BELGRANO: El varón más
justo y más virtuoso de la República Argentina[1]
BELGRANO:
The male more just and more virtuous of the Argentina
Republic
Carlos I. Salvadores de Arzuaga[2]
RESUMEN
En estas páginas, el
autor realiza una semblanza de quien fuere uno de los más grandes próceres
nacionales, el Dr. Manuel Belgrano. A través de un profundo estudio de sus
escritos, memorias y cartas, nos permite apreciar los principios, conceptos e
ideas que proyectan el genio de este “liberal español” pero americano, preocupado por la economía y la felicidad del
pueblo.
ABSTRACT
In
these pages, the author made a sketch of who is one of the biggest heroes
national, Dr. Manuel Belgrano. Through an in-depth study of his writings,
memoirs and letters, it allows us to appreciate the principles, concepts and
ideas that projected the genius of this Spanish "liberal" but
American, worried about the economy and the happiness of the people.
PALABRASCLAVES
Manuel Belgrano- memorias
y cartas- pensamiento
KEY
WORDS
Manuel
Belgrano-memoirs and letters-thinking
I.
En el año 1770, el 3 de junio nacía en Buenos Aires Manuel
José Joaquín del Corazón de Jesús Belgrano[3]
uno de quince hermanos de los que sobrevivieron doce. Hijo de un próspero
comerciante Don Domingo Francisco Belgrano y Peri que provenía de Costa
D’Oneglia, localidad situada en el golfo de Génova.
Belgrano y
Peri provenía de una familia con estirpe. Se remonta al notario Pompeyo
Belgrano:
miembro del
patriciado genovés que en junio de 1585 estipuló un acta de avenimiento y
transacción entre Carlos Manuel I, duque de Saboya, y la República de Génova para
provenir a la controversias que sostenían ambos gobiernos con motivo de la
jurisdicción de un punto llamado Pernasio [4].
En el año
1749 Domingo Francisco Belgrano y Peri abandona su natal Oneglia rumbo a Cádiz
donde ejerce el comercio y lo habría hecho con algún éxito trasladándose a
Buenos Aires en el año 1750 o 1751 donde se consolida su posición económica
participando en el circuito comercial de Buenos Aires, Montevideo, Rio de
Janeiro, Cádiz e Inglaterra. En 1757 se casa
con Doña María Josefa González Casero, porteña y criolla proveniente de
una destacada familia de la Provincia de Santiago del Estero[5]. Belgrano Peri se castellaniza por Belgrano
Pérez.
Sin
duda sus vinculaciones en Cádiz y las
restricciones comerciales colaboraron en su progreso económico, dice Manuel
Belgrano en su Autobiografía:
La
ocupación de mi padre fue la de comerciante, y como le tocó el tiempo del
monopolio, adquirió riquezas para vivir cómodamente y dar a sus hijos la
educación mejor de aquellos de aquella época[6].
Pero
también adquiere una importante posición en la función pública, primero el
Gobernador Pedro de Cevallos lo nombra alférez del Regimiento de Milicias de
Caballería, luego teniente por sus servicios destacados. Integra como oficial
el Cuerpo de Milicias del Vecindario. En 1762 cuando es convocado a servicio
donó sus sueldos a la Real Hacienda[7].
Luego de obtener la naturalización en
1769, el gobernador Juan José Vértiz y Salcedo, en atención a sus
méritos lo nombra capitán en 1772.
Ingresa en 1778 a la Administración de la Aduana de Buenos Aires y años después
ocupa diversos cargos en el Cabildo: regidor, alférez real y síndico procurador
general.
Manuel
Belgrano debió recibir el aprendizaje de las primeras letras en algunas de las
escuelas de los Conventos[8],
mientras que los primeros estudios de filosofía los inició en el Real Colegio
de San Carlos[9]
guiado por el padre Luis José de Chorroarín[10],
sacerdote dominico que estudió en el
mismo Colegio y se doctoró en filosofía en la Universidad de Córdoba.
II.
En 1786, concluidos sus estudios en el real Colegio de San
Carlos, su padre es “autorizado por el Virrey para enviarlo a España junto con
su hermano Francisco, a fin de que ‘se instruyan en el comercio, se matriculen
en él y regresen con mercaderías a estos reinos’. Manuel no siguió el comercio
sino que se orientó hacia la carrera de las leyes cursando estudios en
Salamanca”[11].
En su Autobiografía dice que su padre lo mandó “a España a seguir la
carrera de las leyes, y allí estudié en Salamanca; me gradué en Valladolid,
continué en Madrid y me recibí de abogado en la Cancillería de Valladolid”[12].
Son tiempos
en que el rector de la Universidad de Salamanca (1786 a 1788) era el brillante
orador liberal de las Cortes de Cádiz Don Diego Muñoz Torrero y Ramírez Moyano;
el Catedrático de Derecho Don Ramón de
Salas y Cortés; entre sus condiscípulos estaban el “poeta de la ilustración”
Don Manuel José Quintana y el autor de los planes progresista de estudio de la
Universidad de 1814, traductor y comentador de Jeremías Bentham Don Toribio
Núñez Sessé.
Belgrano
realizó los cursos de 1786-1787 y 1787-1788 o sea que no concluyó los estudios
de leyes en Salamanca, se trasladó a Valladolid donde se graduó en bachiller en
leyes en 1789[13]
y obtiene el título de abogado en la Chancillería de Valladolid el 31 de enero
de 1793.
Es probable
que la razón del cambio de sede de sus estudios esté en el siguiente párrafo de
su Autobiografía:
Confieso
que mi aplicación no la contraje tanto a la carrera que había ido a emprender,
como al estudio de los idiomas vivos, de la economía política y el derecho
público, y que en los primeros momentos en que tuve la suerte de encontrar
hombres amantes al bien público que me manifestaron sus útiles ideas, se
apoderó de mi el deseo de propender, cuanto pudiese al provecho general, y
adquirir renombre con mis trabajos hacia tan importante objeto, dirigiéndolos
particularmente a favor de la patria[14].
Los ocho
años (1786-1794) en España no solo lo relacionaron con “hombres amantes del
bien público” sino que le permitió introducirse en nuevas lecturas y sus
consiguientes análisis, crítica y debate.
Nos acerca a esta afirmación algunos párrafos de la carta que le envía a
su madre el 11 de agosto de 1790[15]:
…
nunca me he atenido a los autores de nada, pues para leer un libro, como
siempre pienso sacar alguna substancia y no quiero perder el tiempo en
sandeces, pregunto a los hombres sabios que conozco para que me den su sentir y
así no creo tener ninguna máxima libertina, sino muy fundadas en la razón;
sobre libertinaje mal entendido podía decir a Vm mucho, baste decir que las
preocupaciones nos hacen creer muchas veces que una proposición de un sabio
Filósofo sacada desde el fundamento es una herejía, pero mi venerado Padre sabe
mucho de esto y podrá a Vm instruir más a fondo de lo que digo no obstante todo
esto he comprado al Balcarce, y al oráculo de los Filósofos, los que leeré;
después que acabe con el Inmortal Montesquieu Esprit des Lois, que
actualmente tengo entre manos.
También hay
que tener presente que Don Ramón Salas Cortés es profesor de Belgrano en
Salamanca en los dos cursos que realiza.
Salas Cortés es quien dicta por primera vez Economía Política y preside la
Academia de Economía a la que concurre Belgrano[16].
Asimismo, durante el rectorado de Muñoz Torrero se incorpora a la biblioteca la
obra de Cayetano Filangieri: Ciencia de la Legislación, la de Adam
Smith: La riqueza de las naciones, entre otras. Varias de las obras
estaban prohibidas por encontrarse en el “Index” de la Iglesia Católica por lo
que el Rector obtuvo del Consejo de Castilla una extensión de la licencia para
los profesores.
El
Papa Pio VI, el 14 de noviembre de 1790 le da una licencia a Belgrano para
(…)
leer y conservar durante su vida todos y cualesquiera libros de autores
condenados aunque sean heréticos, y en cualquier forma que estuviesen
publicados…[17].
Ello pone de
manifiesto el catolicismo del prócer aunque De Marco dice que no solamente fue
sincera religiosidad lo que motivara la petición de licencia
(…)
sino también la precaución para no verse sometido a castigos como el que
sufriera su admirado Pablo Olavide, acusado y expulsado de España tras un
proceso inquisitorial[18].
Es evidente
y lógico que Belgrano haya tenido una fuerte influencia del ambiente
intelectual predominante en España durante su estancia más aún con su
conocimiento de idiomas. Si bien no hablaba inglés lo entendía, el francés lo
hablaba con fluidez y con el italiano parecía un natural, lo que le permitió
acceder directamente a las obras en la lengua de origen.
Ese
ambiente lo pone de manifiesto cuando expresa:
Como en la
época de 1789 me hallaba en España y la revolución de Francia hiciese también
la variación de ideas, y particularmente en los hombres de letras con quienes
trataba, se apoderaron de mi las ideas de libertad, igualdad, seguridad,
propiedad, y sólo veía tiranos en los que se oponían a que el hombre, fuese
donde fuese, no disfrutase de unos derechos que Dios y la naturaleza le habían
concedido, y aún las mismas sociedades, habían acordado en su establecimiento
directa o indirectamente. Al concluir mi carrera por los años de 1793, las
ideas de economía política cundían en España con furor, y creo que a esto debí
que me colocaran en la Secretaría del Consulado de Buenos Aires, erigido en el
tiempo del ministro Gardoqui…[19].
Cuando
regresa a Buenos Aires Belgrano
traía en su
espíritu no sólo el recuerdo de las ideas de los más ilustres economistas
españoles de la época, Pedro Rodríguez de Campomanes, Melchor Gaspar de
Jovellanos y José Alonso Ortiz, sino también el conocimiento fresco de las
ideas dominantes en la época de los ‘economistas’ de la escuela de François
Quesnay y de los escritos de Genovesi y Galliani a quienes leyó en original (…)
como asimismo de la Riqueza de las naciones de Adam Smith, que conocía a
través del Compendio de ideas smithianas hecho por Condorcet y vertido
al castellano por Carlos Martínez de Irujo en 1792[20]
III. El 15 de marzo de 1794,
con 24 años llega a Buenos Aires Manuel Belgrano con el cargo de Secretario
Perpetuo del Consulado.
