Basura Espacial: Un Problema Jurídico de la Época
Space Junk: a legal problem of the era.
María
de las Mercedes Esquivel*
RESUMEN
La basura espacial es todo objeto o
parte de este, abandonado o inutilizable en la órbita de la Tierra, el espacio
o en un cuerpo celeste. El mayor problema lo plantean los fragmentos espaciales
que se encuentran esparcidos en la órbita geoestacionaria, donde se instalan
los satélites de telecomunicaciones, los que provocan interferencias en las
señales de comunicación que se lanzan desde la superficie. Un plan estratégico
para comenzar a eliminar dichos residuos orbitales supone consenso sobre la
eliminación de los escombros, colaboración y reparto de gastos. Si bien la
basura espacial se produce porque los objetos que fueron abandonados en el espacio colisionan con
otros, los Estados tomaron la decisión de reducirla por los daños que pudieren
causar a otros objetos en actividad o a astronautas en misiones
extra-vehiculares. No obstante ello, resulta necesario dar una adecuada
regulación jurídica al abandono de dichos elementos.
PALABRAS CLAVES
Desechos espaciales - Regulación legal
ABSTRACT
Space junk
space debris is any object or part of it, abandoned or unusable in the orbit of
the Earth, space or on a celestial body.
*Especialista en
Derecho Aeronáutico y Espacial. Profesora titular de Derecho Aeronáutico y
Espacial. Universidad del Salvador. Sedes Centro y Campus Nuestra Sra. Del
Pilar. Directora del Instituto de
Derecho Aeronáutico y Espacial (USAL). Profesora adjunta de Derecho Aeronáutico
(UBA).
Artículo recibido el 9 de septiembre de 2012. Aceptado 3 de octubre de 2012.
The biggest
problem posed spatial fragments that are scattered in the geostationary orbit,
where telecommunications satellites, causing interference in the communication
signals that are launched from the surface are installed. A strategic plan to
begin to eliminate such waste orbital assumes consensus on removing the rubble,
collaboration and sharing of expenses. Although the space junk occurs because
objects that were abandoned in space collide with each other, States took the
decision to reduce it by the damages that might be caused to other objects in
activity or astronauts in extra-vehiculares missions. However, is necessary to
give a proper legal regulation to the abandonment of such elements.
KEY WORDS
wastes space-
legal regulation
1.
Concepto
de Basura Espacial
Podemos describir el
concepto de basura, chatarra o desechos espaciales como todo objeto o parte de
objeto artificial, abandonado o inutilizable en la órbita de la Tierra, el
espacio o en un cuerpo celeste. El concepto dado en un reciente informe de las
Naciones Unidas, dice que restos espaciales son todos los objetos no operativos
hechos por el hombre, incluyendo sus fragmentos y elementos, en órbita
terrestre o re-entrando en la atmósfera. [1]
Esta descripción fue tomada de la elaborada por el Comité de Coordinación
Inter-Agencias sobre Desechos Espaciales (IADC). Sin embargo, no toma en cuenta
aquella basura espacial que no se encuentre en órbita terrestre ni re-entrando
a la atmósfera. En el caso de que la proliferación continúe y comiencen a
lanzarse en el futuro objetos al espacio desde cuerpos celestes o estaciones
espaciales en el espacio, la basura ya no estará en órbita terrestre sino en la
de otro cuerpo celeste. Sería mejor que el enfoque fuese más amplio y previese
un problema que ha de plantearse en el futuro no tan lejano.
Dice
este informe que, aproximadamente, el 60 por ciento de los desechos registrados
son generados por desintegraciones de los vehículos espaciales o de los
cohetes. A menudo la fragmentación se produce como resultado de las explosiones
de combustible remanente u otro reactivo químico contenido en las máquinas de
los cohetes. [2] En
el mismo Informe se aclara que una fuente significativa de fragmentos lo dan
aquellas partes de los satélites puestos en órbita que pueden separarse y
comenzar a orbitar en forma descontrolada.
El
citado Informe sostiene que el marco legal para las actividades espaciales debe
considerar las obligaciones y derechos de tomar las medidas preventivas
dirigidas a los riesgos por daños provocados por restos espaciales, así como a
las consecuencias legales que tales riesgos pueden derivar. Se señalan luego
una serie de consideraciones jurídicas: [3]
a.
La
ilegalidad de generar basura espacial: de hecho, nadie puede negar que la
basura espacial es resultado previsible para las naciones espaciales. Dicha
posibilidad de saber con antelación que la basura ha de producirse y, no
obstante ello, abandonar los objetos una vez terminada su vida útil, no hace
más que agravar la conducta que, entendemos, es reprochable. Hay una culpa
grave que resulta inexcusable y cuyas consecuencias pueden afectar al mismo
Estado que genera la basura si consideramos que uno de sus astronautas puede
ver su traje roto durante una misión extra-vehicular y que este accidente es
causa segura de muerte para dicho astronauta.
b.
Las
obligaciones de mitigar los desechos y de remediar el ambiente donde éstos se
encuentran;
c.
Las
obligaciones de participar en evitar situaciones de colisión e intercambiar
información;
d.
Remoción
activa y posible reciclado de desechos, y;
e.
La
ubicación de la carga financiera y la transferencia de tecnología.
Esta
última plantea los temas de la responsabilidad e imputabilidad de la autoría de
abandonar restos espaciales y la determinación de los riesgos.
El Informe que mencionamos
continúa analizando en qué consiste la ilegalidad en la producción de desechos.
Interrogante al que responde diciendo que la producción de restos espaciales no
puede considerarse per se ilegal. Recuerda que el artículo I del Tratado
del Espacio de 1967 reconoce a todos los Estados el derecho de acceder al
espacio ultraterrestre, utilizarlo pacíficamente y explorarlo.
Independientemente de esto, la producción de basura espacial puede considerarse
ilegal en algunos casos, por ejemplo: modificaciones ambientales extremas,
producción intencionada de basura para interferir con la exploración y
utilización pacífica del espacio. Más aun, si las prácticas de los Estados y la
opinio iuris tendieran a establecer medidas legales de mitigación,
podría llegarse a estándares más restrictivos.
Entendemos por objeto espacial a todo
aparato o ingenio hecho por el hombre para ser colocado en el espacio
ultraterrestre o en los cuerpos celestes, con la finalidad de cumplir una
función o actividad espacial.
