Basura Espacial: Un
Problema Jurídico de la Época
Space Junk: a
legal problem of the era.
María de las Mercedes Esquivel*
RESUMEN
La basura espacial es todo objeto o
parte de éste, abandonado o inutilizable en la órbita de la Tierra, el espacio
o en un cuerpo celeste. El mayor problema lo plantean los fragmentos espaciales
que se encuentran esparcidos en la órbita geoestacionaria, donde se instalan
los satélites de telecomunicaciones, los que provocan interferencias en las
señales de comunicación que se lanzan desde la superficie. Un plan estratégico
para comenzar a eliminar dichos residuos orbitales supone consenso sobre la
eliminación de los escombros, colaboración y reparto de gastos. Si bien la
basura espacial se produce porque los objetos que fueron abandonados en el espacio colisionan con
otros, los Estados tomaron la decisión de reducirla por los daños que pudieren
causar a otros objetos en actividad o a astronautas en misiones
extra-vehiculares. No obstante ello, resulta necesario dar una adecuada
regulación jurídica al abandono de dichos elementos.
PALABRAS CLAVES
Desechos espaciales - Regulación legal
ABSTRACT
Space junk
space debris is any object or part of it, abandoned or unusable in the orbit of
the Earth, space or on a celestial body.
*Especialista en Derecho Aeronáutico y Espacial. Profesora titular de
Derecho Aeronáutico y Espacial. Universidad del Salvador. Sedes Centro y Campus
Nuestra Sra. Del Pilar. Directora del
Instituto de Derecho Aeronáutico y Espacial (USAL). Profesora adjunta de
Derecho Aeronáutico (UBA).
Artículo recibido el 9 de septiembre de 2012. Aceptado 3 de octubre de
2012.
The biggest
problem posed spatial fragments that are scattered in the geostationary orbit,
where telecommunications satellites, causing interference in the communication
signals that are launched from the surface are installed. A strategic plan to
begin to eliminate such waste orbital assumes consensus on removing the rubble,
collaboration and sharing of expenses. Although the space junk occurs because
objects that were abandoned in space collide with each other, States took the
decision to reduce it by the damages that might be caused to other objects in
activity or astronauts in extra-vehiculares missions. However, is necessary to
give a proper legal regulation to the abandonment of such elements.
KEY WORDS
wastes space-
legal regulation
1. Concepto
de Basura Espacial
Podemos describir el
concepto de basura, chatarra o desechos espaciales como todo objeto o parte de
objeto artificial, abandonado o inutilizable en la órbita de la Tierra, el
espacio o en un cuerpo celeste. El concepto dado en un reciente informe de las
Naciones Unidas, dice que restos espaciales son todos los objetos no operativos
hechos por el hombre, incluyendo sus fragmentos y elementos, en órbita
terrestre o re-entrando en la atmósfera. [1] Esta
descripción fue tomada de la elaborada por el Comité de Coordinación
Inter-Agencias sobre Desechos Espaciales (IADC). Sin embargo, no toma en cuenta
aquella basura espacial que no se encuentre en órbita terrestre ni re-entrando
a la atmósfera. En el caso de que la proliferación continúe y comiencen a
lanzarse en el futuro objetos al espacio desde cuerpos celestes o estaciones
espaciales en el espacio, la basura ya no estará en órbita terrestre sino en la
de otro cuerpo celeste. Sería mejor que el enfoque fuese más amplio y previese
un problema que ha de plantearse en el futuro no tan lejano.
Dice
este informe que aproximadamente el 60 por ciento de los desechos registrados
son generados por desintegraciones de los vehículos espaciales o de los
cohetes. A menudo la fragmentación se produce como resultado de las explosiones
de combustible remanente u otro reactivo químico contenido en las máquinas de
los cohetes. [2]
En el mismo Informe se aclara que una fuente significativa de fragmentos lo dan
aquellas partes de los satélites puestos en órbita que pueden separarse y
comenzar a orbitar en forma descontrolada.
El
citado Informe sostiene que el marco legal para las actividades espaciales debe
considerar las obligaciones y derechos de tomar las medidas preventivas
dirigidas a los riesgos por daños provocados por restos espaciales, así como a
las consecuencias legales que tales riesgos pueden derivar. Se señalan luego
una serie de consideraciones jurídicas: [3]
a.
La ilegalidad de generar
basura espacial:
de hecho, nadie puede negar que la basura espacial es resultado previsible para
las naciones espaciales. Dicha posibilidad de saber con antelación que la
basura ha de producirse y, no obstante ello, abandonar los objetos una vez
terminada su vida útil, no hace más que agravar la conducta que, entendemos, es
reprochable. Hay una culpa grave que resulta inexcusable y cuyas consecuencias
pueden afectar al mismo Estado que genera la basura si consideramos que uno de
sus astronautas puede ver su traje roto durante una misión extra-vehicular y
que este accidente es causa segura de muerte para dicho astronauta.
b.
Las obligaciones de mitigar
los desechos y de remediar el ambiente donde éstos se encuentran;
c.
Las obligaciones de
participar en evitar situaciones de colisión e intercambiar información;
d.
Remoción activa y posible
reciclado de desechos,
y;
e.
La ubicación de la carga
financiera y la transferencia de tecnología.
Esta
última plantea los temas de la responsabilidad e imputabilidad de la autoría de
abandonar restos espaciales y la determinación de los riesgos.
El Informe que mencionamos
continúa analizando en qué consiste la ilegalidad en la producción de desechos.
Interrogante al que responde diciendo que la producción de restos espaciales no
puede considerarse per se ilegal. Recuerda
que el artículo I del Tratado del Espacio de 1967 reconoce a todos los Estados
el derecho de acceder al espacio ultraterrestre, utilizarlo pacíficamente y
explorarlo. Independientemente de esto, la producción de basura espacial puede
considerarse ilegal en algunos casos, por ejemplo: modificaciones ambientales
extremas, producción intencionada de basura para interferir con la exploración
y utilización pacífica del espacio. Más aun, si las prácticas de los Estados y
la opinio iuris tendieran a establecer
medidas legales de mitigación, podría llegarse a estándares más restrictivos.
Entendemos por objeto
espacial a todo aparato o ingenio hecho por el hombre para ser colocado en el
espacio ultraterrestre o en los cuerpos celestes, con la finalidad de cumplir
una función o actividad espacial.