La realidad
parece sorprenderlo pues dice:
(…) salí de
España para Buenos Aires: no puedo decir bastante mi sorpresa cuando conocí a
los hombres nombrados por el Rey para la junta que había de tratar la
agricultura, industria y comercio, y propender a la felicidad de las provincias
que componían el virreinato de Buenos Aires, todos eran comerciantes españoles;
exceptuando uno que otro, nada sabían más que su comercio monopolista, a saber:
comprar por cuatro para vender por ocho, con toda seguridad: …
Luego de referirse al
conflicto sobre si los cueros eran o no frutos como ejemplo de la contradicción
entre las ideas liberales y el monopolio, expresa:
Mi ánimo se
abatió, y conocí que nada se haría a favor de las provincias por unos hombres
que por sus intereses particulares posponían el del común. Sin embargo, ya que
por las obligaciones mi empleo podía hablar y escribir sobre tan útiles
materias, me propuse al menos, echar las semillas que algún día fuesen capaces
de dar frutos, ya porque por algunos estimulados del mismo espíritu se
dedicasen a su cultivo, ya porque el orden mismo de las cosas las hiciese
germinar[21].
Y ello lo
cumple a través de las quince o dieciséis memorias de las que se conoce el
contenido de solamente siete.
Así, la
lectura de la memoria anual fue convertida por Belgrano en una verdadera
cátedra de economía política, en la que se exponía lo más selecto de las
novedades en la materia, cada vez mejor adaptado a la circunstancia regional[22].
Fue inmenso
lo que hizo Belgrano con una gran cuota de sacrificio y desinterés tanto para
el Virreinato como en especial por la República Argentina pero recibimos de
forma preponderante esa imagen del militar, estratega hasta del guerrero que
ensombrece o coloca en la penumbra su virtuosidad cívica.
Su vida
militar es el resultado de su patriotismo, No tenía vocación castrense y cuando
debe asumir el comando del ejército que parte a la Banda Oriental su
preparación y única experiencia era la adquirida en las invasiones inglesas.
Sobre este hecho dice:
… hacía
diez años que era yo capitán de milicias urbanas, mas por capricho que por
afición a la milicia. Mis primeros ensayos en ella fueron en esa época. … allí
no había orden ni concierto en cosa alguna, como debía suceder en grupos de
hombres ignorantes de toda disciplina y sin subordinación alguna: allí se
formaron las compañías –se refiere al Fuerte ante la convocatoria por la
invasión-, y yo fui agregado a una de ellas, avergonzado de ignorar hasta los
rudimentos más triviales de la milicia y pendiente de lo que dijera un oficial
veterano[23].
Su grado de conciencia
era tal que dice:
En este
estado y por si llegaba el caso de otro suceso igual al de Beresford, u otro
cualquiera, de tener una parte activa, en la defensa de mi patria, tomé un
maestro que me diese alguna noción de las evoluciones mas precisas y me
enseñase por principios el manejo del arma. Todo fue obra de pocos días: me
contraje como debía, con el desengaño que había tenido en la primera operación
militar, de que no era lo mismo vestir el uniforme de tal, que serlo… tomé con
otro anhelo el estudio de la milicia y traté de adquirir algunos conocimientos
de esta carrera, para mi desconocida en sus pormenores; mi asistencia fue
continua a la enseñanza de la gente. Tal
vez esto, mi educación, mi modo de vivir y mi roce de gentes distinto en lo
general de la mayor parte de los oficiales que tenía el cuerpo, empezó a
producir rivalidades que no me incomodaban, por lo que hace a mi persona, sino
por lo que perjudicaban a los adelantamientos y lustre del cuerpo, que tanto me
interesaban y por tan justos motivos[24]
.
El General
José María Paz es preciso y hasta contundente para describir a Belgrano en este
sentido:
… no tenía,
como él mismo lo ha dicho, grandes conocimientos militares, pero poseía un
juicio recto, una honradez a toda prueba, un patriotismo puro y desinteresado,
el más exquisito amor al orden, un entusiasmo decidido por la disciplina y un
valor moral que jamás se ha desmentido[25].
Solo esos
atributos que señala Paz y su don de mando, su labor metódica en la preparación
y organización militar y su inteligencia le permitirá llevar con hidalguía las
armas de la Patria. Mientras que la virtuosidad cívica se manifiesta en sus
ideas políticas, en sus propuestas educativas y culturales y en los postulados
económicos. De allí que lo escrito por Belgrano desde su Autobiografía
pasando por los artículos periodísticos, sus traducciones en especial la Oración
de despedida de Washington[26],
hasta las Memorias del Consultado constituye un acervo para América que
aún hoy puede ser guía para su identidad, unidad y progreso.
a.1. La Revolución de Mayo.
Belgrano en
el movimiento de Mayo tuvo una amplia participación que lo llevó a integrar la
Primera Junta de Gobierno.
Su adhesión
a la fórmula de:
No quede
duda que el pueblo es el que confiere la autoridad o mando” formulada por
Saavedra en el Cabildo Abierto del 22 de mayo muestra la piedra angular en que
reposa su pensamiento político. Además
se observa una reacción a lo que representaba el “despotismo ilustrado”, esto a
hecho decir a Valentín de Pedro que “A sus ojos el error de los reformadores
españoles del siglo XVIII, a quienes Belgrano tuvo por maestro inicialmente,
era haberse atenido a aquella máxima –todo para el pueblo sin el pueblo- que
los había llevado a ponerse frente al pueblo, y Belgrano comprendía que esta
política de España en América se traducía de este modo: todo para América pero
sin los americanos[27].
Es
evidente, como dice de Gandía que
Belgrano
bebió en España su cultura y las ideas que posteriormente desenvolvió en
Argentina…, traía un bagaje espiritual de economía con ideas liberales superior al de
cualquier otro habitante de estas regiones”[28]. Es un hombre que
compenetrado del liberalismo supo tomar distancia de los acontecimiento franceses
de 1789 como de la bibliografía que
herían su catolicismo confeso. Es por ello que le escribe a su madre sobre el
rechazo a “máximas libertinas” y “libertinaje mal entendido.
En cuanto a
su posición frente a la independencia de España la cuestión ha sido discutida.
En principio en sus conversaciones con el oficial inglés Crawford demuestra que
la cuestión no era considerada o, por lo menos, no era urgente,
…le hice
ver que cuál era nuestro estado, que ciertamente nosotros queríamos el amo
viejo o ninguno; pero nos faltaba mucho para aspirar a la empresa…”[29].
Pero acontecimientos extraños al virreinato cambian el parecer del prócer.
“Pasa un año, y he ahí sin que nosotros hubiésemos trabajado para ser
independientes, Dios mismo nos presenta la ocasión con los suceso de 1808 en
España y en Bayona. En efecto, avívanse entonces las ideas de libertad e
independencia en América y los americanos empiezan por primera vez a hablar con
franqueza de sus derechos[30].
Enrique de
Gandía llega a la siguiente conclusión:
La llamada
revolución de Mayo, según Belgrano, nació del estado deplorable de nuestra
situación, es decir, de la situación en que se hallaba el imperio
hispanoamericano invadido por Napoleón en la Península y de los ecos que ese
hecho producía en América. Ella, por lo tanto, había sido obra exclusiva de
Dios y no de hombre alguno”[31].
Continúa el Académico: “Belgrano no comprendió en todo el año 1810, la
trascendencia de la elección del 25 de mayo de 1810. Empezó a llamar revolución
a este acontecimiento unos años después, cuando otros escritores quisieron
darle ese valor histórico. El 23 de junio de 1810, en el Correo de Comercio,
escribía ‘por patricios entendemos a cuantos han tenido la gloria de nacer en
los dominios españoles, sean de Europa o sean de América, pues que formamos
todos una misma nación y una misma monarquía, sin distinción alguna en nuestros
derechos y obligaciones’[32].
En
definitiva, Belgrano no regresa a Buenos Aires con la idea preconcebida de
independencia. Viene, sí, con el vivo
interés de mejorar las costumbres y promover la educación y el libre comercio.
Para ello se sirve del liberalismo y pretende difundirlo.
a.2. Las ideas monárquicas
Es sabido que era partidario de la Infanta
Carlota Joaquina[33]
y se refería a ella, no como reina de Argentina, sino de América, y a la
libertad e independencia de América, de los derechos de los americanos. Fue el
más entusiasta por la coronación de la Infanta que había requerido la regencia
de las posesiones españolas en América.
Era la
mejor fórmula que encontraba de oponerse a una España dominada por Napoleón o
enfrentar el absolutismo con otras formas. Así lo manifiesta el Prócer:
Entonces
fue, que no viendo yo un asomo de que se pensara en constituirnos, y sí, a los
americanos prestando una obediencia injusta a los hombres que por ningún
derecho debían mandarnos, traté de buscar los auspicios de la Infanta Carlota,
y de formar un partido a su favor, oponiéndome a los tiros de los déspotas que
celaban con el mayor anhelo para no perder su mando; y lo que es más, para
conservar la América dependiente de la España, aunque Napoleón la dominara;
pues a ellos le interesaba poco o nada ya sea Borbón, Napoleón u otro
cualquiera, si la América era colonia de la España[34].
Las
negociaciones en que estaba comprometido Belgrano fracasaron y, según los
términos de Saldías,
…no tanto
por la oposición que hizo el don Juan y lord Stranford, ministro de Inglaterra
en el Brasil, cuanto porque la Borbón, como todos los Borbones de la época, no
podía amoldarse a los lineamientos liberales en que Belgrano cándidamente
encuadraba su monarquía constitucional[35].
Creemos que
Belgrano no obraba con ingenuidad y mucho menos con sencillez como indica el
autor, pues su experiencia en España, sus lecturas y su fina inteligencia le
indicaban la necesidad de un régimen político afín con los europeos, un ejecutivo
fuerte y limitado que mantuviera la unidad de los extensos territorios
americanos, solo posible con un régimen conocido y aceptado en esos tiempos
políticos.
Se mantiene
su concepción monárquica en ocasión de la misión diplomática que comparte con
Bernardino Rivadavia[36]
en Europa, donde ya se encontraba Manuel de Sarratea.