Es de destacar que ni el Tratado del
Espacio, ni el Convenio de Registro o el de Responsabilidad describen un
concepto de lo que debe entenderse por objeto espacial, limitándose a
establecer que, dentro del concepto de objeto espacial, se consideran
comprendidas también a sus partes componentes. Esta carencia de concepto claro,
es consecuencia de la oposición tanto de los Estados Unidos de América como de
la, entonces, Unión Soviética, a dar una noción más precisa de algo que, en
caso de producir daños en la superficie terrestre, su espacio aéreo, espacios
acuáticos o en el espacio ultraterrestre, genera responsabilidad del Estado de
lanzamiento.
Sin embargo, las potencias citadas, no
se negaron a que se estableciera una descripción exacta de Estado de
Lanzamiento, como todo Estado que lanza o promueve el lanzamiento de un objeto
al espacio (aun cuando se frustrara dicho lanzamiento), o aquel desde cuyo
territorio o instalaciones se lanza un objeto al espacio. De esta manera,
sabemos quién lanza al espacio, pero no qué lanza. Sin duda que esta
incongruencia es muestra de las paradojas que surgen cuando los textos legales
deben negociarse entre los Estados y de cuánto debe cederse para alcanzar la
aprobación de una norma.
Por lo que llevamos dicho, queda en
claro que cuando hablamos de objetos espaciales, nos estamos refiriendo a cosas
hechas por el hombre para desarrollar una actividad espacial y que dentro de
este concepto, se incluyen las partes componentes. En esto consiste uno de los
mayores problemas, ya que una cosa es
hablar de partes componentes y otra, fragmentos de una cosa.
Parte componente es una porción o
pieza de un objeto. Algo suficiente para integrar un todo en la función que le
corresponda. En cambio, fragmento es un trozo o fracción del todo o de una
parte de éste. Para que haya fragmento debe haber habido ruptura de la cosa. El
concepto de parte implica lo opuesto a
ruptura, ya que su función entraña construir o integrar al todo, en lugar de
representar su destrucción total o parcial.
Ha habido acuerdo doctrinario en
interpretar que los fragmentos de un objeto espacial, deben ser considerados
partes componentes y, por ende, objeto espacial. Esta conclusión me parece
admisible en cuanto permite extender la responsabilidad por los daños causados
tanto por las partes como por los fragmentos. En cambio, si nos atenemos al
significado real de los términos, habrá que concluir que es un concepto amplio
de la palabra parte.
Estos fragmentos, cuando su tamaño lo
permite, dan lugar a establecer cuál es el Estado de Lanzamiento (y por ende,
el responsable de los daños), pero cuando son reducidos, esta determinación
resulta imposible. Es entonces cuando se comienza a hablar de partículas no
identificables que generan un grave problema jurídico.
Si no puede identificarse el Estado de
lanzamiento, los daños quedarán, en el actual estado de cosas, sin posibilidad
de resarcimiento. La consecuencia, es el enriquecimiento ilícito de quienes
desarrollan actividades en el espacio.
Fue Aldo Armando Cocca, argentino
pionero en el Derecho del Espacio, quien dio la solución legal a la situación
que planteamos. Decía Cocca que lo único que puede hacerse en este caso, es
crear un Fondo a integrarse con los montos que aporten las naciones espaciales,
en proporción a la actividad desarrollada, que podría aplicarse para
resarcimientos. De este modo, si no puede identificarse al Estado de
lanzamiento, al menos podrá compensarse económicamente a quien o quienes hayan
sufrido algún daño.
2.
Saturación
del Espacio Ultraterrestre. Hechos Recientes
En la actualidad, la basura espacial
rodea a la Tierra como un enjambre de abejas. La llamada chatarra va siendo
atraída por la gravedad terrestre y se calcula que caen a la superficie al
menos un resto espacial por semana. La cantidad de fragmentos en la órbita
geoestacionaria de menos de 1 m2 (límite del catálogo de los Estados Unidos de
América), es desconocida. Por esta razón, varias naciones espaciales han
comenzado la observación óptica del anillo de la órbita. El conocimiento de la
población de fragmentos en esta zona es vital para entender el proceso de evolución
futura y para instrumentar las medidas de mitigación de producción de futura de
basura en orden a la preservación de ese ambiente.
Los fragmentos de menor tamaño se han
concentrado en la parte baja de esta órbita más que en las regiones superiores
de la órbita baja (LEO).
El
mayor problema lo plantean los restos espaciales que se encuentran esparcidos
en la órbita geoestacionaria, ya que es allí donde se instalan los satélites de
telecomunicaciones. La basura no solamente daña dichos satélites, al colisionar
contra ellos, sino que produce interferencias en las señales de comunicación
que se lanzan desde la superficie.
Cada
nave tripulada tiene radares y sistemas de detección de basura en órbita, pero
lo cierto es que a veces no da tiempo para “dar un golpe al timón”. Más o menos
es como un barco en los polos tratando de evitar los icebergs, solo que aquí no
son masas de hielo gigante sino, en ocasiones, un grupo de piezas o tornillos
perdidos disparados a toda velocidad.
En general los fragmentos relativamente
pequeños se desintegran al entrar en la atmósfera pero los trozos de mayor
tamaño caen a velocidades cósmicas, multiplicando el peso de su masa con la
aceleración. Hasta el momento pocos han sido los daños producidos, la gran
mayoría de los pedazos han caídos en zonas no urbanizadas, pero es fácil
suponer las consecuencias de que cayesen en una central nuclear, una escuela,
hospital o en una ciudad.
Los satélites que se han tornado
obsoletos por haber concluido su vida útil y los fragmentos tarde o temprano,
caen a Tierra. De este modo los riesgos de daños ya no solamente están en el
espacio ultraterrestre, sino que significan serio peligro en potencia para el
espacio aéreo, acuáticos y en la superficie. La frecuencia de estas caídas se
ha incrementado aceleradamente en estos últimos tiempos y las probabilidades de
daños en áreas urbanas es cada vez más probable.
Entre los casos más notorios en la
historia reciente podemos señalar:
1.
Australia,
década del sesenta: Gran cantidad de esferas misteriosas aparecieron en ese
país durante esta década, generando numerosas especulaciones sobre una visita
interestelar. Luego se determinó que uno de estos elementos, también realizado
en titanio y hallado en Merkanooka, Australia Occidental, era un tanque de
agua de la nave Gemini V. Su misión se desarrolló entre el 21 de agosto de 1965
y el 29 del mismo mes.
2.
En
mayo de 1966, Brasil: El experimento Saturn (SA-5) de la NASA despegó
en 1964 y regresó a la atmósfera terrestre el 30 de abril de 1966. Poco
después, en el estado brasileño de Rio Negro hallaron partes livianas -una
pieza ovalada de metal, una estructura con forma de panal de color negro y
cuatro frágiles piezas de alambre.
