MISCELÁNEAS № 6 – 2009 ISSN 1851-3522 Buenos Aires, Argentina www.salvador.edu.ar/juri/publicaciones.htm

FUENTES CLÁSICAS DE LA HISTORIA DEL DERECHO HISPANOAMERICANO EN FORMATO DIGITAL: ROMANAS

[CLASSIC SOURCES OF THE HISPANIC AMERICAN LEGAL HISTORY ON DIGITAL FORMAT: ROMAN]

GABRIEL ROCCA MONES-RUIZ

I. Introducción

La computación, además de constituir una plataforma de recreo y diversión, es también una herramienta de trabajo. Desde que me inicié como usuario, adquirí la primera PC en octubre de 1997, comencé a utilizarla para elaborar material didáctico. Es así que realizaba trabajos, almacenaba datos o preparaba lecciones en procesador de texto.

Pero las computadoras personales, al incrementar exponencialmente su potencia, fueron cada vez más aptas para almacenar gran cantidad de información y manejar imágenes y videos con mayor eficacia. No obstante el potencial que poseen las máquinas actuales en cuanto a velocidad y capacidad, si los archivos que almacena, sean de texto, imagen, sonido o video, no se ordenan adecuadamente, de seguro desconoceremos de qué recursos disponemos y con qué información contamos en nuestra computadora.

Todavía recuerdo una conversación mantenida entre el 6 de octubre y el 22 de diciembre de 2004 con Roberto Suarez, colega y amigo, acerca de la existencia de fuentes digitales, en la que habíamos mencionado al Código Teodosiano y el Hermogeneano. Movido por una ferviente curiosidad y estimulado por esa conversación, comencé a buscar primero en la Red de redes, las fuentes iushistóricas directas más usuales, y acopiar luego, todas las que pude hallar.

Antes de esta tecnología, hubiera sido impensable, en términos prácticos, que cada profesor o investigador de nuestra especialidad, poseyera materialmente todas las fuentes en su domicilio o en su estudio de trabajo. Hoy día no sólo esto es posible, sino también ¡ transportarlas en su totalidad! Imaginémonos a nosotros mismos, sólo por un instante, intentando trasladar nada más que el Corpus Iuris, el Fuero Juzgo, las Siete Partidas, el Fuero Real, el Espéculo, las Recopilaciones de leyes Castellanas y las Leyes de Indias, todos juntos de una sola vez. Sería imposible sin el auxilio de un semoviente. Bueno, hoy día –gracias a esta tecnología-podemos llevar ese mismo material en el bolsillo o en una pequeña carpeta, puesto que entra en un par de discos DVD. Si a esto le sumamos obras de doctrina, deberíamos agregar uno o dos discos más.

La idea de este trabajo es difundir cuáles son las fuentes iushistóricas directas que se encuentran en Internet a nuestra disposición, para ser descargadas.

A medida que iba obteniendo diferentes versiones de cada obra, el espacio ocupado del disco rígido era cada vez mayor y tuvimos que dividirlos en carpetas no mayores al tamaño de un disco óptico. Al principio de un CD (compact disc) –700 Mb-, luego de un DVD (digital versatil disc) –4,3 Gb- y ahora ya estaríamos necesitando un BD (blue disc) –30 Gb-.

En un principio las agrupamos, no según el sitio de dónde las habíamos obtenido, sino por orden cronológico o temático, aunque evaluamos permanentemente cómo ordenar semejante cantidad de material, al que constantemente acumulamos más y más.

El problema del derecho de todas las épocas sigue siendo, al parecer, la sistematización. Es muy importante y hago hincapié en la idea de acopiar y sistematizar la información. Consideramos, entonces, ordenar las carpetas por la aparición cronológica de fuentes legales: romanas, góticas, alfonsinas, siglos XIV, XV, indianas, XVI y XIX; y combinarlas con otras categorías: forales, doctrinarias –clasificadas por autor- y canónicas.

