar la problemática y consolidar la red. El envío de delegados a Naciones Unidas y la Organización Internacional del Trabajo logró que estos organismos pusieran el tema en sus agendas, investigaran el caso y reafirmaran las demandas del Consejo. Esta capacidad de persuasión de las acciones, discursos, procedimientos y comportamientos de organismos internacionales manifestó el poder y alcance de la red. Asimismo, el advocacy realizado consiguió modificar la naturaleza del debate, pasando de disputas bilaterales a la trasnacionalización del conflicto.
Con la instauración del AWF se inicia una segunda etapa en las lógicas de presión aplicadas por el Consejo y la red centradas en bloquear este proyecto. El Consejo y varios grupos de advocacy manifestaron su disconformidad desde el comienzo. En Corea del Sur, las presiones fueron exitosas logrando el apoyo de los gobiernos surcoreanos y la obtención de una reparación económica que “compensara” la oferta del gobierno japonés. Aunque algunas víctimas aceptaron el fondo, la incidencia del Consejo deslegitimó la iniciativa al mismo tiempo que acrecentó su visibilidad a nivel local.
En este período, las acciones del Consejo en red se densificaron. A nivel local, continuaron las marchas frente a la Embajada de Japón, las visitas guiadas en inglés, coreano y japonés al Museo de Historia de la Esclavitud Sexual de los Militares Japoneses, en 1998 fundaron un Centro Educativo y en 2001 un Centro de Derechos Humanos de la Mujer y la Guerra. A nivel regional, sistematizaron los encuentros del Asian Solidarity Conference, presentaron demandas judiciales frente a los tribunales japoneses, realizaron varias campañas junto a otros actores de la red como el mencionado WTI y la junta de firmas. Asimismo, mantuvieron activa sus políticas de información en diversos idiomas y países. A nivel internacional, se unieron a los repertorios de acción ONG internacionales, como Aministía Internacional, y actores sociales estadounidenses, canadienses, australianos, alemanes, entre otros (Consejo Coreano, 2013).
Un cambio muy importante es la incorporación gradual del lenguaje de los derechos humanos impulsado por las trasformaciones en la normativa internacional. Los informes y recomendaciones publicados por Naciones Unidas y la Organización Internacional del Trabajo de este período utilizan términos como el de esclavitud sexual y el de crímenes de lesa humanidad. Esta forma de concebir los derechos humanos de la mujer se refleja también en las campañas del Consejo y la red, por ejemplo: el Tribunal Penal de Crímenes de Guerra Internacional de las Mujeres esclavas Sexuales de los Militares Japoneses. El proyecto del AWF mantiene el lenguaje de ianfu, pero se observa el impacto del feminismo humanitario en las resoluciones discutidas y/o aprobadas por el Dieta japonesa.
Desde el cierre del AWF en 2007 hasta la firma del acuerdo bilateral el 28 de diciembre de 2015, el Consejo Coreano entra en una etapa compleja en la cual el estado objeto no efectúa ninguna propuesta formal tendiente a resolver el conflicto. En esta fase se vislumbra una estandarización en las acciones del Consejo: mantiene las marchas frente a la Embajada de Japón, la búsqueda de apoyo internacional (UN, ILO, congresales de países no involucrados en la disputa, etc.) y las acciones en red regional. En las actas de recomendación de la ASC no se destacan cambios significativos en las estrategias y demandas. El eje de los reclamos se mantuvo en recordarle a Japón que asuma su responsabilidad legal, pida perdón a cada una de las víctimas, otorgue compensaciones económicas, desclasifique documentos, tome en cuenta investigaciones realizadas sobre el caso, considere en sus informes los relatos testimoniales de las sobrevivientes, implemente políticas educativas (menciones en los libros de texto usados en los años de educación obligatoria), efectúe actividades de conmemoración y prohíba que figuras públicas manifiesten un mirada incorrecta de la historia. En la décimo tercera resolución del 23 de mayo de 2015, a setenta años de finalizada la guerra y veintésimo aniversario de la Declaración de Beijing, la ASC publicó un acta más extensa donde solicita a los estados víctimas y la comunidad internacional que presione a Japón, y, en el caso de los Estados Unidos, que no permita la remilitarización del estado objeto (Asian Solidarity Conference, 2014).
