El Leviatán híbrido:

Las fuentes de poder policial en el Conurbano Bonaerense*

Matías Dewey**

 

** Dr. Matías Dewey es investigador del Instituto Max Planck para el Estudio de las Sociedades en Colonia, Alemania. Completó sus estudios en sociología y obtuvo su doctorado en ciencia política en la Universidad de Rostock. Sus áreas de investigación actuales son la sociología de los mercados ilegales, las organizaciones policiales, las organizaciones criminales y la teoría social.  Correo electrónico: dewey@mpifg.de

Artículo recibido: 05-09-12  Artículo aceptado: 10-11-12

 

* El presente artículo es una versión modificada del artículo titulado “The Making of Hybrid Stateness: Sources of Police Performance in the Conurbano”, publicado en Revista de Ciencia Política, Vol. 32, Nro. 3, 2012.

 

 

Resumen

Por omisión suele considerarse a la estatalidad como la capacidad legal del Estado para suministrar bienes y servicios. Esta forma de entender la estatalidad supone que ella está estructurada por el derecho sancionado. Sin embargo, ejemplos pasados y presentes muestran que dicha capacidad legal suele apoyarse en prácticas que bien pueden definirse como ilegales y que cualquier medición de ‘estatalidad’ debería tomar en cuenta. Tomando como ejemplo el caso de la Policía de la Provincia de Buenos Aires propondré la noción de estatalidad híbrida, esto es, una comprensión de la estatalidad que considera la capacidad del Estado para operar ilegalmente. Este breve artículo aborda los condicionamientos institucionales y presupuestarios así como la cuestión sobre el origen de los recursos ilegales en los que se basa la actuación policial.

Palabras clave: Estatalidad híbrida; Ilegalidad; Policía; Buenos Aires; Protección

 

Abstract

By default, stateness is usually considered as a state’s legal ability to deliver goods or services. This understanding implies that stateness is structured by the rule of law. However, as historical and current examples show, this legal ability often relies on practices that one would define as illegal and that any measure of ‘stateness’ must take this into account. Using the case of the Police of the Province of Buenos Aires as example, I propose the idea of hybrid stateness i.e. an understanding of stateness that considers the state’s ability to operate illegally. This short piece addresses the institutional and budgetary setting of the provincial police force and tackles the question where the illegal resources for performing police’s duties come from.

Keywords: Hybrid Stateness; Illegality; Police; Buenos Aires; Protection

 

Introducción

Aunque siempre presente en la vida cotidiana, el problema de la ilegalidad se encuentra insuficientemente representado en las ciencias sociales. Esto es especialmente cierto cuando el foco recae en cuestiones básicas tales como "cómo se logra el orden social" o "cuáles son las instancias que producen el orden'. Aquí el "orden" se asocia comúnmente a la división entre "Estado" y "sociedad". En consecuencia, se identifican dos fuentes de orden. En primer lugar, se mira al Estado, a través de su monopolio del uso de la violencia y otras instituciones del Estado y, en segundo lugar, se mira hacia el interior de la sociedad, al capital social y a las redes.[1] Este esquema, sin embargo, omite a los grupos delictivos organizados, que también forman parte de la sociedad civil y son una posible fuente de orden. Así, los individuos o grupos que no respetan las regulaciones estatales son retratados como productores de desorden o fuente de desorganización. Sin embargo, las ciencias sociales comienzan a verse en problemas cuando aparecen zonas grises o situaciones intermedias que desafían suposiciones comunes. Por ejemplo, cuando los Estados actúan ilegalmente con el fin de responder a ciertas demandas sociales, o cuando los grupos criminales prestan servicios públicos.

Teniendo como telón de fondo la posibilidad de los Estados para producir orden en la sociedad, otra cuestión estrechamente vinculada es la de su capacidad. Los estudios sobre esta materia afirman que el Estado necesita un cierto grado de autonomía a fin de ser capaz de controlar comportamientos o suministrar servicios a los ciudadanos. En esta perspectiva, la autonomía y la capacidad solo existen como características del Estado cuando los individuos que ocupan posiciones de poder dentro de la estructura del Estado se comportan conforme al derecho establecido. El punto crucial aquí es que la estatalidad se concibe estructurada por el imperio de la ley.[2] Difícilmente se pueda afirmar que los fenómenos relacionados con la “transgresión de la ley" no han sido tenidos en cuenta por los defensores de este enfoque. Estos estudios, sin embargo, se han centrado casi exclusivamente en los efectos perturbadores del actuar fuera de la ley y no en la capacidad de producción de orden (Méndez, 1999). Una consecuencia directa de identificar al comportamiento informal o ilegal con desorden es que se desemboca en un punto de vista unilateral según el cual el orden solo se logra por medios legales.