3.
El 24
de enero de 1978, Canadá: Una nave espacial secreta de la Unión Soviética,
Cosmos 954, salió de control. Como contenía un pequeño reactor nuclear para
alimentar las antenas del radar, su caída se convirtió en la más peligrosa de
la historia para la población en Tierra. Sus restos se esparcieron por la
región ártica de Canadá, país que junto a Estados Unidos encaró las tareas de
limpieza. Fue uno de los primeros hechos notorios. Había sido lanzado el
18 de septiembre de 1977 para vigilancia naval. Pesaba cinco toneladas y
llevaba en su interior un pequeño reactor atómico y cincuenta kilos de uranio
enriquecido. Se trataba de un Soviet Radar Ocean Reconnaissance Satellite
(RORSAT) y pudo ser identificado y luego de llevarse adelante los
procedimientos establecidos en el Convenio de Responsabilidad, el Estado de
lanzamiento resarció al Estado damnificado. Afortunadamente no hubo pérdida de
radioactividad.
4.
El
11 de julio de 1979 en Australia: El laboratorio estadounidense Skylab, de
70 toneladas, tuvo en vilo a todo el mundo al entrar en la atmósfera y
desplazarse sin control durante su caída. Finalmente, sus desechos se
esparcieron por el Océano Índico y el desierto occidental australiano.
5.
Enero
de 1997 en Estados Unidos: Una mujer de Turley, en el estado de Oklahoma,
informó que un pequeño fragmento de material semi-desecho le había caído sobre
la cabeza, sin herirla de gravedad. El extraño objeto fue identificado
como parte del cohete de lanzamiento Delta 2, que había regresado a la
atmósfera. Otros restos del Delta 2 hallados en tierra incluían un propulsor de
acero y una esfera de presión hecha de titanio.
6.
El
4 de junio de 2000 en las islas Hawaii: El observatorio Compton Gamma
Ray había realizado 51.658 órbitas alrededor de la Tierra, pero tuvo que
ser retirado de manera intencional por fallas mecánicas. Sus 6.000 kilos de
desechos fueron a parar al fondo del Océano Pacífico.
7.
El
21 de enero de 2001, Arabia Saudita: La tercera generación de los Delta-2,
conocido como Módulos de Asistencia de Carga Delta (PAM-D por su
sigla en inglés), cayó a Tierra en Medio Oriente. La cubierta de su motor, de
unos 70 kilogramos, fue encontrada en el desierto saudí. Uno de los tanques de
titanio apareció cerca de Seguin, Texas, y el propulsor principal quedó
semi-enterrado cerca de Georgetown, en el mismo estado.
8.
El
23 de marzo de 2001, islas Fiji: La estación espacial
rusa Mir era el objeto más pesado en orbitar la Tierra después de la
Luna. Con sus 130 toneladas de peso, comenzó su derrotero suicida 15 años
después de su lanzamiento. A pesar de que la mayor parte se consumió por el
calor al entrar a la atmósfera, unos 1.500 fragmentos fueron hallados en Nadi,
una de las islas Fiji, donde los bañistas tomaron fotos de restos carbonizados
y aseguraron que se podían oír las explosiones causadas por la desintegración a
gran altura.
9.
El
1 de febrero de 2003, Estados Unidos: El desastre
del trasbordador Columbia, que se desintegró al entrar a la atmósfera
durante su viaje de regreso matando a siete astronautas, provocó una lluvia de
desechos que cayó sobre un área de 72 kilómetros cuadrados, entre los estados
de Texas y Louisiana. Se recuperaron más de 80 mil piezas.
10.
El 20 de febrero de 2008, La Armada de Estados
Unidos: interceptó su satélite espía USA-193 -ya en desuso-,
dejando una estela de desechos. Astrónomos amateurs reportaron que parte de ese
material cayó en el noroeste de EE UU y Canadá. Aseguraron que los restos
recogidos no eran más grandes que un balón de fútbol.[4]
En
los últimos tiempos la caída de fragmentos se ha hecho cada vez más frecuente.
Satélites completos o fragmentos de gran tamaño están cayendo y acrecentando
las posibilidades de catástrofe.
Este año en el mundo entero se
esperó con tensa preocupación la caída de un satélite alemán y otro ruso que,
afortunadamente, no causaron daños. A ello se suman algunos acontecimientos que
no han sido, a la fecha, aclarados públicamente por las autoridades, en algunos
supuestos por no haber desentrañado los verdaderos alcances y causas y otras,
por silencio impuesto veladamente a los medios y testigos.
Algo rodeado de misterio es, sin
duda, una explosión ocurrida en Monte Grande, Partido de Estaban Echeverría,
Argentina, el 25 de septiembre de 2011.
La explosión que, en principio, fue atribuida a una garrafa, fue precedida de una
bola de fuego, de la cual se obtuvieron video grabaciones tomadas con los
teléfonos móviles de las personas que se encontraban en la zona que cayó
mientras su color mutaba del azul al rojo. El estallido pudo escucharse a 70
km. del lugar. Se produjo la total destrucción de las viviendas en la zona,
rotura de vidrios, heridos y una mujer que falleció mientras descansaba en su
cama, aplastada por el techo derrumbado. Parecía que las construcciones habían
sido objeto de una implosión.
Las autoridades cercaron la zona y
los testigos mencionaron la presencia en el lugar de técnicos de la Comisión
Nacional de Energía Atómica (CONEA), Comisión Nacional de Actividades
Espaciales (CONAE) y de la NASA. El testigo que había tomado imágenes con su
teléfono celular de la “bola de fuego” y que brindó su video a los medios de
prensa, fue detenido por un breve lapso y su grabación tachada de falsa.
Es aventurado decir qué sucedió
realmente en el caso que describimos, deploramos la ausencia de un informe
técnico verosímil que se hubiera hecho público.
