BELGRANO: El varón más justo y más virtuoso de la República Argentina[1]

BELGRANO: The male more just and more virtuous of the Argentina Republic

 

          Carlos I. Salvadores de Arzuaga[2]

RESUMEN

En estas páginas, el autor realiza una semblanza de quien fuere uno de los más grandes próceres nacionales, el Dr. Manuel Belgrano. A través de un profundo estudio de sus escritos, memorias y cartas, nos permite apreciar los principios, conceptos e ideas que proyectan el genio de este “liberal español” pero americano,  preocupado por la economía y la felicidad del pueblo.

ABSTRACT

In these pages, the author made a sketch of who is one of the biggest heroes national, Dr. Manuel Belgrano. Through an in-depth study of his writings, memoirs and letters, it allows us to appreciate the principles, concepts and ideas that projected the genius of this Spanish "liberal" but American, worried about the economy and the happiness of the people.

PALABRASCLAVES

Manuel Belgrano- memorias y cartas- pensamiento

KEY WORDS

Manuel Belgrano-memoirs and letters-thinking

 

I.  En el año 1770, el 3 de junio nacía en Buenos Aires Manuel José Joaquín del Corazón de Jesús Belgrano[3] uno de quince hermanos de los que sobrevivieron doce. Hijo de un próspero comerciante Don Domingo Francisco Belgrano y Peri que provenía de Costa D’Oneglia, localidad situada en el golfo de Génova.

Belgrano y Peri provenía de una familia con estirpe. Se remonta al notario Pompeyo Belgrano:

miembro del patriciado genovés que en junio de 1585 estipuló un acta de avenimiento y transacción entre Carlos Manuel I, duque de Saboya, y la República de Génova para provenir a la controversias que sostenían ambos gobiernos con motivo de la jurisdicción de un punto llamado Pernasio [4].

En el año 1749 Domingo Francisco Belgrano y Peri abandona su natal Oneglia rumbo a Cádiz donde ejerce el comercio y lo habría hecho con algún éxito trasladándose a Buenos Aires en el año 1750 o 1751 donde se consolida su posición económica participando en el circuito comercial de Buenos Aires, Montevideo, Rio de Janeiro, Cádiz e Inglaterra.  En 1757 se casa con Doña María Josefa González Casero, porteña  y criolla proveniente de una destacada familia de la Provincia de Santiago del Estero[5].  Belgrano Peri se castellaniza por Belgrano Pérez.

Sin duda sus vinculaciones en Cádiz  y las restricciones comerciales colaboraron en su progreso económico, dice Manuel Belgrano en su Autobiografía:

La ocupación de mi padre fue la de comerciante, y como le tocó el tiempo del monopolio, adquirió riquezas para vivir cómodamente y dar a sus hijos la educación mejor de aquellos de aquella época[6].

Pero también adquiere una importante posición en la función pública, primero el Gobernador Pedro de Cevallos lo nombra alférez del Regimiento de Milicias de Caballería, luego teniente por sus servicios destacados. Integra como oficial el Cuerpo de Milicias del Vecindario. En 1762 cuando es convocado a servicio donó sus sueldos a la Real Hacienda[7]. Luego de obtener la naturalización en  1769, el gobernador Juan José Vértiz y Salcedo, en atención a sus méritos  lo nombra capitán en 1772. Ingresa en 1778 a la Administración de la Aduana de Buenos Aires y años después ocupa diversos cargos en el Cabildo: regidor, alférez real y síndico procurador general.

Manuel Belgrano debió recibir el aprendizaje de las primeras letras en algunas de las escuelas de los Conventos[8], mientras que los primeros estudios de filosofía los inició en el Real Colegio de San Carlos[9] guiado por el padre Luis José de Chorroarín[10], sacerdote dominico  que estudió en el mismo Colegio y se doctoró en filosofía en la Universidad de Córdoba. 

 

II.                      En 1786, concluidos sus estudios en el real Colegio de San Carlos, su padre es “autorizado por el Virrey para enviarlo a España junto con su hermano Francisco, a fin de que ‘se instruyan en el comercio, se matriculen en él y regresen con mercaderías a estos reinos’. Manuel no siguió el comercio sino que se orientó hacia la carrera de las leyes cursando estudios en Salamanca”[11]. En su Autobiografía dice que su padre lo mandó “a España a seguir la carrera de las leyes, y allí estudié en Salamanca; me gradué en Valladolid, continué en Madrid y me recibí de abogado en la Cancillería de Valladolid”[12].

Son tiempos en que el rector de la Universidad de Salamanca (1786 a 1788) era el brillante orador liberal de las Cortes de Cádiz Don Diego Muñoz Torrero y Ramírez Moyano; el Catedrático de Derecho  Don Ramón de Salas y Cortés; entre sus condiscípulos estaban el “poeta de la ilustración” Don Manuel José Quintana y el autor de los planes progresista de estudio de la Universidad de 1814, traductor y comentador de Jeremías Bentham Don Toribio Núñez Sessé.

Belgrano realizó los cursos de 1786-1787 y 1787-1788 o sea que no concluyó los estudios de leyes en Salamanca, se trasladó a Valladolid donde se graduó en bachiller en leyes en 1789[13] y obtiene el título de abogado en la Chancillería de Valladolid el 31 de enero de 1793.

Es probable que la razón del cambio de sede de sus estudios esté en el siguiente párrafo de su Autobiografía:

Confieso que mi aplicación no la contraje tanto a la carrera que había ido a emprender, como al estudio de los idiomas vivos, de la economía política y el derecho público, y que en los primeros momentos en que tuve la suerte de encontrar hombres amantes al bien público que me manifestaron sus útiles ideas, se apoderó de mi el deseo de propender, cuanto pudiese al provecho general, y adquirir renombre con mis trabajos hacia tan importante objeto, dirigiéndolos particularmente a favor de la patria[14].

Los ocho años (1786-1794) en España no solo lo relacionaron con “hombres amantes del bien público” sino que le permitió introducirse en nuevas lecturas y sus consiguientes análisis, crítica y debate.  Nos acerca a esta afirmación algunos párrafos de la carta que le envía a su madre el 11 de agosto de 1790[15]:

…  nunca me he atenido a los autores de nada, pues para leer un libro, como siempre pienso sacar alguna substancia y no quiero perder el tiempo en sandeces, pregunto a los hombres sabios que conozco para que me den su sentir y así no creo tener ninguna máxima libertina, sino muy fundadas en la razón; sobre libertinaje mal entendido podía decir a Vm mucho, baste decir que las preocupaciones nos hacen creer muchas veces que una proposición de un sabio Filósofo sacada desde el fundamento es una herejía, pero mi venerado Padre sabe mucho de esto y podrá a Vm instruir más a fondo de lo que digo no obstante todo esto he comprado al Balcarce, y al oráculo de los Filósofos, los que leeré; después que acabe con el Inmortal Montesquieu Esprit des Lois, que actualmente tengo entre manos.

También hay que tener presente que Don Ramón Salas Cortés es profesor de Belgrano en Salamanca  en los dos cursos que realiza. Salas Cortés es quien dicta por primera vez Economía Política y preside la Academia de Economía a la que concurre Belgrano[16]. Asimismo, durante el rectorado de Muñoz Torrero se incorpora a la biblioteca la obra de Cayetano Filangieri: Ciencia de la Legislación, la de Adam Smith: La riqueza de las naciones, entre otras. Varias de las obras estaban prohibidas por encontrarse en el “Index” de la Iglesia Católica por lo que el Rector obtuvo del Consejo de Castilla una extensión de la licencia para los profesores.            

El Papa Pio VI, el 14 de noviembre de 1790 le da una licencia a Belgrano para

(…) leer y conservar durante su vida todos y cualesquiera libros de autores condenados aunque sean heréticos, y en cualquier forma que estuviesen publicados…[17].

Ello pone de manifiesto el catolicismo del prócer aunque De Marco dice que no solamente fue sincera religiosidad lo que motivara la petición de licencia

(…) sino también la precaución para no verse sometido a castigos como el que sufriera su admirado Pablo Olavide, acusado y expulsado de España tras un proceso inquisitorial[18].  

Es evidente y lógico que Belgrano haya tenido una fuerte influencia del ambiente intelectual predominante en España durante su estancia más aún con su conocimiento de idiomas. Si bien no hablaba inglés lo entendía, el francés lo hablaba con fluidez y con el italiano parecía un natural, lo que le permitió acceder directamente a las obras en la lengua de origen.    