En este breve artículo voy a argumentar que 1) una parte del Estado de la provincia de Buenos Aires basa su capacidad en actividades ilegales y, por consiguiente, 2) cualquier medición de "estatalidad" debe tener esto en cuenta. Mi argumento sostiene que la política informal y la capacidad de enforcement de agentes armados no estatales juegan un papel sumamente importante. En este artículo, entonces, propondré que nuestra comprensión de la estatalidad no debe limitarse a la capacidad legal del Estado para proporcionar bienes o servicios, sino también a su capacidad para operar ilegalmente o fuera de la ley. Así, si los argumentos que expondré son correctos, será posible concebir una forma de estatalidad híbrida ya presente en gran parte en estudios sobre los procesos de construcción del Estado. Desde esta perspectiva, ni la fortaleza del Estado ni la capacidad del mismo son necesariamente entendidos como puros atributos legales. Soy consciente de que este punto de vista contradice supuestos según los cuales la fortaleza de un Estado no puede lograrse a través actividades ilegales, es decir, que dicha fuerza se produce solo a partir de comportamientos respetuosos de la ley por parte de funcionarios estatales. La suposición subyacente en este punto de vista es que un Estado fuerte es en sí un estado legal. Sin embargo, como muestran casos históricos, muy a menudo esta fuerza estatal se alimentó de prácticas que hoy en día se definen como ilegales. De hecho, por lo menos hasta la consolidación de los Estados europeos durante el siglo XIX, la capacidad de los diversos estados y su autonomía dependía en gran medida de prácticas como la piratería, el corso y el mercenarismo, todos promovidos por los propios Estados. De tal modo, los Estados fueron capaces de producir orden mediante el suministro de diversos servicios debido a sus vínculos con lo que Janice Thomson (1994) ha llamado "terrorismo organizado". Aunque los casos históricos difieren en algunos aspectos de los estados contemporáneos, es importante tener en cuenta el grado en que las actividades violentas y perniciosas, ampliamente practicadas por los Estados europeos y hoy en día deslegitimadas, contribuyeron decisivamente al fortalecimiento de la estructura estatal y al aumento de su autonomía. Refiriéndome a la historia europea no intento argumentar que la fortaleza que exhiben ciertos estados en la actualidad se debe precisamente a las actividades ilegales que, con el paso del tiempo, han fortalecido sus estructuras. Tal suposición teleológica supondría sostener que el Estado argentino está atravesando una etapa temprana de la evolución y que convertirse en un Estado fuerte es solo una cuestión de tiempo. Lejos de esto, mi propósito es bastante modesto. La referencia a casos históricos solo pretende mostrar que los rasgos atribuidos a un Estado fuerte, como su capacidad para recaudar impuestos o para imponer el orden, no siempre fueron el resultado de un comportamiento respetuoso de la ley. Un ejemplo más concreto es la descripción de Clark (2007) sobre la formación temprana del Estado prusiano. El afirma que "[primero] hubo una 'contribución' regular, un impuesto combinado sobre la tierra regulado por el gobierno de Brandemburgo a su propia población cuya finalidad era apoyar al ejército del Elector. Luego estaban los numerosos impuestos legales e ilegales recolectados por las tropas extranjeras y locales" (p. 31). De esta manera, el propósito del artículo es llamar la atención sobre el hecho de que atributos del Estado como "fortaleza" o "capacidad" no implican necesariamente actos puros de legalidad.

Tal como mostrará el siguiente estudio de caso, si se excluyen las prácticas ilegales llevadas a cabo por el estado se obtiene una imagen muy distorsionada de su capacidad. El caso de la policía de la provincia de Buenos Aires sugiere que las descripciones más comunes, por ejemplo a través de conceptos como "corrupción", no reflejan el simple hecho de que esta organización policial financia parcialmente sus funciones cotidianas en las comisarías a través de la venta de protección a los criminales.[3] En otras palabras, la oferta de servicios a los ciudadanos, así como la capacidad operativa de la policía está íntimamente relacionada con las acciones ilegales.

Este breve artículo se estructurará del siguiente modo. En primer lugar, abordaré conceptualmente la idea de que la estatalidad, entendida como un conjunto de recursos, puede ser generada ilegalmente tanto por actores estatales como no estatales.[4] Esta comprensión de la estatalidad debe entenderse en un contexto más amplio de estudios sobre nuevas formas de soberanía y gobernabilidad. En segundo lugar, ilustraré el problema de la estatalidad híbrida recurriendo al caso de la Policía de la Provincia de Buenos Aires y a su especificidad presupuestaria e institucional.[5] En tercer lugar, me referiré brevemente a la cuestión de la capacidad de la policía para llevar a cabo sus funciones. En otra parte he desarrollado esta cuestión con énfasis en la informalidad.[6] Finalmente resumiré las evidencias y plantearé algunos interrogantes para el análisis de la capacidad del Estado en América Latina.

 

La estatalidad híbrida

En años recientes ha surgido entre especialistas un creciente interés por nuevos formatos de gobernanza promovidos por actores armados no estatales. En un sentido amplio, la investigación en este campo se refiere a la gobernabilidad como un conjunto de reglas y normas que regulan el intercambio de determinados bienes o servicios (Varece, 2010). De acuerdo con este punto de vista, en un contexto social determinado, los grupos crimin ales son capaces de controlar el intercambio de, por ejemplo, drogas, personas, vehículos, órganos o especies en peligro de extinción. Aun cuando estos grupos están altamente especializados en el suministro de bienes o servicios, éste tipo de gobernanza alude principalmente a una regulación económica. Una orientación similar caracteriza a un subtipo especial de delincuencia organizada, los grupos mafiosos, que no buscan controlar un tipo sino cualquier tipo de transacciones valiéndose de la venta de un bien abstracto: la protección. Así, los grupos mafiosos en Sicilia,[7] Rusia[8] o Japón[9] facilitan activamente las transacciones económicas a través del suministro de la protección como tipo específico de confianza. No obstante, detrás de estos análisis se mantiene una estricta distinción entre dos esferas de interés. Por un lado el comportamiento del estado unido a las normas legales y, por otro lado, el comportamiento de los grupos criminales orientado hacia los negocios ilegales. Por lo tanto, las relaciones entre ambas esferas, que están lejos de ser solo confrontación y conflicto, se describen habitualmente como vínculos corruptos o conexiones clandestinas.[10] Menos atención, sin embargo, se ha prestado a las formas de gobierno y soberanía que surgen de una asociación de actores ilegales y estatales. El número de estudios que indagan en esta perspectiva se ha incrementado en los últimos años.[11] Si los estudios antes mencionados asumen la presencia de dos lógicas - la estatal y la de los delincuentes - unidas solo por medio de la corrupción, la forma de gobierno que estoy señalando deriva de una fusión virtual de intereses de actores estatales y no estatales. A diferencia de los grupos delictivos o de la mafia cuyas acciones en primer lugar no están orientadas políticamente, la constelación que aludo articula diferentes intereses, económicos pero también políticos. En consecuencia, de esta fusión de lógicas diferentes resulta un tipo de gobierno basado en una matriz de negocios legales e ilegales que refuerza el modo extractivo de la burocracia corrupta.[12] Sin embargo, la característica más importante de este tipo de gobernanza es su capacidad para satisfacer la creciente demanda de servicios básicos y aumentar la capacidad del Estado para producir orden social a través de un disciplinamiento - ilegal - de sectores sociales. Esta perspectiva no prescriptiva de la gobernanza y de la capacidad del Estado desafía suposiciones comunes, especialmente aquellas cuyo punto de partida es la distinción entre estados fuertes y débiles.

