1 Rocca Mones-Ruiz, Gabriel. “Fuentes
clásicas de la Historia del Derecho Hispanoamericano en formato digital:
Romanas”, Iushistoria n° 6, CEIHDE-USAL, Buenos Aires, 2009, págs. 105-121.
(ISSN 1851-3522).
2 Fuentes directas de Historia del Derecho en
formato digital: Góticas y Germanas, Iushistoria n° 7 CEIHDE-USAL, Buenos
Aires, 2010, págs. 165-188.
FUENTES
DIRECTAS DE HISTORIA DEL DERECHO EN FORMATO DIGITAL: HISPÁNICAS ALTOMEDIEVALES:
FUEROS Y CARTAS PUEBLAS
DIRECT
SOURCES OF HISTORY OF LAW IN DIGITAL FORMAT: HISPANIC ALTOMEDIEVALES: CHARTERS
AND LETTERS CARMAN.
GABRIEL
ROCCA MONES-RUIZ
Introducción
Este es nuestro tercer trabajo sobre fuentes
iushistóricas directas digitalizadas. El primero, estaba dirigido a los
docentes e investigadores de historia del Derecho argentino e hispanoamericano 1
. El segundo, incluía a docentes y estudiosos del Derecho romano, con la
esperanza de que también pudiera ser útil para ellos 2 .
Una de las cuestiones que habíamos abordado
entonces, era el de la sistematización, afirmando que, al parecer, sigue siendo
el problema del derecho de todas las épocas, e hicimos hincapié en la idea de
acopiar y sistematizar la información.
Habíamos consideramos, entonces, ordenar las
carpetas por la aparición cronológica de fuentes legales: romanas, góticas,
alfonsinas, siglos XIV, XV, indianas, XVI y XIX; y combinarlas con otras
categorías: forales, doctrinarias –clasificadas por autor- y canónicas.
En aquellas oportunidades habíamos presentado
sitios generales, pero especializados como Fama, de la Universidad de Sevilla,
y la Biblioteca Saavedra Fajardo de Pensamiento Político Hispánico, de la
Universidad de Murcia, además de otros muy especializados como “The Roman Law
Library” de la Universidad Pierre Mendes de Grenoble, Francia.
En esta, además de utilizar los sitios de las
universidades españolas de Sevilla y de Murcia, presentaremos un sitio general,
pero dada la vastedad de su extensión, con información muy valiosa.
Se trata de Google Libros, la sección
especializada en búsqueda y almacenamiento de libros, del masivo buscador de la
web, tal vez el más usado en la actualidad.
La cantidad de libros es incomensurable, pero
vale la pena buscar, porque no hay cosa que uno busque de la que no se
encuentre, aunque más no sea, alguna referencia.
Si uno posee una cuenta en Gmail, el correo
en línea de Google, como en el caso del suscripto, tal como se observa en el
ángulo superior derecho de la ventana del explorador, puede formar su propia
biblioteca y personalizarla. En este caso se pueden crear estanterías y acceder
a los libros que uno ya haya encontrado en forma ordenada, sin necesidad de volver
a buscarlos. Además de conservar en la propia biblioteca los vínculos donde se
hallan esos libros, éstos pueden descargarse y ser almacenados en el rígido de
la propia máquina, y esto es lo que aconsejamos e insistimos permanentemente.
Las Fuentes hispanas altomedievales: forales
y municipales.
En nuestro primer trabajo, habíamos
considerado al Corpus Iuris Civilis, sin duda alguna, la “vedette” de las
fuentes entre las romanas. Y para el período visigótico lo mismo consideramos
respecto a la Lex Wisigothorum, Líber Iudiciorum o Fuero Juzgo, a
partir de su traducción al romance, ordenada por Fernando III “el Santo” en
1252.
En la alta edad media española ya no podemos
considerar un texto jurídico que se destaque por sobre los demás. Ello en
virtud de la gran dispersión política y normativa que predominaba hacia
entonces. Por eso, debimos multiplicar nuestro esfuerzo en hallar, acopiar y
luego clasificar, las fuentes iushistóricas directas.
1) Colección de Fueros Municipales y Cartas
Pueblas de los reinos de Castilla, León, Corona de Aragón y Navarra, coordinada
y anotada por D. Tomás Muñoz y Romero, quien fecha la presentación el 8 de
junio de 1847. Tomo I. Es una obra que consta de 560 páginas, a través de las
cuales reproduce 161 documentos, entre privilegios, fueros y cartas de
población –pueblas-, entre los años 760 y 1144. Incluye el índice de cuatro
páginas y fe de erratas en dos. Imprenta de don José María Alonso, editor.
Madrid, 1847. Desconocemos si esta obra fue continuada en el tomo II y subsiguientes.