Es de destacar que ni el
Tratado del Espacio, ni el Convenio de Registro o el de Responsabilidad
describen un concepto de lo que debe entenderse por objeto espacial,
limitándose a establecer que, dentro del concepto de objeto espacial, se
consideran comprendidas también a sus partes componentes. Esta carencia de
concepto claro, es consecuencia de la oposición tanto de los Estados Unidos de
América como de la, entonces, Unión Soviética, a dar una noción más precisa de
algo que, en caso de producir daños en la superficie terrestre, su espacio
aéreo, espacios acuáticos o en el espacio ultraterrestre, genera
responsabilidad del Estado de lanzamiento.
Sin embargo, las potencias
citadas, no se negaron a que se estableciera una descripción exacta de Estado
de Lanzamiento, como todo Estado que lanza o promueve el lanzamiento de un
objeto al espacio (aun cuando se frustrara dicho lanzamiento), o aquel desde
cuyo territorio o instalaciones se lanza un objeto al espacio. De esta manera,
sabemos quién lanza al espacio, pero no qué lanza. Sin duda que esta
incongruencia es muestra de las paradojas que surgen cuando los textos legales
deben negociarse entre los Estados y de cuánto debe cederse para alcanzar la
aprobación de una norma.
Por lo que llevamos dicho,
queda en claro que cuando hablamos de objetos espaciales, nos estamos
refiriendo a cosas hechas por el hombre para desarrollar una actividad espacial
y que dentro de este concepto, se incluyen las partes componentes. En esto
consiste uno de los mayores problemas,
ya que una cosa es hablar de partes componentes y otra, fragmentos de una cosa.
Parte componente es una
porción o pieza de un objeto. Algo suficiente para integrar un todo en la
función que le corresponda. En cambio, fragmento es un trozo o fracción del
todo o de una parte de éste. Para que haya fragmento debe haber habido ruptura
de la cosa. El concepto de parte implica
lo opuesto a ruptura, ya que su función entraña construir o integrar al todo,
en lugar de representar su destrucción total o parcial.
Ha habido acuerdo
doctrinario en interpretar que los fragmentos de un objeto espacial, deben ser
considerados partes componentes y, por ende, objeto espacial. Esta conclusión
me parece admisible en cuanto permite extender la responsabilidad por los daños
causados tanto por las partes como por los fragmentos. En cambio, si nos
atenemos al significado real de los términos, habrá que concluir que es un
concepto amplio de la palabra parte.
Estos fragmentos, cuando su
tamaño lo permite, dan lugar a establecer cuál es el Estado de Lanzamiento (y
por ende, el responsable de los daños), pero cuando son reducidos, esta
determinación resulta imposible. Es entonces cuando se comienza a hablar de
partículas no identificables que generan un grave problema jurídico.
Si no puede identificarse
el Estado de lanzamiento, los daños quedarán, en el actual estado de cosas, sin
posibilidad de resarcimiento. La consecuencia, es el enriquecimiento ilícito de
quienes desarrollan actividades en el espacio.
Fue Aldo Armando Cocca,
argentino pionero en el Derecho del Espacio, quien dio la solución legal a la
situación que planteamos. Decía Cocca que lo único que puede hacerse en este
caso, es crear un Fondo a integrarse con los montos que aporten las naciones
espaciales, en proporción a la actividad desarrollada, que podría aplicarse
para resarcimientos. De este modo, si no puede identificarse al Estado de
lanzamiento, al menos podrá compensarse económicamente a quien o quienes hayan
sufrido algún daño.
2. Saturación
del Espacio Ultraterrestre. Hechos Recientes
En la actualidad, la basura
espacial rodea a la Tierra como un enjambre de abejas. La llamada chatarra va
siendo atraída por la gravedad terrestre y se calcula que caen a la superficie
al menos un resto espacial por semana. La cantidad de fragmentos en la órbita
geoestacionaria de menos de 1 m2 (límite del catálogo de los Estados Unidos de
América), es desconocida. Por esta razón, varias naciones espaciales han
comenzado la observación óptica del anillo de la órbita. El conocimiento de la
población de fragmentos en esta zona es vital para entender el proceso de
evolución futura y para instrumentar las medidas de mitigación de producción de
futura de basura en orden a la preservación de ese ambiente.
Los fragmentos de menor
tamaño se han concentrado en la parte baja de esta órbita más que en las
regiones superiores de la órbita baja (LEO).
El
mayor problema lo plantean los restos espaciales que se encuentran esparcidos
en la órbita geoestacionaria, ya que es allí donde se instalan los satélites de
telecomunicaciones. La basura no solamente daña dichos satélites, al colisionar
contra ellos, sino que produce interferencias en las señales de comunicación
que se lanzan desde la superficie.
Cada
nave tripulada tiene radares y sistemas de detección de basura en órbita, pero
lo cierto es que a veces no da tiempo para “dar un golpe al timón”. Más o menos
es como un barco en los polos tratando de evitar los icebergs, sólo que aquí no
son masas de hielo gigante, sino en ocasiones un grupo de piezas o tornillos
perdidos disparados a toda velocidad.
En general los fragmentos
relativamente pequeños se desintegran al entrar en la atmósfera, pero los
trozos de mayor tamaño caen a velocidades cósmicas, multiplicando el peso de su
masa con la aceleración. Hasta el momento pocos han sido los daños producidos,
la gran mayoría de los pedazos han caídos en zonas no urbanizadas, pero es
fácil suponer las consecuencias de que cayesen en una central nuclear, una
escuela, hospital o en una ciudad.
Los satélites que se han
tornado obsoletos por haber concluido su vida útil y los fragmentos tarde o
temprano, caen a Tierra. De este modo los riesgos de daños ya no solamente
están en el espacio ultraterrestre, sino que significan serio peligro en potencia
para el espacio aéreo, acuáticos y en la superficie. La frecuencia de estas
caídas se ha incrementado aceleradamente en estos últimos tiempos y las
probabilidades de daños en áreas urbanas es cada vez más probable.
Entre los casos más
notorios en la historia reciente podemos señalar:
1. Australia, década del
sesenta: Gran cantidad de esferas misteriosas aparecieron en ese país durante
esta década, generando numerosas especulaciones sobre una visita interestelar.
Luego se determinó que uno de estos elementos, también realizado en titanio y
hallado en Merkanooka, Australia Occidental, era un tanque de agua de la
nave Gemini V. Su misión se desarrolló entre el 21 de agosto de 1965 y el 29
del mismo mes.
2. En mayo de 1966, Brasil: El
experimento Saturn (SA-5) de la NASA despegó en 1964 y regresó a la
atmósfera terrestre el 30 de abril de 1966. Poco después, en el estado
brasileño de Rio Negro hallaron partes livianas -una pieza ovalada de metal,
una estructura con forma de panal de color negro y cuatro frágiles piezas de
alambre.