Frente al deterioro en los canales de diálogo con los gobiernos de Japón, el Consejo no consiguió redefinir sus repertorios de acción con creatividad y efectividad. Esto produjo una relativa pérdida en su capacidad de incidencia que se refleja en la falta de respuestas por parte del estado objeto. El gradual estancamiento en la capacidad de negociación del Consejo y la red, se debe, en parte a que el proceso de socialización de las normas no es mero producto de las presiones ejercidas por actores trasnacionales. El modelo espiral sobredimensiona el papel de los actores trasnacionales y la globalización normativa impulsados por la comunidad internacional en detrimento de los factores endógenos que le dan forma al activismo. La aprehensión de las normas obedece también a la integración de sentidos sobre el pasado producidos por los actores demandados.
El dilema central es la falta de entendimiento respecto del tipo de reparación que debe aplicarse. La negativa de los gobiernos de Japón a asumir la responsabilidad legal y las permanentes declaraciones y actitudes controvertidas por parte de funcionarios públicos reflejan los límites del Consejo en la difusión de las normas. Si bien las presiones de las redes trasnacionales ocupan un lugar central en la propagación de las prácticas sociales de los derechos humanos, el proceso de socialización depende de poder trascender perspectivas socioculturales y políticas de sectores dominantes que no se relacionan, necesariamente, con la variedad de memorias individuales y formas de evocación de lo ocurrido presentes en otros ámbitos de la sociedad en cuestión.
Conclusión
Las acciones del Consejo han sido exitosas en la puesta en agenda del problema, en presionar a nivel local y obtener concesiones por parte de Corea del Sur, en contribuir a consolidar la red trasnacional, en perpetuar e internacionalizar el conflicto y en colocar la disputa en un marco más amplio: violaciones a la mujer en conflictos armados. Desde su creación en noviembre de 1991 hasta el 2007, esta ONG ha sido muy activa y sus repertorios de acción lograron la sanción de varias políticas de asistencia económica a nivel local y la deslegitimación del AWF. A su vez, la década del 90 es un período de cambios significativos en los derechos humanos de la mujer en tiempos de guerra. La nueva normativa aprobada por Naciones Unidas permitió reforzar la lucha a favor de las esclavas sexuales y mantener fuertes presiones de la comunidad internacional hacia Japón.
Al retomar los modelos de presión planteados para este estudio de caso, surgen algunas limitaciones que ponen en cuestión el uso de estos modelos como marcos teóricos. Como se enfatiza en la sección anterior, las fases del modelo espiral no parecen estar presentes en el proceso analizado. Sin respetar estas etapas, se observa, siguiendo a Risse y Sikkink (1999), una gradual incorporación del lenguaje de los derechos humanos en las argumentaciones formuladas por el estado objeto y la propia red. Por otro lado, para ejercer mayor presión sobre los gobiernos de Japón se apela en reiteradas oportunidades a la búsqueda de apoyo de organismos internacionales y actores políticos de países centrales. Sin embargo, es discutible hasta qué punto esta lógica de acción responde a un “efecto búmerang” (Keck & Sikkink, 1998). Pensar en términos de “tiros búmerang” opaca el enriquecimiento en las acciones en red y alianzas de poder que se generan a partir de los distintos repertorios de acción utilizados para establecer canales de comunicación fluidos con la comunidad internacional. Por ejemplo, las presiones ejercidas en UN e ILO han impactado no sólo en las demandas hacia Japón sino, fundamentalmente, en cambios en los tipos de campañas, en el lenguaje utilizado y en la trasnacionalización del conflicto rememorado. Es decir, modificaciones en la propia naturaleza del debate.
Finalmente, la minimización del rol de los factores endógenos en el modelo espiral constituye su mayor debilidad. Los procesos políticos particulares son claves para entender las oportunidades, dificultades y alcances del proceso de socialización de la norma. Instaurar los marcos de lo memorable, las claves interpretativas y los estilos narrativos a través de los cuales el pasado es evocado, pensado y transmitido no depende sólo de las tácticas y estrategias de la red, sino también de las características sociales, culturales y políticas del escenario en los que se inscriben los actores sociales. En los arduos procesos de negociación, acción, reacción y lucha establecidos entre el Consejo y los gobiernos de Japón, las memorias históricas adquieren una correspondencia compleja y singular con las formas de saber y de verdad. Por eso, es necesario prestar mayor atención a los procesos históricos y políticos locales para así comprender lo difícil que es para estos actores sociales en red ganar la batalla cultural.