En verdad, estos espacios sociales son el resultado de acciones reguladas o negociadas entre actores estatales y no estatales. La actual expansión y crecimiento de las actividades ilegales en América Latina no es solo el resultado de organizaciones criminales más poderosas, sino también el resultado de agencias estatales que regulan, negocian o toleran actividades ilegales debido a la disponibilidad de recursos económicos o porque logran generar cierto orden social.[13] Por lo tanto, el argumento que aquí defiendo es que las agencias estatales influyen activamente en mayor o menor grado en el orden generado. Conforme a este argumento, el orden se logra a través de la regulación: ya sea porque las organizaciones estatales tienen el control sobre los propios medios ilegales, o sea porque se tolera a grupos delictivos organizados que proveen servicios útiles (servicios básicos, el mantenimiento del orden, la ocupación territorial, etc.).

La particularidad de estos vínculos con actores estatales no armados es que la relación trasciende la corrupción y tiene un impacto infraestructural. Éste último surge de oportunidades para la extracción de recursos que, a su vez, se convierten en mercados que deben asegurarse y mantenerse. (Wilson, 2009; Ruggiero, 2009). Estos lazos "cooperativos" son, sin embargo, el resultado de trayectorias históricas específicas en las que la violencia juega un papel destacado. De hecho, en el curso de estas trayectorias se ponen en juego las capacidades del Estado y de otros grupos para el monitoreo de esta relación y para hacer cumplir las reglas. Desde el punto de vista del Estado, las alianzas con grupos criminales pueden convertirse en una forma de extender la influencia política y económica sobre los territorios o poblaciones o de "terciarizar" tareas que no pueden ser publicitadas.[14] Desde la perspectiva de los grupos delictivos, las alianzas con el Estado son una manera de asegurar los mercados, de mejorar los negocios y de obtener una ventaja sobre los grupos en competencia.[15] Desde una perspectiva histórica, mientras tanto, la relación entre el Estado y el crimen organizado tiene diferentes patrones. Considerando que el proceso de centralización estatal europea es el resultado de una matriz de extracción-coerción y de guerra constante entre los Estados, la construcción del Estado en el Imperio Otomano y en las repúblicas de la ex Unión Soviética es el resultado de una negociación constante, de cooptación y de conflicto con bandidos.[16] En América Latina, por su parte, la ausencia de amenazas externas resultó en la infraestructura de un Estado menos desarrollado y, por lo tanto, en una débil capacidad para penetrar en la sociedad (Centeno 2002). Sin embargo, debe tenerse en cuenta que, independientemente del patrón histórico adoptado, los grupos criminales tienden a desarrollar negocios legales cuyo éxito depende del funcionamiento continuo de los negocios ilegales.[17] En resumen, la importancia de esto radica en la red legal-ilegal que está orientada tanto al suministro de bienes y servicios como a la construcción de un orden social relativamente predecible.[18]

En el caso de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, la extracción ilegal de recursos por parte de la policía a través de la venta de protección a los criminales debe ser entendida en términos de un "impuesto informal".[19] Este fenómeno supone una relación asimétrica en el sentido de que la policía mantiene un relativo control sobre los grupos criminales. Observando más detenidamente a este impuesto informal se destacan dos aspectos relacionados con la capacidad del Estado para suministrar servicios: i) la forma organizada de la extracción de recursos, y ii) el impacto infraestructural de dicha extracción. En otras palabras, este impuesto informal está lejos de ser una acción esporádica e individual cuya única finalidad es el enriquecimiento personal, sino más bien se trata de una institución informal que permite el financiamiento de la política o la mejora de la capacidad extractiva del Estado. Es importante mencionar que, como muestra el caso de la policía de la provincia de Buenos Aires, la extracción de recursos se basa en la explotación de mercados ilegales aceptados o tolerados por - al menos - una parte de la población.[20] En la mencionada provincia, estos mercados son los de vehículos robados, de drogas y de personas.

Como veremos más adelante, la institucionalización de prácticas ilegales vinculadas a los mercados ilegales no es posible sin la tolerancia, incluso un cierto grado de un activismo practicado por líderes políticos locales. Así, como Diane Davis (2010) ha señalado, la política informal entre los partidos políticos, organizaciones no gubernamentales, empresas privadas y organizaciones criminales, juega un papel esencial como mecanismo de regulación de la violencia y el conflicto.[21]

 

 La policía y la estatalidad híbrida en la provincia de Buenos Aires

Una vez realizadas ciertas observaciones generales, voy a presentar el contexto en el que este tipo de estatalidad híbrida se lleva a cabo. Intentaré mostrar cómo las prácticas ilegales son también parte del conjunto de recursos utilizados para suministrar seguridad a la población. El punto de partida debe ser el hecho de que la policía de facto es capaz de operar y llevar a cabo tareas básicas que, en términos generales, es la capacidad de reaccionar a las demandas de la población y monopolizar el uso de la violencia. En otras palabras, la policía tiene una posición dominante respecto a los grupos criminales. Este hecho también es importante para entender los patrones de relaciones entre el Estado y los criminales en el Cono Sur.[22] Esta capacidad policial no debe ser entendida como el mero resultado final de prácticas ilegales, sino como una combinación de modalidades legales e ilegales para la captura de recursos. Es en este contexto que la expresión "estatalidad híbrida" comienza a tener sentido.

 

Marco Institucional y Presupuestario.