3. El 24 de enero de
1978, Canadá: Una nave espacial secreta de la Unión Soviética, Cosmos 954,
salió de control. Como contenía un pequeño reactor nuclear para alimentar las
antenas del radar, su caída se convirtió en la más peligrosa de la historia
para la población en Tierra. Sus restos se esparcieron por la región ártica de
Canadá, país que junto a Estados Unidos encaró las tareas de limpieza. Fue
uno de los primeros hechos notorios. Había sido lanzado el 18 de septiembre de
1977 para vigilancia naval. Pesaba cinco toneladas y llevaba en su interior un
pequeño reactor atómico y cincuenta kilos de uranio enriquecido. Se trataba de
un Soviet Radar Ocean Reconnaissance Satellite (RORSAT) y pudo ser identificado
y luego de llevarse adelante los procedimientos establecidos en el Convenio de
Responsabilidad, el Estado de lanzamiento resarció al Estado damnificado.
Afortunadamente no hubo pérdida de radioactividad.
4. El 11 de julio de
1979 en Australia: El laboratorio estadounidense Skylab, de 70 toneladas,
tuvo en vilo a todo el mundo al entrar en la atmósfera y desplazarse sin
control durante su caída. Finalmente, sus desechos se esparcieron por el Océano
Índico y el desierto occidental australiano.
5. Enero de 1997 en Estados
Unidos: Una mujer de Turley, en el estado de Oklahoma, informó que un pequeño
fragmento de material semi-desecho le había caído sobre la cabeza, sin herirla
de gravedad. El extraño objeto fue identificado como parte del cohete de
lanzamiento Delta 2, que había regresado a la atmósfera. Otros restos del Delta
2 hallados en tierra incluían un propulsor de acero y una esfera de presión
hecha de titanio.
6. El 4 de junio de 2000 en
las islas Hawaii: El observatorio Compton Gamma Ray había
realizado 51.658 órbitas alrededor de la Tierra, pero tuvo que ser retirado de
manera intencional por fallas mecánicas. Sus 6.000 kilos de desechos fueron a
parar al fondo del Océano Pacífico.
7. El 21 de enero de 2001,
Arabia Saudita: La tercera generación de los Delta-2, conocido
como Módulos de Asistencia de Carga Delta (PAM-D por su sigla en
inglés), cayó a Tierra en Medio Oriente. La cubierta de su motor, de unos 70
kilogramos, fue encontrada en el desierto saudí. Uno de los tanques de titanio
apareció cerca de Seguin, Texas, y el propulsor principal quedó semi-enterrado
cerca de Georgetown, en el mismo estado.
8. El 23 de marzo de 2001,
islas Fiji: La estación espacial rusa Mir era el objeto más
pesado en orbitar la Tierra después de la Luna. Con sus 130 toneladas de peso,
comenzó su derrotero suicida 15 años después de su lanzamiento. A pesar de que
la mayor parte se consumió por el calor al entrar a la atmósfera, unos 1.500
fragmentos fueron hallados en Nadi, una de las islas Fiji, donde los bañistas
tomaron fotos de restos carbonizados y aseguraron que se podían oír las
explosiones causadas por la desintegración a gran altura.
9. El 1 de febrero de 2003,
Estados Unidos: El desastre del trasbordador Columbia, que se
desintegró al entrar a la atmósfera durante su viaje de regreso matando a siete
astronautas, provocó una lluvia de desechos que cayó sobre un área de 72
kilómetros cuadrados, entre los estados de Texas y Louisiana. Se recuperaron
más de 80 mil piezas.
10. El 20 de febrero de 2008, La Armada de Estados
Unidos: interceptó su satélite espía USA-193 -ya en desuso-,
dejando una estela de desechos. Astrónomos amateurs reportaron que parte de ese
material cayó en el noroeste de EE UU y Canadá. Aseguraron que los restos
recogidos no eran más grandes que un balón de fútbol.[4]
En
los últimos tiempos la caída de fragmentos se ha hecho cada vez más frecuente.
Satélites completos o fragmentos de gran tamaño están cayendo y acrecentando
las posibilidades de catástrofe.
Este año en el mundo entero se
esperó con tensa preocupación la caída de un satélite alemán y otro ruso, que
afortunadamente no causaron daños. A ello se suman algunos acontecimientos que
no han sido, a la fecha, aclarados públicamente por las autoridades, en algunos
supuestos por no haber desentrañado los verdaderos alcances y causas y otras,
por silencio impuesto veladamente a los medios y testigos.
Algo rodeado de misterio es, sin
duda, una explosión ocurrida en Monte Grande, Partido de Estaban Echeverría,
Argentina, el 25 de septiembre de 2011.
La explosión, que en principio fue atribuida a una garrafa, fue precedida de
una bola de fuego, de la cual se obtuvieron video grabaciones tomadas con los
teléfonos móviles de las personas que se encontraban en la zona que cayó
mientras su color mutaba del azul al rojo. El estallido pudo escucharse a 70
km. del lugar. Se produjo la total destrucción de las viviendas en la zona,
rotura de vidrios, heridos y una mujer que falleció mientras descansaba en su
cama, aplastada por el techo derrumbado. Parecía que las construcciones habían
sido objeto de una implosión.
Las autoridades cercaron la zona y los
testigos mencionaron la presencia en el lugar de técnicos de la Comisión
Nacional de Energía Atómica (CONEA), Comisión Nacional de Actividades
Espaciales (CONAE) y de la NASA. El testigo que había tomado imágenes con su
teléfono celular de la “bola de fuego” y que brindó su video a los medios de
prensa, fue detenido por un breve lapso y su grabación tachada de falsa.
Es aventurado decir qué sucedió
realmente en el caso que describimos, deploramos la ausencia de un informe
técnico verosímil que se hubiera hecho público.