Ese ambiente lo pone de manifiesto cuando expresa: 

Como en la época de 1789 me hallaba en España y la revolución de Francia hiciese también la variación de ideas, y particularmente en los hombres de letras con quienes trataba, se apoderaron de mi las ideas de libertad, igualdad, seguridad, propiedad, y sólo veía tiranos en los que se oponían a que el hombre, fuese donde fuese, no disfrutase de unos derechos que Dios y la naturaleza le habían concedido, y aún las mismas sociedades, habían acordado en su establecimiento directa o indirectamente. Al concluir mi carrera por los años de 1793, las ideas de economía política cundían en España con furor, y creo que a esto debí que me colocaran en la Secretaría del Consulado de Buenos Aires, erigido en el tiempo del ministro Gardoqui…[19].

Cuando regresa a Buenos Aires Belgrano

traía en su espíritu no sólo el recuerdo de las ideas de los más ilustres economistas españoles de la época, Pedro Rodríguez de Campomanes, Melchor Gaspar de Jovellanos y José Alonso Ortiz, sino también el conocimiento fresco de las ideas dominantes en la época de los ‘economistas’ de la escuela de François Quesnay y de los escritos de Genovesi y Galliani a quienes leyó en original (…) como asimismo de la Riqueza de las naciones de Adam Smith, que conocía a través del Compendio de ideas smithianas hecho por Condorcet y vertido al castellano por Carlos Martínez de Irujo en 1792[20]        

 

III. El 15 de marzo de 1794, con 24 años llega a Buenos Aires Manuel Belgrano con el cargo de Secretario Perpetuo del Consulado.

La realidad parece sorprenderlo pues dice:

(…) salí de España para Buenos Aires: no puedo decir bastante mi sorpresa cuando conocí a los hombres nombrados por el Rey para la junta que había de tratar la agricultura, industria y comercio, y propender a la felicidad de las provincias que componían el virreinato de Buenos Aires, todos eran comerciantes españoles; exceptuando uno que otro, nada sabían más que su comercio monopolista, a saber: comprar por cuatro para vender por ocho, con toda seguridad: …

Luego de referirse al conflicto sobre si los cueros eran o no frutos como ejemplo de la contradicción entre las ideas liberales y el monopolio, expresa:

Mi ánimo se abatió, y conocí que nada se haría a favor de las provincias por unos hombres que por sus intereses particulares posponían el del común. Sin embargo, ya que por las obligaciones mi empleo podía hablar y escribir sobre tan útiles materias, me propuse al menos, echar las semillas que algún día fuesen capaces de dar frutos, ya porque por algunos estimulados del mismo espíritu se dedicasen a su cultivo, ya porque el orden mismo de las cosas las hiciese germinar[21].

Y ello lo cumple a través de las quince o dieciséis memorias de las que se conoce el contenido de solamente siete. 

Así, la lectura de la memoria anual fue convertida por Belgrano en una verdadera cátedra de economía política, en la que se exponía lo más selecto de las novedades en la materia, cada vez mejor adaptado a la circunstancia regional[22].

Fue inmenso lo que hizo Belgrano con una gran cuota de sacrificio y desinterés tanto para el Virreinato como en especial por la República Argentina pero recibimos de forma preponderante esa imagen del militar, estratega hasta del guerrero que ensombrece o coloca en la penumbra su virtuosidad cívica.

Su vida militar es el resultado de su patriotismo, No tenía vocación castrense y cuando debe asumir el comando del ejército que parte a la Banda Oriental su preparación y única experiencia era la adquirida en las invasiones inglesas. Sobre este hecho dice:

… hacía diez años que era yo capitán de milicias urbanas, mas por capricho que por afición a la milicia. Mis primeros ensayos en ella fueron en esa época. … allí no había orden ni concierto en cosa alguna, como debía suceder en grupos de hombres ignorantes de toda disciplina y sin subordinación alguna: allí se formaron las compañías –se refiere al Fuerte ante la convocatoria por la invasión-, y yo fui agregado a una de ellas, avergonzado de ignorar hasta los rudimentos más triviales de la milicia y pendiente de lo que dijera un oficial veterano[23].

Su grado de conciencia era tal que dice:

En este estado y por si llegaba el caso de otro suceso igual al de Beresford, u otro cualquiera, de tener una parte activa, en la defensa de mi patria, tomé un maestro que me diese alguna noción de las evoluciones mas precisas y me enseñase por principios el manejo del arma. Todo fue obra de pocos días: me contraje como debía, con el desengaño que había tenido en la primera operación militar, de que no era lo mismo vestir el uniforme de tal, que serlo… tomé con otro anhelo el estudio de la milicia y traté de adquirir algunos conocimientos de esta carrera, para mi desconocida en sus pormenores; mi asistencia fue continua a  la enseñanza de la gente. Tal vez esto, mi educación, mi modo de vivir y mi roce de gentes distinto en lo general de la mayor parte de los oficiales que tenía el cuerpo, empezó a producir rivalidades que no me incomodaban, por lo que hace a mi persona, sino por lo que perjudicaban a los adelantamientos y lustre del cuerpo, que tanto me interesaban y por tan justos motivos[24] .

El General José María Paz es preciso y hasta contundente para describir a Belgrano en este sentido:

… no tenía, como él mismo lo ha dicho, grandes conocimientos militares, pero poseía un juicio recto, una honradez a toda prueba, un patriotismo puro y desinteresado, el más exquisito amor al orden, un entusiasmo decidido por la disciplina y un valor moral que jamás se ha desmentido[25].

Solo esos atributos que señala Paz y su don de mando, su labor metódica en la preparación y organización militar y su inteligencia le permitirá llevar con hidalguía las armas de la Patria. Mientras que la virtuosidad cívica se manifiesta en sus ideas políticas, en sus propuestas educativas y culturales y en los postulados económicos. De allí que lo escrito por Belgrano desde su Autobiografía pasando por los artículos periodísticos, sus traducciones en especial la Oración de despedida de Washington[26], hasta las Memorias del Consultado constituye un acervo para América que aún hoy puede ser guía para su identidad, unidad y progreso.                

a.1. La Revolución de Mayo.

Belgrano en el movimiento de Mayo tuvo una amplia participación que lo llevó a integrar la Primera Junta de Gobierno.

Su adhesión a la fórmula de:

No quede duda que el pueblo es el que confiere la autoridad o mando” formulada por Saavedra en el Cabildo Abierto del 22 de mayo muestra la piedra angular en que reposa su pensamiento político.  Además se observa una reacción a lo que representaba el “despotismo ilustrado”, esto a hecho decir a Valentín de Pedro que “A sus ojos el error de los reformadores españoles del siglo XVIII, a quienes Belgrano tuvo por maestro inicialmente, era haberse atenido a aquella máxima –todo para el pueblo sin el pueblo- que los había llevado a ponerse frente al pueblo, y Belgrano comprendía que esta política de España en América se traducía de este modo: todo para América pero sin los americanos[27].      

Es evidente, como dice de Gandía que

Belgrano bebió en España su cultura y las ideas que posteriormente desenvolvió en Argentina…, traía un bagaje espiritual de economía con ideas liberales superior al de cualquier otro habitante de estas regiones”[28]. Es un hombre que compenetrado del liberalismo supo tomar distancia de los acontecimiento franceses de 1789 como de la bibliografía  que herían su catolicismo confeso. Es por ello que le escribe a su madre sobre el rechazo a “máximas libertinas” y “libertinaje mal entendido.   

En cuanto a su posición frente a la independencia de España la cuestión ha sido discutida. En principio en sus conversaciones con el oficial inglés Crawford demuestra que la cuestión no era considerada o, por lo menos, no era urgente,

…le hice ver que cuál era nuestro estado, que ciertamente nosotros queríamos el amo viejo o ninguno; pero nos faltaba mucho para aspirar a la empresa…”[29]. Pero acontecimientos extraños al virreinato cambian el parecer del prócer. “Pasa un año, y he ahí sin que nosotros hubiésemos trabajado para ser independientes, Dios mismo nos presenta la ocasión con los suceso de 1808 en España y en Bayona. En efecto, avívanse entonces las ideas de libertad e independencia en América y los americanos empiezan por primera vez a hablar con franqueza de sus derechos[30].

Enrique de Gandía llega a la siguiente conclusión:

La llamada revolución de Mayo, según Belgrano, nació del estado deplorable de nuestra situación, es decir, de la situación en que se hallaba el imperio hispanoamericano invadido por Napoleón en la Península y de los ecos que ese hecho producía en América. Ella, por lo tanto, había sido obra exclusiva de Dios y no de hombre alguno”[31]. Continúa el Académico: “Belgrano no comprendió en todo el año 1810, la trascendencia de la elección del 25 de mayo de 1810. Empezó a llamar revolución a este acontecimiento unos años después, cuando otros escritores quisieron darle ese valor histórico. El 23 de junio de 1810, en el Correo de Comercio, escribía ‘por patricios entendemos a cuantos han tenido la gloria de nacer en los dominios españoles, sean de Europa o sean de América, pues que formamos todos una misma nación y una misma monarquía, sin distinción alguna en nuestros derechos y obligaciones’[32].   