Las prácticas ilegales de rutina llevadas a cabo por personal de la policía de Buenos Aires están motivadas por dos factores, uno institucional e histórico y otro presupuestario. Respecto del primero debe ponerse de relieve que la estatalidad es un producto histórico y que la lógica de la operatividad policial en Argentina no es novedosa. Diversas dinámicas institucionales que fomentan intervenciones en el mundo de la ilegalidad se remontan hacia finales del siglo XIX.[23] Estos patrones institucionales exhiben características casi invariables a lo largo de los años: los impuestos informales recolectados por la policía benefician principalmente a líderes locales que necesitan de los mismos para financiar sus costosas carreras políticas, pero también dichos impuestos son útiles para hacer frente a los enormes problemas presupuestarios.

Desde su formación como organizaciones estatales, las fuerzas policiales provinciales, incluida la policía de Buenos Aires, han estado estrechamente vinculadas a los partidos políticos tanto a nivel local como provincial.[24] Por este motivo, siguiendo a Marcelo Saín, resulta útil definir la relación entre los políticos y la policía como un pacto de reciprocidad que continúa hasta el día de hoy. De acuerdo a la escasa literatura académica sobre la fuerza policial de la provincia de Buenos Aires - ocupada principalmente con la reforma policial en el marco de la democratización - este vínculo se mantiene gracias a una especie de "doble activismo". Del lado político hay una especie de no-interferencia oficial con la institución policial y una protección selectiva de algunos policías que se manifiesta en las promociones y el nombramiento de cargos relevantes. Del lado de la policía se intenta un control aceptable – ya sea formal o informal – de la delincuencia, así como se garantiza la prestación de ciertos "servicios" durante los períodos electorales. Aquí, "el control aceptable del crimen" significa la ausencia de protestas o reclamos sociales que puedan traducirse en una pérdida de capital político. La consecuencia directa de este pacto de reciprocidad, incluso durante el período democrático, es a) una autonomía progresiva, tanto funcional como programática de la organización policial, y b) que la fuerza policial de la provincia de Buenos Aires no funciona con independencia de los partidos políticos. Si se observa más detenidamente, lo que existe es una auto-regulación del contacto de la policía con este último.

El segundo factor que promueve prácticas ilegales es de carácter presupuestario. Un informe elaborado por el ex ministro de Justicia y Seguridad de Buenos Aires, Carlos Arslanian, establece que el presupuesto de la fase inicial de su segundo período en funciones estaba en déficit. Este informe da a entender la falta de sistemas de información, la falta de recursos materiales, la ausencia de compras - de equipo, vestimenta, de equipos de comunicación y de computación -, la falta tanto de una política de compra como de un plan de infraestructura, un servicio sanitario deficiente, etc. En definitiva, un conjunto de problemas que no es novedoso para esta fuerza policial. Más de 100 años atrás, otros autores destacaron la existencia de dificultades similares.[25] Adicionalmente, Marcelo Saín sostiene que "la gran cantidad y diversidad de las actividades administrativas y operativas actualmente realizadas por la policía requiere de un despliegue infraestructural y funcional significativo que a menudo no se financia con fondos del presupuesto del Estado asignados formalmente a la institución". ¿Significa esto que la intervención policial en mercados ilegales, como el de drogas o los mercados de automóviles robados es una respuesta a la falta de infraestructura y de recursos necesarios? En lo que sigue, me referiré a esta cuestión haciendo referencia a un condicionamiento doble. Este doble condicionamiento consiste, por un lado, en que las deficiencias antes mencionadas actúan como causa de las prácticas policiales ilegales. Pero por otro lado, sin embargo, existe un activismo político llevado a cabo principalmente por los intendentes y cuya finalidad es mantener el statu quo. Promoviendo comportamientos ilegales por parte de la policía a nivel local que, a su vez, es recompensada con posibilidades de enriquecimiento, los intendentes y los punteros tratan de asegurar recursos financieros y políticos: el primero para el financiamiento de las campañas políticas, y el segundo para mantener el orden social. En el transcurso de una entrevista, el Comisario Jefe del Área de Investigaciones "Carlos" se refirió al tema del financiamiento:

Mirá, estamos en abril [2010] y todas las comisarías de la provincia están esperando desde octubre pasado que llegue el dinero de la caja chica. Eso para que te des una idea de la cuestión del financiamiento. Yo no te quiero justificar las cosas que se hacen pero para tener una idea un poco más de conjunto. Mirá, lo que trabaja actualmente un policía, de jerarquía mínima estamos hablando, es 8 horas normales, 4 CORES, 6 adicionales, si se las pagan, y eso te da un total de 3600 pesos. Y te pasas todo el día afuera de tu casa por esa guita que hoy en día no alcanza para nada.[26]

 

Mientras que Carlos menciona una deuda que pone en peligro el funcionamiento mínimo de una comisaría, Marcelo Saín propone un ejercicio que muestra claramente el problema:

Hay un déficit presupuestario terrible. La policía de Buenos Aires tiene 55.000 hombres y cuando la gente quiere más seguridad pide más policías… si un día la policía dejase de recaudar en forma ilícita, [es decir] no junta más de ningún lado, de ninguno, entonces puede durar funcionando los primeros diez días del mes.[27]

Si la primera condición surge de estos déficits presupuestarios y estructurales, el diseño institucional federal es el segundo factor.[28] Este actúa como un corsé que delimita las transacciones entre la policía y la política y promueve la venta de protección ilegal. En este esquema federal, el poder en manos de los intendentes a nivel municipal se utiliza para ejercer influencia sobre las decisiones adoptadas en materia de política de seguridad a nivel provincial. Según los entrevistados, la situación de la policía en la provincia de Buenos Aires no puede explicarse sin aludir a la figura del intendente y el papel que éste juega en la selección y mantenimiento de los comisarios. Esta anécdota ejemplifica el poder de los intendentes:

Hay un caso reciente, de menos de un mes. Resulta que el Ministro [de Seguridad de la provincia de Buenos Aires] se calienta con el Jefe de la Departamental de San Eusebio. Entonces llama a Sánchez [Jefe de Policía] y le dijo ¡échelo!, ¡no lo quiero más! El tipo [Jefe de la Departamental] tenía 33 años de servicio. Y entonces Sánchez le dijo ‘doctor, ¿por qué no esperamos, hacemos los [pases a] retiro de todos y lo incluimos a el’. [El ministro contestó] ¡No, no!, ¡ya, ya! Listo. Entonces el Jefe de Policía llama al Jefe de Zona y le dijo ‘relevalo al jefe de la Departamental de San Eusebio y poné al segundo’. Eso fue un jueves a la tarde. Entonces van, lo relevan y ponen al segundo. Lo que pasó es que el Jefe de la Departamental [desplazado] llama a Cardinal [intendente de San Eusebio] y le dijo ‘mirá, me sacaron’. No te hagas problema [respuesta del intendente]. Cardinal llamó a Alonso [el gobernador] y le dijo que quería al Jefe de la Departamental otra vez. El gobernador Alonso llamó al Ministro de Seguridad y el lunes estaba el Jefe de la Departamental otra vez en su puesto. Vos fijate hasta dónde llega el poder del intendente.[29]

En los dichos del entrevistado es posible observar un mecanismo recurrente cuyo centro de gravedad es el poder electoral del intendente. El jefe de la departamental policial tiene la posibilidad de ejercer presión indirectamente sobre las autoridades provinciales. De esta manera no solo resguardará su puesto de trabajo, sino que también dispone de la oportunidad de aprovechar las oportunidades comerciales que se le ofrecen en el área de San Eusebio. Por otra parte, las acciones emprendidas por el Sr. Cardinal se explican a partir de sus propias necesidades que, tal como señala Eaton, consisten en "obtener cuantiosos fondos provenientes de la conducta ilícita de los funcionarios policiales, fondos que son útiles en las reñidas y cada vez más caras campañas políticas".[30] En este sentido:

En los períodos de campaña se incrementa el delito porque la policía deja que los negocios ilegales funcionen. Dejar que los negocios caminen es una manera de recaudar para la política en tiempos de campaña. Por eso también en esos tiempos baja el secuestro de droga, es necesario vender. El negocio para el intendente es que gana dinero que le pasa el comisario y después otras cosas, por ejemplo que los punteros quedan libres por afanar de caño. Los punteros trabajan para el intendente de día y de noche salen de caño.[31]

La evidencia sugiere que este "emprendimiento político-policial" se basa en la extracción constante de recursos generados por la venta ilegal de protección policial y que se utilizan para cubrir diferentes necesidades financieras: las campañas políticas, la falta de recursos dentro de la institución policial y el enriquecimiento ilícito tanto de los jefes policiales como de políticos.[32]

 

La producción de recursos.

¿De dónde provienen los recursos financieros mencionados? Después de una breve presentación de las condiciones presupuestarias e institucionales que dan origen a este tipo de particular de estatalidad, mostraré tres formas específicas de captación de recursos financieros e informacionales. Estos tres mecanismos empleados para la extracción de recursos ya fueron presentados en otros lugares.[33] La venta de protección por parte de la policía podría entenderse como una "mercantilización" de la posición de poder que detentan los policías y que está dirigida hacia la obtención de los recursos previamente mencionados. No obstante, existen diversos formatos de venta de dicha "suspensión de la ejecución de la ley" con el fin de obtener recursos. En lo que sigue, examinaré tres formas de protección tomando al mercado de vehículos robados en Buenos Aires como punto de referencia. La generación de recursos adopta tres modalidades diferentes y el denominador común entre ellas es la adulteración de registros administrativos.

 

Detener y liberar: la detención de personas por motivos legales o ilegales para cobrar una suma de dinero por la liberación es la forma más habitual de venta de protección. Tanto personas que cometieron delitos – por ejemplo, delincuentes con pedido de captura[34] - como otras que no – por lo general delincuentes conocidos – son detenidas para cobrarles por la liberación, ya sea dinero en efectivo o parte del botín robado.[35] Esta modalidad, asimismo, está muy emparentada con el reclutamiento de adolescentes y el suministro de protección policial para que cometan delitos. Pero si bien la lógica de la detención-liberación o su derivado, el reclutamiento, son formatos de venta de protección muy extendidos, alcanzan su límite con la aparición del conflicto. En efecto, la muerte de jóvenes en presuntos enfrentamientos policiales parece ser una consecuencia del rompimiento de la relación contractual informal entre la policía y sus clientes.[36]

 

Liberar zonas: la liberación de espacios territoriales de la injerencia del Estado de derecho es un efectivo mecanismo de venta de protección que estimula el funcionamiento de los tres principales mercados criminales de la provincia de Buenos Aires. En estos casos, la protección puede recaer sobre objetivos fijos, como las “cocinas” o puntos de almacenamiento de cocaína, talleres dedicados al corte de vehículos, etc., o sobre objetivos móviles como personas o vehículos que se desplazan.[37] En cualquiera de los casos la protección requiere un conocimiento exhaustivo del territorio así como cierto grado de coordinación logística. El comisario Carlos manifestó al respecto que “quienes dan la orden de liberar una zona en tal hora y en tal calle son el oficial de servicio o el comisario”. 