El profundo
cambió que se produce en Europa con la caída de Napoleón y en especial el
restablecimiento en el trono de Fernando VII[37],
lleva a que el Director Supremo Don Gervasio Antonio de Posadas dispusiera
constituir esa misión diplomática a España con el objeto de felicitar al Rey
…y buscar una ocasión que proporcione la paz de
estas provincias, sin disminución de sus derechos o que justifique a la
presencia de todas las naciones su conducta venidera[38].
Los
primeros actos de Fernando VII dan cuenta de su absolutismo, lo que se
manifiesta en particular con la
derogación”
de la Constitución de Cádiz el 4 de mayo de 1814.por lo que las gestiones con
el Deseado no podían ser auspiciosas. Ante ello y quizás a iniciativa de
Sarratea se inician gestiones ante Carlos IV, exiliado en Italia, para que su
hijo Francisco de Paula[39]
sea coronado Rey de las Provincias Unidas del Río de la Plata, Perú y Chile.
Mario Belgrano dice “Cabarrús llevaba un memorial dirigido al rey, suplicándole
se trasladase a Buenos Aires, o permitiera a su hijo tomar por sí mismo tomar
el gobierno como una soberanía independiente. Figuraba un proyecto de convenio
para tratar con Carlos IV la creación de un reino en las provincias unidas del
Río de la Plata y cesión de éste al infante Francisco de Paula. Agregábase un
manifiesto que Carlos IV debía firmar, haciendo saber a la nobleza, a las
autoridades, los motivos por lo que cedía a su hijo Francisco de Paula el
dominio y señorío de los territorios que formaban el virreinato de Buenos
Aires, la presidencia de Chile, provincias de Puno, Arequipa y Cuzco …. Se
incluía un proyecto de constitución[40].
La
constitución o proyecto constitucional es firmada por Sarratea, Rivadavia y
Belgrano. De Marco dice al respecto que Belgrano redactó el texto de la
Constitución e ideó el escudo del nuevo Reino[41]
y Saldías que los redactores fueron Belgrano y Rivadavia[42].
Las características del instrumento son los propios de una monarquía constitucional,
con facultades reales limitadas, divididos los poderes del gobierno,
reconocimiento de derecho como a la propiedad, libertad de culto, libertad de
prensa, incluso el acceso a la nobleza, la elección de los miembros de la Sala
de Diputados, etc... También estableció el escudo y bandera, el primero con
campo azul y plata y los colores del pabellón blanco y azul celeste[43].
Creemos que mas allá de los colores invocados, iguales a la bandera creada por
Belgrano, el poder limitado y el reconocimiento de los derechos del pueblo nos
hace coincidir con la afirmación de De Marco o por lo menos en que Belgrano
tuvo una importante participación en la redacción del proyecto.
Las ideas monárquicas vuelven a manifestarse.
El Congreso que se reúne en Tucumán en 1816[44] convoca a Manuel Belgrano para que informe
sobre la situación política europea y la forma de gobierno más adecuada. En la
sesión del 6 julio Belgrano expone que
Aunque la
revolución de América en sus principios, por la marcha majestuosa con que
empezó, había merecido alto concepto entre los poderes de Europa, su
declinación en el desorden y anarquía continuada por tan dilatado tiempo había
servido de obstáculo a la protección que sin ella se habría logrado de dichos
poderes, debiéndonos contar reducidos a nuestras propias fuerzas[45].
Estas
circunstancias aconsejaban presentarse al mundo como una nación ordenada, en
paz más cuando “el espíritu general de las naciones en años anteriores era
republicarlo todo, en el día se trataba de monarquizarlo todo”[46].
Asimismo la dinastía de los Incas, como acto de restitución o reparación, era
la más apropiada para la “monarquía temperada” que pretendía y cuya capital
debiera ser Cuzco[47].
Pero no solo buscaba para el Inca una reparación histórica sino también
consolidar el futuro reino con el Perú y la importante población indígena que
se encontraba sublevada contra los españoles[48].
En 1819,
con motivo de la jura de la Constitución de ese año le dice al General Paz:
Esa
Constitución y la forma de gobierno adoptada en ella no es en mi opinión la que
conviene al país; pero habiéndola sancionado el Congreso Constituyente, seré el
primero en obedecerla y hacerla obedecer” y explicándole los motivos o razones
de su opinión le dice “que no teníamos ni las virtudes ni la ilustración
necesarias para ser república, y que era una monarquía moderada lo que nos
convenía”, añade “No me gusta ese gorro y esa lanza en nuestro escudo de armas,
y quisiera un cetro entre esas manos, que son el símbolo de la unión de
nuestras provincias[49].
a.2. Reglamento para los
pueblos de las misiones.
La Primera
Junta designa el 4 de septiembre de 1810 a Belgrano, General de las tropas que
debían cruzar a la Banda Oriental en auxilio de los pueblos que habían
reconocido al gobierno patrio. Días después se amplían las operaciones a Santa
Fe, Corrientes y el Paraguay, lo que termina por definirse exclusivamente al
Paraguay.
Luego de la
expulsión de los jesuitas (1767) las misiones o Provincia de las Misiones, pasaron a ser conducidas por otras órdenes religiosas (francisanos,
dominicos y mercedarios) que por distintas razones no pudieron continuar con su
administración y además impedir su despoblamiento. El gobernador de Buenos
Aires Bucarelli dividió en 1768 en dos territorios designando gobernadores una
con diez pueblos y la otra con veinte. A los pocos años (1770) se centraliza la
gobernación en Francisco Bruno de Zavala. La Real Ordenanza de 1782 las
convierte en provincia subordinada Treinta Pueblos de las Misiones Guaraníes,
con dos departamentos dependiente de la
Intendencia del Paraguay y tres de la Intendencia de Buenos Aires. Por Real Cédula del 17 de mayo de 1803, vuelve a tener un solo gobernador separando
los treinta pueblos de las misiones de las intendencias de Buenos Aires y del
Paraguay, con un gobierno político y militar es designado en 1804 Bernardo de
Velasco.
Tomás de
Rocamora, es el gobernador en 1810, se adhiere a la Primera Junta y ante el
ataque de Velasco ahora intendente de Asunción Belgrano es enviado en su
auxilio[50].
En el
campamento de Tacuarí[51]
Belgrano redacta el Reglamento para el Régimen Político y Administrativo y
Reforma de los 30 Pueblos de las Misiones, del 30 de diciembre de 1810.
Belgrano comunica
a la Junta el dictado de su Reglamento en los siguientes términos:
A consecuencia
de la proclama que expedí para hacer saber a los naturales de los pueblos de
Misiones, que venía a restituirlos a sus derechos de libertad, propiedad y
seguridad de que por tantas generaciones han estado privados, sirviendo
únicamente para las rapiñas de los que han gobernado, como está de manifiesto
hasta la evidencia, no hallándose una sola familia que pueda decir: ‘estos son
los bienes que he heredado de mis mayores’; y cumpliendo con las intenciones de
la Excelentísima Junta de las Provincias
del Río de la Plata, y a virtud de las altas facultades que como a su vocal
representante me ha conferido, he venido en determinar los siguientes
artículos, con que acredito que mis palabras, que no son otras que la de Su
Excelencia, no son las del engaño, ni alucinamiento, con que hasta ahora se ha
tenido a los desgraciados naturales bajo el yugo del fierro, tratándolos peor
que a las bestias de carga, hasta llevarlos al sepulcro entre los horrores de
la miseria e infelicidad, que yo mismo estoy palpando con ver su desnudez, sus
lívidos aspectos, y los ningunos recursos que les han de dejado para subsistir.
A
continuación el Reglamento declara a los naturales libres y reconoce sus
propiedades incluso la libre disposición[52];
los libera de tributos y de todo impuesto por diez años tratando de remediar
los despojos que venían sufriendo[53]
y los exceptúa del pago de derechos por bautismos y entierros y la cuarta para
los obispos[54]
; les reconoce el libertad de comerciar[55],
la igualdad con los españoles nacidos en América y la admisión a los empleos
tanto civiles como militares[56].
Dispone sobre urbanización, construcción de casas, ubicación del cabildo,
cementerio; otorga propiedades gratuitas a los naturales y prioridad en el
asentamiento[57]
y se ordena la concentración de las tierras para consolidar la unidad
territorial de una “provincia respetable”[58].
Los fondos
que se obtengan con la venta de tierras se destinarían a la creación de
escuelas de letras, artes y oficios[59].
Cabe tener presente que la educación es una preocupación que desvela a Belgrano
desde su regreso a Buenos Aires. También se aprecia en la sanción de
confiscación de bienes que se destina al fondo de escuelas para quienes
infringían la unificación de pesas y medidas. La disparidad de estas era una
forma con que se estafaba a los naturales[60].
La
burocracia colonial es reducida con la eliminación de los mayordomos[61].
El desarrollo de la agricultura y la ganadería solo sería posible si las
tierras que entregaba a los naturales eran explotadas con medios aptos por lo
que la provisión de útiles de labranza y de crías para la explotación
agropecuaria es indispensable por lo que dispone la obtención de recursos a
través del empréstito y el diezmo a la cuatropea[62].
El idioma
castellano es el oficial en el Reglamento, sin que importe la eliminación de la
lengua nativa, Belgrano pretende uniformar la comunicación oficial que tiende
igualmente a la unidad o consolidación social[63].
Organiza la
administración de justicia, el gobierno y concede a los “treinta Pueblos”
representación en el Congreso Nacional[64].
Crea la “Milicia Patriótica de Misiones”, con uniforme propio similar a los
Patricios de Buenos Aires. Los oficiales podían
ser españoles como naturales y le asigna a las Milicias la misión de la
defensa de “la patria, la religión y las propiedades”[65].
Pretende
preservar el medio ambiente ante la explotación arbitraria o irrazonable del
talado de árboles prohibiéndolo, incluso advierte el trato inhumanitario que
recibían los naturales en esos menesteres[66].
Los abusos tratan de ser limitados o eliminados protegiendo a los naturales de
las contrataciones abusivas con la presencia de un funcionario; ordenando el
pago en dinero y prohibiendo el castigo[67].
