Aplicación del Código Procesal Penal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en la investigación de delitos que serán trasferidos a la justicia local
Palabras clave:
Código Procesal Penal, Ley 26.702, delitos transferidosResumen
En fecha 24 de junio de 2009 se firmó el “Convenio Marco de Cooperación Académica, Asistencia Técnica y Capacitación”, celebrado entre la Fiscalía General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Universidad del Salvador, con el fin de favorecer la colaboración entre las partes mediante la cooperación mutua, la asistencia técnica, académica y la capacitación entre ambas, en todos aquellos temas que las partes consideren de interés. Ambas instituciones decidieron llevar a cabo una investigación relativa a la aplicación del Código Procesal Penal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en la investigación de los delitos que serán transferidos a la justicia local, conforme las prescripciones de la Ley 26.702, comprometiéndose a su difusión en el ámbito de sus respectivas competencias.Como resultado del trabajo se concluyó que el Código de Procedimiento Penal Local posee suficientes herramientas y se encuentra a la altura de las distintas categorías de delitos a tramitar que, paulatinamente, se transfieran a los Tribunales locales, lo cual incluso permitirá la probable incorporación -en cumpliendo del mandato constitucional local- del Juicio por Jurados. Introduce a la víctima como actor esencial en el proceso, por cuanto el ordenamiento se enrola en el cambio de paradigma que sustituyó la “búsqueda de la verdad” por la solución al conflicto.El código logra con éxito un saludable equilibrio entre los derechos de todos los involucrados, dejando a la intervención estatal, sea a través del agente fiscal en la acusación como al magistrado en la resolución, la potestad monopólica que invisten y representan, para la aplicación e interpretación de las normas más justas y equitativas.Claramente el juez, y sobre todo el de garantías en la etapa de investigación preparatoria, puede tener una actividad importante en el control y supervisión de aquellos actos procesales que requieren su intervención, fijando audiencias orales, siendo posible y hasta probable que el dinamismo e informalidad garanticen un mejor servicio de justicia.Descargas
Publicado
2016-04-07
Cómo citar
Lonardi, M. M., Llera, C. E., & D´allota, J. (2016). Aplicación del Código Procesal Penal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en la investigación de delitos que serán trasferidos a la justicia local. Anuario De Investigación USAL, (2). Recuperado a partir de https://p3.usal.edu.ar/index.php/anuarioinvestigacion/article/view/3564
Número
Sección
Proyectos de Investigación Facultad de Ciencias Jurídicas