El
sábado 24 de marzo de 2012 se informó que un fragmento de cohete ruso puso en riesgo
a los seis astronautas que habitan la Estación Espacial Internacional (EEI),
sin embargo no hubo ningún impacto. La NASA dijo que el fragmento de basura
espacial pasó lo suficientemente cerca para constituir una amenaza. Si hubiera
golpeado la estación, sin embargo, la situación habría sido de peligro. Por
ende, los astronautas, dos estadounidenses, tres rusos y un holandés, se
despertaron temprano e ingresaron en dos vehículos Soyuz listos para regresar a
la Tierra si fuera necesario. La emergencia se declaró sobre la hora 16.00 de
Moscú (12.00 GMT), cuando los radares detectaron basura espacial de origen
desconocido que se acercaba a la plataforma orbital, dijo una fuente del sector
aeroespacial ruso citada por la agencia Interfax. "La basura espacial fue
detectada muy tarde y no dio tiempo a que la estación hiciera una maniobra para
eludirla", agregó. A los tripulantes de la EEI, que integran la vigésimo
octava misión permanente, se les ordenó refugiarse en las dos naves Soyuz que
se encuentran amarradas a la plataforma orbital y que son utilizadas por los
cosmonautas para regresar a la Tierra.[5]
Esta fue la tercera ocasión en 12 años que los astronautas tienen que buscar
refugio debido a basura espacial. [6]
Un espectacular y brillante meteoro
que dejó una larga estela en el cielo ha sorprendido a los testigos en
Wellington y Christchurch, indicó The Truth Behind The Scenes. El sitio web
WeatherWatch ha sido inundado con informes de la bola de fuego, que según
testigos, cruzó el cielo alrededor de las 6:30 pm del primero de abril. Fue descripto
por los testigos como una increíble bola verde, naranja y blanca que volaba a
una “súper velocidad”. La estela que dejó duró aproximadamente diez minutos
para luego disiparse. Otro de los testigos señaló que escuchó un fuerte
estruendo dos minutos después de verlo pasar. Otro testigo indica que el
meteoro estaba lleno de magnesio brillante y ardiente, otro agregó que era casi
fluorescente y muy intenso. [7]
Lo descripto no puede saberse si se
debió a basura espacial o un meteorito propiamente dicho. De todos modos,
hechos como este ocurren con extremada frecuencia desde hace algún tiempo y
dicha repetición debería plantear tanto a juristas como a los científicos y
tecnólogos la urgencia en una efectiva toma de medidas, dado que lo que hasta
hoy se está instrumentando, resulta a todas luces insuficiente.
Otro caso llamativo está representado
por un objeto caído en la frontera entre las provincias de Corrientes y Entre
Ríos: El sábado 24 de marzo a
las 21:30 aproximadamente una estela roja surcó el cielo del sur correntino de
noreste a sureste, hacia la zona de Rincón de Guayquiraró, en Argentina; segundos
después se observó un gran destello como una explosión y se sintió un temblor,
destaca Pluscom. Se trató de un objeto que sorprendió a los habitantes de
la zona rural y que habría caído en una zona cercana al río Guayquiraró, en el
límite entre Corrientes y Entre Ríos.
Sergio Bordón, uno de los testigos,
narra que vio como pasaba la estela roja y que tuvo que salir de su casa por el
temblor. Este testigo es director de la escuela 527 de la zona de Rincón de
Sarandí. Su declaración tiene más peso pues se trata de un aficionado a la meteorología. Otros pobladores destacaron que el temblor
rompió vidrios en algunas casas. Las
autoridades procuran aún ubicar la zona del impacto de modo tal, que pueda
determinarse si se trató de basura espacial o de material natural proveniente
del espacio ultraterrestre. [8]
Otro hecho singular se dio en el año
2004 cuando en la zona rural de San Roque, Argentina, cayó un objeto cilíndrico
de 3,5 por 1,5 metros. El objeto pertenecía al sistema de propulsión de un
satélite del sistema GPS.
3. Incremento
de Basura vs. Prevención, Mitigación, Remoción
La basura espacial plantea uno de los mayores retos a los que se
enfrenta la ingeniería del siglo XXI, de acuerdo con J.C Liou, de la Oficina
del Programa de Escombros Orbitales en el Centro Johnson de la NASA. Según
Liou, un plan estratégico a largo plazo para eliminar residuos orbitales
requiere cuatro pasos críticos necesarios a nivel internacional:
-Consenso sobre
la eliminación de escombros activos.
-Cooperación: los
desechos a eliminar pueden pertenecer a un país diferente.
-Colaboración: Es muy
poco probable que una sola organización o un país pueda lograr el objetivo por
sí mismo.
-Contribuciones:
compartir los gastos del proyecto será la clave para comenzar con
la eliminación de escombros activos.
Hay cinco preguntas
clave que se deben abordar al principio de cualquier plan de eliminación de
escombros. Estas son: ¿Dónde está la región mas contaminada de escombros?
¿Cuáles son los objetivos de la misión?, ¿Que residuos deben ser retirados
primero?, ¿Cuáles son los beneficios para el medio ambiente?, ¿Cómo se deben
llevar las operaciones a cabo?[9]
La
multiplicación de restos espaciales se debe a numerosos factores que la misma
NASA enuncia como:
Explosiones en órbita que producen un gran
número de fragmentos capaces de causar daños a un objeto espacial, al igual que
fragmentos de menor tamaño que pueden ocasionar degradación del rendimiento de
un objeto espacial. Su velocidad entraña riesgo aun para objetos espaciales
ubicados a cientos de kilómetros por encima o por debajo de ellos, más aun si
se tiene en cuenta que la vida en órbita de dichos fragmentos es muy
prolongada.
Colisiones con fragmentos durante las
operaciones en una misión con consecuencias dañosas que generalmente producen
pequeños fragmentos, que pueden conducir a la pérdida de control de un objeto
espacial y por lo tanto a una destrucción catastrófica.
Falla
en la remoción de órbita de una estructura en tiempo adecuado al finalizar su
vida útil. La vida útil estimada de un objeto
espacial es de veinticinco años. Una vez finalizada y dejada la estructura en
órbita, puede conducir a colisiones con objetos de mayor tamaño y así comenzar
la multiplicación de fragmentos.
Abandono
de restos operacionales en órbita. Estos
fragmentos son generalmente no mayores de 1 cm, pero representan un riesgo para
los objetos espaciales en operación. Tales fragmentos pueden permanecer en el
espacio meses o años, pero si se dejan en órbita baja pueden permanecer entre
decenas o cientos de años.
Impacto
en la superficie terrestre esto sólo ocurre cuando las
estructuras o sus fragmentos, sobreviven a la re-entrada a la atmósfera.
En cuanto a si existe una
obligación legal de mitigar los riesgos asociados con los desechos espaciales,
hay que tener presente que no existe una obligación explícita, pero existe un
principio que propicia tener en cuenta
el ambiente, establecido en el artículo IX del Tratado del Espacio, en el que
se prohíbe a los Estados a desarrollar actividades en el espacio que puedan
producir una contaminación nociva del espacio ultraterrestre y de adoptar las apropiadas consultas
internacionales cuando exista razón para creer que la actividad planeada pueda
causar potencialmente una interferencia dañosa a otro Estado. Las naciones
espaciales tienen la obligación de adoptar las medidas apropiadas para prevenir
todo daño a otros Estados y áreas más allá de su jurisdicción y control, o al
menos, minimizar ese riesgo. En definitiva, estamos aludiendo a la debida
diligencia.