En definitiva, Belgrano no regresa a Buenos Aires con la idea preconcebida de independencia. Viene, sí,  con el vivo interés de mejorar las costumbres y promover la educación y el libre comercio. Para ello se sirve del liberalismo y pretende difundirlo.

a.2. Las ideas monárquicas

 Es sabido que era partidario de la Infanta Carlota Joaquina[33] y se refería a ella, no como reina de Argentina, sino de América, y a la libertad e independencia de América, de los derechos de los americanos. Fue el más entusiasta por la coronación de la Infanta que había requerido la regencia de las posesiones españolas en América.

Era la mejor fórmula que encontraba de oponerse a una España dominada por Napoleón o enfrentar el absolutismo con otras formas. Así lo manifiesta el Prócer:

Entonces fue, que no viendo yo un asomo de que se pensara en constituirnos, y sí, a los americanos prestando una obediencia injusta a los hombres que por ningún derecho debían mandarnos, traté de buscar los auspicios de la Infanta Carlota, y de formar un partido a su favor, oponiéndome a los tiros de los déspotas que celaban con el mayor anhelo para no perder su mando; y lo que es más, para conservar la América dependiente de la España, aunque Napoleón la dominara; pues a ellos le interesaba poco o nada ya sea Borbón, Napoleón u otro cualquiera, si la América era colonia de la España[34].       

Las negociaciones en que estaba comprometido Belgrano fracasaron y, según los términos de Saldías,

…no tanto por la oposición que hizo el don Juan y lord Stranford, ministro de Inglaterra en el Brasil, cuanto porque la Borbón, como todos los Borbones de la época, no podía amoldarse a los lineamientos liberales en que Belgrano cándidamente encuadraba su monarquía constitucional[35].

Creemos que Belgrano no obraba con ingenuidad y mucho menos con sencillez como indica el autor, pues su experiencia en España, sus lecturas y su fina inteligencia le indicaban la necesidad de un régimen político afín con los europeos, un ejecutivo fuerte y limitado que mantuviera la unidad de los extensos territorios americanos, solo posible con un régimen conocido y aceptado en esos tiempos políticos.         

Se mantiene su concepción monárquica en ocasión de la misión diplomática que comparte con Bernardino Rivadavia[36] en Europa, donde ya se encontraba Manuel de Sarratea.

El profundo cambió que se produce en Europa con la caída de Napoleón y en especial el restablecimiento en el trono de Fernando VII[37], lleva a que el Director Supremo Don Gervasio Antonio de Posadas dispusiera constituir esa misión diplomática a España con el objeto de felicitar al Rey

…y  buscar una ocasión que proporcione la paz de estas provincias, sin disminución de sus derechos o que justifique a la presencia de todas las naciones su conducta venidera[38].      

Los primeros actos de Fernando VII dan cuenta de su absolutismo, lo que se manifiesta en particular con la

derogación” de la Constitución de Cádiz el 4 de mayo de 1814.por lo que las gestiones con el Deseado no podían ser auspiciosas. Ante ello y quizás a iniciativa de Sarratea se inician gestiones ante Carlos IV, exiliado en Italia, para que su hijo Francisco de Paula[39] sea coronado Rey de las Provincias Unidas del Río de la Plata, Perú y Chile. Mario Belgrano dice “Cabarrús llevaba un memorial dirigido al rey, suplicándole se trasladase a Buenos Aires, o permitiera a su hijo tomar por sí mismo tomar el gobierno como una soberanía independiente. Figuraba un proyecto de convenio para tratar con Carlos IV la creación de un reino en las provincias unidas del Río de la Plata y cesión de éste al infante Francisco de Paula. Agregábase un manifiesto que Carlos IV debía firmar, haciendo saber a la nobleza, a las autoridades, los motivos por lo que cedía a su hijo Francisco de Paula el dominio y señorío de los territorios que formaban el virreinato de Buenos Aires, la presidencia de Chile, provincias de Puno, Arequipa y Cuzco …. Se incluía un proyecto de constitución[40].            

La constitución o proyecto constitucional es firmada por Sarratea, Rivadavia y Belgrano. De Marco dice al respecto que Belgrano redactó el texto de la Constitución e ideó el escudo del nuevo Reino[41] y Saldías que los redactores fueron Belgrano y Rivadavia[42]. Las características del instrumento son los propios de una monarquía constitucional, con facultades reales limitadas, divididos los poderes del gobierno, reconocimiento de derecho como a la propiedad, libertad de culto, libertad de prensa, incluso el acceso a la nobleza, la elección de los miembros de la Sala de Diputados, etc... También estableció el escudo y bandera, el primero con campo azul y plata y los colores del pabellón blanco y azul celeste[43]. Creemos que mas allá de los colores invocados, iguales a la bandera creada por Belgrano, el poder limitado y el reconocimiento de los derechos del pueblo nos hace coincidir con la afirmación de De Marco o por lo menos en que Belgrano tuvo una importante participación en la redacción del proyecto.   

 Las ideas monárquicas vuelven a manifestarse. El Congreso que se reúne en Tucumán en 1816[44]  convoca a Manuel Belgrano para que informe sobre la situación política europea y la forma de gobierno más adecuada. En la sesión del 6 julio Belgrano expone que

Aunque la revolución de América en sus principios, por la marcha majestuosa con que empezó, había merecido alto concepto entre los poderes de Europa, su declinación en el desorden y anarquía continuada por tan dilatado tiempo había servido de obstáculo a la protección que sin ella se habría logrado de dichos poderes, debiéndonos contar reducidos a nuestras propias fuerzas[45].

Estas circunstancias aconsejaban presentarse al mundo como una nación ordenada, en paz más cuando “el espíritu general de las naciones en años anteriores era republicarlo todo, en el día se trataba de monarquizarlo todo”[46]. Asimismo la dinastía de los Incas, como acto de restitución o reparación, era la más apropiada para la “monarquía temperada” que pretendía y cuya capital debiera ser Cuzco[47]. Pero no solo buscaba para el Inca una reparación histórica sino también consolidar el futuro reino con el Perú y la importante población indígena que se encontraba sublevada contra los españoles[48].

En 1819, con motivo de la jura de la Constitución de ese año le dice al General Paz:

Esa Constitución y la forma de gobierno adoptada en ella no es en mi opinión la que conviene al país; pero habiéndola sancionado el Congreso Constituyente, seré el primero en obedecerla y hacerla obedecer” y explicándole los motivos o razones de su opinión le dice “que no teníamos ni las virtudes ni la ilustración necesarias para ser república, y que era una monarquía moderada lo que nos convenía”, añade “No me gusta ese gorro y esa lanza en nuestro escudo de armas, y quisiera un cetro entre esas manos, que son el símbolo de la unión de nuestras provincias[49].           

a.2. Reglamento para los pueblos de las misiones.

La Primera Junta designa el 4 de septiembre de 1810 a Belgrano, General de las tropas que debían cruzar a la Banda Oriental en auxilio de los pueblos que habían reconocido al gobierno patrio. Días después se amplían las operaciones a Santa Fe, Corrientes y el Paraguay, lo que termina por definirse exclusivamente al Paraguay.

Luego de la expulsión de los jesuitas (1767) las misiones o Provincia de las Misiones,  pasaron a ser conducidas  por otras órdenes religiosas (francisanos, dominicos y mercedarios) que por distintas razones no pudieron continuar con su administración y además impedir su despoblamiento. El gobernador de Buenos Aires Bucarelli dividió en 1768 en dos territorios designando gobernadores una con diez pueblos y la otra con veinte. A los pocos años (1770) se centraliza la gobernación en  Francisco Bruno de Zavala. La Real Ordenanza de 1782 las convierte en provincia subordinada Treinta Pueblos de las Misiones Guaraníes, con dos departamentos  dependiente de la Intendencia del Paraguay y tres de la Intendencia de Buenos Aires.  Por Real Cédula del 17 de mayo de 1803,  vuelve a tener un solo gobernador separando los treinta pueblos de las misiones de las intendencias de Buenos Aires y del Paraguay, con un gobierno político y militar es designado en 1804 Bernardo de Velasco.