Para
María Gabriela Ábalos:
Este
Reglamento es un verdadero proyecto constitucional que contiene sus elementos
fundamentales: declaraciones, derechos y garantías, organización del gobierno,
valores y principios de la Revolución de Mayo que Belgrano representaba por
delegación de la Junta. Pero también, es un programa de gobierno abarcando
aspectos de organización territorial y urbana, de ecología, medio ambiente y
salubridad pública, haciendo hincapié en la educación y en la protección y
defensa de los naturales[68].
Puede o no
ser este Reglamento la primera constitución. Pero hay algo que es evidente, el
profundo sentido humanista que tienen sus disposiciones.
b. La educación.
Belgrano
entiende que el progreso viene a través de la educación y la cultura.
Dice Rafael
Gagliano que Belgrano:
Cree saber
que sólo la persona que se educa conoce sus propios intereses y son estos los
que generan los espacios de estímulo y desarrollo de la comunidad. Una
educación, pues, fundada en la inteligencia de los intereses ilustrados por el
conocimiento. Presiente que el hombre americano se ha olvidado de sí mismo, que
ha terminado de aceptar su minoridad de pueblo vencido; sabe que es posible
recuperar –bajo otro régimen soberano de costumbres políticas– el espíritu de
la vida laboriosa, el afán de prosperar comunitariamente confiando en la
inteligencia colectiva[69].
Desde el
Consulado en la Memoria del 15 de junio de 1796 sobre “Medios generales de
fomentar la Agricultura, animar la Industria, y protexer el Comercio, en un
país agricultor” expresa:
…Esos
miserables ranchos donde se ven multitud de criaturas, que llegan a la edad de
la pubertad, sin haberse ejercitado en otra cosa que la ociosidad, deben ser
atendidos hasta el último punto. Uno de los principales medios que se deben
adoptar a este fin son las escuelas gratuitas, a donde puedan los infelices
mandar sus hijos, sin tener que pagar cosa alguna por su instrucción; allí se
les podrán dictar buenas máximas, e inspirarles amor al trabajo, pues en un
pueblo donde reine la ociosidad, decae el comercio y toma su lugar la miseria,
las artes que producen la abundancia, que las multiplica después en recompensa,
perecen, y todo en una palabra desaparece cuando se abandona la industria
porque se cree que no es de utilidad alguna. Para hacer felices a los es
forzoso ponerlos en la precisión del trabajo con el cual se precave la
holgazanería y ociosidad que es el origen de la disolución de costumbres. A muy
poco costo podría esta junta tomar medidas para llevar a efecto estas ideas.
También
es motivo de su preocupación la educación de las niñas y para ello aconseja:
Igualmente se deben poner escuelas gratuitas
para las niñas, donde se les enseñe la doctrina cristiana, a leer, escribir,
coser, bordar, etc., y principalmente inspirarles el amor al trabajo para
separarlas de la ociosidad, tan perjudicial o más en las mujeres que en los
hombres, entonces las jóvenes aplicadas usando de sus habilidades en sus casas
o puestas a servicio no vagarían ociosas, ayudarían a sus padres, o los
descargarían del cuidado de su sustento, lejos de ser onerosas en sus casas la
multitud de hijos haría felices a las familias; con el trabajo de sus manos se
irían formando peculio para encontrar pretendiente a su consorcio: criadas en
esta forma serían madres de una familia útil y aplicada, ocupadas en trabajos
que les serían lucrosos tendrían retiro, rubor y honestidad.
Estas
escuelas para Belgrano debieran estar en distintos barrios como en las
distintas ciudades debiendo ser promovidas por los gobernadores. También trata
la importancia económica y social de las escuelas de hilados para “desterrar la
ociosidad” y “remediar la indigencia” de los jóvenes.
En
la Memoria del 9 de junio de 1797 sobre
Utilidades que resultan a esta provincia y a la península del
cultivo del lino y cáñamo; modo de hacerlo; la tierra más conveniente para él;
modo de cosechar estas ramas, y por último se proponen los medios de empeñar a
nuestros labradores para que se dediquen con constancia a esta rama de
agricultura.
Belgrano
continúa metódicamente señalando la educación como medio o instrumento para el
progreso, en especial, la escuelas de oficio para la producción de
lencería e hilados. Esta prédica de
Belgrano para difundir la educación pública como medio esencial para fomentar
la industria y riqueza sin duda recuerda al “Discurso sobre la educación
popular de los artesanos y su fomento” de Campomanes.
Desde
el Correo de Comercio, en la edición del 17 de marzo de 1810 critica el
estado en que se encuentra la educación; hay escuela de primeras letras
…pero
sin unas constituciones formales, sin una inspección del gobierno, y
entregadas, acaso, a la ignorancia misma, y quién sabe si a los vicios; es
preciso lastimarse de esta situación: la deben saber nuestras autoridades
constituidas; la debe saber todo magistrado, todo ciudadano para reunirse a
poner remedio a tamaño mal, y prevenir las consecuencias funestas que deben
resultar de estado tan lamentable, y que tiempo ha la estamos tocando.
Se
ocupa de recordar que:
Hubo
un tiempo de desgracia para la humanidad en que se creía que debía mantenerse
al pueblo en la ignorancia, y por consiguiente en la pobreza, para conservarlo
en el mayor grado de sujeción; pero esa máxima injuriosa al género humano se
proscribió como una producción de la barbarie más cruel, y nuestra sabia
legislación jamás, jamás la conoció.
Por
supuesto que se ocupa de señalar que los reyes siempre tuvieron preocupación
para que ello no sucediera y que la creación de escuelas, colegios y
universidades no era comparable con la realizada por otros países en sus
colonias. Exhortaba que se abrieran más escuelas, particularmente en la
campaña, además que se obligara a los padres a enviar a sus hijos a estudiar,
que los párrocos prediquen el deber de enseñanza, que se distingan en público a
los niños mas aplicados. Por otro lado señala que los maestros
…sean
virtuosos, y puedan con su ejemplo dar lecciones prácticas a la niñez y
juventud y dirigirlos por el camino de la santa religión y del honor y pudiendo
enseñar a leer bien, poco importa que su forma de letra no sea de lo mejor,
suficiente es con que se pueda entender.
Concluye
en:
Convencidos
de la necesidad de separar de nosotros males tan graves por medio de los
establecimientos de educación, adoptemos los arbitrios propuestos u otros que
se juzguen más fáciles y muy pronto veremos cambiar el aspecto moral y físico
de la patria.
El 21 de julio del mismo año en el Correo de Comercio
presenta a la educación como protectora de la religión y buenas costumbres, en
especial de la mujer:
Nuestros lectores tal vez se
fastidiarán con que les hablemos tanto de escuelas; pero que se convenzan de
que existen en un país nuevo que necesita echar los fundamentos de su
prosperidad perpetua, y que aquellos para ser sólidos y permanentes es preciso
que se compongan de las virtudes morales
y sociales, que solo pueden imprimirse bien presentando a la juventud buenos
ejemplos, iluminados con la antorcha sagrada de nuestra santa religión.
Le
preocupaba que, en Buenos Aires, había una sola escuela pública para mujeres,
era de huérfanas y es maestra una de ellas;
todas las demás que hay subsisten a
merced de lo que pagan las niñas a las maestras que se dedican a enseñar, sin
que nadie averigüe quiénes son, y qué es lo que saben.
Tanto
le preocupan la enseñanza de las niñas que estima más importante ponerle mayor dedicación
y esmero a estas escuelas que a la Universidad pues en la mujer ve la formación
de las buenas costumbres y la responsabilidad de ser madres.
Se
puede resumir las ideas de Belgrano para las escuelas de primeras letras en los
siguientes términos: fundar escuelas primarias gratuitas para hombres y mujeres
en la campaña y las ciudades dirigidas por los Cabildos que aportaba para los
gastos, asimismo designar una diputación encargada de vigilar a los maestros,
los padres pudientes contribuirían para educación de sus hijos y disminuir los
gastos del Cabildo, los maestros debían ser elegidos por oposición previa
justificación de buena conducta y honradez, las escuelas de niñas estarían a
cargo de señoras elegidas de la misma manera, todas las escuelas se regirían
por un mismo reglamento, la enseñanza comprendería la lectura, escritura,
aritmética, y doctrina cristiana para ambos sexos, mientras que las niñas
serían instruidas en labores, los maestros tendrían la misión de infundir amor
al trabajo, horror al vicio, respeto a la religión y al gobierno[70].
El
plan educativo de Belgrano comprendía la creación de escuelas de agricultura,
dibujo, arquitectura, primarias para niñas, de hilazas de lana, comercio y
náutica. Solo pudo lograr la creación de las Escuelas de Dibujo y Náutica.
El
compromiso por lograr un nivel de educación adecuado lo comprometía
personalmente. Cuando la Asamblea Constituyente de 1813 le otorga un premio de
$40.000 por el triunfo obtenido en la Batalla de Salta, dispone que esos se
destinaran a la creación de cuatro escuelas en el interior del país (Tarija,
Jujuy, Tucumán y Santiago del Estero).
Con este motivo la carta
que le remite a la Asamblea el 31 de marzo de 1813 desde Jujuy dice:
Pero cuando considero que estos servicios, en tanto deben merecer el
aprecio de la nación, en cuanto sean efectos de una virtud y fruto de mis
cortos conocimientos dedicados al desempeño de mis deberes y que ni la virtud
ni los talentos tienen precio, ni pueden compensar con dinero sin degradarlos;
cuando reflexiono que nada hay más despreciable para el hombre de bien, para el
verdadero patriota que merece la confianza de sus conciudadanos en el manejo de
los negocios públicos que el dinero ó las riquezas, que están son un escollo de
la virtud que no llega á despreciarlas, y que adjudicarlas en premio, no solo
son capaces de excitar la avaricia de los demás, haciendo que por general
objeto de sus acciones subroguen el bienestar particular al interés público,
sino que también parecen dirigidas á lisonjear una pasión seguramente
abominable en el agraciado, no puedo dejar de representar a Vuestra Excelencia,
que sin que se entienda que miro en menos la honrosa consideración que por mis
cortos servicios se ha dignado dispensarme la Asamblea, cuyos soberanos
decretos respeto y venero, he creído propio de mi honor y de los deseos que me
inflaman por la prosperidad de mi patria, destinar los expresados cuarenta mil
pesos para la dotación de cuatro escuelas públicas de primeras letras en que se
enseñe a leer y escribir, la aritmética, la doctrina cristiana y los primeros
rudimentos de los derecho y obligaciones del hombre en sociedad hacia ésta y el
gobierno que la rige, en cuatro ciudades.
c. La economía.