Por otra parte, sin duda
debe calificarse de culpa con representación la conducta de aquellos Estados
que no solamente producen, sino que abandonan su basura en el espacio. La
generación de daños como consecuencia de tales conductas, es un hecho que no ha
de ser soslayado por la legislación internacional.
Entiendo que el régimen de
responsabilidad internacional de los Estados de lanzamiento, debe modificarse,
condenando a aquellos Estados que incurren en la generación y abandono de
basura, por cuanto esta actitud contamina un ambiente que pertenece a toda la
humanidad presente, y afecta a las futuras generaciones en una dimensión que aún
no puede apreciarse plenamente. Dicha punición ha de ser de característica
diversa a la que surge de los resarcimientos adeudados como consecuencia de
daños de los que el Estado de lanzamiento resulte responsable. Puede crearse un
sistema que impida, al Estado responsable de abandonar o de generar los restos
en el espacio, realice lanzamientos futuros por un lapso que fluctúe entre seis
meses a un año.
Esta propuesta tiene
fundamento en el fracaso del sistema económico de sanciones o multas que impera
hasta la fecha. Ha surgido un perverso entendimiento que suplanta la prudencia
o debido respeto ambiental, por una tarifa que ha de pagarse con posterioridad
a la conducta displicente. En definitiva, toda multa o pago que deba hacerse
como consecuencia de actitudes desaprensivas, se transforma en el “derecho” a
transgredir. El axioma malicioso “el que contamina, paga” abrió la posibilidad
de que hoy la contaminación en todos los ámbitos sea cada vez más frecuente y
aceptada siempre que se pague la “tarifa”. De esta manera, lo que se concibió
como sanción, es utilizado para transgredir aun más la utilización y
explotación de recursos de manera jurídica y legítima.
2. Proyectos
Suizo, Español y Estadounidense
Suiza ha elaborado un
programa de remoción de basura espacial que está previsto para ser lanzado en
tres años y remover 16.000 objetos que interfieren con naves espaciales o
satélites artificiales. Utilizando satélites atraparán los desperdicios que
pueden causar problemas a otros satélites o naves espaciales y se precipitarán
con ellos hacia la atmósfera, donde ambos se desintegrarán. Una familia de
satélites "limpiadores" suizos se encargará de eliminar piezas de basura
espacial que orbitan alrededor de la Tierra y que suponen una amenaza para los
satélites y las naves espaciales, con los que pueden colisionar. La Escuela
Politécnica Federal de Lausana (Suiza) ha anunciado la puesta en marcha del
primer proyecto de satélites desorbitadores, el CleanSpaceOne, con el que
pretende lanzar al espacio en el plazo de tres años un conjunto de satélites
especialmente diseñados para este fin. A una velocidad de 28.000 kilómetros por
hora, el CleanSpaceOne se reunirá con el blanco de su misión y lo abrazará con
una especie de gancho, inspirado en los mecanismos de agarre de animales y
plantas. Una vez unidos el satélite limpiador y la pieza de basura, el primero
utilizará su motor para lanzarse en compañía del otro hacia la atmósfera
terrestre donde, al entrar en contacto con los gases que la forman, se
desintegrarán los dos artefactos a temperaturas superiores a los 1.000 grados
centígrados. El costo aproximado de la fabricación y el viaje espacial de estos
satélites será de 10 millones de francos (8,3 millones de euros). La primera
víctima del CleanSpaceOne será uno de los dos primeros objetos puestos en
órbita por Suiza: el Swisscube (lanzado en 2009) o el Tlsat (julio de 2010). [10]
Por su parte España ha
creado un sistema de desorbitado de residuos espaciales es el objetivo de un
proyecto de investigación desarrollado en la ETSI de Aeronáuticos de la
Universidad Politécnica de Madrid y financiado por la Agencia Espacial Europea.
La iniciativa se suma a otras para evitar que las misiones espaciales
colisionen contra los “escombros espaciales”. El costo de la eliminación de la
basura espacial, principalmente trozos de lanzadores y satélites “muertos”, es
muy elevado, pero su eliminación resulta necesaria para el futuro del espacio;
las agencias espaciales son conscientes de la necesidad de atajar directamente
este inconveniente y han comenzado a tomar medidas al respecto. [11]
El proyecto Ion Beam
Shepherd for Contactless Space Debris Removal (Eliminación de Basura Espacial
con Chorros de Iones) pretende, mediante una apuesta ambiciosa pero
potencialmente eficaz, resolver el acuciante problema de la basura espacial. Al
frente del proyecto se encuentran investigadores de la Universidad Politécnica
de Madrid. Los grupos de investigación: el Grupo de Dinámica Espacial y el
Equipo de Propulsión Espacial y Plasmas, ambos adscriptos a la Escuela Técnica
Superior de Ingenieros Aeronáuticos (ETSIA), han unido sus conocimientos para
desarrollar una idea innovadora para el desorbitado activo de basura espacial,
que ha sido financiada por la Agencia Espacial Europea (ESA) a través del
Advanced Concepts Team, dentro del programa de proyectos ARIADNA. [12]
Estados Unidos ha
proyectado también su sistema, que cuenta con el apoyo de la Agencia de
Investigación de Proyectos Avanzados de Defensa de Estados Unidos. Consiste en
una pequeña nave de no más de 100 kg., que puede lanzar una serie de redes para
atrapar a los objetos perdidos y trasladarlos a una zona donde no representen
un peligro. El Eliminador de Basura Electrodinámico (EDDE, por sus siglas en
inglés) “es un vehículo revolucionario porque no utiliza un sistema de
propulsión espacial, por lo tanto, no requiere ni de propulsores ni de
combustible como utilizan los cohetes tradicionales”, le dijo a BBC Mundo
Jerome Pearson, presidente de Star Inc., la empresa que desarrolló el vehículo.