El
sábado 24 de marzo de 2012 se informó
que un fragmento de cohete ruso puso en riesgo a los seis astronautas
que habitan la Estación Espacial Internacional (EEI), sin embargo no hubo
ningún impacto. La NASA dijo que el fragmento de basura espacial pasó lo
suficientemente cerca para constituir una amenaza. Si hubiera golpeado la
estación, sin embargo, la situación habría sido de peligro. Por ende, los
astronautas, dos estadounidenses, tres rusos y un holandés, se despertaron
temprano e ingresaron en dos vehículos Soyuz listos para regresar a la Tierra
si fuera necesario. La emergencia se declaró sobre la hora 16.00 de Moscú
(12.00 GMT), cuando los radares detectaron basura espacial de origen
desconocido que se acercaba a la plataforma orbital, dijo una fuente del sector
aeroespacial ruso citada por la agencia Interfax. "La basura espacial fue
detectada muy tarde y no dio tiempo a que la estación hiciera una maniobra para
eludirla", agregó. A los tripulantes de la EEI, que integran la vigésimo
octava misión permanente, se les ordenó refugiarse en las dos naves Soyuz que
se encuentran amarradas a la plataforma orbital y que son utilizadas por los
cosmonautas para regresar a la Tierra.[5]
Esta fue la tercera ocasión en 12 años que los astronautas tienen que buscar
refugio debido a basura espacial. [6]
Un espectacular y brillante meteoro
que dejó una larga estela en el cielo ha sorprendido a los testigos en
Wellington y Christchurch, indicó The Truth Behind The Scenes. El sitio web WeatherWatch
ha sido inundado con informes de la bola de fuego, que según testigos, cruzó el
cielo alrededor de las 6:30 pm del primero de abril. Fue descripto por los
testigos como una increíble bola verde, naranja y blanca que volaba a una
“súper velocidad”. La estela que dejó, duró aproximadamente diez minutos para
luego disiparse. Otro de los testigos señaló que escuchó un fuerte estruendo
dos minutos después de verlo pasar. Otro testigo indica que el meteoro estaba
lleno de magnesio brillante y ardiente, otro agregó que era casi fluorescente y
muy intenso. [7]
Lo descrito no puede saberse si se
debió a basura espacial o un meteorito propiamente dicho. De todos modos,
hechos como este ocurren con extremada frecuencia desde hace algún tiempo y
dicha repetición debería plantear tanto a juristas como a los científicos y
tecnólogos la urgencia en una efectiva toma de medidas, dado que lo que hasta
hoy se está instrumentando, resulta a todas luces insuficiente.
Otro caso llamativo está representado
por un objeto caído en la frontera entre las provincias de Corrientes y Entre
Ríos: El sábado 24 de marzo a
las 21:30 aproximadamente una estela roja surcó el cielo del sur correntino de
noreste a sureste, hacia la zona de Rincón de Guayquiraró, en Argentina;
segundos después se observó un gran destello como una explosión y se sintió un
temblor, destaca Pluscom. Se trató de un objeto que sorprendió a los
habitantes de la zona rural y que habría caído en una zona cercana al río
Guayquiraró, en el límite entre Corrientes y Entre Ríos.
Sergio Bordón, uno de los testigos,
narra que vio como pasaba la estela roja y que tuvo que salir de su casa por el
temblor. Este testigo es director de la escuela 527 de la zona de Rincón de
Sarandí. Su declaración tiene más peso pues se trata de un aficionado a la
meteorología. Otros pobladores
destacaron que el temblor rompió vidrios en algunas casas. Las autoridades procuran aún ubicar la zona
del impacto de modo tal, que pueda determinarse si se trató de basura espacial
o de material natural proveniente del espacio ultraterrestre. [8]
Otro hecho singular se dio en el año
2004 cuando en la zona rural de San Roque, Argentina, cayó un objeto cilíndrico
de 3,5 por 1,5 metros. El objeto pertenecía al sistema de propulsión de un
satélite del sistema GPS.
3.
Incremento
de Basura vs. Prevención, Mitigación, Remoción
La basura espacial plantea uno de los mayores retos a los que se
enfrenta la ingeniería del siglo XXI, de acuerdo con J.C Liou, de la Oficina
del Programa de Escombros Orbitales en el Centro Johnson de la NASA. Según
Liou, un plan estratégico a largo plazo para eliminar residuos orbitales
requiere cuatro pasos críticos necesarios a nivel internacional:
-Consenso sobre
la eliminación de escombros activos.
-Cooperación: los
desechos a eliminar pueden pertenecer a un país diferente.
-Colaboración: Es muy
poco probable que una sola organización o un país pueda lograr el objetivo por
sí mismo.
-Contribuciones:
compartir los gastos del proyecto será la clave para comenzar con
la eliminación de escombros activos.
Hay cinco preguntas
clave que se deben abordar al principio de cualquier plan de eliminación de
escombros. Estas son: ¿Dónde está la región mas contaminada de escombros?
¿Cuáles son los objetivos de la misión?, ¿Que residuos deben ser retirados
primero?, ¿Cuáles son los beneficios para el medio ambiente?, ¿Cómo se deben
llevar las operaciones a cabo?[9]
La
multiplicación de restos espaciales se debe a numerosos factores que la misma
NASA enuncia como:
Explosiones
en órbita
que producen un gran número de fragmentos capaces de causar daños a un objeto
espacial, al igual que fragmentos de menor tamaño que pueden ocasionar
degradación del rendimiento de un objeto espacial. Su velocidad entraña riesgo
aun para objetos espaciales ubicados a cientos de kilómetros por encima o por
debajo de ellos, más aun si se tiene en cuenta que la vida en órbita de dichos
fragmentos es muy prolongada.
Colisiones
con fragmentos durante las operaciones en una misión con consecuencias dañosas que generalmente producen
pequeños fragmentos, que pueden conducir a la pérdida de control de un objeto
espacial y
por lo tanto a una destrucción catastrófica.
Falla en la remoción de órbita de una estructura en tiempo
adecuado al finalizar su vida útil. La vida útil estimada de un objeto espacial
es de veinticinco años. Una vez finalizada y dejada la estructura en órbita,
puede conducir a colisiones con objetos de mayor tamaño y así comenzar la
multiplicación de fragmentos.
Abandono de restos operacionales en órbita. Estos fragmentos
son generalmente no mayores de 1 cm, pero representan un riesgo para los
objetos espaciales en operación. Tales fragmentos pueden permanecer en el
espacio meses o años, pero si se dejan en órbita baja pueden permanecer entre
decenas o cientos de años.
Impacto en la superficie terrestre esto sólo ocurre cuando
las estructuras o sus fragmentos, sobreviven a la re-entrada a la atmósfera.
En cuanto a si existe una
obligación legal de mitigar los riesgos asociados con los desechos espaciales,
hay que tener presente que no existe una obligación explícita, pero existe un
principio que propicia tener en cuenta
el ambiente, establecido en el artículo IX del Tratado del Espacio, en el que
se prohíbe a los Estados a desarrollar actividades en el espacio que puedan
producir una contaminación nociva del espacio ultraterrestre y de adoptar las apropiadas consultas
internacionales cuando exista razón para creer que la actividad planeada pueda
causar potencialmente una interferencia dañosa a otro Estado. Las naciones
espaciales tienen la obligación de adoptar las medidas apropiadas para prevenir
todo daño a otros Estados y áreas más allá de su jurisdicción y control, o al
menos, minimizar ese riesgo. En definitiva, estamos aludiendo a la debida
diligencia.