Tomás de Rocamora, es el gobernador en 1810, se adhiere a la Primera Junta y ante el ataque de Velasco ahora intendente de Asunción Belgrano es enviado en su auxilio[50].

En el campamento de Tacuarí[51] Belgrano redacta el Reglamento para el Régimen Político y Administrativo y Reforma de los 30 Pueblos de las Misiones, del 30 de diciembre de 1810.

Belgrano  comunica  a la Junta el dictado de su Reglamento en los siguientes términos:

A consecuencia de la proclama que expedí para hacer saber a los naturales de los pueblos de Misiones, que venía a restituirlos a sus derechos de libertad, propiedad y seguridad de que por tantas generaciones han estado privados, sirviendo únicamente para las rapiñas de los que han gobernado, como está de manifiesto hasta la evidencia, no hallándose una sola familia que pueda decir: ‘estos son los bienes que he heredado de mis mayores’; y cumpliendo con las intenciones de la  Excelentísima Junta de las Provincias del Río de la Plata, y a virtud de las altas facultades que como a su vocal representante me ha conferido, he venido en determinar los siguientes artículos, con que acredito que mis palabras, que no son otras que la de Su Excelencia, no son las del engaño, ni alucinamiento, con que hasta ahora se ha tenido a los desgraciados naturales bajo el yugo del fierro, tratándolos peor que a las bestias de carga, hasta llevarlos al sepulcro entre los horrores de la miseria e infelicidad, que yo mismo estoy palpando con ver su desnudez, sus lívidos aspectos, y los ningunos recursos que les han de dejado para subsistir.

A continuación el Reglamento declara a los naturales libres y reconoce sus propiedades incluso la libre disposición[52]; los libera de tributos y de todo impuesto por diez años tratando de remediar los despojos que venían sufriendo[53] y los exceptúa del pago de derechos por bautismos y entierros y la cuarta para los obispos[54] ; les reconoce el libertad de comerciar[55], la igualdad con los españoles nacidos en América y la admisión a los empleos tanto civiles como militares[56]. Dispone sobre urbanización, construcción de casas, ubicación del cabildo, cementerio; otorga propiedades gratuitas a los naturales y prioridad en el asentamiento[57] y se ordena la concentración de las tierras para consolidar la unidad territorial de una “provincia respetable”[58]. 

Los fondos que se obtengan con la venta de tierras se destinarían a la creación de escuelas de letras, artes y oficios[59]. Cabe tener presente que la educación es una preocupación que desvela a Belgrano desde su regreso a Buenos Aires. También se aprecia en la sanción de confiscación de bienes que se destina al fondo de escuelas para quienes infringían la unificación de pesas y medidas. La disparidad de estas era una forma con que se estafaba a los naturales[60]. 

La burocracia colonial es reducida con la eliminación de los mayordomos[61]. El desarrollo de la agricultura y la ganadería solo sería posible si las tierras que entregaba a los naturales eran explotadas con medios aptos por lo que la provisión de útiles de labranza y de crías para la explotación agropecuaria es indispensable por lo que dispone la obtención de recursos a través del empréstito y el diezmo a la cuatropea[62].

El idioma castellano es el oficial en el Reglamento, sin que importe la eliminación de la lengua nativa, Belgrano pretende uniformar la comunicación oficial que tiende igualmente a la unidad o consolidación social[63].

Organiza la administración de justicia, el gobierno y concede a los “treinta Pueblos” representación en el Congreso Nacional[64]. Crea la “Milicia Patriótica de Misiones”, con uniforme propio similar a los Patricios de Buenos Aires. Los oficiales podían  ser españoles como naturales y le asigna a las Milicias la misión de la defensa de “la patria, la religión y las propiedades”[65].

Pretende preservar el medio ambiente ante la explotación arbitraria o irrazonable del talado de árboles prohibiéndolo, incluso advierte el trato inhumanitario que recibían los naturales en esos menesteres[66]. Los abusos tratan de ser limitados o eliminados protegiendo a los naturales de las contrataciones abusivas con la presencia de un funcionario; ordenando el pago en dinero y prohibiendo el castigo[67].  

Para María Gabriela Ábalos:

Este Reglamento es un verdadero proyecto constitucional que contiene sus elementos fundamentales: declaraciones, derechos y garantías, organización del gobierno, valores y principios de la Revolución de Mayo que Belgrano representaba por delegación de la Junta. Pero también, es un programa de gobierno abarcando aspectos de organización territorial y urbana, de ecología, medio ambiente y salubridad pública, haciendo hincapié en la educación y en la protección y defensa de los naturales[68].

Puede o no ser este Reglamento la primera constitución. Pero hay algo que es evidente, el profundo sentido humanista que tienen sus disposiciones.

b. La educación.

Belgrano entiende que el progreso viene a través de la educación y la cultura.

Dice Rafael Gagliano que Belgrano:

Cree saber que sólo la persona que se educa conoce sus propios intereses y son estos los que generan los espacios de estímulo y desarrollo de la comunidad. Una educación, pues, fundada en la inteligencia de los intereses ilustrados por el conocimiento. Presiente que el hombre americano se ha olvidado de sí mismo, que ha terminado de aceptar su minoridad de pueblo vencido; sabe que es posible recuperar –bajo otro régimen soberano de costumbres políticas– el espíritu de la vida laboriosa, el afán de prosperar comunitariamente confiando en la inteligencia colectiva[69].

Desde el Consulado en la Memoria del 15 de junio de 1796 sobre “Medios generales de fomentar la Agricultura, animar la Industria, y protexer el Comercio, en un país agricultor”  expresa:

…Esos miserables ranchos donde se ven multitud de criaturas, que llegan a la edad de la pubertad, sin haberse ejercitado en otra cosa que la ociosidad, deben ser atendidos hasta el último punto. Uno de los principales medios que se deben adoptar a este fin son las escuelas gratuitas, a donde puedan los infelices mandar sus hijos, sin tener que pagar cosa alguna por su instrucción; allí se les podrán dictar buenas máximas, e inspirarles amor al trabajo, pues en un pueblo donde reine la ociosidad, decae el comercio y toma su lugar la miseria, las artes que producen la abundancia, que las multiplica después en recompensa, perecen, y todo en una palabra desaparece cuando se abandona la industria porque se cree que no es de utilidad alguna. Para hacer felices a los es forzoso ponerlos en la precisión del trabajo con el cual se precave la holgazanería y ociosidad que es el origen de la disolución de costumbres. A muy poco costo podría esta junta tomar medidas para llevar a efecto estas ideas.

También es motivo de su preocupación la educación de las niñas y para ello aconseja:

 Igualmente se deben poner escuelas gratuitas para las niñas, donde se les enseñe la doctrina cristiana, a leer, escribir, coser, bordar, etc., y principalmente inspirarles el amor al trabajo para separarlas de la ociosidad, tan perjudicial o más en las mujeres que en los hombres, entonces las jóvenes aplicadas usando de sus habilidades en sus casas o puestas a servicio no vagarían ociosas, ayudarían a sus padres, o los descargarían del cuidado de su sustento, lejos de ser onerosas en sus casas la multitud de hijos haría felices a las familias; con el trabajo de sus manos se irían formando peculio para encontrar pretendiente a su consorcio: criadas en esta forma serían madres de una familia útil y aplicada, ocupadas en trabajos que les serían lucrosos tendrían retiro, rubor y honestidad.

Estas escuelas para Belgrano debieran estar en distintos barrios como en las distintas ciudades debiendo ser promovidas por los gobernadores. También trata la importancia económica y social de las escuelas de hilados para “desterrar la ociosidad” y “remediar la indigencia” de los jóvenes.

En la Memoria  del 9 de junio de 1797 sobre

Utilidades que resultan a esta provincia y a la península del cultivo del lino y cáñamo; modo de hacerlo; la tierra más conveniente para él; modo de cosechar estas ramas, y por último se proponen los medios de empeñar a nuestros labradores para que se dediquen con constancia a esta rama de agricultura.

Belgrano continúa metódicamente señalando la educación como medio o instrumento para el progreso, en especial, la escuelas de oficio para la producción de lencería  e hilados. Esta prédica de Belgrano para difundir la educación pública como medio esencial para fomentar la industria y riqueza sin duda recuerda al “Discurso sobre la educación popular de los artesanos y su fomento” de Campomanes. 

Desde el Correo de Comercio, en la edición del 17 de marzo de 1810 critica el estado en que se encuentra la educación; hay escuela de primeras letras

…pero sin unas constituciones formales, sin una inspección del gobierno, y entregadas, acaso, a la ignorancia misma, y quién sabe si a los vicios; es preciso lastimarse de esta situación: la deben saber nuestras autoridades constituidas; la debe saber todo magistrado, todo ciudadano para reunirse a poner remedio a tamaño mal, y prevenir las consecuencias funestas que deben resultar de estado tan lamentable, y que tiempo ha la estamos tocando.