No había en
Buenos Aires persona que tuviera mayores conocimientos y preparación en materia
económica que Belgrano, no solo estaba imbuido por los economistas españoles
sino por las ideas tanto de franceses como italianos.
La primera
obra de economía política que se publica en Buenos Aires es Principios de la
ciencia económica-política, traducida del francés por Belgrano. La primera
parte tiene una traducción libre del libro Origen y progreso de una ciencia
nueva del fisiócrata Dupont de Nemours y la segunda la versión castellana
de Breviario de los principios de la ciencia económica atribuido a Magrave de Baden.
Levene
sostiene que
La ilustración de carácter económico de
Belgrano no se formó solamente con escritores españoles. Conocía a fondo a
Quesnay, Adam Smith y otros. La influencia de las ideas de la Fisiocracia o
gobierno de la naturaleza, se arraigaron en Belgrano, pero con la información
de las principales obras del abate Ferdinando Galiani que criticó la concepción
fisiocrática y del abate Antonio Genovesi mercantilista moderado[71].
A través de
las Memorias que lee en el Consulado y los artículos en el Correo de
Comercio se puede observar con la claridad su concepción económica.
Para
Belgrano el desarrollo económico se encuentra ligado a la educación y cultura
social, lo que ya es observado con sus recomendaciones en materia educativa
tanto en la creación de escuelas primarias como las técnicas. En especial la
capacitación de los agricultores, por ello dice en la Memoria del 15 de junio 1796:
Si se
conociese por todos, la cantidad de frutos aumentaría considerablemente, siendo
una parte considerable de las riquezas del Estado. Ahora, pues, si la riqueza
de todos los hombres tiene su origen en la de los hombres del campo, y si el
aumento general de los bienes de la tierra hace a todos más ricos, es de
interés del que quiere proporcionar la felicidad del país, que los misterios
que lo facilitan se manifiesten a todas las gentes ocupadas en el cultivo de
las tierras, y que el defecto de la ignorancia tan fácil de corregir no impida
el adelantamiento de la riqueza.
¿Y de qué
modo manifestar estos misterios y corregir la ignorancia? Estableciendo una
escuela de agricultura, donde a los jóvenes labradores se les hiciese conocer
los principios generales de la vegetación y desenvoltura de las siembras, donde
se les enseñase a distinguir cada especie de tierra por sus producciones naturales,
y el cultivo conveniente a cada una, los diferentes arados que hay y las
razones de preferencia de algunos según la calidad del terreno; el número de
labores, su profundidad según la naturaleza del terreno; los abonos y el tiempo
y razón para aplicarlos; el modo de formar sangrías en los terrenos pantanosos;
…
El
desarrollo agropecuario no basta, Belgrano promueve las actividades
industriales y considera que
deberían
gozar de especial cuidado por parte del gobierno… el desarrollo de la industria
del hilado de lana y algodón (que hace objeto de su Memoria de 1796), los
cultivos industriales del lino y cáñamo (para cuyo fomento está dedicada la
memoria de 1778) y la industria de los cueros (para cuyo fomento está dedicada
su memoria de 1802)[72].
La
formación liberal desborda su procedencia de familia comerciante y monopolista.
Es un partidario del libre comercio lo señala desde un principio basta leer su Autobiografía
también es ilustrativo en la Memoria de 1796:
… yo espero que por aclamación se adopte el
pensamiento para evitar los grandes monopolios que en esta parte tengo noticias
se ejecutan en esta capital, por aquellos hombres que desprendidos de todo amor
hacia sus semejantes solo aspiran a su interés particular, y nada les importa
el que la clase más útil del Estado, o como dicen los economistas, la clase
productiva de la sociedad, viva en la miseria y desnudez que es consiguiente a
estos procedimientos tan repugnantes a la naturaleza, y que la misma religión y
las leyes detestan”.
En el Correo de
Comercio del 25 de agosto de 1810 dice en el mismo sentido:
Muchos los atribuyen a defecto de providencias
del gobierno, cuando no hay quien se los represente, ni manifieste, acaso por
ejercitar, a la vez, otras tantas arbitrariedades en perjuicio del comercio
interno, y directa o indirectamente tiran a la destrucción de sus
conciudadanos, llevando la idea del monopolio devastador, que solo tiene su
origen en el egoísmo más refinado.
Refuta a
quienes se oponen a la libre concurrencia
creen que
si se concede entera libertad para la extracción del frutos, el país quedará
pobre y miserable, y todo vendrá a ser caro, y se presentan a su imaginación un
cuadro lastimoso que lo hacen pasar a las de otros, que avizorados contra todo
lo nuevo, ponen en movimiento algunos resortes, que desgracian los proyectos
más útiles; en contraposición me contento con citar aquí las máximas 16 y 25
del célebre economista Quesnay, que dicen: Primera: Que no se impida el
comercio exterior de los frutos, porque según es la extracción, así es la
reproducción y el aumento de la agricultura. Segunda: Que se de entera libertad
al comercio; pues la policía del comercio interior y exterior, más segura,
exacta y provechosa, a la Nación y al Estado, consiste en plena libertad de la
concurrencia (Memoria de 1798).
La libre
determinación de precios también es materia de exposición de Belgrano como
sobre el precio justo:
¿Y quién
determina este precio justo? Como muy asiduo lector de los escritos de
Galliani, nos sorprende con una modernísima contestación: ‘No hay fiel
ejecutor, ni tasa mejor que la concurrencia; esta es la que nivela y arregla
los precios entre el comprador y el vendedor, ninguna cosa tiene un valor real,
ni efectivo en sí mismo; sólo tiene el que nosotros le queremos dar; y este se
liga precisamente a la necesidad que tengamos de ella, a los medios de
satisfacer esta inclinación, a los deseos de lograrlo, y a su escasez y
abundancia; con que no hay otro camino que seguir para asegurar al público en
el buen surtimiento de los frutos de consumo, que dejar a la libertad y a la
concurrencia que tasen y nivelen los precios por sí mismo’[73].
Es mucho
más lo que puede relatarse o decirse de Belgrano preocupado por la economía y
la felicidad del pueblo[74]
gracias a sus escritos, memorias, cartas,
deja suficientes principios, conceptos que proyectan el genio de este
“liberal español” pero americano.
[1] Bartolomé Mitre dijo que de esta forma es conocido por sus compatriotas (Bartolomé Mitre., Historia de Belgrano y de la independencia argentina, Ed. Lajouane, Bs. As., 1887, T° 1, p. 13)
[2] Profesor Titular Ordinario de Historia y Derecho Constitucional en la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad del Salvador. Decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas (USAL)
[3] Dice el libro parroquial de bautismos de la Iglesia Catedral de Buenos Aires iniciado en el año 1769 y concluido en 1775, página 43: "En 4 de junio de 1770, el señor doctor don Juan Baltasar Maciel, canónigo magistral de esta santa iglesia Catedral, provisor y vicario general de este obispado, y abogado de las reales audiencias del Perú y Chile, bautizó, puso óleo y crisma a Manuel José Joaquín del Corazón de Jesús, que nació ayer 3 del corriente: es hijo legítimo de don Domingo Belgrano Pérez y de doña Josefa González: fue padrino D. Julián Gregorio de Espinosa".
[4] Miguel Ángel De Marco., Belgrano, Ed. Emecé, Bs. As., 2012, p. 13 y ss.
[5] Juan Alonso González,
nació en Cádiz se radicó en la localidad
de Loreto, Provincia de Santiago del Estero. Contrajo matrimonio con Lucía
Islas y Bravo de Zamora, nacida en Santiago del Estero. De allí nació Don
Juan Manuel González Islas que se casó María Inés Casero Zalazar, nacida en
Buenos Aires cuya hija María Josefa González Casero es la madre de Manuel
Belgrano.
[6] BELGRANO, Manuel., Autobiografía y otras páginas, Ed. EUDEBA, Bs. As., 1966, p. 24.
[7] Ver DE MARCO, Miguel Ángel., Belgrano, Ed. Emecé, Bs. As., 2012, pp. 18 y 19.
[8] Dice De Marco que la proximidad del Convento de San Pedro Telmo “y la fervorosa adhesión de la familia a la Orden de los Predicadores, hizo que los varones Belgrano, recibieran los rudimentos de la enseñanza en la Escuela de Dios, bajo la atenta mirada de fray José de Zamborain” (Miguel Ángel De Marco., Belgrano, op.cit, p. 22 y ss.)
[9] Ingreso con 14 años, en 1784.
[10] ZURETTI, Juan Carlos, “Belgrano y la Cultura”, Separata de la Revista Historia, s/ed., Buenos Aires, 1961, p. 4. Luis José de Chorroarín (Buenos Aires, 1757 – 1823) participó activamente en los acontecimientos de la Revolución de Mayo. Fue profesor de filosofía y lógica en el Colegio Real de San Carlos, sin que pueda calificárselo de “filósofo”. Reemplazó al Padre Juan Baltasar Maciel en la rectoría del Colegio. Inauguró la biblioteca de la ciudad de Buenos Aires, colaboró en el Telégrafo Mercantil, Rural, Político, Económico e Historiográfico. Colaboró en la constitución de la Asamblea del año XIII, en el Congreso de Tucumán.
[11] ZURETTI, “Belgrano y la Cultura”, op.cit., pág. 4. En igual sentido De Marco dice: “Según algunos biógrafos, mientras éste deseaba que Manuel regresara con profundos conocimientos en el ramo que le había dado fortuna y lustre, su madre, convencida de las cualidades intelectuales superiores de su hijo, anhelaba para él un doctorado en derecho civil y canónico que le permitiera alcanzar elevadas posiciones en la administración pública” (Ver De Marco., “Belgrano”, op.cit. p.24).
[12] BELGRANO, “Autobiografía y otras páginas”, op.cit., p. 24.