Por otra parte, sin duda
debe calificarse de culpa con representación la conducta de aquellos Estados
que no solamente producen, sino que abandonan su basura en el espacio. La
generación de daños como consecuencia de tales conductas, es un hecho que no ha
de ser soslayado por la legislación internacional.
Entiendo que el régimen de
responsabilidad internacional de los Estados de lanzamiento, debe modificarse,
condenando a aquellos Estados que incurren en la generación y abandono de
basura, por cuanto esta actitud contamina un ambiente que pertenece a toda la
humanidad presente, y afecta a las futuras generaciones en una dimensión que
aún no puede apreciarse plenamente. Dicha punición ha de ser de característica
diversa a la que surge de los resarcimientos adeudados como consecuencia de
daños de los que el Estado de lanzamiento resulte responsable. Puede crearse un
sistema que impida, al Estado responsable de abandonar o de generar los restos
en el espacio, realice lanzamientos futuros por un lapso que fluctúe entre seis
meses a un año.
Esta propuesta tiene
fundamento en el fracaso del sistema económico de sanciones o multas que impera
hasta la fecha. Ha surgido un perverso entendimiento que suplanta la prudencia
o debido respeto ambiental, por una tarifa que ha de pagarse con posterioridad
a la conducta displicente. En definitiva, toda multa o pago que deba hacerse
como consecuencia de actitudes desaprensivas, se transforma en el “derecho” a
transgredir. El axioma malicioso “el que contamina, paga” abrió la posibilidad
de que hoy la contaminación en todos los ámbitos sea cada vez más frecuente y
aceptada siempre que se pague la “tarifa”. De esta manera, lo que se concibió
como sanción, es utilizado para transgredir aun más la utilización y
explotación de recursos de manera jurídica y legítima.
2.
Proyectos
Suizo, Español y Estadounidense
Suiza ha elaborado un programa de
remoción de basura espacial que está previsto para ser lanzado en tres años y
remover 16.000 objetos que interfieren con naves espaciales o satélites artificiales.
Utilizando satélites atraparán los desperdicios que pueden causar problemas a
otros satélites o naves espaciales y se precipitarán con ellos hacia la
atmósfera, donde ambos se desintegrarán. Una familia de satélites
"limpiadores" suizos se encargará de eliminar piezas de basura
espacial que orbitan alrededor de la Tierra y que suponen una amenaza para los
satélites y las naves espaciales, con los que pueden colisionar. La Escuela
Politécnica Federal de Lausana (Suiza) ha anunciado la puesta en marcha del
primer proyecto de satélites desorbitadores, el CleanSpaceOne, con el que
pretende lanzar al espacio en el plazo de tres años un conjunto de satélites
especialmente diseñados para este fin. A una velocidad de 28.000 kilómetros por
hora, el CleanSpaceOne se reunirá con el blanco de su misión y lo abrazará con
una especie de gancho, inspirado en los mecanismos de agarre de animales y
plantas. Una vez unidos el satélite limpiador y la pieza de basura, el primero
utilizará su motor para lanzarse en compañía del otro hacia la atmósfera
terrestre donde, al entrar en contacto con los gases que la forman, se
desintegrarán los dos artefactos a temperaturas superiores a los 1.000 grados
centígrados. El costo aproximado de la fabricación y el viaje espacial de estos
satélites será de 10 millones de francos (8,3 millones de euros). La primera
víctima del CleanSpaceOne será uno de los dos primeros objetos puestos en
órbita por Suiza: el Swisscube (lanzado en 2009) o el Tlsat (julio de 2010). [10]
Por su parte España ha creado un
sistema de desorbitado de residuos espaciales es el objetivo de un proyecto de
investigación desarrollado en la ETSI de Aeronáuticos de la Universidad
Politécnica de Madrid y financiado por la Agencia Espacial Europea. La
iniciativa se suma a otras para evitar que las misiones espaciales colisionen
contra los “escombros espaciales”. El costo de la eliminación de la basura
espacial, principalmente trozos de lanzadores y satélites “muertos”, es muy
elevado, pero su eliminación resulta necesaria para el futuro del espacio; las
agencias espaciales son conscientes de la necesidad de atajar directamente este
inconveniente y han comenzado a tomar medidas al respecto. [11]
El proyecto Ion Beam Shepherd for
Contactless Space Debris Removal (Eliminación de Basura Espacial con Chorros de
Iones) pretende, mediante una apuesta ambiciosa pero potencialmente eficaz,
resolver el acuciante problema de la basura espacial. Al frente del proyecto se
encuentran investigadores de la Universidad Politécnica de Madrid. Los grupos
de investigación: el Grupo de Dinámica Espacial y el Equipo de Propulsión
Espacial y Plasmas, ambos adscriptos a la Escuela Técnica Superior de
Ingenieros Aeronáuticos (ETSIA), han unido sus conocimientos para desarrollar
una idea innovadora para el desorbitado activo de basura espacial, que ha sido
financiada por la Agencia Espacial Europea (ESA) a través del Advanced Concepts
Team, dentro del programa de proyectos ARIADNA. [12]
Estados Unidos ha proyectado también
su sistema, que cuenta con el apoyo de la Agencia de Investigación de Proyectos
Avanzados de Defensa de Estados Unidos. Consiste en una pequeña nave de no más
de 100 kg., que puede lanzar una serie de redes para atrapar a los objetos
perdidos y trasladarlos a una zona donde no representen un peligro. El
Eliminador de Basura Electrodinámico (EDDE, por sus siglas en inglés) “es un
vehículo revolucionario porque no utiliza un sistema de propulsión espacial,
por lo tanto, no requiere ni de propulsores ni de combustible como utilizan los
cohetes tradicionales”, le dijo a BBC Mundo Jerome Pearson, presidente de Star
Inc., la empresa que desarrolló el vehículo. “Es como un generador eléctrico en
el espacio que utiliza el campo magnético de la Tierra y la energía solar para
trasladarse entre las órbitas”, añadió Pearson. Se pretende tener el espacio
limpio en siete años. La nave puede transportar alrededor de 200 redes. Cada
una de ellas sirve para atrapar un objeto y arrastrarlo hasta una órbita más
cercana a la Tierra, donde permanecerá por unas semanas hasta desintegrarse por
completo. “La mayoría de los satélites se encuentran a 800 kilómetros por
encima de la Tierra. La idea es empujar la basura espacial a una altitud de 330
kilómetros y soltarla allí, para que al entrar en contacto con la atmósfera
comience a descomponerse”, dice Pearson. Dadas las dimensiones del vehículo, el
científico explica que se lo puede enviar al espacio como nave secundaria
cuando se lanza una misión espacial. “Nosotros calculamos que con una docena de
estas naves podemos retirar los 2.465 objetos de más de dos kilogramos que
orbitan el planeta en tan sólo siete años”, afirmó Pearson. Por ahora se trata
sólo de un proyecto, pero el científico espera poder construir y poner EDDE a
prueba para 2013. [13]
Estos escombros galácticos son en su
mayoría grandes restos de cohetes, viejos satélites ya en desuso o componentes
de artefactos espaciales, como motas de polvo o trozos de pintura. La colisión
de una nave espacial o un satélite con estos residuos puede suponer un daño
grave y costoso de reparar, así como la generación de más fragmentos que se
acumularían en torno a la Tierra en forma de basura espacial.