Ya habíamos obtenido una cantidad importante de material, cuando hacia fines del pasado año de 2008, el profesor Abelardo Levaggi, ¡ cuando no!, me dio a conocer una información invaluable sobre el tema, que nos vino como anillo al dedo. Se trata del artículo “Textos histórico-jurídicos en Internet: breve guía de bibliotecas virtuales españolas”1. Podrá parecer paradójico, pero aunque yo mismo lo había descargado y acopiado en una de las colecciones completas de revistas de la UCM, desconocía la existencia de este artículo, hasta que fui advertido por mi maestro.

En virtud de mis intervenciones como jefe de trabajos prácticos de su Cátedra, en los cursos de grado que dicta en la Universidad de Buenos Aires, de la materia Historia del Derecho Argentino, de tanto explicar al alumnado acerca de la disponibilidad de las fuentes iushistórcias digitales que se hallan en línea y las características de algunas de estas ediciones –con las que nos manejamos con relativa soltura-, el maestro Levaggi me sugirió publicar un artículo sobre el tema.

Recientemente el amigo y colega, Juan Carlos Frontera, también discípulo del mismo maestro, me instaron juntos para llevarlo a cabo. Conocida la existencia del artículo anterior, y aceptando que el presente no sería del todo original, tomé no obstante, el reto de publicar mi propia experiencia y realizar así, este pequeño aporte. La diferencia sustancial es que aquí las protagonistas son cada una de las fuentes y no el sitio desde donde se las descarga.

II. Fuentes Romanas

1. Corpus Iuris Civilis

Entre las romanas, la “vedette” es, sin duda alguna, el Corpus Iuris Civilis. Una de las primeras fuentes digitalizadas completas de las que pude disponer. Hay varios sitios de dónde descargarla, dos de ellos en inglés, en diferentes formatos: PDF y HTML.

1 Pedro Ortego Gil, Catedrático de Historia del Derecho de la Universidad de Santiago de Compostela. Fue publicado por la Universidad Complutense de Madrid, en el Volumen 13 de “Cuadernos de Historia del Derecho”, año de 2006: http://revistas.ucm.es/der/11337613/articulos/CUHD0606110347A.PDF

a) Biblioteca Jurídica Virtual – Universidad Autónoma de México

http://www.bibliojuridica.org/

En mis preferencias personales se encuentra, por varias razones, en primer lugar y a varios cuerpos de ventaja, la versión que nos ofrece la Biblioteca Jurídica Virtual de la UNAM. La razón fundamental es que reproduce la edición preferida por los lectores e investigadores de habla hispana que no dominamos el latín: en seis tomos, bilingüe latín-castellano, de Ildefonso García del Corral, Barcelona 1889-1898. La Universidad Autónoma de México, propietaria de esta copia digital, la pone a disposición del público en su sitio. Según este sitio, al día 27 de agosto de 2009 se tenían 2591 libros.

El dato me lo proporcionó el Sr. Roberto hace algunos años, que estaba cubriendo un puesto momentáneamente en el sector Referencias de la Biblioteca Central de la Facultad de Derecho de la UBA. Los archivos que componen esta obra, en formato PDF, suman un total de 194 con un peso total de 551 Mb, lo cual significa que el Corpus Iuris Civile, edición García del Corral, Barcelona 1889-1898, entraría en un disco compacto (CD). Cabe advertir que estos archivos no pueden imprimirse ni extraerse su texto, porque están protegidos por propiedad intelectual. No obstente ello, sigue siendo de una inapreciable utilidad para el investigador y docente.

En cambio, los que poseen la propiedad OCR –por lo general en formato PDF, aunque también puede serlo en TIFF-, soportan reconocimiento de texto. Es posible copiarlo, extraerlo y pegarlo, para luego modificarlo, en un procesador de texto. Es ideal para realizar transcripciones literales. Dado que el OCR puede tener errores de lectura, deberá corregirse manualmente, en ese caso, la ortografía. Cabe aclarar que no todos los archivos PDF o TIFF se crean con esta propiedad.