[13] Belgrano presenta en la Universidad de Valladolid un certificado con fecha del 21 de junio de 1788 en el que se afirmaba que se había matriculado en la Universidad de Oviedo en 1782 y cursado dos años de Filosofía y cuatro de Instituciones Civiles. Se debe recordar que Belgrano llega a España en 1786. No da cuenta de los estudios en Salamanca. Con la documentación presentada pudo rendir y concluir su carrera (Ver Miguel Ángel De Marco: “Belgrano”, Ed. Emecé, Bs. As., 2012, pág. 28).
[14] Belgrano, “Autobiografía y otras páginas”, op.cit., p. 24.
[15] En ella se refiere a los trámites que realiza
por el juicio de su padre, sobre sus hermanos y a la inutilidad de doctorarse.
[16] Zuretti dice que fue elegido presidente de la Academia de práctica forense y economía política de Salamanca (ZURETTI, “Belgrano y la Cultura”, op.cit., p. 5).
[17] Ver CAILLET BOIS, Ricardo: “Las corrientes ideológicas europeas del siglo XVIII y el Virreinato del Rio de la Plata”, Academia Nacional de la Historia, Historia de la Nación Argentina, 3ª edición, Ed. El Ateneo, Bs. As., 1961, Vol. V, p. 18.
[18] DE MARCO, “Belgrano”, op. cit., p. 27.
[19] BELGRANO, “Autobiografía y otras páginas”, op. cit., p. 24. Diego María de Gardoqui y Arriquibar fue el primer Embajador de España en los Estados Unidos entre 1784 y 1789, Secretario del Consejo de Estado de de Carlos IV. Tanto por su prestigio como por el dominio del inglés se le encargó ser “representante extraoficial” ante el gobierno de los Estados Unidos. A través de Gardoqui España proveyó a los Estados Unidos 120.000 reales de a ocho, mas de 200 cañones, 30.000 mosquetes, bayonetas, balas, etc. y es gracia a esta ayuda que los norteamericanos pudieron derrotar a los ingleses en la batalla de Saratoga en octubre de 1777. Gardoqui luego de la Paz de París (3 de septiembre de 1783) fue el encargado de negocios de España en los Estados Unidos tuvo una relación muy estrecha con las autoridades norteamericanas, tanto es así que en la asunción de Washington estuvo junto detrás de John Jay.
[20] POPESCU, Oreste “Ensayos de
Doctrinas Económicas Argentinas”, Ed. Depalma, segunda edición, Bs. As.
1965, p. 22.
[21] BELGRANO, “Autobiografía y otras páginas”, op.cit., pp. 25 y 26.
[22] NAVARRO FLORIA, Pedro; “Manuel Belgrano y el Consulado de Buenos Aires, Cuna de la Revolución (1790-1806), Bs. As., Instituto Nacional Belgraniano, 1999, p. 155.
[23] BELGRANO, “Autobiografía y otras páginas”, op.cit., pp. 27 y 28.
[24] BELGRANO, “Autobiografía y otras páginas”, op.cit., p. 30 y s.
[25] PAZ, José María: “Memorias”, Ed. Schapire, Bs. As., 1968, Tomo I, p. 26.
[26] Belgrano traduce este
discurso que escribió el presidente norteamericano el 17 de septiembre de 1796
al retirarse a la vida privada (dos veces pues la primera es destruida en
Tacuarí junto con sus papeles privados en 1811 y concluyó la segunda antes de
la batalla de Salta -20 de febrero de 1813- ) con la colaboración de su médico
José Redhead. En la introducción a la traducción dice que: “El ardiente
deseo, que tengo de que mis conciudadanos, se apoderen de las verdaderas ideas,
que deben abrigar si aman la patria, y desean su prosperidad bases sólidas y
permanentes, me ha empeñado a emprender esta traducción en medio de mis graves
ocupaciones, que en tiempos más tranquilos la había trabajado, y se entregó a
las llamas con todos mis papeles en mi peligrosa y apurada acción del 9 de
marzo de 1811 en el Tacuarí.
Washington, ese héroe digno de la admiración de nuestra edad y de las
generaciones venideras, ejemplo de moderación, y de verdadero patriotismo, se
despidió de sus conciudadanos, al dejar el mando dándoles lecciones
las más importantes y saludables, y hablando con ellos, habló con cuantos
tenemos, y con cuantos puedan tener la gloria de llamarse americanos, ahora, y
mientras el globo no tuviese ninguna variación.
Su despedida vino a mis manos por los años de 1805, y confieso con verdad, que
sin embargo de mi corta penetración, vi en sus máximas la expresión de
sabiduría apoyada en la experiencia y constante observación de un hombre, que
se había dedicado de todo corazón a la libertad y felicidad de su patria.
Pero como viese la mía en cadenas, me llenaba de un justo furor, observando la
imposibilidad de despedazarlas, y me consolaba con que la leyesen algunos de
mis conciudadanos, o para que se aprovechasen algún día, si el Todopoderoso los
ponía en circunstancias, o transmitiesen aquellas ideas a sus hijos para que
les sirviesen, si les tocaba la suerte de trabajar por la libertad de América.
Un conjunto de sucesos que no estaban al alcance nuestro, pues vivíamos
sabiendo únicamente lo que nuestros tiranos querían que supiésemos, nos trajo
la época deseada, y por una confianza que no merecía, mis conciudadanos me
llamaron a ser uno de los individuos del gobierno de Buenos Aires, que sucedió
a la tiranía.
…
Mas observando que nadie se había
dedicado a este trabajo, o que si lo han hecho no se ha publicado, ansioso de
que las lecciones del héroe americano se propaguen entre nosotros y se manden,
si es posible, a la memoria por todos mis conciudadanos, habiendo recibido un
librito que contiene su despedida, que me ha hecho el honor de remitirme el
ciudadano don David C. de Forest, me apresuré a emprender su traducción.
…
Suplico sólo al gobierno, a mis conciudadanos y a cuantos piensen en la felicidad de América, que no se separen de su bolsillo este librito, que lo lean, lo estudien, lo mediten, y se propongan imitar a este grande hombre, para que se logre el fin que aspiramos, de constituirnos en nación libre e independiente”. Fdo. MANUEL BELGRANO - Alurralde, 2 de febrero de 1813.
[27] PEDRO, Valentín de: “Próceres argentinos en España”, Ed. Partenón, Bs. As., 1945, p. 42.
[28] GANDÍA, Enrique de: “Historia de las Ideas Políticas en la Argentina. Las ideas políticas de los hombres de mayo”, Ed. Depalma, Buenos Aires, 1965, Tomo III, p. 162.
[29] BELGRANO, “Autobiografía y otras páginas”, op.cit., p. 33.
[30] BELGRANO, “Autobiografía y otras páginas”, op.cit., p. 34.
[31] GANDÍA: “Historia de las Ideas Políticas en la Argentina. Las ideas políticas de los hombres de mayo”, Tomo III, op.cit., p. 182 y s.
[32] GANDÍA: “Historia de las Ideas Políticas en la Argentina. Las ideas políticas de los hombres de mayo”, Tomo III, op.cit., p. 193.
[33] Carlota Joaquina Teresa de Borbón y Borbón-Parma es la hija primogénita de Carlos IV casada con Juan VI de Portugal.
[34] BELGRANO, “Autobiografía y otras páginas”, op.cit., p. 34.
[35] SALDÍAS, Adolfo “La Evolución Republicana. Durante la Revolución Argentina”, Ed. Imprenta de Coni Hnos., Bs. As., 1906, pág.69.
[36] El Director Supremo Gervasio A. de Posadas propone al Consejo de Estado el 13 de septiembre de 1814 el nombramiento de Manuel Belgrano y Pedro Medrano luego reemplazado por Bernardino Rivadavia para la misión diplomática la que es aceptada en la misma fecha.
[37] El 11 de diciembre de 1813 por el Tratado de Valençay Napoleón reconoce a Fernando VII como Rey, recupera el trono, los territorios, propiedades y sus súbditos antes de 1808, además se acuerda la paz con Francia y la neutralidad en lo que quedaba de la guerra y se le otorga un perdón a los partidarios de José I, los “afrancesados”.
[38] DE MARCO, “Belgrano”, op.cit., p. 226. Continúa De Marco refiriendo que las “instrucciones firmadas el 9 de diciembre de 1814 por Posadas y su ministro Nicolás Herrera establecían que después de entregar unos pliegos al embajador inglés en Río de Janeiro, y de acuerdo a este diplomático, los comisionados tenían que pasar a Londres para convenir con Sarratea el viaje a España… (ídem, pág. 229). Ver además: Mario Belgrano: “La política externa con los estados de Europa”, Academia Nacional de la Historia: “Historia de la Nación Argentina”, 3ª edición, Ed. El Ateneo, Bs. As., 1961, Vol. VI, pág. 351 y ss.
[39] Francisco de Paula Antonio de Borbón y Borbón-Parma fue el menor de los hijos de Carlos IV y María Luisa de Parma, tenía el título de Duque de Cádiz.
[40] BELGRANO, Mario: “La política
externa con los estados de Europa”, Academia Nacional de la Historia: “Historia
de la Nación Argentina”, 3ª edición, Ed. El Ateneo, Bs. As., 1961, Vol. VI, p.
357. Ver asimismo SALDÍAS, “La Evolución Republicana. Durante la Revolución
Argentina”, op.cit., p. 96 y s.
[41] DE MARCO, “Belgrano”, op.cit., p. 239.
[42] SALDÍAS: “La Evolución Republicana. Durante la Revolución Argentina”, op.cit., p. 101.
[43] El proyecto es transcripto
por Saldías:
Reino
I* La nueva Monarquía de la América del Sud tendrá por
denominación el Reino Unido del Rio de la Plata, Perú y Chile: sus armas serán
un escudo que estará dividido en campo azul y plata: en el azul que ocupara la
parte superior se colocara la imagen del Sol, y en el Plata dos brazos con sus
manos que sostendrán las tres flores de los distintivos de Mi Real Familia,
llevara la Corona Real, y se apoyara sobre un Tigre y una Vicuña: su pabellón
será blanco y azul celeste.
2* L a Corona será hereditaria por orden de proximidad
en las líneas de agnación y cognación.