Se ocupa de recordar que:

Hubo un tiempo de desgracia para la humanidad en que se creía que debía mantenerse al pueblo en la ignorancia, y por consiguiente en la pobreza, para conservarlo en el mayor grado de sujeción; pero esa máxima injuriosa al género humano se proscribió como una producción de la barbarie más cruel, y nuestra sabia legislación jamás, jamás la conoció.

Por supuesto que se ocupa de señalar que los reyes siempre tuvieron preocupación para que ello no sucediera y que la creación de escuelas, colegios y universidades no era comparable con la realizada por otros países en sus colonias. Exhortaba que se abrieran más escuelas, particularmente en la campaña, además que se obligara a los padres a enviar a sus hijos a estudiar, que los párrocos prediquen el deber de enseñanza, que se distingan en público a los niños mas aplicados. Por otro lado señala que los  maestros

…sean virtuosos, y puedan con su ejemplo dar lecciones prácticas a la niñez y juventud y dirigirlos por el camino de la santa religión y del honor y pudiendo enseñar a leer bien, poco importa que su forma de letra no sea de lo mejor, suficiente es con que se pueda entender.

Concluye en:

Convencidos de la necesidad de separar de nosotros males tan graves por medio de los establecimientos de educación, adoptemos los arbitrios propuestos u otros que se juzguen más fáciles y muy pronto veremos cambiar el aspecto moral y físico de la patria.

El 21 de julio del mismo año en el Correo de Comercio presenta a la educación como protectora de la religión y buenas costumbres, en especial de la mujer:

Nuestros lectores tal vez se fastidiarán con que les hablemos tanto de escuelas; pero que se convenzan de que existen en un país nuevo que necesita echar los fundamentos de su prosperidad perpetua, y que aquellos para ser sólidos y permanentes es preciso que se  compongan de las virtudes morales y sociales, que solo pueden imprimirse bien presentando a la juventud buenos ejemplos, iluminados con la antorcha sagrada de nuestra santa religión.

 

Le preocupaba que, en Buenos Aires, había una sola escuela pública para mujeres, era de huérfanas y es maestra una de ellas;

 

todas las demás que hay subsisten a merced de lo que pagan las niñas a las maestras que se dedican a enseñar, sin que nadie averigüe quiénes son, y qué es lo que saben.

 

Tanto le preocupan la enseñanza de las niñas que estima más importante ponerle mayor dedicación y esmero a estas escuelas que a la Universidad pues en la mujer ve la formación de las buenas costumbres y la responsabilidad de ser madres.

Se puede resumir las ideas de Belgrano para las escuelas de primeras letras en los siguientes términos: fundar escuelas primarias gratuitas para hombres y mujeres en la campaña y las ciudades dirigidas por los Cabildos que aportaba para los gastos, asimismo designar una diputación encargada de vigilar a los maestros, los padres pudientes contribuirían para educación de sus hijos y disminuir los gastos del Cabildo, los maestros debían ser elegidos por oposición previa justificación de buena conducta y honradez, las escuelas de niñas estarían a cargo de señoras elegidas de la misma manera, todas las escuelas se regirían por un mismo reglamento, la enseñanza comprendería la lectura, escritura, aritmética, y doctrina cristiana para ambos sexos, mientras que las niñas serían instruidas en labores, los maestros tendrían la misión de infundir amor al trabajo, horror al vicio, respeto a la religión y al gobierno[70].         

El plan educativo de Belgrano comprendía la creación de escuelas de agricultura, dibujo, arquitectura, primarias para niñas, de hilazas de lana, comercio y náutica. Solo pudo lograr la creación de las Escuelas de Dibujo y Náutica.

El compromiso por lograr un nivel de educación adecuado lo comprometía personalmente. Cuando la Asamblea Constituyente de 1813 le otorga un premio de $40.000 por el triunfo obtenido en la Batalla de Salta, dispone que esos se destinaran a la creación de cuatro escuelas en el interior del país (Tarija, Jujuy, Tucumán y Santiago del Estero).

Con este motivo la carta que le remite a la Asamblea el 31 de marzo de 1813 desde Jujuy dice:

Pero cuando considero que estos servicios, en tanto deben merecer el aprecio de la nación, en cuanto sean efectos de una virtud y fruto de mis cortos conocimientos dedicados al desempeño de mis deberes y que ni la virtud ni los talentos tienen precio, ni pueden compensar con dinero sin degradarlos; cuando reflexiono que nada hay más despreciable para el hombre de bien, para el verdadero patriota que merece la confianza de sus conciudadanos en el manejo de los negocios públicos que el dinero ó las riquezas, que están son un escollo de la virtud que no llega á despreciarlas, y que adjudicarlas en premio, no solo son capaces de excitar la avaricia de los demás, haciendo que por general objeto de sus acciones subroguen el bienestar particular al interés público, sino que también parecen dirigidas á lisonjear una pasión seguramente abominable en el agraciado, no puedo dejar de representar a Vuestra Excelencia, que sin que se entienda que miro en menos la honrosa consideración que por mis cortos servicios se ha dignado dispensarme la Asamblea, cuyos soberanos decretos respeto y venero, he creído propio de mi honor y de los deseos que me inflaman por la prosperidad de mi patria, destinar los expresados cuarenta mil pesos para la dotación de cuatro escuelas públicas de primeras letras en que se enseñe a leer y escribir, la aritmética, la doctrina cristiana y los primeros rudimentos de los derecho y obligaciones del hombre en sociedad hacia ésta y el gobierno que la rige, en cuatro ciudades.

c. La economía.  

No había en Buenos Aires persona que tuviera mayores conocimientos y preparación en materia económica que Belgrano, no solo estaba imbuido por los economistas españoles sino por las ideas tanto de franceses como italianos.

La primera obra de economía política que se publica en Buenos Aires es Principios de la ciencia económica-política, traducida del francés por Belgrano. La primera parte tiene una traducción libre del libro Origen y progreso de una ciencia nueva del fisiócrata Dupont de Nemours y la segunda la versión castellana de Breviario de los principios de la ciencia económica atribuido a  Magrave de Baden.

Levene sostiene que

 La ilustración de carácter económico de Belgrano no se formó solamente con escritores españoles. Conocía a fondo a Quesnay, Adam Smith y otros. La influencia de las ideas de la Fisiocracia o gobierno de la naturaleza, se arraigaron en Belgrano, pero con la información de las principales obras del abate Ferdinando Galiani que criticó la concepción fisiocrática y del abate Antonio Genovesi mercantilista moderado[71].      

A través de las Memorias que lee en el Consulado y los artículos en el Correo de Comercio se puede observar con la claridad su concepción económica.

Para Belgrano el desarrollo económico se encuentra ligado a la educación y cultura social, lo que ya es observado con sus recomendaciones en materia educativa tanto en la creación de escuelas primarias como las técnicas. En especial la capacitación de los agricultores, por ello dice en la Memoria  del 15 de junio 1796:

Si se conociese por todos, la cantidad de frutos aumentaría considerablemente, siendo una parte considerable de las riquezas del Estado. Ahora, pues, si la riqueza de todos los hombres tiene su origen en la de los hombres del campo, y si el aumento general de los bienes de la tierra hace a todos más ricos, es de interés del que quiere proporcionar la felicidad del país, que los misterios que lo facilitan se manifiesten a todas las gentes ocupadas en el cultivo de las tierras, y que el defecto de la ignorancia tan fácil de corregir no impida el adelantamiento de la riqueza.

¿Y de qué modo manifestar estos misterios y corregir la ignorancia? Estableciendo una escuela de agricultura, donde a los jóvenes labradores se les hiciese conocer los principios generales de la vegetación y desenvoltura de las siembras, donde se les enseñase a distinguir cada especie de tierra por sus producciones naturales, y el cultivo conveniente a cada una, los diferentes arados que hay y las razones de preferencia de algunos según la calidad del terreno; el número de labores, su profundidad según la naturaleza del terreno; los abonos y el tiempo y razón para aplicarlos; el modo de formar sangrías en los terrenos pantanosos; …

El desarrollo agropecuario no basta, Belgrano promueve las actividades industriales y considera que

deberían gozar de especial cuidado por parte del gobierno… el desarrollo de la industria del hilado de lana y algodón (que hace objeto de su Memoria de 1796), los cultivos industriales del lino y cáñamo (para cuyo fomento está dedicada la memoria de 1778) y la industria de los cueros (para cuyo fomento está dedicada su memoria de 1802)[72].