Debemos entrar en la “Consulta >” opción “Libros”. Puede buscarse por obra o por autor. Sugiero hacerlo de esta última forma, pues el que suscribe intentó por la primera, ingresando “Cuerpo del Derecho Civil” o “Corpus Iuris” y no obtuvo nada, o algo que no tenía nada que ver. Si lo hacemos por “Justiniano”, aparecerá directamente el siguiente resultado:

Consulta de libros: http://www.bibliojuridica.org/libros/resulib.htm

Autor: Justiniano Resultado de la consulta 6 libros:

  1. Cuerpo del derecho civil romano, t. I Instituta-Digesto ; Justiniano y García del Corral, Ildefonso (Traductor y compilador); 1889. 45 archivos2

  2. Cuerpo del derecho civil romano, t. II Digesto; Justiniano y García del Corral, Ildefonso (Traductor y compilador); 1892. 33 archivos3

  3. Cuerpo del derecho civil romano, t. III Digesto; Justiniano y García del Corral, Ildefonso (Traductor y compilador); 1897. 25 archivos4

  4. Cuerpo del derecho civil romano, t. IV Código; Justiniano y García del Corral, Ildefonso; 1892. 28 archivos5

2 http://www.bibliojuridica.org/libros/libro.htm?l=600 3 http://www.bibliojuridica.org/libros/libro.htm?l=601 4 http://www.bibliojuridica.org/libros/libro.htm?l=602 5 http://www.bibliojuridica.org/libros/libro.htm?l=603

  1. Cuerpo del derecho civil romano, t. V Código; Justiniano y García del Corral, Ildefonso (Traductor y compilador); 1895. 37 archivos6

  2. Cuerpo del derecho civil romano, t. VI Código, novelas; Justiniano y García

del Corral, Ildefonso (Traducción y compilación); 1898. 26 archivos7

b) Universidad de Sevilla.

Se trata de un escaneo con reconocimiento de texto –OCR- de una edición entre los años 1906-1928. La obra está incompleta, en el volumen primero sólo se publicaron las Institutas, en la versión de Paulus Krueger, junto con el Digesto, en la versión del mismo autor junto con Theodor Mommsen. En el volumen segundo, el Código, en la versión de Paulus Krueger. El volumen primero se volcó en un archivo PDF con OCR, de 1070 páginas digitales y un tamaño de 146 Mb. El volumen segundo posee el mismo formato, pero tiene 544 páginas digitales y 72,9 Mb, prácticamente la mitad del anterior.

Para completar la obra con la parte faltante, podemos descargar las Novelas desde otro vínculo, que no pertenece a la universidad y mencionaremos más adelante.

Debemos destacar que la Universidad de Sevilla es una de las más prolíficas del mundo hispanoparlante en digitalización de obras históricas y clásicas. En su página de su Biblioteca: http://www.us.es/biblioteca, debemos buscar el vínculo de FAMA que contiene: catálogo completo, revistas, recursos electrónicos, fondo antiguo, fondo antiguo digital y producción científica de esta universidad. En FAMA: http://fama.us.es/, vemos la pantalla:

6 http://www.bibliojuridica.org/libros/libro.htm?l=604 7 http://www.bibliojuridica.org/libros/libro.htm?l=605

En “Palabra Clave” optamos por “Título” y en “Catálogo Completo” por “Fondo Antiguo Digital US”. El resultado de “Corpus Iuris” será en la siguiente pantalla:

Para los investigadores más avanzados en informática, audaces y curiosos, recomiendo entrar en este sitio y examinarlo a fondo: http://fama2.us.es/fde/. Se titula “Index of /fde” y es propiamente el depósito “virtual” donde se hallan las obras, que uno busca en la página anterior, mediante la interfaz gráfica. Allí vemos directamente un listado de nombres de archivos que contienen las obras digitalizadas. En la primera columna se indica el nombre, en la segunda, fecha y hora de la última modificación del archivo, en la tercera su tamaño –se indican todos, sin excepción-, y la cuarta, que corresponde a la descripción, está en blanco. En la siguiente captura de pantalla, vemos cómo se nos aparecerá cuando realizamos una descarga:

Si uno hace click con el botón izquierdo del mouse directamente se abrirá el archivo con el programa predeterminado para abrir archivos PDF, luego de su descarga, que tardará varios segundos y muchas veces minutos, dado el tamaño considerablemente grande de algunos de ellos. En Windows, Mac o Linux, puede usarse el Adobe Reader, que es gratuito y ya está por la versión 9.

Si uno clickea el botón derecho del mouse, se abrirán sucesivamente dos cajas para descargarlo, la primera más pequeña y la segunda superpuesta a la anterior. Puede observarse que, en el extremo derecho de la pantalla se encuentra la barra deslizable de la ventana.