Las tareas preventivas en
orden a evitar daños, tienen un costo. Huelga decir que aceptar sin más que
podemos asumir el riesgo cierto de daño, si estamos dispuestos a pagar
por los perjuicios causados, es de una inmoralidad irredimible. Siempre he
cuestionado que, en temas ambientales y, particularmente en lo que hace a la
basura espacial, se haga mención a los costos que supone evitar todo riesgo de
daño.
El
punto de conflicto en los temas planteados en el Informe es el referido a la
carga financiera por los daños causados por los restos espaciales. Señala, con
acierto la responsabilidad internacional que cabe a los Estados por los daños
remover en el tiempo oportuno, los objetos que han terminado su vida útil. La
calificación de costo alto o bajo, es una evaluación que deriva,
necesariamente, de aquello que queremos conseguir o evitar. ¿Qué valor se
asigna a la vida y salud humana y animal, para que digamos que es caro no
dañarlas o ponerlas en riesgo? Todos los Estados tienen derecho a acceder al
espacio, explorarlo y utilizarlo.
Con respecto a la
obligación de intercambiar información para evitar las colisiones, concluye
dicho Informe que no hay una clara
obligación legal de hacerlo. Sin duda no la hay, pero jurídicamente, debe
entenderse que sí la hay, a pesar de que no esté establecida expresamente. El
artículo IX del Tratado del Espacio, establece la obligación para los Estados
Partes de realizar consultas internacionales por los riesgos que el uso
pacífico podría ocasionar a los Estados consultados.
El
tema de la basura espacial, ha iniciado un proceso sofista en el derecho
internacional, en el que por primera vez, se considera de qué manera puede
torcerse el principio jurídico por antonomasia de que el bien particular debe
ceder ante el bien general. Es asumir que puede dañarse, no solamente a las
posibles víctimas del presente, sino en un número indeterminado a las
generaciones futuras[14].
Esta conducta es mucho más grave; hay en ella una culpa gravísima. Con
criterios como los que se están manejando en el presente, se ha llegado a una
contaminación del planeta que hace que encontremos residuos químicos hasta en
los hielos antárticos. Lo mismo que llevó a pensar en asentamientos humanos en
otros cuerpos celestes, una vez que nuestra Tierra sea inviable, se pretende
hacer en aquellos parajes donde la humanidad sueña refugiarse. El satélite de
desechos espaciales de la Agencia Espacial Europea (ESA) está instalado en la
estación óptica terrestre en Teide, Tenerife (Islas Canarias) y ya ha iniciado
su primer barrido.
Según
informó el Centro Espacial del Instituto Federal Suizo de Alta Tecnología el 15
de febrero, el satélite lanzado en 2009 “Clean Space Nº 1” había llegado a su
órbita predeterminada de trabajo, se trata del primero de una serie de
satélites que serán lanzados especialmente para recolectar basura espacial. El
“Clean Space Nº1” funciona más bien como una especie de robot encargado de
recoger basura espacial que orbita alrededor del planeta, para ser quemada
durante su caída en la atmósfera. Es capaz de
recolectar restos de cohetes, satélites y otros desperdicios desechados durante
la conquista espacial del ser humano.[15]
El satélite que Ecuador puso en órbita
en septiembre de 2012 desde Rusia, tendrá la misión de ayudar a catalogar con
precisión la basura espacial cercana a la Tierra. "Esta misión convertirá
al NEE-01 Pegaso en el primer guardián orbital conectado directamente a
internet, transmitiendo vídeo en tiempo real desde la órbita terrestre y
accesible al público", dijo en un comunicado la Agencia Espacial Civil
Ecuatoriana. Destacó que mediante convenios de cooperación, la Agencia
distribuirá la señal de vídeo del satélite a nivel mundial a organizaciones que
estén realizando investigación en el campo de monitoreo de objetos cercanos a
la Tierra o que tengan un programa establecido para dicha tarea. Señaló que
este satélite "entrará en órbita a un altura de 600 kilómetros y será
lanzado al espacio a bordo de un cohete ruso operado por la empresa Kosmotras,
desde el cosmódromo de Yasny el 29 de septiembre de 2012”. Ese satélite fue
construido enteramente en Ecuador, donde fue presentado en abril del 2011.
Añadió que además de esto, el NEE-01 Pegaso está programado para la observación
infrarroja de la Antártida en tiempo real.[16]
La
NASA también ha elaborado protocolos para la reducción de basura en el espacio
y su eliminación. [17]
Los
Estados Unidos tienen prácticas estándar para la mitigación de los desechos en
órbita. Dichas normas incluyen la obligación de construir los objetos
espaciales de manera tal, que se minimicen las posibilidades de desechos, al
mínimo. El objetivo de los parámetros que se dan, es evitar las explosiones
accidentales que pudieran suceder durante y después del cumplimiento de la
misión. La NASA ha elaborado asimismo, un sistema de identificación métrica
para medir la posible chatarra que se arroje al espacio. La misma NASA reconoce
que aun cuando no hubiese más lanzamientos, la posibilidad de incremento de los
restos espaciales, continuará como consecuencia de la fragmentación por la
colisión entre los fragmentos de restos objetos espaciales ya existentes.
Señala la agencia que, una vez que comienzan las colisiones, es difícil detener
el proceso, y por ende, la fragmentación de los objetos. La basura puede
golpear contra otros objetos, así se explica que un resto espacial de menos de
1 mm de diámetro, típicamente de alrededor de 1 mg de masa, puede penetrar un
objeto sin escudo y dañar superficies sensibles, tales como ópticas o
radiadores térmicos. Por otro lado, restos de 1 cm (de 1 gramo de masa) pueden
penetrar incluso un objeto fuertemente protegido por un escudo y restos de 10
cm de diámetro (1 kg de masa) pueden causar severos daños a un objeto espacial.