 

Informantes: la protección a informantes constituye otra manera de venta de protección utilizada tanto para obtener réditos –económicos o de prestigio– como para regular los mercados. En un mundo inseguro como el criminal, la información de calidad es un bien preciado. Por esa razón existen motivos suficientes para que los delincuentes se dediquen a traficar información a cambio de protección y/o dinero. Por su parte, la policía tiene la posibilidad de beneficiarse económicamente o de sumar prestigio si logra interceptar información valiosa. Un ejemplo de esto último son los comisarios que compran información relativa a cargamentos con drogas - provenientes de otras provincias o de países limítrofes – y con ella organizan procedimientos de incautación de las mismas que luego, gracias a la resonancia mediática, les permite ganar asensos o premios.[38]

 

Estas tres formas de protección ilegal no podrían ser comercializadas sin mecanismos burocrático-administrativos que permiten su invisibilización. Tanto la liberación de zonas como la detención-liberación de personas y la protección a informantes requieren una constante adulteración de registros o emisión de certificados orientados al encubrimiento de las múltiples irregularidades ocurridas durante la venta de protección. Por consiguiente, el sistema legal entendido de un modo amplio, es un componente indispensable a la hora de absorber las exigencias de la ilegalidad y mantener una apariencia legal del accionar policial. A esto, sin embargo, no se llega con la participación policial únicamente. En muchos de los documentos a los cuales he tenido acceso puede verificarse que la obtención de certificados, habilitaciones, permisos, etc. es algo habitual sin lo cual los negocios ilegales no podrían haber prosperado. Las investigaciones derivadas del asesinato de los jóvenes Chiaradía y Braun sugieren la colaboración de diversas instancias del sistema judicial o, por lo menos, la omisión.[39] Otros memorándums ponen en evidencia que el contacto con el sistema legal no significa necesariamente la colaboración de funcionarios estatales. Un ejemplo de esto es la compra de automóviles destruidos junto a sus papeles en remates públicos. Por un lado, los compradores del vehículo destruido lo vuelven a vender como chatarra y, por otro, proceden a la búsqueda –y robo– de un vehículo de iguales características al que van a clonar con los documentos del vehículo comprado. A final de este procedimiento se tendrá un vehículo “nuevo” que se podrá comercializar como “remis” en el Gran Buenos Aires o en partes.[40] No obstante la participación judicial en la promoción de este negocio, existe una clara actividad policial encargada de adulterar documentos. Esto puede comprobarse en la Investigación Sumaria Administrativa 4679/702 del año 2002. Allí, además de figurar denuncias de robo por parte de policías durante los acontecimientos de diciembre de 2001 y el encubrimiento de prostíbulos, se acusa al comisario y al servicio de calle de la localidad de Lanús de proteger desarmaderos. En estos documentos aparece claro que la protección se transforma en encubrimiento administrativo, es decir, en la confección de documentos en los cuales se dice que, luego de la inspección policial, no existe “ninguna anormalidad digna de hacer constar”.[41]

 

Conclusiones

En este breve artículo he sostenido que nuestra comprensión de la estatalidad no debe limitarse a la capacidad legal del Estado orientada al suministro de servicios a los ciudadanos. Por el contrario, una perspectiva más amplia permite observar un fenómeno muy común y frecuente: la capacidad de actores estatales de actuar ilegalmente cuando llevan a cabo sus funciones. Esta aparente contradicción se refiere menos a una lógica supuestamente irreconciliable y más a una confluencia de intereses de actores estatales y no estatales. En la provincia de Buenos Aires esta convergencia puede observarse en la forma en que la policía crea un canal paralelo de recursos, es decir, recursos que históricamente han funcionado como complemento de la asignación presupuestaria oficial. La regulación de los mercados ilegales por parte de la policía, ya sea automóviles robados, drogas o mujeres para la prostitución, debe entenderse como una especie de actividad en las sombras que va de la mano de las actividades policiales cotidianas. Las limitaciones presupuestarias, políticas e institucionales ponen en movimiento una dinámica que diversos actores aprovechan y que continuamente refuerzan ciertos patrones de comportamiento. Sobre la base de un déficit presupuestario crónico, la policía trata de mantener un cierto grado de autonomía operativa generando una fuente de financiación alternativa. No obstante, estas "medidas fiscales" informales centradas en ciertos mercados ilegales solo son posibles gracias a la tolerancia o la implicación directa de la política local en negocios ilegales. Este es el sentido en el que debe ser entendido el mencionado "activismo político" orientado a beneficiar a los funcionarios policiales designados a nivel local; un activismo político caracterizado por un marcado interés en jefes policiales que eventualmente podrán prestar servicios especiales durante campañas políticas o crisis de seguridad. En este artículo también he proporcionado evidencia empírica sobre tres forma diferentes de venta de protección o "mercantilización" del monopolio de la violencia; tres modos de extracción de recursos que delinean la producción de la capacidad estatal. A través de la detención y liberación de personas, de las zonas liberadas y de la protección de informantes, la policía acumula recursos utilizados para enriquecimiento personal, pero también, y esto es un punto muy importante, para la compra de repuestos y combustible de las patrullas, tinta para impresoras, papel, uniformes, pintura para el edificio, para el establecimiento de sistemas informales destinados a ofrecer un suplemento a las jubilaciones o simplemente para complementar los bajos salarios. La paradoja consiste en que, debido a que es posible complementar el presupuesto a través de estas acciones ilegales, la policía es capaz, por ejemplo, de suministrar seguridad pública: recibir denuncias de delitos que sufren los ciudadanos, es capaz de controlar a los traficantes o de patrullar los barrios.

Esta comprensión de la estatalidad y de la capacidad del Estado sugiere una línea de investigación futura. Lo que desde un punto de vista prescriptivo podría ser visto como una censurable falta de capacidad estatal, desde la perspectiva aquí expuesta puede ser caracterizado de una manera más neutral o más cercana a los hechos. En este contexto debe entenderse la noción de estatalidad híbrida. Así, sí se acepta esta perspectiva más amplia, surgen un conjunto de preguntas por demás interesantes: ¿por qué la participación de la policía en actividades ilegales es tan frecuente y está profundamente arraigada?, ¿cómo deberíamos revisar el concepto y la medición de la estatalidad si consideramos seriamente la participación del Estado en actividades ilegales?, ¿qué herramientas analíticas podrían ofrecernos una mejor comprensión de los mecanismos que reproducen los patrones de relaciones expuestos previamente? Situadas en la intersección entre la ciencia política y la sociología histórica y fiscal, estas preguntas plantean problemas que requieren alejarse de un enfoque conceptual normativo y moverse hacia otro que incorpore una comprensión del Estado en el que la ilegalidad se considere seriamente.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Referencias

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NOTAS



[1] Un buen ejemplo de esta visión clásica de la sociedad es la obra "Economía y sociedad" de Max Weber. Una visión diferente es, por ejemplo, la teoría de sistemas, en donde el sistema político está representado por el Estado y la sociedad se entiende dividida en subsistemas.