La formación liberal desborda su procedencia de familia comerciante y monopolista. Es un partidario del libre comercio lo señala desde un principio basta leer su Autobiografía también es ilustrativo en la Memoria de 1796:

  yo espero que por aclamación se adopte el pensamiento para evitar los grandes monopolios que en esta parte tengo noticias se ejecutan en esta capital, por aquellos hombres que desprendidos de todo amor hacia sus semejantes solo aspiran a su interés particular, y nada les importa el que la clase más útil del Estado, o como dicen los economistas, la clase productiva de la sociedad, viva en la miseria y desnudez que es consiguiente a estos procedimientos tan repugnantes a la naturaleza, y que la misma religión y las leyes detestan”.

En el Correo de Comercio del 25 de agosto de 1810 dice en el mismo sentido:

 Muchos los atribuyen a defecto de providencias del gobierno, cuando no hay quien se los represente, ni manifieste, acaso por ejercitar, a la vez, otras tantas arbitrariedades en perjuicio del comercio interno, y directa o indirectamente tiran a la destrucción de sus conciudadanos, llevando la idea del monopolio devastador, que solo tiene su origen en el egoísmo más refinado.

Refuta a quienes se oponen a la libre concurrencia

creen que si se concede entera libertad para la extracción del frutos, el país quedará pobre y miserable, y todo vendrá a ser caro, y se presentan a su imaginación un cuadro lastimoso que lo hacen pasar a las de otros, que avizorados contra todo lo nuevo, ponen en movimiento algunos resortes, que desgracian los proyectos más útiles; en contraposición me contento con citar aquí las máximas 16 y 25 del célebre economista Quesnay, que dicen: Primera: Que no se impida el comercio exterior de los frutos, porque según es la extracción, así es la reproducción y el aumento de la agricultura. Segunda: Que se de entera libertad al comercio; pues la policía del comercio interior y exterior, más segura, exacta y provechosa, a la Nación y al Estado, consiste en plena libertad de la concurrencia (Memoria de 1798).

La libre determinación de precios también es materia de exposición de Belgrano como sobre el precio justo:

¿Y quién determina este precio justo? Como muy asiduo lector de los escritos de Galliani, nos sorprende con una modernísima contestación: ‘No hay fiel ejecutor, ni tasa mejor que la concurrencia; esta es la que nivela y arregla los precios entre el comprador y el vendedor, ninguna cosa tiene un valor real, ni efectivo en sí mismo; sólo tiene el que nosotros le queremos dar; y este se liga precisamente a la necesidad que tengamos de ella, a los medios de satisfacer esta inclinación, a los deseos de lograrlo, y a su escasez y abundancia; con que no hay otro camino que seguir para asegurar al público en el buen surtimiento de los frutos de consumo, que dejar a la libertad y a la concurrencia que tasen y nivelen los precios por sí mismo’[73].           

Es mucho más lo que puede relatarse o decirse de Belgrano preocupado por la economía y la felicidad del pueblo[74] gracias a sus escritos, memorias, cartas,  deja suficientes principios, conceptos que proyectan el genio de este “liberal español” pero americano.              

  

               

 

 

         

 

 



[1]  Bartolomé Mitre dijo que de esta forma es conocido por sus compatriotas (Bartolomé Mitre., Historia de Belgrano y de la independencia argentina, Ed. Lajouane, Bs. As., 1887, T° 1, p. 13)    

[2]  Profesor Titular Ordinario de Historia y Derecho Constitucional en la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad del Salvador. Decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas (USAL)

[3] Dice el libro parroquial de bautismos de la Iglesia Catedral de Buenos Aires iniciado en el año 1769 y concluido en 1775, página 43: "En 4 de junio de 1770, el señor doctor don Juan Baltasar Maciel, canónigo magistral de esta santa iglesia Catedral, provisor y vicario general de este obispado, y abogado de las reales audiencias del Perú y Chile, bautizó, puso óleo y crisma a Manuel José Joaquín del Corazón de Jesús, que nació ayer 3 del corriente: es hijo legítimo de don Domingo Belgrano Pérez y de doña Josefa González: fue padrino D. Julián Gregorio de Espinosa".

[4] Miguel Ángel De Marco., Belgrano, Ed. Emecé, Bs. As., 2012,  p. 13 y ss.

[5] Juan Alonso González, nació en Cádiz se radicó en  la localidad de Loreto, Provincia de Santiago del Estero. Contrajo matrimonio con Lucía Islas y Bravo de Zamora, nacida en Santiago del Estero. De allí nació Don Juan Manuel González Islas que se casó María Inés Casero Zalazar, nacida en Buenos Aires  cuya hija María Josefa González Casero es la madre de Manuel Belgrano.

 

[6] BELGRANO, Manuel., Autobiografía y otras páginas, Ed. EUDEBA, Bs. As., 1966, p. 24.

[7]  Ver DE MARCO, Miguel Ángel., Belgrano, Ed. Emecé, Bs. As., 2012,  pp. 18 y 19.

[8]  Dice De Marco que la proximidad del Convento de San Pedro Telmo “y la fervorosa adhesión de la familia a la Orden de los Predicadores, hizo que los varones Belgrano, recibieran los rudimentos de la enseñanza en la Escuela de Dios, bajo la atenta mirada de fray José de Zamborain” (Miguel Ángel De Marco., Belgrano, op.cit,  p. 22 y ss.)

[9] Ingreso con 14 años, en 1784.

[10] ZURETTI, Juan Carlos, “Belgrano y la Cultura”, Separata de la Revista Historia, s/ed., Buenos Aires, 1961, p. 4. Luis José de Chorroarín (Buenos Aires1757 –  1823) participó activamente en los acontecimientos de la Revolución de Mayo. Fue profesor de filosofía y lógica en el Colegio Real de San Carlos, sin que pueda calificárselo de “filósofo”. Reemplazó al Padre Juan Baltasar Maciel en la rectoría del Colegio. Inauguró la biblioteca de la ciudad de Buenos Aires, colaboró en el Telégrafo Mercantil, Rural, Político, Económico e Historiográfico. Colaboró en  la constitución de la Asamblea del año XIII, en el Congreso de Tucumán.

[11] ZURETTI,  “Belgrano y la Cultura”, op.cit., pág. 4. En igual sentido De Marco dice: “Según algunos biógrafos, mientras éste deseaba  que Manuel  regresara con profundos conocimientos en el ramo que le había dado fortuna y lustre, su madre, convencida de las cualidades intelectuales superiores de su hijo, anhelaba para él un doctorado en derecho civil y canónico que le permitiera alcanzar elevadas posiciones en la administración pública” (Ver De Marco., “Belgrano”, op.cit. p.24).          

[12] BELGRANO, “Autobiografía y otras páginas”, op.cit., p. 24.

[13] Belgrano presenta en la Universidad de Valladolid un certificado con fecha del 21 de junio de 1788 en el que se afirmaba que se había matriculado en la Universidad de Oviedo en 1782 y cursado dos años de Filosofía y cuatro de Instituciones Civiles. Se debe recordar que Belgrano llega a España en 1786. No da cuenta de los estudios en Salamanca. Con la documentación presentada pudo rendir y concluir su carrera  (Ver Miguel Ángel De Marco: “Belgrano”, Ed. Emecé, Bs. As., 2012,  pág. 28).

[14]  Belgrano, “Autobiografía y otras páginas”, op.cit., p. 24.

[15]  En ella se refiere a los trámites que realiza por el juicio de su padre, sobre sus hermanos y a la inutilidad de doctorarse.

 

[16] Zuretti dice que fue elegido presidente de la Academia de práctica forense y economía política de Salamanca (ZURETTI, “Belgrano y la Cultura”, op.cit., p. 5).

[17]  Ver CAILLET BOIS, Ricardo: “Las corrientes ideológicas europeas del siglo XVIII y el Virreinato del Rio de la Plata”, Academia Nacional de la Historia, Historia de la Nación Argentina, 3ª edición, Ed. El Ateneo, Bs. As., 1961, Vol. V, p. 18.

[18]  DE MARCO, “Belgrano”, op. cit.,  p. 27.