[18]
Hay
una iniciativa rusa para la remoción de objetos abandonados en el espacio y
otras propuestas que tienden al recupero de objetos y partes componentes para
su reutilización en misiones o proyectos futuros.
Por
su parte, las Naciones Unidas publicó el Informe del Congreso Internacional
Interdisciplinario sobre los Próximos Desafíos en Debris Espaciales.[19]
Los
Estados espaciales han seguido el principio de la cooperación internacional
establecido en el Tratado del Espacio de 1967 y la declaración respectiva, en
el sentido de iniciar consultas internacionales bilaterales entre la NASA y la
Agencia Espacial Europea (ESA), la Federación Rusa y Japón. Como consecuencia
de ello, en 1993 se creó el Comité Coordinador de la Agencia de Restos
Espaciales (IADC), integrada por las más importantes agencias espaciales del
mundo. Hoy integran este Comité once miembros que incluyen las agencias
espaciales de diez países y la Agencia Espacial Europea. [20]
Estos miembros adoptaron los lineamientos de la NASA al respecto, por consenso
y, en 1993 la Academia Internacional de Astronáutica elaboró su posición sobre
los debris orbitales luego de varios años de esfuerzo. En el 2001 este trabajo
fue actualizado y relanzado.
La
Agencia Espacial Europea elaboró en 1999 un proyecto de manual sobre mitigación
de restos espaciales, el cual fue revisado en 2002. Lo establecido en este
proyecto es muy similar a las normas estadounidenses sobre el tema.
Por
su lado, la Subcomisión Científico Técnica de la COPUOS ha incluido el tema en
su agenda desde 1993. El Informe de las Naciones Unidas sobre deberes espaciales
de 1999 resumió el conocimiento a la fecha de las medidas de mitigación de la
basura espacial orbital. En febrero de 2003, dicha subcomisión comenzó las
deliberaciones sobre las medidas de mitigación fundadas en los lineamientos del
Comité Coordinador, citado. Los lineamientos fueron finalmente adoptados por
consenso en la COPUOS en 2007.
Debe
tenerse presente que, independientemente de costos, condicionamientos
tecnológicos y el deseo de proseguir con las actividades espaciales -lo cual
está fuera de toda discusión-, los restos de objetos espaciales suponen
ciertamente, poner en riesgo a otros. Sea en la superficie, espacio aéreo o
acuático. Un viejo axioma jurídico nos enseña que nuestro derecho termina donde
comienza el del otro. ¿Cómo conciliar necesidades y aspiraciones, con los
adecuados límites al propio derecho? La respuesta es difícil de dar.
3.
Marco
Jurídico Regulatorio
El
Acuerdo de Responsabilidad por los daños causados por objetos espaciales
contempla la responsabilidad internacional absoluta del Estado de lanzamiento
por los daños causados en el espacio, los cuerpos celestes, el espacio aéreo o
acuático y la superficie por objetos espaciales. Dentro del concepto de objeto
espacial se encuentran incluidas sus partes componentes. Lo que no queda claro
en este acuerdo, así como en el convenio de registro de objetos espaciales, es
la naturaleza jurídica de aquellas partes del objeto espacial que resultan
inidentificables y que resultan de la fragmentación, en progresión geométrica,
de los objetos abandonados en el espacio, sumado a la acción de los meteoritos,
que contribuyen a la mencionada fragmentación.
El
hecho de que los objetos espaciales sean obra del hombre y que su abandono
resulte de un acto voluntario, encuadra las consecuencias dañosas que estos
puedan ocasionar en un marco culpable (ya sea por culpa grave o dolo eventual)
que agrava la conducta contemplada en el convenio de responsabilidad, que no
entra a discriminar si el daño se debe a culpa, dolo o accidente. La
fragmentación que sigue al abandono de los objetos supone asimismo, una culpa
con representación.
Si
bien la responsabilidad espacial es absoluta, entiendo que no corresponde
omitir en el análisis, la circunstancia de que hay una voluntad: la de
abandonar el objeto; hay además, un deber de diligencia que se ha omitido
cumplir: prever que el objeto sin control constituirá en el mejor de los casos
un obstáculo para la actividad espacial de los demás estados espaciales. Dado
que, por el momento, los daños se producen en su gran mayoría, en el espacio
ultraterrestre, ha de tenerse en cuenta que el Convenio de Responsabilidad,
hace al Estado de lanzamiento responsable cuando ha habido culpa. De manera
que, la circunstancia de abandonar un objeto pueda considerarse una acción culpable,
no es una cuestión menor. De todos modos, el alcance de la responsabilidad es
el mismo, cualquiera sea el ámbito en el que produzcan daños: siempre será
absoluta.
4.
Responsabilidad
por los Daños Causados con Objetos Espaciales
La responsabilidad por los
daños causados por objetos espaciales tiene un alcance superior y
fundamentalmente diferente del establecido en el derecho civil, aeronáutico y
marítimo. El Convenio de Responsabilidad establece que la responsabilidad será
siempre internacional y absoluta.
¿Qué significa
responsabilidad absoluta? En el derecho civil la responsabilidad, además de ser
objetiva o subjetiva, (según que el factor de atribución de la responsabilidad
sea el riesgo o la culpa), puede ser limitada o integral. La limitación de la
responsabilidad no debe interpretarse como una responsabilidad tarifada, sino
que el limite marca la suma que no puede superarse, salvo que puedan
acreditarse causales que agraven la responsabilidad y la conviertan en
integral.
Por su parte, la responsabilidad
integral recurre a una ficción jurídica que importa suponer que la suma que se
establezca como resarcimiento pondrá las cosas en el estado anterior al hecho
dañoso. Esta afirmación es real solamente cuando el daño se ha producido sobre
bienes fungibles, por ejemplo, si la víctima ha perdido una suma de dinero y se
le reintegra la misma cantidad de dinero.
El Art. XII del Convenio de
Responsabilidad establece que la responsabilidad absoluta debe dejar a la
víctima como si el daño no se hubiera producido. Esta enunciación que
parece similar a la que describe a la responsabilidad integral, tiene un matiz
diferente: esta última tiene un sentido estático (colocar a las cosas en el
estado anterior al hecho dañoso), la responsabilidad absoluta, agrega un aspecto
dinámico, de manera muy sutil pero que hace una gran diferencia. Si colocamos
las cosas como si el daño no se hubiese producido, estamos planteando que en
ese caso, había hechos o actos previstos por la víctima que deben realizarse.