“Es como un generador eléctrico en el espacio que utiliza el campo magnético de
la Tierra y la energía solar para trasladarse entre las órbitas”, añadió
Pearson. Se pretende tener el espacio limpio en siete años. La nave puede
transportar alrededor de 200 redes. Cada una de ellas sirve para atrapar un
objeto y arrastrarlo hasta una órbita más cercana a la Tierra, donde
permanecerá por unas semanas hasta desintegrarse por completo. “La mayoría de
los satélites se encuentran a 800 kilómetros por encima de la Tierra. La idea
es empujar la basura espacial a una altitud de 330 kilómetros y soltarla allí,
para que al entrar en contacto con la atmósfera comience a descomponerse”, dice
Pearson. Dadas las dimensiones del vehículo, el científico explica que se lo
puede enviar al espacio como nave secundaria cuando se lanza una misión
espacial. “Nosotros calculamos que con una docena de estas naves podemos retirar
los 2.465 objetos de más de dos kilogramos que orbitan el planeta en tan sólo
siete años”, afirmó Pearson. Por ahora se trata sólo de un proyecto, pero el
científico espera poder construir y poner EDDE a prueba para 2013. [13]
Estos escombros galácticos
son en su mayoría grandes restos de cohetes, viejos satélites ya en desuso o
componentes de artefactos espaciales, como motas de polvo o trozos de pintura.
La colisión de una nave espacial o un satélite con estos residuos puede suponer
un daño grave y costoso de reparar, así como la generación de más fragmentos
que se acumularían en torno a la Tierra en forma de basura espacial.
Las tareas preventivas en
orden a evitar daños, tienen un costo. Huelga decir que aceptar sin más que
podemos asumir el riesgo cierto de
daño, si estamos dispuestos a pagar por los perjuicios causados, es de una
inmoralidad irredimible. Siempre he cuestionado que, en temas ambientales y,
particularmente en lo que hace a la basura espacial, se haga mención a los
costos que supone evitar todo riesgo de daño.
El
punto de conflicto en los temas planteados en el Informe es el referido a la
carga financiera por los daños causados por los restos espaciales. Señala, con
acierto la responsabilidad internacional que cabe a los Estados por los daños
remover en el tiempo oportuno, los objetos que han terminado su vida útil. La
calificación de costo alto o bajo, es una evaluación que deriva, necesariamente,
de aquello que queremos conseguir o evitar. ¿Qué valor se asigna a la vida y
salud humana y animal, para que digamos que es caro no dañarlas o ponerlas en
riesgo? Todos los Estados tienen derecho a acceder al espacio, explorarlo y
utilizarlo.
Con respecto a la
obligación de intercambiar información para evitar las colisiones, concluye
dicho Informe que no hay una clara
obligación legal de hacerlo. Sin duda no la hay, pero jurídicamente, debe
entenderse que sí la hay, a pesar de que no esté establecida expresamente. El
artículo IX del Tratado del Espacio, establece la obligación para los Estados
Partes de realizar consultas internacionales por los riesgos que el uso
pacífico podría ocasionar a los Estados consultados.
El
tema de la basura espacial, ha iniciado un proceso sofista en el derecho
internacional, en el que por primera vez, se considera de qué manera puede torcerse
el principio jurídico por antonomasia de que el bien particular debe ceder ante
el bien general. Es asumir que puede dañarse, no solamente a las posibles
víctimas del presente, sino en un número indeterminado a las generaciones
futuras[14].
Esta conducta es mucho más grave; hay en ella una culpa gravísima. Con
criterios como los que se están manejando en el presente, se ha llegado a una
contaminación del planeta que hace que encontremos residuos químicos hasta en
los hielos antárticos. Lo mismo que llevó a pensar en asentamientos humanos en
otros cuerpos celestes, una vez que nuestra Tierra sea inviable, se pretende
hacer en aquellos parajes donde la humanidad sueña refugiarse. El satélite de
desechos espaciales de la Agencia Espacial Europea (ESA) está instalado en la
estación óptica terrestre en Teide, Tenerife (Islas Canarias) y ya ha iniciado
su primer barrido.
Según
informó el Centro Espacial del Instituto Federal Suizo de Alta Tecnología el 15
de febrero, el satélite lanzado en 2009 “Clean Space Nº 1” había llegado a su
órbita predeterminada de trabajo, se trata del primero de una serie de
satélites que serán lanzados especialmente para recolectar basura espacial. El
“Clean Space Nº1” funciona más bien como una especie de robot encargado de
recoger basura espacial que orbita alrededor del planeta, para ser quemada
durante su caída en la atmósfera. Es capaz de
recolectar restos de cohetes, satélites y otros desperdicios desechados durante
la conquista espacial del ser humano.[15]
El satélite que Ecuador puso en órbita
en septiembre de 2012 desde Rusia, tendrá la misión de ayudar a catalogar con
precisión la basura espacial cercana a la Tierra. "Esta misión convertirá
al NEE-01 Pegaso en el primer guardián orbital conectado directamente a
internet, transmitiendo vídeo en tiempo real desde la órbita terrestre y
accesible al público", dijo en un comunicado la Agencia Espacial Civil
Ecuatoriana. Destacó que mediante convenios de cooperación, la Agencia
distribuirá la señal de vídeo del satélite a nivel mundial a organizaciones que
estén realizando investigación en el campo de monitoreo de objetos cercanos a
la Tierra o que tengan un programa establecido para dicha tarea. Señaló que
este satélite "entrará en órbita a un altura de 600 kilómetros y será
lanzado al espacio a bordo de un cohete ruso operado por la empresa Kosmotras,
desde el cosmódromo de Yasny el 29 de septiembre de 2012”. Ese satélite fue
construido enteramente en Ecuador, donde fue presentado en abril del 2011.
Añadió que además de esto, el NEE-01 Pegaso está programado para la observación
infrarroja de la Antártida en tiempo real.[16]
La
NASA también ha elaborado protocolos para la reducción de basura en el espacio
y su eliminación. [17]
Los
Estados Unidos tienen prácticas estándar para la mitigación de los desechos en
órbita. Dichas normas incluyen la obligación de construir los objetos
espaciales de manera tal, que se minimicen las posibilidades de desechos, al
mínimo. El objetivo de los parámetros que se dan, es evitar las explosiones
accidentales que pudieran suceder durante y después del cumplimiento de la
misión. La NASA ha elaborado asimismo, un sistema de identificación métrica
para medir la posible chatarra que se arroje al espacio. La misma NASA reconoce
que aun cuando no hubiese más lanzamientos, la posibilidad de incremento de los
restos espaciales, continuará como consecuencia de la fragmentación por la
colisión entre los fragmentos de restos objetos espaciales ya existentes.
Señala la agencia que, una vez que comienzan las colisiones, es difícil detener
el proceso, y por ende, la fragmentación de los objetos. La basura puede
golpear contra otros objetos, así se explica que un resto espacial de menos de
1 mm de diámetro, típicamente de alrededor de 1 mg de masa, puede penetrar un
objeto sin escudo y dañar superficies sensibles, tales como ópticas o
radiadores térmicos. Por otro lado, restos de 1 cm (de 1 gramo de masa) pueden
penetrar incluso un objeto fuertemente protegido por un escudo y restos de 10
cm de diámetro (1 kg de masa) pueden causar severos daños a un objeto espacial.