[19] BELGRANO, “Autobiografía y otras páginas”, op. cit., p. 24. Diego María de Gardoqui y Arriquibar fue el primer Embajador de España en los Estados Unidos entre 1784 y 1789, Secretario del Consejo de Estado de de Carlos IV. Tanto por su prestigio como por el dominio del inglés se le encargó ser “representante extraoficial” ante el gobierno de los Estados Unidos. A través de Gardoqui España proveyó a los Estados Unidos 120.000 reales de a ocho, mas de 200 cañones, 30.000 mosquetes, bayonetas, balas, etc. y es gracia a esta ayuda que los norteamericanos pudieron derrotar a los ingleses en la batalla de Saratoga en octubre de 1777. Gardoqui luego de la Paz de París (3 de septiembre de 1783) fue el encargado de negocios de España en los Estados Unidos tuvo una relación muy estrecha con las autoridades norteamericanas, tanto es así que en la asunción de Washington estuvo junto detrás de John Jay.

[20] POPESCU, Oreste “Ensayos de Doctrinas Económicas Argentinas”, Ed. Depalma, segunda edición, Bs. As. 1965,  p. 22.

 

[21]  BELGRANO, “Autobiografía y otras páginas”, op.cit., pp. 25 y 26.

[22] NAVARRO FLORIA, Pedro; “Manuel Belgrano y el Consulado de Buenos Aires, Cuna de la Revolución (1790-1806), Bs. As., Instituto Nacional Belgraniano, 1999, p. 155.

[23]  BELGRANO, “Autobiografía y otras páginas”, op.cit., pp. 27 y 28.

[24]  BELGRANO, “Autobiografía y otras páginas”, op.cit., p. 30 y s.

[25] PAZ, José María: “Memorias”, Ed. Schapire, Bs. As., 1968, Tomo I, p. 26.

[26] Belgrano traduce este discurso que escribió el presidente norteamericano el 17 de septiembre de 1796 al retirarse a la vida privada (dos veces pues la primera es destruida en Tacuarí junto con sus papeles privados en 1811 y concluyó la segunda antes de la batalla de Salta -20 de febrero de 1813- ) con la colaboración de su médico José Redhead. En la introducción a la traducción dice que: “El ardiente deseo, que tengo de que mis conciudadanos, se apoderen de las verdaderas ideas, que deben abrigar si aman la patria, y desean su prosperidad bases sólidas y permanentes, me ha empeñado a emprender esta traducción en medio de mis graves ocupaciones, que en tiempos más tranquilos la había trabajado, y se entregó a las llamas con todos mis papeles en mi peligrosa y apurada acción del 9 de marzo de 1811 en el Tacuarí.
Washington, ese héroe digno de la admiración de nuestra edad y de las generaciones venideras, ejemplo de moderación, y de verdadero patriotismo, se despidió de sus conciudadanos, al dejar el mando dándoles
lecciones las más importantes y saludables, y hablando con ellos, habló con cuantos tenemos, y con cuantos puedan tener la gloria de llamarse americanos, ahora, y mientras el globo no tuviese ninguna variación.
Su despedida vino a mis manos por los años de 1805, y confieso con verdad, que sin embargo de mi corta penetración, vi en sus máximas la expresión de sabiduría apoyada en la experiencia y constante observación de un hombre, que se había dedicado de todo corazón a la libertad y felicidad de su patria.
Pero como viese la mía en cadenas, me llenaba de un justo furor, observando la imposibilidad de despedazarlas, y me consolaba con que la leyesen algunos de mis conciudadanos, o para que se aprovechasen algún día, si el Todopoderoso los ponía en circunstancias, o transmitiesen aquellas ideas a sus hijos para que les sirviesen, si les tocaba la suerte de trabajar por la libertad de América.
Un conjunto de sucesos que no estaban al alcance nuestro, pues vivíamos sabiendo únicamente lo que nuestros tiranos querían que supiésemos, nos trajo la época deseada, y por una confianza que no merecía, mis conciudadanos me llamaron a ser uno de los individuos del gobierno de Buenos Aires, que sucedió a la tiranía.

Mas observando que nadie se había dedicado a este trabajo, o que si lo han hecho no se ha publicado, ansioso de que las lecciones del héroe americano se propaguen entre nosotros y se manden, si es posible, a la memoria por todos mis conciudadanos, habiendo recibido un librito que contiene su despedida, que me ha hecho el honor de remitirme el ciudadano don David C. de Forest, me apresuré a emprender su traducción.

Suplico sólo al gobierno, a mis conciudadanos y a cuantos piensen en la felicidad de América, que no se separen de su bolsillo este librito, que lo lean, lo estudien, lo mediten, y se propongan imitar a este grande hombre, para que se logre el fin que aspiramos, de constituirnos en nación libre e independiente”. Fdo. MANUEL BELGRANO - Alurralde, 2 de febrero de 1813.

[27] PEDRO, Valentín de: “Próceres argentinos en España”, Ed. Partenón, Bs. As., 1945, p. 42.

[28] GANDÍA, Enrique de: “Historia de las Ideas Políticas en la Argentina. Las ideas políticas de los hombres de mayo”, Ed. Depalma, Buenos Aires, 1965, Tomo III, p. 162.

[29] BELGRANO, “Autobiografía y otras páginas”, op.cit., p. 33.

[30]  BELGRANO, “Autobiografía y otras páginas”, op.cit., p. 34.

[31] GANDÍA: “Historia de las Ideas Políticas en la Argentina. Las ideas políticas de los hombres de mayo”, Tomo III,  op.cit., p. 182 y s.

[32]  GANDÍA: “Historia de las Ideas Políticas en la Argentina. Las ideas políticas de los hombres de mayo”,  Tomo III, op.cit., p. 193.

[33] Carlota Joaquina Teresa de Borbón y Borbón-Parma es la hija primogénita de Carlos IV casada con Juan VI de Portugal.

[34]  BELGRANO, “Autobiografía y otras páginas”, op.cit., p. 34.

[35] SALDÍAS, Adolfo “La Evolución Republicana. Durante la Revolución Argentina”, Ed. Imprenta de Coni Hnos., Bs. As., 1906, pág.69.

[36] El Director Supremo Gervasio A. de Posadas propone al Consejo de Estado el 13 de septiembre de 1814 el nombramiento de Manuel Belgrano y Pedro Medrano luego reemplazado por Bernardino Rivadavia para la misión diplomática la que es aceptada en la misma fecha.    

[37]  El 11 de diciembre de 1813 por el Tratado de Valençay Napoleón reconoce a Fernando VII como Rey, recupera el trono, los territorios, propiedades y sus súbditos antes de 1808, además se acuerda la paz con Francia y la neutralidad en lo que quedaba de la guerra y se le otorga un perdón a los partidarios de José I, los “afrancesados”.

[38] DE MARCO, “Belgrano”, op.cit.,  p. 226. Continúa De Marco refiriendo que las “instrucciones firmadas el 9 de diciembre de 1814 por Posadas y su ministro Nicolás Herrera establecían que después de entregar unos pliegos al embajador inglés en Río de Janeiro, y de acuerdo a este diplomático, los comisionados tenían que pasar a Londres para convenir con Sarratea el viaje a España…   (ídem, pág. 229). Ver además:   Mario Belgrano: “La política externa con los estados de Europa”, Academia Nacional de la Historia: “Historia de la Nación Argentina”, 3ª edición, Ed. El Ateneo, Bs. As., 1961, Vol. VI, pág. 351 y ss.   

[39] Francisco de Paula Antonio de Borbón y Borbón-Parma fue el menor de los hijos de Carlos IV y María Luisa de Parma, tenía el título de Duque de Cádiz.

[40] BELGRANO, Mario: “La política externa con los estados de Europa”, Academia Nacional de la Historia: “Historia de la Nación Argentina”, 3ª edición, Ed. El Ateneo, Bs. As., 1961, Vol. VI, p. 357. Ver asimismo SALDÍAS, “La Evolución Republicana. Durante la Revolución Argentina”, op.cit., p. 96 y s.

                         

[41] DE MARCO, “Belgrano”, op.cit.,  p. 239.

[42]  SALDÍAS: “La Evolución Republicana. Durante la Revolución Argentina”, op.cit., p. 101.

[43] El proyecto es transcripto por Saldías:

Reino

I* La nueva Monarquía de la América del Sud tendrá por denominación el Reino Unido del Rio de la Plata, Perú y Chile: sus armas serán un escudo que estará dividido en campo azul y plata: en el azul que ocupara la parte superior se colocara la imagen del Sol, y en el Plata dos brazos con sus manos que sostendrán las tres flores de los distintivos de Mi Real Familia, llevara la Corona Real, y se apoyara sobre un Tigre y una Vicuña: su pabellón será blanco y azul celeste.

2* L a Corona será hereditaria por orden de proximidad en las líneas de agnación y cognación.