5* Si lo que Dios no permita el Rey actual falleciese
sin sucesión retrovertirán a Mi sus derechos para que con acuerdo y
consentimiento del Cuerpo Legislativo elija otro Soberano de mi Real Familia;
pero si yo ya no existiera dichas Salas tendrán la facultad de elegir p' su Rey
a uno de los Príncipes de mi Real Sangre.
4* La Persona del Rey es inviolable y sagrada. Sus
ministros son responsables. El Rey mandara las fuerzas de mar y tierra;
declarara la guerra, hará la paz; tratados de alianza y comercio; distribuirá
todos los empleos, estará a su cargo la Administración Pública, la ejecución de
las leyes y seguridad del Estado a cuyos objetos dará las órdenes y reglamentos
necesarios.
5* El Rey nombrara toda la nobleza; dará todas las
dignidades, podrá variarlas, y concederlas por vida, o hacerlas hereditarias. E
l Rey podrá perdonar las ofensas, conmutar las penas, o dispensarlas en los
casos q' la ley le conceda.
6* La nobleza será hereditaria en los propios términos
que la Corona: se distinguirá precisamente en tres grados, y no podrá
extenderse a mas: el 1er grado será el de Duque, el 2° de Conde y el
3° de Marques: los nobles serán juzgados por solo los de su clase: tendrán
parte en la formación de las leyes, podrán ser Diputados de los Pueblos, y
gozaran de los honores y privilegios que la ley o el Rey les acuerde; pero no
podrán ser exceptuados de los cargos y servicios del Estado. Todo individuo del
Estado de cualquier clase y condición que sea podrá optar a la nobleza por sus
servicios, por sus talentos, o por sus virtudes: el primer número de la nobleza
será acordado por el Rey y Representantes y cualquier otro momento por el
Cuerpo legislativo.
Del Cuerpo Legislativo
7* El Cuerpo Legislativo será integrado por el Rey, por
la Nobleza y Representación del Común.
La alta sala la formaran todos los Duques, cuyo derecho
se declara inseparable de su dignidad: la 3* parte de los condes por elección
entre ellos, presidida de un Comisionado del Rey: por la 4* parte de los
Marqueses elegidos en los propios términos: y por la tercera parte de los
Obispos del Reino, elegidos la 1* vez por el Re y, siendo de cargo de El y de
la otra Sala fijar para lo sucesivo las bases de la elección de este cuerpo.
8* La segunda Sala la compondrán los Diputados de los
Pueblos, los que serán elegidos por la primera vez en los términos
acostumbrados que menos juego permitan a los partidos y consulten la mejor
opinión; siendo de indispensable cargo al Cuerpo Legislativo establecer para
las segundas las leyes más adecuadas y precisas.
9* La facultad de proponer la ley será común al Rey y
ambas Salas; el orden de la proposición será del Rey a la 1* Sala, y de esta al
Rey, y de la segunda a la 1* en caso que una propuesta no sea admitida por su
inmediata no podrá pasar a la 3*, ni repetirse hasta otra sesión. Toda ley será
el resultado de la pluralidad de ambas Salas, y del accésit del Rey: la sanción
y promulgación de la ley será privativamente suya.
10* La designación de la renta del Rey, su R* Casa y
Familia, de los gastos de su Ministerio. y Gabinete, la lista civil, la
militar, y gastos extraordinarios serán exclusivamente acordados por ambas
Salas, a que en igual forma pertenece el arreglo e imposición de derechos. y
contribuciones.
I I* Los electos de la nobleza, clero y común duración
seis anos, empezando a conocerse los primeramente electos por mitad cada tres
anos. Los Diputados del Común no podrán ser ejecutados, perseguidos o juzgados
durante su comisión, sino en los casos que la ley designa y por la propia Sala
a que pertenecen.
Del Ministerio
12* Ninguna orden del Rey sin autorización de su
Ministro correspondiente será cumplida: los Ministros tendrán la facultad de
proponer a ambas Cámaras lo que crean conveniente, y entrar a cualquiera de
ellas a informar lo que estimen oportuno: los Ministros serán
indispensablemente Miembros de la alta Sala, y solo por ella podrán ser
juzgados. Los Ministros no podrán ser acusados sino por traición o extorción;
la acusación no será admisible sino es hecha por la pluralidad de una u otra
Sala: el Ministerio de Hacienda presentara a ambas Salas para su conocimiento y
aprobación las cuentas del año anterior.
Del Poder Judicial
I3* Los Jueces serán nombrados por el Rey: serán
perpetuos e independientes en su administración solo en el caso de injusticia
notoria o colusión podrán ser acusados ante la alta Sala quien lo juzgara con
independencia del Rey, el que protegerá y ejecutara en esta parte sus
decisiones: se establecerán los Jueces del hecho, llamados Jurados, en la forma
más adoptable a la situación de los Pueblos.
Del Común de la Nación
14* A más del reparto proporcionado y uniformes de todos los cargos y servicios del Estado, de la opción de todos a la nobleza, empleos y dignidades y del común concurso y sujeción a la ley: la Nación gozara, con derechos de propiedad inalienable, la libertad de culto y conciencia, la libertad de imprenta, la inviolabilidad de las propiedades y seguridad individual en los términos que clara y precisamente acuerde el poder legislativo” (Adolfo Saldías: “La Evolución Republicana. Durante la Revolución Argentina”, Ed. Imprenta de Coni Hnos., Bs. As., 1906, págs. 376 y ss.). También puede encontrarse en María Laura San Martino de Dromi, aunque tiene algunas diferencias con el transcripto, por ejemplo el art. 9 tiene un párrafo más que dice “Las salas no podrán unirse ni disolverse sin expresa orden del Rey. El podrá prorogarlas todo el tiempo que la crea necesario, y disolver la de los Diputados cuando lo estime conveniente”; el art. 11. es el segundo párrafo del art. 13 en el documento de San Martino de Dromi, por ello ese proyecto tiene 13 artículos (“Documentos Constitucionales Argentinos”, Ed. Ediciones Ciudad Argentina, Bs. As., 1994, págs. 2171 y ss.).
[44] Es en este Congreso, que comenzó sus sesiones el 24 de marzo de 1816, donde fue debatida por primera vez la cuestión referida a la forma de gobierno (conf. Ricardo Zorraquin Becú: “Historia del Derecho”, Ed. Perrot, Bs. As., 1985, Primera edición, Tercera reimpresión, Tomo II, pág. 110), asimismo cabe tener presente lo que dice Saldías respecto a sus asistentes: “Y tanto debía de contarse sobre la opinión monárquica de los hombres que por entonces participaban del gobierno, que ni una palabra a favor del sistema republicano ni en contra del monárquico contienen las instrucciones de los diputados del congreso de Tucumán” (Adolfo Saldías: “La Evolución Republicana. Durante la Revolución Argentina”, Ed. Imprenta de Coni Hnos., Bs. As., 1906, pág. 115).
[45] DE MARCO, “Belgrano”, op.cit., 2012, p. 253 y s.
[46] Ídem.
[47] Ver. CAILLET BOIS, Ricardo R “El directorio, las provincias de la unión y el Congreso de Tucumán (1816-1819)”, Academia Nacional de la Historia: “Historia de la Nación Argentina”, 3ª edición, Ed. El Ateneo, Bs. As., 1961, Vol. VI, p. 555.
[48] Algunas voces no sólo calificaron de excentricismo la propuesta de Belgrano, sino incluso puso en duda la existencia de esa descendencia. Pero ello no es así, las dudas o discusiones pueden centrarse en cual descendiente es en el que Belgrano pensó. Uno podía ser Dionisio Ucho Inca Yupanqui y Bernal, nieto del Inca Huaina Capac decimosegundo y último Emperador del Perú, estudió en el Seminario de Nobles de Madrid, fue Coronel del Regimiento de Dragones del Ejército Real y Diputado de las Cortes de Cádiz (ver la investigación de Samuel Villegas Páucar: “La participación de Dionisio Inca Yupanqui en las Cortes de Cádiz 1810-1814”, http://vrinvestigacion.unmsm.edu.pe/eventosVRI/taller/2010/Bicentenario/Ponencias_II_Congreso_Bicentenario/SamuelVillegas_Artic_Dionisio_Inca_Yupanqui.pdf. Otro era Juan Bautista Condorcanqui Túpac Amaru Monjarrás, hijo del inca Miguel Condorcanqui Túpac Amaru, padre de José Gabriel Condorcanqui Noguera. Juan Bautista es tomado prisionero sofocada la rebelión de José Gabriel, primero su presidio es en Cuzco, luego el Callao, después en Cádiz y Ceuta. Habría llegado a Buenos Aires en 1823 y murió en 1827.
[49] PAZ, “Memorias”, op.cit., Tomo II, p. 29 y s.
[50] Ver GÓMEZ, Hernán F. “Los territorios nacionales y límites interprovinciales hasta 1862”, Academia Nacional de la Historia: Historia de la Nación Argentina, 3ª edición, Ed. El Ateneo, Bs. As., 1961, Vol. X, p. 506 y ss.
[51] La batalla fue el 9 de marzo de 1811.
[52] 1º Todos los naturales de Misiones son libres, gozarán de sus propiedades, y podrán disponer de ellas como mejor les acomode, como no sea atentando contra sus semejantes.
[53] 2º Desde hoy los liberto del tributo; y a todos los Treinta Pueblos, y sus respectivas jurisdicciones los exceptúo de todo impuesto por el espacio de diez años.
[54] 15º Respecto a que los curas satisface el erario el sínodo conveniente, y en lo sucesivo pagarán por el espacio de diez años de otros ramos; que es el espacio que he señalado, para que estos pueblos no sufran gabela, ni derecho de ninguna especie, no podrán llevar derecho de bautismo ni entierro y por consiguiente les exceptúo dé pagar cuartas a los obispos de las respectivas diócesis.
[55] 3º Concedo un comercio franco y libre de todas sus producciones, incluso la del tabaco con el resto de las Provincias del Río de la Plata.
[56] 4º Respecto a haberse declarado en todo iguales a los españoles que hemos tenido la gloria de nacer en el suelo de América, les habilito para todos los empleos civiles, militares, y eclesiásticos, debiendo recaer en ellos, como en nosotros los empleados del gobierno, milicia, y administración de sus pueblos.