Hemos hallado ocho ejemplares de su primer tomo:
Biblioteca de la Universidad Complutense de
Madrid (ejemplar 5322145329)
Biblioteca de la Universidad Complutense de
Madrid (ejemplar 5324672932)
Biblioteca de la Universidad Complutense de
Madrid (ejemplar 5325492854 ex Biblioteca Central de la Facultad de Medicina de
Madrid).
Bayerische StaatsBibliothek –Alemania- ex
Bibliotheca Regia Monacensis.
Biblioteca Ecole Sainte Geneviève :
Biblioteca de la Universidad de Michigan
Biblioteca de la Universidad de Harvard
2) Colección de Fueros y Cartas-Pueblas de
España por la Real Academia de España - Catálogo. Madrid, 1852.
En este catálogo se hace referencia a las
localidades, ordenadas alfabéticamente, donde fueron hallados este tipo de
instrumentos jurídicos, mas no se transcriben sus textos.
Biblioteca de la Universidad Complutense de
Madrid (ejemplar 5323115829) –Facultad de Ciencias Políticas y Sociología-:
Biblioteca de Monserrat:
Biblioteca del Ateneo Barcelonés:
Biblioteca de la Universidad de Wisconsin (ex
Wisconsin Historical Society):
3) Fueros de Villadiego.
Publicado por Amancio Rodríguez Lopez, en el
Boletín N° 61 de la Real Academia de la Historia de España. Cuadernillo V de
1912. Edición digital: Alicante, Biblioteca Virtual Miguel de Cervantes, 2008
http://bib.cervantesvirtual.com/FichaObra.html?Ref=029012
4) Fuero de Avilés.
Tres ejemplares
Imprenta Nacional, Madrid, 1865. El ejemplar
de la Universidad de Sevilla: http://fama.us.es/record=b1479531*spi
El de Biblioteca Bodleiana de Oxford en
Google Libros:
El de de Harvard –Taylor institution- en
Google Libros:
5) Fuero de Salamanca.
Imprenta de D. Sebastian Cerezo. Salamanca,
1870. El único ejemplar digital que hemos hallado, es el de la Universidad de
Sevilla:
http://fama2.us.es/fde/ocr/2007/fueroDeSalamanca.pdf
6) Fuero Viejo de Castilla. Edición de
1771.
Edición de Don Ignacio Jordán de Asso y Don
Miguel de Manuel y Rodríguez. Por Don Joachim Ibarra, Impresor de la Cámara de
Su Majestad, Madrid, 1771. Google Libros:
Ejemplar de la Universidad Central de Madrid,
en PDF (10.923 Kilobytes) y epub (425 Kilobytes):
Ejemplar de la Universidad Complutense de
Madrid –Biblioteca de Filosofía y Letras-, en PDF (13.075 Kilobytes) y epub
(1294 Kilobytes):
Ejemplar de la Biblioteca de J. Cejador, en
PDF (10.501 Kilobytes) y epub (441 Kilobytes):
Ejemplar de una biblioteca no identificada,
en PDF (12.314 Kilobytes) y epub (1110 Kilobytes):
Ejemplar de la Bibliotheca Regia Monacencis:
http://books.google.com.ar/books?id=VnFFAAAAcAAJ&printsec=frontcover&hl=es#v=onepage&q&f=false
Ejemplar de la Biblioteca de la Diputación de
Barcelona:
Ejemplar de la Biblioteca de la Biblioteca de
la Universidad de Stanford:
7) Fuero Viejo de Castilla. Reedición de
1847.
Reedición de los doctores Don Ignacio Jordán
de Asso y Don Miguel de Manuel y Rodríguez, Madrid, 1847. Impresor: Librería de
los señores Viuda e Hijos de D. Antonio Calleja, calle de las carretas y de D.
Manuel Pereda, en la de Preciados.
Ejemplar de la Biblioteca de la Universidad
de Sevilla –España-. Ficha catalográfica:
descarga en PDF: http://fama2.us.es/fde/fueroViejoDeCastilla.pdf
Ejemplar de la Biblioteca Diego Saavedra
Fajardo, en dos versiones. En PDF en un solo archivo:
http://saavedrafajardo.um.es/WEB/archivos/LIBROS/Libro0145.pdf
o en HTML compuesto de 176 archivos de imagen
en JPG formando una carpeta:
En Google Libros:
Ejemplar de la Biblioteca de la Bibliotheca
Regia Monacencis:
Ejemplar de la Biblioteca de la Biblioteca
Central de Barcelona:
Ejemplar de la Biblioteca de la Ecole Sainte
Geneviève: http://books.google.com.ar/books?id=W90dXR8bRKQC&printsec=frontcover&hl=es&source=gbs_ge_summary_r&cad=0#v=onepage&q&f=false
8) Extracto de las leyes del Fuero Viejo de
Castilla. Con el primitivo fuero de León, Asturias y Galicia, se añaden el
antiguo Fuero de Sepúlveda y los concedidos por S. Fernando a Córdova y
Sevilla. Formado para facilitar su lectura y la instrucción de sus
disposiciones. Por el licenciado Don Juan de la Reguera Valdelomar. Imprenta de
la viuda e hijo de Marín. Madrid, 1798.