Si uno la lleva hacia abajo, subirá la página y, si continuamos hasta el final, podremos apreciar todas las obras que allí se encuentran. Para darse una idea de la cantidad de obras que hay allí, si uno selecciona el listado completo y lo copia a un documento de MS Word, ocuparía ocho páginas A4 en letra Courier New 10.

Recomiendo hacer esto, imprimir el listado y examinar cuidadosamente la cantidad y los nombres de las obras que allí se encuentran.

También hay veinte carpetas, cada una de las cuales contiene más vínculos aún. La primera, denominada 2006 se destaca en púrpura en la captura de pantalla que antecede, Galerías –de la 1 a la 14-, Índices, Inventario, Ocr, Temp y Var –la más nueva de todas, de agosto de 2009-. Los vínculos directos a los archivos del Corpus Iuris Civilis digitalizado de la Universidad de Sevilla serán, entonces:

http://fama2.us.es/fde/ocr/2006/corpusIurisCivilisT1InstitutionesDigesta.pdf

http://fama2.us.es/fde/ocr/2007/corpusIurisCivilisCodexIustinianus.pdf

b) The Roman Law Library

Esta página pertenece a la ignota, al menos para quien esto escribe, Université Pierre-Mendès de Grenoble, Francia. Esta colección de fuentes fue hallada a través de un buscador, puesto que no hemos hallado la forma de hacerlo a través de la página de la misma universidad.

Estas son las direcciones del portal de la universidad: http://web.upmf-grenoble.fr y de la colección completa: http://webu2.upmf-grenoble.fr/Haiti/Cours/Ak/. Desconocemos hasta el momento la forma de entrar al sitio de nuestro interés desde el portal de la universidad, puesto que, si bien comparten el mismo dominio, parecieran

no hallarse vinculados entre sí. Esta universidad, además de su propia versión digitalizada del Corpus Iuris, tiene tres vínculos que nos remiten a otros dos sitios, con la siguiente leyenda e hipervínculos respectivos:

See Krueger and Mommsen's edition ( pdf ) : I II III

El I a las Institutas y el Digesto y el II al Código de la Universidad de Sevilla que vimos más arriba. El III, que habíamos referido anteriormente, nos remite a las Novelas –en la versión de Rudolfus Schoell y Guilelmus Kroll-. Es una página del profesor Gerhard Koebler de la Universidad de Innsbruck. La obra también se halla digitalizada en un solo archivo de formato PDF, 837 páginas digitales, con un peso de 118 megabytes.

http://www.koeblergerhard.de/Fontes/Novellae_CorpusIurisCivilisSchoell1959.pdf

Al modo de la Universidad de Sevilla, esta también posee una página con un formato muy similar al “depósito virtual” de libros de aquella, que anteriormente mencionáramos. La única diferencia es que allí no se depositan archivos unitarios PDF sino páginas HTML, pero responde al mismo concepto: un listado de vínculos que nos remiten a unidades de información.

http://web.upmf-grenoble.fr/Haiti/Cours/Ak/Constitutiones

La ventaja de este sitio es que tal vez sea el que más cantidad de documentos ofrece, además de citar las fuentes bibliográficas de las cuales fueron obtenidos, altamente especializadas y en idiomas inglés, alemán e italiano, en su gran mayoría, como por ejemplo “S. Riccobono, Fontes iuris Romani antejustiniani, I, Firenze, 1941, p. 468, n. 98.”

c) The Latin Library

Es un sitio de habla inglesa, donde las obras, no solamente jurídicas, sino también de literatura, historia, política, retórica, se encuentran ordenadas por autor.

http://www.thelatinlibrary.com/justinian.html

Para hallar, entonces, el Corpus Iuris debemos ingresar por “Justinian”. Pero además de no hallarse traducido, ni dar referencia del texto de esta edición digital, es decir de dónde fue extraído, tampoco está completo, pues sólo han incluído las Institutas, el Código y el Digesto, pero no las Novelas. Suponemos que se ha seguido a la versión de Theodor Mommsen y Paulus Krueger, pero esto no está explícito. La obra se encuentra bien ordenada, en cincuenta y siete vínculos: un proemio, cuatro libros de las Institutas, doce del Codex y cincuenta del Digesto, a cada uno de los cuales corresponde una página HTML.