Tablas y Figuras
Cuadro 1. Lista de demandas judiciales
Título del litigio |
Abreviación |
Fecha de presentación |
Veredicto final |
Reclamo por daños causados a víctimas coreanas de la Guerra de Asia Pacífico |
Juicio de las familias dolidas |
6 de diciembre de 1991 – abril de 1992 |
29 de noviembre de 2004. Desestimada |
Demanda de las víctimas de Busan de la esclavitud sexual militar de Japón y del Cuerpo de trabajadoras mujeres. |
Juicio Gwanbu |
25 de diciembre de 1992 – 13 de diciembre de 1993 – 14 de marzo de 1994. |
25 de marzo de 2003. Desestimada |
Reparación de estado a las víctimas filipinas de la esclavitud sexual militar de Japón |
Juicio Filipina |
2 de abril de 1993 – 20 de septiembre de 1993. |
25 de diciembre de 2003. Desestimada |
Reclamo de perdón y reparación exigido por las victimas coreano japonesas de la esclavitud sexual militar de Japón. |
Juicio Shindo Song |
5 de abril de 1993 |
28 de marzo de 2003. Desestimada |
Demanda de los ex prisioneros de guerra y reclusos civiles de Holanda. |
Juicio de Holanda |
25 de enero de 1994 |
30 de marzo de 2004. Desestimada |
Demanda de las víctimas chinas de la esclavitud sexual militar de Japón. |
Jucio Chino 1 |
7 de agosto de 1995 |
27 de abril de 2007. Desestimada |
Segunda demanda de las víctimas chinas de la esclavitud sexual de Japón. |
Juicio Chino 2 |
23 de febrero de 1996 |
27 de abril de 2007. Desestimada |
Demanda de las víctimas de la violencia sexual durante la guerra de la provincia de Shanxi |
Juicio de Shanxi |
30 de octubre 1998 |
18 de noviembre de 2005. Desestimada |
Reclamo de perdón y reparación exigido por las victimas de Taiwán de la esclavitud sexual militar de Japón. |
Juicio de Taiwán |
14 de julio de 1999 |
25 de febrero de 2005. Desestimada |
Demanda de las víctimas de la violencia sexual durante la guerra de la isla de Hainan. |
Juicio de la isla de Hainan |
16 de julio de 2001 |
2 de marzo de 2010. Desestimada |
Fuente: Consejo Coreano para las mujeres raptadas por Japón como esclavas sexuales, 2013
Foto 1. Marcha número 1000
Fuente: Fotografía obsequiada por el Consejo Coreano
Referencias
Asian Solidarity Conference (2014). Resolution of the 12th Asian Solidarity Conference on the Issue of Military Sexual Slavery by Japan. Recuperado de http://peaceboat.org/english/content/documents/AsianSolidarityConference2014_Resolution.pdf
Asian Women Fund (AWF) (s.f .) Guide Map. Recuperado de http://www.awf.or.jp/e-guidemap.htm
Breen, J. (2008). Yasukuni the war dead and the struggle for Japan's past. New York: Columbia University Press.
Casa Nanum. Recuperado de http://www.nanum.org/eng
Chou, C.C. (2003). An Emerging Transnational Movement in Women's Human Rights: Campaign of Nongovernmental Organizations on Comfort Women. Journal of Economic & Social Research, 4(2), 153-181. Recuperado de http://jesr.journal.fatih.edu.tr/AnEmergingTransnationalMovementinWomen%92sHumanRights.pdf
Conrad, S. (2010). Remembering Asia: history and memory in post-cold war Japan. En A. Assman & S. Conrad (Eds.), Memory in a global age (pp. 163-178). New York: Palgrave MacMillan.
Consejo Coreano para las mujeres raptadas por Japón como esclavas sexuales (1997). Ilbongun Wianbu Munjeui Jinsang [Verdades sobre las mujeres de confort forzadas a servir a las tropas japonesas]. Corea: Yeoksa bipyeongsa.
Consejo Coreano para las mujeres raptadas por Japón como esclavas sexuales (2001). Kangjero Kkeulryeogan Joseonin Gunianbudeul [Mujeres coreanas llevadas a la fuerza como mujeres de confort]. Corea: Hanul.
Consejo Coreano para las mujeres raptadas por Japón como esclavas sexuales (2013). Unfulfilled justice. Submission to the Special Rapporteur on the promotion of truth, justice, reparation and guarantees of non-recurrence. Recuperado de ohchr.org/EN/HRBodies/HRC/RegularSessions
Copelon, R. (1995). Gendered war crimes: reconceptualizing rape in time of war. En J. Peters y A. Wolper (Eds.), Women's rights, human rights: international feminist perspectives (pp.197-215). New York: Routledge.