[2] Aquí me refiero a los debates sobre la estatalidad que se llevaron a cabo durante la Stateness Conference. No obstante, es común suponer que la capacidad como dimensión de la estatalidad se estructura o está sujeta al imperio de la ley. Para un ejemplo reciente, véase Felicity Matthews, Governance and State Capacity, en David Levi-Faur, The Oxford Handbook of Governance (Oxford [u.a.]: Oxford Univ. Press, 2012).

[3] Sobre el efecto disciplinador de la corrupción en las jerarquía administrativas véase: Keith Darden, ‘The Integrity of Corrupt States: Graft as an Informal State Institution’, Politics & Society, 36 (2008), 35–59.

[4] Aquí me refiero a la definición de la estatalidad proporcionada por Daniel Brinks y Sebastián Mazzucca durante la Stateness Conference.

[5] Los datos presentados aquí forman parte de un estudio más amplio centrado en la "venta de protección" que realiza la policía de la provincia de Buenos Aires y sobre el mercado de vehículos robados. Este estudio se basa en 21 entrevistas en profundidad. Solo algunas entrevistas pudieron ser grabadas. En la mayoría de los casos el entrevistado/a no dio su consentimiento y, en otros, las condiciones del diálogo no lo permitieron. El trabajo de investigación recurre a dos fuentes de evidencia documental. En primer lugar, tuve acceso a una variedad considerable de Investigaciones Administrativas Sumariales, Investigaciones Penales Preparatorias y a memorandos, todos pertenecientes a dos períodos gubernamentales del Ministerio de Seguridad de la provincia de Buenos Aires. En segundo lugar he tenido acceso a documentación referida a procesos judiciales contra los responsables de los principales circuitos de "desarmaderos" y que fue proporcionada por la Dirección Nacional de Fiscalización de Desarmaderos y Autopartes (DNFDA).

[6] Matias Dewey (2012). Illegal Police Protection and the Market for Stolen Vehicles in Buenos Aires. Journal of Latin American Studies, 44, pp 679-702

[7] Anton Blok, The Mafia of a Sicilian Village, 1860-1960: a Study of Violent Peasant Enterpreneurs (New York: Harper & Row, 1975); Diego Gambetta, The Sicilian Mafia: the business of private protection (Cambridge, Mass; London: Harvard University Press, 1993).

[8] Vadim Volkov, Violent entrepreneurs: the use of force in the making of Russian capitalism (Ithaca, N.Y.; London: Cornell University Press, 2002); Federico Varese, The Russian Mafia: Private Protection in a New Market Economy (Oxford: Oxford Univ. Press, 2004).

[9] Yiu Kong Chu, The triads as business (London: Routledge, 2000).

[10] Donatella Della Porta and Alberto Vannucci, Corrupt exchanges: actors, resources, and mechanisms of political corruption (New York: Aldine de Gruyter, 1999); Josiah McC Heyman, ‘States and illegal practices’ (Oxford; New York: Berg, 1999); Penny Green and Tony Ward, State crime: governments, violence and corruption (London; Sterling, Va.: Pluto Press, 2004).

[11] Diane E. Davis, ‘Irregular Armed Forces, Shifting Patterns of Commitment, and Fragmented Sovereignty in the Developing World’, Theory and Society, 39 (2010); William Reno, Corruption and state politics in Sierra Leone (Cambridge: Cambridge University Press, 1995); Enrique Desmond Arias, Drugs and Democracy in Rio De Janeiro: Trafficking, Social Networks, and Public Security (Chapel Hill, NC: University of North Carolina Press, 2006); Anne L. Clunan and Harold A. Trinkunas, Ungoverned Spaces: Alternatives to State Authority in an Era of Softened Sovereignty (Stanford: Stanford Security Studies, 2010); Alexander Kupatadze, Organized Crime, Political Transitions and State Formation in Post-Soviet Eurasia (Palgrave Macmillan, 2012); Matías Dewey, ‘Fragile States, Robust Structures: Illegal Police Protection in Buenos Aires’ (GIGA German Institute of Global and Area Studies, Working Paper Series, 2011).

[12] Véase Kupatadze (2012)

[13] Sobre la idea de la regulación estatal de las actividades ilegales véase: Peter Reuter, Police Regulation of Illegal Gambling: Frustrations of Symbolic Enforcement, Annals of the American Academy of Political and Social Science, 474 (1984), 36–47; Mark H. Haller, Illegal Enterprise: a Theoretical and Historical Interpretation, Criminology, 28 (1990), 207–236; Marcelo Fabián Sain, El Leviatán Azul, (Buenos Aires: Siglo XXI Ed. Argentina, 2008). Sobre el orden económico informal e ilegal véase: Robert Neuwirth, Stealth of Nations: The Global Rise of the Informal Economy. New York: Pantheon Books, 2011.

[14] Kupatadze (2012)

[15] Diane E. Davis (2010).

[16] Charles Tilly, ‘War Making and State Making as Organized Crime’, in Bringing the State Back In (Cambridge University Press, 1985); Karen Barkey, Bandits and bureaucrats:the Ottoman route to state centralization (Ithaca; London: Cornell University Press, 1994); Kupatadze, 2012.

[17] Carolyn Nordstrom, Shadows and Sovereigns, Theory, Culture & Society, 17 (Enero 8, 2000), 35–54

[18] Michael Misse, «Mercados ilegais, redes de proteção e organização local do crime no Rio de Janeiro», Estudos Avançados 21, n.o 61 (2007): p. 143; Carolyn Nordstrom, Shadows and Sovereigns, Theory, Culture & Society (Enero 8, 2000): 35–54.