Pero su descarga o extracción no es amigable, pues el texto se encuentra incluído dentro de las mismas páginas HTML y no en archivos de imagen como JPG, TIFF o texto e imagen como PDF. Guardar las páginas completas es muy engorroso para el orden informático y si queremos guardarlas en documentos de texto DOC o WPD, debemos copiarlo de la página y pegarlo a mano en un documento creado al efecto, lo cual es un trabajo extra. De todos modos, el material es sumamente útil e interesante:

http://www.thelatinlibrary.com/indices.html. Las pantallas que capturamos, muestran a continuación cómo las veremos:

II. Código Teodosiano

Pese a que no ha tenido influencia directa en el Derecho hispánico altomedieval o castellano-indiano, el Código Teodosiano es el cuerpo pre-justinianeo más importante y el primero que gozó del reconocimiento oficial. Es antecedente de uno de los textos del período visigótico que estudiamos en la Historia del Derecho Castellano-Indiano e Hispanoamericano: la Lex Romana-Wisigothorum, que lo reproduce en gran parte. Por lo tanto hemos decidido incluírlo en este trabajo. De esta obra obtuvimos tres versiones.

a) Universidad de Sevilla.

El resultado de la búsqueda del Código Teodosiano en el catálogo de FAMA, nos envía a esta dirección y pantalla:

http://fama.us.es/search*spi/c?SEARCH=b+res.140927

Escaneo completo en OCR de una edición de Leipzig año de 1736. Está presentado en 7 archivos PDF, uno por cada tomo. Tomo 1° 780 páginas, tomo 2° 751 páginas, tomo 3° 581 páginas, tomo 4° 661 páginas, tomo 5° 484 páginas, tomo 6° 481 páginas y tomo 7° 518 páginas. Todos ellos suman 1,49 gigabytes, poco más de dos CDs.

b) Université Pierre-Mendès de Grenoble, Francia

Posee otras dos versiones del texto del Codex Theodosianus. La de Theodor Mommsen, Paulus Meyer & P. Krueger, publicada en Berlin, 1905, en: http://web.upmf-grenoble.fr/Haiti/Cours/Ak/Constitutiones/codtheod.html, y la del Dr. Alexandr Koptev, en la dirección:

http://web.upmf-grenoble.fr/Haiti/Cours/Ak/Constitutiones/codtheod1.htm, que es una revisión de aquella. En la actualidad, la de versión de Koptev completa los 16 libros de este cuerpo, mientras que la de Mommsen sólo hasta el 8°. Sin embargo, me sorprendí al hallar que entre los archivos que he acopiado, tengo las dos versiones completas. Evidentemente, al presente no se halla disponible, pero sí lo estaba al momento en que realicé la descarga. Esta es una de las razones en que insisto para acopiar el material: puede estar disponible en algún momento dado, pero en otro no. O disponible, pero no a título gratuito.

3) Código Hermogeniano

Es una colección privada de constituciones imperiales romanas aparecidas en los tres años que median entre la aparición del Código Gregoriano (292), del cual supone una actualización y puesta al día, y el año en el cual se cree que fue publicado (295), complementa al Código Gregoriano e incluye constituciones de los años 291 a 324. Conocido originalmente como Codex Hermogenianus, se le denomina asimismo como Códice Hermogenianus y es obra del jurista privado que le da nombre, llamado también Hermógenes.

Su texto original no se conserva, sino que se conoce su existencia exclusivamente a través de referencias de fuentes intermedias. Su elaboración, como la del Código Gregoriano, se enmarca en la tendencia hacia la estabilización del Derecho romano que culminó con Diocleciano. Las mejores ediciones son las de Häenel, en 1842, y de Krueger, en 1890. Este fragmento pertenece a la versión de Paul Krueger, Collectio librorum iuris anteiustiniani, III, Berlin, 1890, pp. 242-245 y este es el vínculo que a ella nos lleva: http://web.upmf-grenoble.fr/Haiti/Cours/Ak/Constitutiones/Hermog.htm.