[57] 5º Estos se delinearán a
los vientos N.E., S.O. y N.O. y S.E.. formando cuadras de a cien varas de
largo, veinte de ancho, que se repartirán en tres Suertes cada una con el fondo
de cincuenta varas.
6º Deberán construir sus casas en
ellas todos los que tengan poblaciones en la campaña, sean naturales o
españoles y tanto unos como otros podrán obtener los empleos de la República.
7º A los naturales se les dará
gratuitamente las propiedades de las suertes de tierra que se les señalen
que en el pueblo será de un tercio de cuadra, y en la campaña según las leguas
y calidad de tierra que tuviere cada pueblo su suerte, que no haya de pasar de
legua y media de frente y dos de fondo.
8º A los españoles se les venderá la
suerte que desearen en el pueblo después de acomodados los naturales, e
igualmente en la campaña por precios moderados, para formar un fondo, con que
atender a los objetos que adelante se dirá.
9º Ningún pueblo tendrá más de siete
cuadras de largo, y otras tantas de ancho, y se les señalará por campo común
dos leguas cuadradas, que podrán dividirse en suertes de a dos cuadras, que se
han de arrendar a precios muy moderados, que han de servir, para el fondo
antedicho, con destino a huertas, u otros sembrados que más se les acomodase y
también para que en lo sucesivo sirvan para propios de cada pueblo.
10º Al Cabildo de cada pueblo se les ha de
dar una cuadra que tenga frente a la Plaza Mayor, que de ningún modo podrá
enajenar, ni vender y sólo edificar para con los alquileres atender a los
objetos de su instituto.
11º Para la Iglesia se han de señalar dos
suertes de tierra en el frente de la cuadra del Cabildo, y como todos o los más
de ellos tienen un templo ya formados podrán éstos servir de guía, pera la
delineación de los pueblos aunque no sean tan exactamente a los vientos, que
dejo determinados.
12º Los cementerios se han de colocar fuera de los pueblos, señalándose en el ejido una cuadra para este objeto, que haya de cercarse, y cubrirse con árboles, como los tienen en casi todos los pueblos, desterrando la absurda costumbre que prohíbo absolutamente de enterrarse en la iglesia.
[58] 17º Respecto a que las
tierras de los pueblos están intercaladas, se hará una masa común de ellas, y
se repartirán a prorrata entre todos los pueblos; para que unos a los otros
puedan darse la mano, y formar una provincia respetable de las del Río de la
Plata.
[59] 13º El fondo que se ha de formar según los artículos 8º y 9º no ha de tener otro objeto que el establecimiento de escuelas de primeras letras, artes y oficios, y se han de administrar sus productos después de afincar los principales, como dispusiese la Excelentísima Junta, o el Congreso de la Nación por los cabildos de los respectivos pueblos, siendo responsables de mancomún, e insolidum los individuos que los compongan, sin que en ello puedan tener otra intervención los gobernantes, que la de mejor cumplimiento de esta disposición, dando parte de su falta, para determinar al Superior Gobierno.
[60] 14º Como el robo había arreglado los pesos y medidas, para sacrificar más y más a los infelices naturales señalando 12 onzas a la libra, y así en lo demás, mando que se guarden los mismos pesos y medidas que en la Gran Capital de Buenos Aires hasta que el Superior Gobierno determine en el particular lo que tuviere conveniente encargando a los corregidores y Cabildos que celen el cumplimiento de éste artículo, imponiendo la pérdida de sus bienes y extrañamiento de la jurisdicción a los que contravinieren a él, aplicando aquellos a beneficio del fondo para escuelas.
[61] 16º Cesan desde hoy en sus funciones todos los mayordomos de los pueblos y dejo al cargo de los corregidores, Cabildos, la administración de lo que haya existente, y el cuidado del cobro de arrendamiento de tierras, hasta que esté verificado el arreglo, debiéndose conservar los productos de harca de tres llaves, que han de tener el corregidor, el alcalde de primer voto, y el síndico procurador, hasta que se le dé el destino conveniente que no ha de ser otro que el fondo citado para escuelas.
[62] 18º En atención a que nada se haría con repartir tierra a los naturales si no se les hacían anticipaciones así de instrumentos para la agricultura como de ganados para el fomento de las crías, ocurriré a la Excelentísima Junta para que se abra una suscripción para el primer objeto, y conceda los diezmos de la cuatropea de los partidos de Entre Ríos para el segundo; quedando en aplicar algunos fondos de los insurgentes, que permanecieron renitentes en contra de la causa de la Patria a objetos de tanta importancia; y que tal vez son habidos del sudor y sangre de los mismos naturales.
[63] 19º Aunque no es mi ánimo desterrar el idioma nativo de éstos pueblos; pero como es preciso que sea fácil una comunicación para el mejor orden, prevengo que la mayor parte de los Cabildos se ha de componer de individuos que hablen el castellano y particularmente el corregidor, el alcalde de primer voto, el síndico procurador y un secretario que haya de extender las actas en lengua castellana.
[64] 20º La administración de
Justicia queda al cargo del corregidor y alcaldes conforme por ahora a la
legislación que nos gobierna, concediendo las apelaciones para ante el
gobernador de los Treinta Pueblos, y de éste para ante el Superior Gobierno de
la Provincia en todo lo concerniente a gobierno y a la Real Audiencia en lo
contencioso.
21° El Corregidor será el presidente del
Cabildo, pero con un voto solamente, y entenderá en todo lo político siempre
con dependencia del gobernador de los Treinta Pueblos.
22º delegaciones, que han de recaer en
hijos del país para la mejor expedición de los negocios, que se encarguen por
el gobernador, los que han de tener sueldo por la real hacienda, hasta tanto
que el superior gobierno resuelva lo conveniente.
23º En cada capital de departamento se ha de reunir un individuo de cada pueblo que lo compone con todos los poderes para elegir un diputado que haya de asistir al Congreso Nacional, bien entendido que ha de tener las cualidades de probidad y buena conducta, ha de saber hablar el castellano; y que será mantenido por la Real Hacienda en atención al miserable estado en que se hallan los pueblos.
[65] 24º Para disfrutar la
seguridad así interior como exteriormente se hace indispensable que se
levante un cuerpo de milicias, que se titulará Milicia Patriótica de
Misiones, en que indistintamente serán oficiales así los naturales como
los españoles que vinieren a vivir en los pueblos, siempre que su conducta
y circunstancias los hagan acreedores a tan alta distinción; en la inteligencia
que ya estos cargos tan honrosos no se deban al favor ni se prostituyen, como
hacían los déspotas del antiguo gobierno.
25º Este cuerpo será una legión completa
de Infantería y Caballería que se irá disponiendo por el gobernador de los
pueblos como igualmente que el cuerpo de Artillería, con los conocimientos que
se adquieran de la población; y estarán obligados a servir en ella según el
arma a que se les destina desde la edad de dieciocho años hasta los cuarenta y
cinco, bien entendido es que su objeto es defender la patria, la religión y sus
propiedades; y que siempre que se hallen en actual servicio se les ha de abonar
a razón de diez pesos al mes al soldado y en proporción a los cabos, sargentos
y oficiales.
26º Su uniforme para la infantería es el de los Patricios de Buenos Aires, sin más distinción que un escudo blanco en el brazo derecho, con esta cifra "M. E de Misiones" [Ilustre Pueblo de Misiones], y para la caballería el mismo con igual escudo y cifra; pero con la distinción de que llevarán casacas cortas, y vuelta azul.
[66] 27º Hallándome cerciorado de los excesos horrorosos que se cometen por los beneficiadores de la hierba no sólo talando los árboles que la traen sino también con los Naturales de cuyo trabajo se aprovechan sin pagárselos y además hacen padecer con castigos escandalosos, constituyéndose jueces en causa propia, prohíbo que se pueda cortar árbol alguno de la hierba so la pena de diez pesos por cada uno que se cortare, a beneficio la mitad del denunciante y para el fondo de la escuela la otra.
[67] 28° Todos los conchabos
con los naturales se han de contratar ante el corregidor o alcalde del pueblo
donde se celebren y se han de pagar en tabla y mano en dinero efectivo, o en
efectos si el natural quisiera con un diez por ciento de utilidad deducido el
principal y gastos que se tengan desde su compra en la inteligencia de que no
ejecutándose así, serán los beneficiadores de hierba multados por la primera
vez en diez pesos, por la segunda en con quinientos y
por la tercera embargados sus bienes y desterrados, destinando aquellos valores
por la mitad al delator y fondo de la escuela.
29º No se les será permitido imponer ningún castigo a los naturales, como me consta lo han ejecutado con la mayor iniquidad, pues si tuvieren de que quejarse ocurrirán a los jueces para que se les administre justicia, so la pena que si continuaren en tan abominable conducta, y levantaren el palo para cualquier natural serán privados de todos sus bienes, que se han de aplicar en la forma arriba descrita, y si usaren el azote, serán penados hasta el último suplicio.
[68] Dardo Pérez Guilhou y otros: “Actores y testigos de la Revolución de Mayo”; Ed. Ex Libris, Mendoza, diciembre de 2010; págs. 79/106
[69] Manuel Belgrano: “Escritos sobre educación. Selección de textos”, presentación Rafael Gagliano, 1a ed., Ed. Editorial Universitaria, UNIPE, La Plata, 2011, pág. 12.
[70] Conf. SALVADORES, Antonino La instrucción primaria desde 1810 hasta la sanción de la ley 1420, Ed. Talleres Gráficos del Consejo de Educación, Bs. As., 1941, p. 38 y s.
[71] LEVENE, Ricardo “Significación
histórica de la obra económica de Manuel Belgrano y Mariano Moreno”, Academia
Nacional de la Historia, Historia de la Nación Argentina, 3ª edición,
Ed. El Ateneo, Bs. As., 1961, Vol. V, p. 439.
[72] POPESCU, Ensayos de Doctrinas Económicas
Argentinas, op.cit., p. 28.
[73] POPESCU, Ensayos de Doctrinas Económicas Argentinas, p. 33.
[74] Ver ELIA, Oscar Horacio: “El pensamiento de Belgrano en materia agraria”, Anales del Instituto Belgraniano Central, N°3, Bs. As. 1981, p. 27 y ss.