En Google Libros, ejemplar de la Universidad
Complutense de Madrid:
En Google Libros, ejemplar de Astor Library
New York:
En Google Libros, ejemplar de la Biblioteca
de Lausana, Cantón de Vaud:
9) Extracto de las leyes del Fuero Viejo de
Castilla. Edición facsimilar.
Extracto de las leyes del Fuero Viejo de
Castilla. Facsimilar de la edición de la Imprenta de la viuda e hijo de Marin,
Madrid 1798, que se ha presentado en el punto 8. por Editorial Maxtor,
Valladolid 2001, I.S.B.N. 84-95636-39-5. Esta reproducción cuenta con derechos
de autor, por cuya razón, sólo se muestra un número limitado de páginas, aunque
goza de vista previa:
10) Los fueros de Villadiego, inéditos.
Publicados por Amancio Rodríguez López en el
Tomo 61 del año Boletín de la Real Academia de la Historia, año 1912, páginas
431-437.
Página del ejemplar citado:
http://bib.cervantesvirtual.com/servlet/SirveObras/34692845430347428943457/index.htm
Ficha catalográfica del artículo:
http://bib.cervantesvirtual.com/FichaObra.html?Ref=029012
Artículo completo:
http://descargas.cervantesvirtual.com/servlet/SirveObras/02482620011351728522202/029012.pdf?incr=1
III. Las Fuentes hispanas literarias
altomedievales
La biblioteca del Cantar de Mio Cid que se
encuentra en el sitio de la Biblioteca Virtual Miguel de Cervantes Saavedra.
http://bib.cervantesvirtual.com/bib_obra/cid/
Derechos de autor.
Los derechos de autor de los repositorios
digitales de los que descargamos el material antes expuesto son los siguientes:
a) Universidad de Sevilla:
La Universidad de Sevilla realiza en sus
ediciones digitales la siguiente advertencia:
Notas sobre la edición digital
Esta edición digital es una reproducción
fotográfica facsimilar del original perteneciente al fondo bibliográfico de la
Biblioteca de la Facultad de Derecho de la Universidad de Sevilla.
Este título contiene un OCR automático bajo
la imagen facsimil. Debido a la suciedad y mal estado de muchas tipografías
antiguas, el texto incrustado bajo la capa de imagen puede contener errores.
Téngalo en cuenta a la hora de realizar búsquedas y copiar párrafos de texto.
Puede consultar más obras históricas
digitalizadas en nuestra Biblioteca
Digital Jurídica.
Nota de copyright :
Usted es libre de copiar, distribuir y
comunicar públicamente la obra bajo las siguientes condiciones:
1. Debe reconocer y citar al autor original.
2. No puede utilizar esta obra para fines
comerciales.
3. Al reutilizar o distribuir la obra, tiene
que dejar bien claro los términos de la licencia de esta obra.
Universidad de Sevilla.
Biblioteca de la Facultad de Derecho.
Javier Villanueva Gonzalo.
b) Google:
Acerca de este libro
Esta es una copia digital de un libro que,
durante generaciones, se ha conservado en las estanterías de una biblioteca,
hasta que Google ha decidido escanearlo como parte de un proyecto que pretende
que sea posible descubrir en línea libros de todo el mundo. Ha sobrevivido
tantos años como para que los derechos de autor hayan expirado y el libro pase
a ser de dominio público. El que un libro sea de dominio público significa que
nunca ha estado protegido por derechos de autor, o bien que el período legal de
estos derechos ya ha expirado. Es posible que una misma obra sea de dominio
público en unos países y, sin embargo, no lo sea en otros. Los libros de
dominio público son nuestras puertas hacia el pasado, suponen un patrimonio
histórico, cultural y de conocimientos que, a menudo, resulta difícil de
descubrir. Todas las anotaciones, marcas y otras señales en los márgenes que
estén presentes en el volumen original aparecerán también en este archivo como
testimonio del largo viaje que el libro ha recorrido desde el editor hasta la
biblioteca y, finalmente, hasta usted.