4) Código Gregoriano

Es una colección de normas romanas atribuida a Gregorio o Gregoriano, que se supone que vivió en la época de los emperadores Diocleciano y Maximiano (años 286 a 305) y del cual se carece de otros datos. Arangio Ruiz señala que se trata de una obra redactada probablemente en Nicomedia, que contiene normas del Derecho Privado y una compilación de rescriptos imperiales, uno de ellos y el más antiguo es el de Septimio Severo del año 196.

Aun cuando la obra original se ha perdido, se cree que estaba ordenada en quince libros, divididos en títulos, figurando distribuidas las constituciones según su contenido jurídico y ordenadas cronológicamente dentro de cada título. Los trece primeros libros referidos al Derecho Privado, incluían las materias del edicto perpetuo de aplicación pretoriana, y el resto se ocupaba de lo criminal. No hemos hallado hasta el momento una digitalización concreta.

III. Conclusiones

Con esto finalizamos esta primera parte, donde presentamos fuentes directas romanas digitalizadas. Paradójicamente las hemos presentado en el orden cronológico inverso, pero ello obedeció a considerar la importancia de cada fuente, en el ámbito del derecho Castellano e Hispanoamericano.

a) Para una recopilación inmediata y liviana de fuentes, se recomienda descargar las que se encuentran en páginas HTML. Presentan la ventaja de ser de muy bajo peso aunque, dada la cantidad de archivos, ocupan mucho espacio de pantalla. Otra ventaja que presentan es que se pueden copiar y pegarlos en procesadores de texto, para realizar transcripciones literales fieles al 100 %.

b) Los archivos en PDF son más atractivos porque, en la mayor de las veces, reproducen el libro original, fotográficamente. Este formato otorga un peso o tamaño muy grande a los archivos, pero no es mayor problema para las computadoras actuales. Si disponen de la propiedad OCR tenemos la ventaja que, con la herramienta adecuada que provee el programa, podemos buscar una palabra o frase en el texto. Además, Adobe provee gratuitamente el programa para leerlos, Reader, y sus actualizaciones desde esta página: http://www.adobe.com/es/products/reader/. La desventaja que puede presentar es que el archivo se encuentre protegido por derechos de autor y, en tal caso, no se pueda imprimir ni extraer su texto.

c) También concluímos que el concepto de libro continúa vigente, pues aún hoy se lee hoja por hoja, aunque su formato sea tabla, rollo o codicilo, códex, PDF, HTML, JPG o TIFF y su soporte tabla de arcilla, tabla de madera, papiro, pergamino, pasta de papel, disco compacto digital (CD) o disco versátil digital (DVD).

d) Insistimos en la idea de acopiar ejemplares digitales ¿ Por qué? Porque no es suficiente que se encuentren en línea. Con el ejemplar de un libro que se encuentra en una biblioteca pública o privada, estamos sujetos a días y horarios de atención al público, tiempo y medios de viaje, etcétera. No está directamente a nuestro alcance como si lo tuviéramos a mano. Con el libro en línea sucede algo similar: dependemos de nuestro proveedor de Internet en un grado que, a mí personalmente, no me satisface en modo alguno: interrupciones en la conexión, falta de velocidad, servidor caído y otras fallas. Consideramos imprescindible armar nuestra propia biblioteca digital con esos documentos, ya que por el momento, esa posiblidad existe. Además, tal como lo hemos dicho más arriba, al tratar la versión del Código Teodosiano de la UPM de Grenoble – Francia- en el punto 2° “b”: hoy las tenemos en línea y mañana, tal vez, no.

Por eso insto a todos los investigadores, docentes y aficionados a las especialidades históricas que formemos, compartamos e intercambiemos nuestras propias bibliotecas digitales: multiplicaremos la cantidad de ejemplares y su difusión.

e) La única fuente romana directa que hallamos traducida a nuestro idioma es el Corpus en la versión de Ildefonso García del Corral. A excepción de una muy pequeña mención de fuentes hispano-romanas en la UPM de Francia, en que se halla el texto bilingüe: latín-castalleno, el resto se encuentra exclusivamente en latín. Sería muy interesante emprender una tarea de traducción por parte de académicos e investigadores del ámbito hispano-americano.