[18]
Hay
una iniciativa rusa para la remoción de objetos abandonados en el espacio y
otras propuestas que tienden al recupero de objetos y partes componentes para
su reutilización en misiones o proyectos futuros.
Por
su parte, las Naciones Unidas publicó el Informe del Congreso Internacional
Interdisciplinario sobre los Próximos Desafíos en Debris Espaciales.[19]
Los
Estados espaciales han seguido el principio de la cooperación internacional
establecido en el Tratado del Espacio de 1967 y la declaración respectiva, en
el sentido de iniciar consultas internacionales bilaterales entre la NASA y la
Agencia Espacial Europea (ESA), la Federación Rusa y Japón. Como consecuencia
de ello, en 1993 se creó el Comité Coordinador de la Agencia de Restos Espaciales
(IADC), integrada por las más importantes agencias espaciales del mundo. Hoy
integran este Comité once miembros que incluyen las agencias espaciales de diez
países y la Agencia Espacial Europea. [20]
Estos miembros adoptaron los lineamientos de la NASA al respecto, por consenso
y, en 1993 la Academia Internacional de Astronáutica elaboró su posición sobre
los debris orbitales luego de varios años de esfuerzo. En el 2001 este trabajo
fue actualizado y relanzado.
La
Agencia Espacial Europea elaboró en 1999 un proyecto de manual sobre mitigación
de restos espaciales, el cual fue revisado en 2002. Lo establecido en este
proyecto es muy similar a las normas estadounidenses sobre el tema.
Por
su lado, la Subcomisión Científico Técnica de la COPUOS ha incluido el tema en
su agenda desde 1993. El Informe de las Naciones Unidas sobre deberes
espaciales de 1999 resumió el conocimiento a la fecha de las medidas de
mitigación de la basura espacial orbital. En febrero de 2003, dicha subcomisión
comenzó las deliberaciones sobre las medidas de mitigación fundadas en los
lineamientos del Comité Coordinador, citado. Los lineamientos fueron finalmente
adoptados por consenso en la COPUOS en 2007.
Debe
tenerse presente que, independientemente de costos, condicionamientos
tecnológicos y el deseo de proseguir con las actividades espaciales -lo cual
está fuera de toda discusión-, los restos de objetos espaciales suponen
ciertamente, poner en riesgo a otros. Sea en la superficie, espacio aéreo o
acuático. Un viejo axioma jurídico nos enseña que nuestro derecho termina donde
comienza el del otro. ¿Cómo conciliar necesidades y aspiraciones, con los
adecuados límites al propio derecho? La respuesta es difícil de dar.
3. Marco
Jurídico Regulatorio
El
Acuerdo de Responsabilidad por los daños causados por objetos espaciales
contempla la responsabilidad internacional absoluta del Estado de lanzamiento
por los daños causados en el espacio, los cuerpos celestes, el espacio aéreo o
acuático y la superficie por objetos espaciales. Dentro del concepto de objeto
espacial se encuentran incluidas sus partes componentes. Lo que no queda claro
en este acuerdo, así como en el convenio de registro de objetos espaciales, es
la naturaleza jurídica de aquellas partes del objeto espacial que resultan
inidentificables y que resultan de la fragmentación, en progresión geométrica,
de los objetos abandonados en el espacio, sumado a la acción de los meteoritos,
que contribuyen a la mencionada fragmentación.
El
hecho de que los objetos espaciales sean obra del hombre y que su abandono
resulte de un acto voluntario, encuadra las consecuencias dañosas que éstos
puedan ocasionar en un marco culpable (ya sea por culpa grave o dolo eventual)
que agrava la conducta contemplada en el convenio de responsabilidad, que no
entra a discriminar si el daño se debe a culpa, dolo o accidente. La
fragmentación que sigue al abandono de los objetos supone asimismo, una culpa
con representación.
Si
bien la responsabilidad espacial es absoluta, entiendo que no corresponde
omitir en el análisis, la circunstancia de que hay una voluntad: la de abandonar
el objeto; hay además, un deber de diligencia que se ha omitido cumplir: prever
que el objeto sin control constituirá en el mejor de los casos un obstáculo
para la actividad espacial de los demás estados espaciales. Dado que, por el
momento, los daños se producen en su gran mayoría, en el espacio ultraterrestre,
ha de tenerse en cuenta que el Convenio de Responsabilidad, hace al Estado de
lanzamiento responsable cuando ha habido culpa. De manera que, la circunstancia
de abandonar un objeto pueda considerarse una acción culpable, no es una
cuestión menor. De todos modos, el alcance de la responsabilidad es el mismo,
cualquiera sea el ámbito en el que produzcan daños: siempre será absoluta.
4. Responsabilidad
por los Daños Causados con Objetos Espaciales
La
responsabilidad por los daños causados por objetos espaciales tiene un alcance
superior y fundamentalmente diferente del establecido en el derecho civil,
aeronáutico y marítimo. El Convenio de Responsabilidad establece que la
responsabilidad será siempre internacional y absoluta.
¿Qué
significa responsabilidad absoluta? En el derecho civil la responsabilidad,
además de ser objetiva o subjetiva, (según que el factor de atribución de la
responsabilidad sea el riesgo o la culpa), puede ser limitada o integral. La
limitación de la responsabilidad no debe interpretarse como una responsabilidad
tarifada, sino que el limite marca la suma que no puede superarse, salvo que
puedan acreditarse causales que agraven la responsabilidad y la conviertan en
integral.
Por
su parte, la responsabilidad integral recurre a una ficción jurídica que
importa suponer que la suma que se establezca como resarcimiento pondrá las
cosas en el estado anterior al hecho dañoso. Esta afirmación es real solamente
cuando el daño se ha producido sobre bienes fungibles, por ejemplo, si la
víctima ha perdido una suma de dinero y se le reintegra la misma cantidad de
dinero.
El
Art. XII del Convenio de Responsabilidad establece que la responsabilidad
absoluta debe dejar a la víctima como si
el daño no se hubiera producido. Esta enunciación que parece similar a la
que describe a la responsabilidad integral, tiene un matiz diferente: esta
última tiene un sentido estático (colocar a las cosas en el estado anterior al
hecho dañoso), la responsabilidad absoluta, agrega un aspecto dinámico, de
manera muy sutil pero que hace una gran diferencia. Si colocamos las cosas como
si el daño no se hubiese producido, estamos planteando que en ese caso, había
hechos o actos previstos por la víctima que deben realizarse. La víctima o sus
derechohabientes deben poder acceder a los resultados de esos actos o hechos
previstos, decididos o deseados por la víctima.