La víctima o sus derechohabientes deben poder acceder a los resultados de esos
actos o hechos previstos, decididos o deseados por la víctima.
El supuesto fue planteado
en un congreso del Instituto Internacional de Derecho del Espacio celebrado en
Tokio. En ese momento se interpretó esta responsabilidad sobre la base de un
ejemplo concreto. Si un labrador japonés falleciera por la caída de un
satélite, el Estado de Lanzamiento estaría obligado a brindar a su familia lo
que éste hubiera aspirado a brindarle: casa propia, alimentos adecuados,
educación de los hijos hasta el nivel universitario inclusive… Como vemos la
responsabilidad del Estado de Lanzamiento [21]
se prolongaría en el tiempo, más allá de lo que sucede con la responsabilidad
integral que restablece lo que, se entiende corresponde en justicia, en un solo
pago.
En el ejemplo planteado, el
Estado responsable nunca podrá brindar a la familia de la víctima el afecto,
enseñanzas o tradiciones familiares que hubiese dado el labrador fallecido. He
aquí la única ficción que podemos admitir. Sin embargo, el responsable de los
daños cuidará de esa familia como hubiese deseado o soñado el labrador del
ejemplo.
El concepto de daños en el
Derecho del Espacio difiere también del que reconocen los derechos marítimo y
aeronáutico. El Estado de lanzamiento debe reparar la vida, todo daño a la
salud y pérdidas o daños en bienes y cosas, ya sean éstos pertenecientes a
Estados, organizaciones internacionales o personas privadas físicas o de
existencia ideal.
El Convenio de Responsabilidad
elimina toda duda acerca de si las lesiones comprenden o no las sicológicas.
Todo daño a la salud es una frase palmaria que no da lugar a controversias de
interpretación o confusión alguna.
Otro aspecto destacable es
el plazo de prescripción: un año. Pero este plazo comienza a correr desde que
se produjeron los daños o desde que debieron habido conocerse. Esto tiene
relación con que a veces los daños pueden ser evidentes mucho después de que un
objeto caiga. El combustible nuclear que poseen, puede generar con el tiempo
deformaciones fetales, cáncer u otras manifestaciones.
5.
Otras
alternativas
Una institución propia del
derecho aeronáutico, así como del marítimo, pueda ser una alternativa válida
para disminuir el gran número de satélites librados sin control en el espacio,
me refiero al abandono. Una adecuada regulación del abandono en el Derecho del
Espacio, permitiría que otros Estados puedan utilizar todo o parte de los
objetos que otro Estado ya no tenga interés en seguir utilizando, ya sea porque
entiende que su vida útil ha finalizado o cualquier otra razón. Deberá
establecerse claramente en favor de quién puede abandonarse un objeto y en qué
condiciones.
Existe también la
posibilidad de regular el salvamento de los objetos que se encuentren en situación
de riesgo o con desperfectos que, en otros casos, hicieran su abandono
inminente.
Los aspectos económicos en
ambos casos, entiendo que deben adecuarse a lo ya previsto en las dos ramas del
derecho anteriormente citadas. Este tema de alta complejidad será desarrollado
en otro trabajo, pero basta señalar que, en principio, su normativa podría
paliar el número de abandonos con los consiguientes riesgos.
6.
Conclusiones
Ø
La
basura espacial se produce, principalmente, porque los objetos que han sido
abandonados en el espacio colisionan con otros o con meteoritos. Con cada
colisión los fragmentos aumentan en forma geométrica.
Ø
Los
Estados espaciales prevén que quedará basura en el espacio en cada lanzamiento.
A pesar de ello, recién ahora han tomado la decisión de reducir la basura
espacial por los daños que puedan causar a otros objetos en actividad o a
astronautas en misiones extra-vehiculares.
Ø
No
se han observado los principios establecidos en los tratados en vigencia
respecto a la no contaminación en la actividad de exploración y explotación del
espacio ultraterrestre y los cuerpos celestes.
Ø
Es
menester crear el fondo para responder por los daños causados por las
partículas no identificables.
Ø
Resulta
necesario dar una adecuada regulación al abandono de objetos espaciales y al
salvamento, al igual que a la asistencia, realizados en el espacio
ultraterrestre o en los cuerpos celestes.
[1] A/AC.105/C.1/2011/CRP.14, p. 11.
[2] A/AC.105/C.1/2011/CRP.14, p. 12.
[3] A/AC.105/C.1/2011/CRP.14, p. 22 y ss.
[5] http://mx.noticias.yahoo.com/basura-espacial-obliga-tripulantes-eei-refugiarse-soyuz-154300358.html.
[7]http://www.taringa.net/posts/noticias/14460068/Bola-De-Fuego-_-Basura-Espacial-_-Maquina-Alien.html>
[9] <http://culturaexpress.criarumblog.com/Cultura-Express-b1/La-peligrosa-basura-espacial-b1-p934.htm>
[13] idem
[14] Conf. Art-. 4 del Acuerdo sobre la Luna: “Se tendrán debidamente en cuenta los intereses de las generaciones actuales y venideras”
[15]Comienza%20a%20funcionar%20primer%20sat%C3%A9lite%20suizo%20recolector%20de%20basu-ra%20espa-cial.htm
[16]http://noticias.terra.com.co/internacional/latinoamerica/ecuador-satelite-ecuatoriano-a-vigilar-amenazas-para-la-tierra,09d08ae720be6310VgnVCM5000009ccceb0aRCRD.html
[17] NASA Procedural Requirements for Limiting Orbital Debris (w/ Change 1 - 5/14/09); NASA-STD-8719.14 (with Change 4)¸ U.S. Government Orbital Debris Mitigation Standard Practices
[18] NASA-STD-8719.14 (with Change 4)
[19] Committee on the Peaceful Uses of Outer Space, Scientific and Technical Subcommittee, Forty-eighth session. Vienna, 7-18 February 2011,Item 7 of the draft provisional agenda*,Space debris Towards Long-term Sustainability of Space Activities: Overcoming the Challenges of Space Debris, A Report of the International Interdisciplinary Congress on SpaceDebris.
[20] Estados Unidos, Rusia, China, Japón, India, Francia, Alemania, Italia, Reino Unido, Ucrania.
[21] Recordemos que el Estado de Lanzamiento es aquel que lanza o promueve un lanzamiento (aun cuando éste se frustre) o desde cuyo territorio o instalaciones se realice un lanzamiento al espacio. El Estado de registro en cambio, es el Estado de Lanzamiento en cuyo registro de objetos espaciales se ha inscripto el objeto que será lanzado.