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de hacerlos accesibles a todo el mundo. Los libros de dominio público son
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responsable de asegurarse de que todo lo que hace es legal. No dé por sentado
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usuarios de los Estados Unidos, lo será también para los usuarios de otros
países. La legislación sobre derechos de autor varía de un país a otro, y no
podemos facilitar información sobre si está permitido un uso específico de
algún libro. Por favor, no suponga que la aparición de un libro en nuestro
programa significa que se puede utilizar de igual manera en todo el mundo. La
responsabilidad ante la infracción de los derechos de autor puede ser muy
grave.
Acerca de la Búsqueda de libros de Google
El objetivo de Google consiste en organizar
información procedente de todo el mundo y hacerla accesible y útil de forma
universal. El programa de Búsqueda de libros de Google ayuda a los lectores a
descubrir los libros de todo el mundo a la vez que ayuda a autores y editores a
llegar a nuevas audiencias. Podrá realizar búsquedas en el texto completo de
este libro en la web, en la página http://books.google.com
Conclusiones.
Reiteraremos algunos de las vertidas en nuestro
primer trabajo, con algunas nuevas.
a) Habíamos concluído, y continuamos
sosteniendo, que el concepto de libro, aunque su formato sea tabla, rollo o
codicilo, códex, digital –PDF, HTML, JPG o TIFF- y su soporte tabla de arcilla,
tabla de madera, papiro, pergamino, pasta de papel, disco compacto digital
(CD), disco versátil digital (DVD) y ahora blue disc (BD), continúa vigente,
pues aún hoy se lee hoja por hoja. Además, y generalmente, salvo contadas
excepciones, un libro digital puede imprimirse.
b) Para una recopilación inmediata y liviana
de fuentes, se recomienda descargar las que se encuentran en páginas HTML.
Presentan la ventaja de ser de muy bajo peso aunque, dada la cantidad de
archivos, ocupan mucho espacio de pantalla. Dado que las versiones
digitalizadas a texto no ofrecen una confiabilidad absoluta, pues presentan
errores de tipeo en no pocas ocasiones. Se recomienda, entonces, realizar la
verificación con uno o varios textos impresos.
c) Los archivos en PDF son nuestros
preferidos. Como nuestra idea del concepto libro es un volumen encuadernado y
no hojas sueltas, nos parecen más atractivos porque nos brindan la idea de
unidad. Además de reproducir fotográficamente, la mayor de las veces, el libro
original. Este formato otorga un peso o tamaño muy grande a los archivos, pero
no es mayor problema para las computadoras y dispositivos de lectura actuales.
Si disponen de la propiedad OCR tenemos la
ventaja que, con la herramienta adecuada que provee el programa, podemos buscar
una palabra o frase en el texto. Además, Adobe nos proporciona gratuitamente el
programa para leerlos, Reader, y sus actualizaciones desde esta página:
http://www.adobe.com/es/products/reader/ . La
ventaja que presentan es que pueden copiarse y ser pegados en procesadores de
texto, para realizar transcripciones literales fieles al 100 % del original
digital. La desventaja es, si el archivo se encuentra protegido por derechos de
autor y en tal caso, no se pueda imprimir ni extraer su texto.
d) La web muta permanentemente. Cambian los
diseños de las páginas y cambian sus direcciones. Del mismo modo que sucede con
el ejemplar de un libro que se encuentra en una biblioteca pública o privada,
con el libro digital estamos sujetos a circunstancias ajenas a nuestras
posibilidades: días y horarios de atención al público, tiempo y medios de
viaje, etcétera, con el libro en línea sucede algo similar. Dependemos del
servidor en que se encuentra, de las interrupciones del servicio, del proveedor
de Internet, de la velocidad de la conexión y otras circunstancias. La
diferencia: del ejemplar digital puede obtenerse fácilmente una copia, del
impreso no es imposible pero sí impracticable.
Lo que hoy está en línea, mañana puede no estarlo
y lo que hoy es gratuito, mañana puede no serlo, como muy bien me lo señalara
en una conversación sobre el tema, el distinguido profesor y amigo personal,
Alberto David Leiva.
e) Deviene imprescindible, entonces, armar
nuestra propia biblioteca digital con esos documentos, ya que por el momento,
existe esa posibilidad. Por eso, insistimos a todos los investigadores,
docentes y aficionados a las especialidades históricas que se sumen a esta
cruzada para armarse de bibliotecas digitales propias, y compartamos e
intercambiemos el material, multiplicando la cantidad de ejemplares digitales y
promoviendo su difusión, para que se encuentre al alcance de todos aquellos a
quienes les interesa y lo valoran. Y volvemos a insistir en la idea de acopiar
ejemplares digitales y proveer de ellos a las bibliotecas especializadas, tanto
oficiales como privadas, pero con la condición de que éstas permitan su
préstamo a los investigadores del material donado.