El
supuesto fue planteado en un congreso del Instituto Internacional de Derecho
del Espacio celebrado en Tokio. En ese momento se interpretó esta
responsabilidad sobre la base de un ejemplo concreto. Si un labrador japonés
falleciera por la caída de un satélite, el Estado de Lanzamiento estaría
obligado a brindar a su familia lo que éste hubiera aspirado a brindarle: casa
propia, alimentos adecuados, educación de los hijos hasta el nivel
universitario inclusive… Como vemos la responsabilidad del Estado de
Lanzamiento [21]
se prolongaría en el tiempo, más allá de lo que sucede con la responsabilidad
integral que restablece lo que, se entiende corresponde en justicia, en un solo
pago.
En
el ejemplo planteado, el Estado responsable nunca podrá brindar a la familia de
la víctima el afecto, enseñanzas o tradiciones familiares que hubiese dado el
labrador fallecido. He aquí la única ficción que podemos admitir. Sin embargo,
el responsable de los daños cuidará de esa familia como hubiese deseado o
soñado el labrador del ejemplo.
El
concepto de daños en el Derecho del Espacio difiere también del que reconocen
los derechos marítimo y aeronáutico. El Estado de lanzamiento debe reparar la
vida, todo daño a la salud y pérdidas o daños en bienes y cosas, ya sean éstos
pertenecientes a Estados, organizaciones internacionales o personas privadas
físicas o de existencia ideal.
El
Convenio de Responsabilidad elimina toda duda acerca de si las lesiones
comprenden o no las sicológicas. Todo daño a la salud es una frase palmaria que
no da lugar a controversias de interpretación o confusión alguna.
Otro
aspecto destacable es el plazo de prescripción: un año. Pero este plazo
comienza a correr desde que se produjeron los daños o desde que debieron habido
conocerse. Esto tiene relación con que a veces los daños pueden ser evidentes
mucho después de que un objeto caiga. El combustible nuclear que poseen, puede
generar con el tiempo deformaciones fetales, cáncer u otras manifestaciones.
5.
Otras alternativas
Una
institución propia del derecho aeronáutico, así como del marítimo, pueda ser
una alternativa válida para disminuir el gran número de satélites librados sin
control en el espacio, me refiero al abandono. Una adecuada regulación del
abandono en el Derecho del Espacio, permitiría que otros Estados puedan
utilizar todo o parte de los objetos que otro Estado ya no tenga interés en
seguir utilizando, ya sea porque entiende que su vida útil ha finalizado o
cualquier otra razón. Deberá establecerse claramente en favor de quién puede
abandonarse un objeto y en qué condiciones.
Existe
también la posibilidad de regular el salvamento de los objetos que se
encuentren en situación de riesgo o con desperfectos que, en otros casos,
hicieran su abandono inminente.
Los
aspectos económicos en ambos casos, entiendo que deben adecuarse a lo ya
previsto en las dos ramas del derecho anteriormente citadas. Este tema de alta
complejidad será desarrollado en otro trabajo, pero basta señalar que, en
principio, su normativa podría paliar el número de abandonos con los
consiguientes riesgos.
6.
Conclusiones
Ø La basura espacial se
produce, principalmente porque los objetos que han sido abandonados en el
espacio colisionan con otros o con meteoritos. Con cada colisión los fragmentos
aumentan en forma geométrica.
Ø Los Estados espaciales
prevén que quedará basura en el espacio en cada lanzamiento. A pesar de ello,
recién ahora han tomado la decisión de reducir la basura espacial por los daños
que puedan causar a otros objetos en actividad o a astronautas en misiones
extra-vehiculares.
Ø No se han observado los
principios establecidos en los tratados en vigencia respecto a la no
contaminación en la actividad de exploración y explotación del espacio
ultraterrestre y los cuerpos celestes.
Ø Es menester crear el fondo
para responder por los daños causados por las partículas no identificables.
Ø Resulta necesario dar una
adecuada regulación al abandono de objetos espaciales y al salvamento, al igual
que a la asistencia, realizados en el espacio ultraterrestre o en los cuerpos
celestes.
[1]
A/AC.105/C.1/2011/CRP.14, p. 11.
[2]
A/AC.105/C.1/2011/CRP.14, p. 12.
[3] A/AC.105/C.1/2011/CRP.14, p. 22 y ss.
[5] http://mx.noticias.yahoo.com/basura-espacial-obliga-tripulantes-eei-refugiarse-soyuz-154300358.html.
[7]http://www.taringa.net/posts/noticias/14460068/Bola-De-Fuego-_-Basura-Espacial-_-Maquina-Alien.html>
[9] <http://culturaexpress.criarumblog.com/Cultura-Express-b1/La-peligrosa-basura-espacial-b1-p934.htm>
[13] idem
[14] Conf. Art-. 4 del Acuerdo sobre la Luna: “Se tendrán
debidamente en cuenta los intereses de las generaciones actuales y venideras”
[15]Comienza%20a%20funcionar%20primer%20sat%C3%A9lite%20suizo%20recolector%20de%20basu-ra%20espa-cial.htm
[16]http://noticias.terra.com.co/internacional/latinoamerica/ecuador-satelite-ecuatoriano-a-vigilar-amenazas-para-la-tierra,09d08ae720be6310VgnVCM5000009ccceb0aRCRD.html
[17]
NASA Procedural Requirements for Limiting Orbital Debris (w/ Change 1 -
5/14/09); NASA-STD-8719.14 (with Change 4)¸ U.S. Government Orbital Debris
Mitigation Standard Practices
[18] NASA-STD-8719.14 (with Change 4)
[19] Committee on the Peaceful Uses of Outer
Space, Scientific and Technical Subcommittee, Forty-eighth session. Vienna,
7-18 February 2011,Item 7 of the draft provisional agenda*,Space debris Towards
Long-term Sustainability of Space Activities: Overcoming the Challenges of
Space Debris, A Report of the International Interdisciplinary Congress on
SpaceDebris.
[20] Estados Unidos, Rusia,
China, Japón, India, Francia, Alemania, Italia, Reino Unido, Ucrania.
[21] Recordemos que el Estado de Lanzamiento es aquel que lanza o promueve un lanzamiento (aun cuando éste se frustre) o desde cuyo territorio o instalaciones se realice un lanzamiento al espacio. El Estado de registro en cambio, es el Estado de Lanzamiento en cuyo registro de objetos espaciales se ha inscripto el objeto que será lanzado.