Daiki, S. (2005). The Yasukuni shrine dispute and the politics of identity in Japan: why all the fuss? Asian Survey, 2(45), 197-215.
Dezalay, Y. & Garth, B. (2008). Las paradojas de un imperialismo de la virtud cívica: de los derechos humanos a la profesionalización del activismo jurídico. En A. Santamaría & V. Vecchioli (Eds.), Derechos humanos en América Latina. Mundialización y circulación internacional del conocimiento experto jurídico (pp. 152-173). Bogotá: Universidad del Rosario-CEPI. Recuperado de http://www.urosario.edu.co/urosario_files/a9/a9b2f0e3-a6fc-477c-993a-2dd2b3e7614e.pdf
Hicks, G. (1997). The comfort women. Japan’s brutal regime of enforced prostitution in the second world war. New York: WW Norton & Company.
Japan PM stirs up trouble with comfort women remark (2012, Marzo, 28). Chosun Ibo Media. Recuperado de http://english.chosun.com/site/data/html_dir/2012/03/28/2012032801351.html
Japan. Ministry of Foreign Affairs (2014). Details of Exchange between Japan and the Republic of Korea. From the Drafting of the Kono Statement to the Asian Women´s Fund. Recuperado de http://www.mofa.go.jp/files/000042171.pdf
Jenkins, H. & Sabatier, S.(1994). Evaluating the advocacy coalition framework. Journal of Public Policy. (14)2, 175-203. Recuperado de http://journals.cambridge.org/action/displayAbstract?fromPage=online&aid=2758756&fileId=S0143814X00007431
Keck, M. E. & Sikkink, K. (1998). Activists beyond borders: Advocacy networks in international politics. Ithaca: Cornell University Press.
Kim, D. N., Kim, Y.G., Han S. Y. (2004). Ijeui singminji jibaewa ilsang saenghwal [El régimen colonial bajo dominio japonés y la vida cotidiana]. Seúl: Korean Studies Research Institute.
Kim, S. H. (2000). The Politics of democratization in Korea: The role of civil society. Pittsburgh: Pittsburgh University Press.
Nozaki, Y. & Selden, M. (2009). Japanese textbook controversies, nationalism, and historical memory: Intra- and Inter-national conflicts. The Asia-Pacific Journal, (7)5, 1-27 Recuperado de http://japanfocus.org/-Yoshiko-Nozaki/3173/article.pdf
Nozaki, Y. (2002). Japanese politics and the history textbook controversy, 1982–2001. International Journal of Educational Research, 37, 603-22.
Nozaki, Y. (2005). Japanese politics and the history textbook controversy: 1945-2001. En E. Vickers & A. Jones (Eds.), History education and national identity in East Asia. (pp. 275-305). London: Routledge.
Nozaki, Y. (2007). The defeat, educational reforms, and history textbook in occupied Japan, 1945-1952. En M.E. Caprio & Y. Sugita (Eds.), Democracy in occupied Japan: The U.S. occupation and Japanese politics and society (pp. 120-146). New York: Routledge.
Office of the United Nations High Commissioner for Human Rights (1996). Special Rapporteur on violence against women, its causes and consequences, Radhika Coomarasway. Recuperado de http://www.ohchr.org/EN/Issues/Women/SRWomen/Pages/SRWomenIndex.aspx
Office of the United Nations High Commissioner for Human Rights (1998). Special Rapporteur on Systematic rape, sexual slavery and slavery-like practices during armed confict, Gay Mc Dougall. Recuperado de https://www1.umn.edu/.../ContemporaryformsofSlavery_McDougall.pdf
Piper, N. (2001). Transnational Women's Activism in Japan and Korea: The Unresolved Issue of Military Sexual Slavery. Global Networks 2(1), 155-170.
Risse, T. & Sikkink, K. (1999). The socialization of international human rights norms into domestic practice: Introduction. En T. Rise, S. Ropp, S. & K. Sikink (Comps.), The power of human rights: international norms and domestic change (pp.1-38). Cambridge: Cambridge University Press.
Rodio, E. B. & Schmitz, H. P. (2010). Beyond norms and interest: understanding the evolution of trasnational human rights activism. International Journal of Human Rights, 14(3), 442-455.
Sally, R. (2010). Money, power, and donor. NGO partners, hips. Development in Practice, 20(3), 446-455.
Shin, G. W. & Robinson, M. (1999). Colonial modernity in Korea. Massachusetts: Harvard University Press.