[19] Kupatadze., 2012. p. 187

[20] Sain; Dewey.

[21] Diane E Davis, ‘Analytical Foundations for the Study of Informality:  A Short Introduction’. Manuscrito no publicado.

[22] Matias Dewey and Marcelo Sain, Clusters of Order. Próximamente

[23] Para un ejemplo sobre la Policía Federal véase: Laura Kalmanowiecki, Policing the people, policing the state: the police-military nexus in argentina, 1880-1945, en: Davis, Diane E and Pereira, Anthony W, Irregular armed forces and their role in politics and state formation (Cambridge: Cambridge University Press, 2003)

[24] Sandra Gayol: “Entre lo deseable y lo posible: perfil de la policía de Buenos Aires en la segunda mitad del siglo XIX”, Estudios sociales Vol. 6, No. 10, Santa Fe (Argentina) 1996, p. 123–138; Laura Kalmanowiecki: Policing the People, Building the State: The Police–Military Nexus in Argentina, 1880–1945, en Diane E. Davis, Anthony W. Pereira (2003): Irregular Armed Forces and Their Role in Politics and State Formation. Cambridge, UK: Cambridge University Press; Osvaldo Barreneche, La Reorganización de las policías en las provincias de Buenos Aires y Córdoba, 1936-1940, in: http://historiapolitica.com/biblioteca (31 August 2010); Lyman L. Johnson, Changing Arrest Patterns in Three Argentine Cities: Buenos Aires, Santa Fe, and Tucumán, 1900–30, in Lyman Johnson (ed.) The Problem of Order in Changing Societies: Essays on Crime and Policing in Argentina and Uruguay, 1750–1940. Albuquerque, NM: University of New Mexico Press; Eduardo Zimmermann, Eduardo (1998): El Poder Judicial, la construcción del Estado, y el federalismo: Argentina, 1860-1880, in: Zimmermann, Eduardo (Comp.): in: María E. Argeri and Sandra Chía (Comps.). Anuario IEHS/Instituto de Estudios Histórico-Sociales. Tandil, 8, p. 275–306.

[25] Sandra Gayol (1996)

[26] Por caja chica se entiende una suma de dinero utilizada para cubrir gastos elementales en un destacamento policial tales como la tinta de las impresoras, el papel, artículos de librería, productos de higiene, reparaciones pequeñas, etc. CORES es la abreviatura de "Compensación Recargo de Servicio" y significa una compensación por trabajar horas extras.

[27] Marcelo Sain, entrevista, 12.12. 2011

[28] Sobre la interacción entre el federalismo y la reforma de la policía véase: Kent Eaton, ‘Paradoxes of Police Reform: Federalism, Parties, and Civil Society in Argentina’s Public Security Crisis’, Latin American Research Review, 43 (2008), 5–32.

[29] Comisario Carlos. Entrevista 10.04.2010.

[30] Eaton, 5–32.

[31] Comisario Carlos.Entrevista 10.04.2010

[32] Matias Dewey (2012). Illegal Police Protection and the Market for Stolen Vehicles in Buenos Aires. Journal of Latin American Studies, 44, pp 679-702.

[33] Dewey (2012)

[34] Entrevista con Houdini, ex auditor general de la Oficina de Asuntos Internos de la policía de la provincia.

[35] Entrevistas con Carlos, León C. Arslanián, ex ministro de la Secretaría de Seguridad de la provincia de Buenos Aires y con Eugenio Zaffaroni, Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

[36] La proliferación de jóvenes asesinados en el distrito de Lomas de Zamora durante la crisis de 2001 originó investigaciones judiciales que registradas en un informe de la Dirección de Derechos Humanos del Gobierno de de la Provincia de Buenos Aires. Otro ejemplo es la Investigación Sumarial Administrativa N º 4389/302 21, archivo 100-638285/01 donde se investiga la muerte de un joven de dieciséis años de edad en un presunto enfrentamiento con dos policías. Otras situaciones conflictivas, por ejemplo con los llamados Piratas del asfalto, se "resuelven" con métodos similares. Entrevista a Arslanián.

[37] Entrevista a Roberto Vásquez, ex subsecretario de Investigaciones e Inteligencia Criminal. Debido a que cada tipo de delito implica una coordinación específica, hay varios tipos de "zonas liberadas".

[38] Entrevista a Carlos. Este tipo de operación tiene como resultado que el conductor del transporte queda detenido (y tal vez su compañero también).

[39] El proceso penal determinó que María V. Chiaradía y Héctor Iglesia Braun fueron asesinados cuando viajaban en un automóvil con características idénticas al que una organización criminal estaba buscando. Esta organización, especializada en la "clonación" los vehículos, ya era propietaria de un coche Corsa desguazado y, por tal motivo, estaba en la búsqueda de un Corsa en buen estado con el fin de clonar a ambos. Investigación Penal Preparatoria 22.318, María Victoria Chiaradía y Héctor Iglesia Braun, víctimas de homicidio agravado. Ministerio de Seguridad de Buenos Aires. Juicio, Abril de 2003.

[40] Memorándum, Asunto: "Desarmaderos, Dirección de Prevención de Delitos contra la Propiedad del Automotor", Buenos Aires, 2002.Esto fue confirmado en las entrevistas a Fernando Antar y Juan Pablo Moyano, funcionario de la Dirección Nacional de Fiscalización de Desarmaderos y Autopartes dependiente del Ministerio de Justicia de la Nación.

[41] La adulteración de documentos públicos es una práctica común confirmada por los dos ex auditores de Asuntos Internos que fueron entrevistados. Por ejemplo: Investigación Sumarial Administrativa 4679/702, Auditoría General de Asuntos Internos del Ministerio de Seguridad de Buenos Aires, 2002. Véase el apéndice; Memorándum, 9 de agosto de 2002, sobre la denuncia penal contra un Jefe Adjunto y un Inspector Adjunto debido a la manipulación del libro de actividades de la comisaría.