Soh, S. (1996). The Korean "Comfort Women": Movement for redress. Asian Survey, 12(36), 1226 -1240.
Soh, S. (2000). From imperial gifts to sex slaves: theorizing symbolic representations of the “comfort women”, Social Sciences Japan Journal, 3(1), 59-79.
Soh, S. (2003). Japan's national/Asian Women's Fund for comfort women. Pacific Affairs, 76(2), 209 - 233.
Tilly, C. & Tarrow, S. (2007). Contentious politics. Boulder: Paradigm Publisher.
Yoneyama, L. (2013). Politicizing justice: Post-cold war redress and the truth and reconciliation commissions. En J. J. Suh (Comp.), Truth and Reconciliation in South Korea (pp. 119-132). New York: Routledge.
Yoshida, T. (2008). Historiography of the Asia-Pacific war in Japan. Online encyclopedia of Mass Violence. Recuperado de http://www.massviolence.org/Historiography-of-the-Asia-Pacific-War-in-Japan
Yuji, S., Keita, H., & Kei, S. (2015). Japan´s largest rightwing organization: An introduction to Nippon Kaigi. Asia Pacific Journal, (13)5, 1-4. Recuperado de http://apjjf.org/-Sato-Kei--Hayashi-Keita--Sasagase-Yuji/4410/article.pdf
Notas
1 El presente artículo es parte de un proyecto de investigación más amplio financiado por la Beca Posdoctoral del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET) de la Argentina.
* Doctora en Ciencias Sociales (UBA), Máster en Estudios del Este de Asia-Corea (Yonsei University), Licenciada en Ciencia Política (UBA). Becaria Posdoctoral del CONICET. Email: mpam1979@gmail.com
Advocacy significa abogar por causas o en nombre de otro (Jenkins & Sabatier, 1994). En sociología política se suele traducir como incidencia, en estudios internacionales como defensa. Para evitar confusiones, y dada la dificultad de encontrar una palabra en castellano adecuada, utilizaré el término advocacy.
3 Se agradece la buena predisposición, documentación e informes facilitados por Seon Mi, encargada de Relaciones Públicas y Cooperación Internacional del Consejo Coreano.
4 Cabe destacar que si bien el Consejo es un actor protagónico tanto en la activación de los reclamos en Corea del Sur como en la consolidación de la red trasnacional (Chou, 2003; Piper, 2001; Soh, 1996), la red está conformada por más de 20 actores regionales: Asociación de mujeres asiáticas, Red asiática de solidaridad con las mujeres de confort, Red de la violencia contra la mujer en tiempos de guerra de Japón, el Centro de derechos humanos de la mujer en Asia, Fundación de mujeres de confort en Filipinas, Mujeres de las iglesias coreanas unidas, Centro de investigaciones sobre las mujeres de confort chinas, Consejo coreano para las mujeres raptadas por Japón como esclavas sexuales de los militares, Fundación para el rescate de mujeres de Taipei, entre otros.
5 En general, las víctimas que participan de las marchas son activistas nucleadas en la Casa Nanun y el Consejo Coreano. En 1992 se crea la Casa Nanum (ubicada desde 1995 en la provincia de Kyonggi), en la cual funciona un hogar que alberga a un grupo pequeño de mujeres surcoreanas y, desde agosto de 1998, el Museo Histórico de la Esclavitud Sexual de los Militares Japoneses en Corea del Sur. El predio fue obsequiado por grupos budistas y el hogar es financiado por movimientos budistas, organizaciones civiles y donaciones de particulares.
6 La placa que acompaña la escultura dice “El 14 de diciembre de 2011 se cumplen las 1000 demostraciones de los miércoles para la resolución de la esclavitud sexual de los militares japoneses. La primera tuvo lugar el 2 de enero de 1992 frente a la Embajada de Japón. Este monumento de la paz conmemora el espíritu y la profunda historia de las marchas de las demostraciones de los miércoles” (traducción personal).
7 Esta definición marcó una diferencia radical respecto de la Convención de Ginebra que caracteriza a la violación como un crimen contra el "honor" y la dignidad de las mujeres.
8 Ianfu - I: significa confort, An: pacifico/seguro, Fu: esposa/mujeres casada.
Artículo recibido: 18/08/2015 Artículo aceptado: 01/12/2015
MIRÍADA. Año 8 No. 12 (Ene-Dic 2016) p. 95-117
©Universidad del Salvador. Facultad de Ciencias Sociales. Instituto de Investigación en Ciencias Sociales (IDICSO). ISSN: 1851-9431