5* Si lo que Dios no permita el Rey actual falleciese sin sucesión retrovertirán a Mi sus derechos para que con acuerdo y consentimiento del Cuerpo Legislativo elija otro Soberano de mi Real Familia; pero si yo ya no existiera dichas Salas tendrán la facultad de elegir p' su Rey a uno de los Príncipes de mi Real Sangre.

4* La Persona del Rey es inviolable y sagrada. Sus ministros son responsables. El Rey mandara las fuerzas de mar y tierra; declarara la guerra, hará la paz; tratados de alianza y comercio; distribuirá todos los empleos, estará a su cargo la Administración Pública, la ejecución de las leyes y seguridad del Estado a cuyos objetos dará las órdenes y reglamentos necesarios.

5* El Rey nombrara toda la nobleza; dará todas las dignidades, podrá variarlas, y concederlas por vida, o hacerlas hereditarias. E l Rey podrá perdonar las ofensas, conmutar las penas, o dispensarlas en los casos q' la ley le conceda.

6* La nobleza será hereditaria en los propios términos que la Corona: se distinguirá precisamente en tres grados, y no podrá extenderse a mas:  el 1er  grado será el de Duque, el 2° de Conde y el 3° de Marques: los nobles serán juzgados por solo los de su clase: tendrán parte en la formación de las leyes, podrán ser Diputados de los Pueblos, y gozaran de los honores y privilegios que la ley o el Rey les acuerde; pero no podrán ser exceptuados de los cargos y servicios del Estado. Todo individuo del Estado de cualquier clase y condición que sea podrá optar a la nobleza por sus servicios, por sus talentos, o por sus virtudes: el primer número de la nobleza será acordado por el Rey y Representantes y cualquier otro momento por el Cuerpo  legislativo.

Del Cuerpo Legislativo

7* El Cuerpo Legislativo será integrado por el Rey, por la Nobleza y Representación del Común.

La alta sala la formaran todos los Duques, cuyo derecho se declara inseparable de su dignidad: la 3* parte de los condes por elección entre ellos, presidida de un Comisionado del Rey: por la 4* parte de los Marqueses elegidos en los propios términos: y por la tercera parte de los Obispos del Reino, elegidos la 1* vez por el Re y, siendo de cargo de El y de la otra Sala fijar para lo sucesivo las bases de la elección de este cuerpo.

8* La segunda Sala la compondrán los Diputados de los Pueblos, los que serán elegidos por la primera vez en los términos acostumbrados que menos juego permitan a los partidos y consulten la mejor opinión; siendo de indispensable cargo al Cuerpo Legislativo establecer para las segundas las leyes más adecuadas y precisas.

9* La facultad de proponer la ley será común al Rey y ambas Salas; el orden de la proposición será del Rey a la 1* Sala, y de esta al Rey, y de la segunda a la 1* en caso que una propuesta no sea admitida por su inmediata no podrá pasar a la 3*, ni repetirse hasta otra sesión. Toda ley será el resultado de la pluralidad de ambas Salas, y del accésit del Rey: la sanción y promulgación de la ley será privativamente suya.

10* La designación de la renta del Rey, su R* Casa y Familia, de los gastos de su Ministerio. y Gabinete, la lista civil, la militar, y gastos extraordinarios serán exclusivamente acordados por ambas Salas, a que en igual forma pertenece el arreglo e imposición de derechos. y contribuciones.

I I* Los electos de la nobleza, clero y común duración seis anos, empezando a conocerse los primeramente electos por mitad cada tres anos. Los Diputados del Común no podrán ser ejecutados, perseguidos o juzgados durante su comisión, sino en los casos que la ley designa y por la propia Sala a que pertenecen.

Del Ministerio

12* Ninguna orden del Rey sin autorización de su Ministro correspondiente será cumplida: los Ministros tendrán la facultad de proponer a ambas Cámaras lo que crean conveniente, y entrar a cualquiera de ellas a informar lo que estimen oportuno: los Ministros serán indispensablemente Miembros de la alta Sala, y solo por ella podrán ser juzgados. Los Ministros no podrán ser acusados sino por traición o extorción; la acusación no será admisible sino es hecha por la pluralidad de una u otra Sala: el Ministerio de Hacienda presentara a ambas Salas para su conocimiento y aprobación las cuentas del año anterior.

Del Poder Judicial

I3* Los Jueces serán nombrados por el Rey: serán perpetuos e independientes en su administración solo en el caso de injusticia notoria o colusión podrán ser acusados ante la alta Sala quien lo juzgara con independencia del Rey, el que protegerá y ejecutara en esta parte sus decisiones: se establecerán los Jueces del hecho, llamados Jurados, en la forma más adoptable a la situación de los Pueblos.

Del Común de la Nación

14* A más del reparto proporcionado y uniformes de todos los cargos y servicios del Estado, de la opción de todos a la nobleza, empleos y dignidades y del común concurso y sujeción a la ley: la Nación gozara, con derechos de propiedad inalienable, la libertad de culto y conciencia, la libertad de imprenta, la inviolabilidad de las propiedades y seguridad individual en los términos que clara y precisamente acuerde el poder legislativo” (Adolfo Saldías: “La Evolución Republicana. Durante la Revolución Argentina”, Ed. Imprenta de Coni Hnos., Bs. As., 1906, págs. 376 y ss.). También puede encontrarse en María Laura San Martino de Dromi, aunque tiene algunas diferencias con el transcripto, por ejemplo el art. 9 tiene un párrafo más que dice “Las salas no podrán unirse ni disolverse sin expresa orden del Rey. El podrá prorogarlas todo el tiempo que la crea necesario, y disolver la de los Diputados cuando lo estime conveniente”;  el art. 11. es el segundo párrafo del art. 13 en el documento de San Martino de Dromi, por ello ese proyecto tiene 13 artículos (“Documentos Constitucionales Argentinos”, Ed. Ediciones Ciudad Argentina, Bs. As., 1994, págs. 2171 y ss.).   

[44] Es en este Congreso, que comenzó sus sesiones el 24 de marzo de 1816,  donde fue debatida por primera vez la cuestión referida a la forma de gobierno (conf. Ricardo Zorraquin Becú: “Historia del Derecho”, Ed. Perrot, Bs. As., 1985, Primera edición, Tercera reimpresión, Tomo II, pág. 110), asimismo cabe tener presente lo que dice Saldías respecto a sus asistentes: “Y tanto debía de contarse sobre la opinión monárquica de los hombres que por entonces participaban del gobierno, que ni una palabra a favor del sistema republicano ni en contra del monárquico contienen las instrucciones de los diputados del congreso de Tucumán” (Adolfo Saldías: “La Evolución Republicana. Durante la Revolución Argentina”, Ed. Imprenta de Coni Hnos., Bs. As., 1906, pág. 115).

[45]  DE MARCO, “Belgrano”, op.cit., 2012,  p. 253 y s.

[46] Ídem.

[47] Ver. CAILLET BOIS, Ricardo R “El directorio, las provincias de la unión y el Congreso de Tucumán (1816-1819)”, Academia Nacional de la Historia: “Historia de la Nación Argentina”, 3ª edición, Ed. El Ateneo, Bs. As., 1961, Vol. VI, p. 555.

[48] Algunas voces no sólo calificaron de excentricismo la propuesta de Belgrano, sino incluso puso en duda la existencia de esa descendencia. Pero ello no es así, las dudas o discusiones pueden centrarse en cual descendiente es en el que Belgrano pensó. Uno podía ser Dionisio Ucho Inca Yupanqui y Bernal, nieto del Inca Huaina Capac decimosegundo y último Emperador del Perú, estudió en el Seminario de Nobles de Madrid, fue Coronel del Regimiento de Dragones del Ejército Real y Diputado de las Cortes de Cádiz (ver la investigación de Samuel Villegas Páucar: “La participación de Dionisio Inca Yupanqui en las Cortes de Cádiz 1810-1814”, http://vrinvestigacion.unmsm.edu.pe/eventosVRI/taller/2010/Bicentenario/Ponencias_II_Congreso_Bicentenario/SamuelVillegas_Artic_Dionisio_Inca_Yupanqui.pdf. Otro era Juan Bautista Condorcanqui Túpac Amaru Monjarrás, hijo del inca  Miguel Condorcanqui Túpac Amaru, padre de José Gabriel Condorcanqui Noguera. Juan Bautista es tomado prisionero sofocada la rebelión de José Gabriel, primero su presidio es en Cuzco, luego el Callao, después en Cádiz y Ceuta. Habría llegado a Buenos Aires en 1823 y murió en 1827.  

[49]  PAZ, “Memorias”, op.cit., Tomo II, p. 29 y s.

[50] Ver GÓMEZ, Hernán F.  “Los territorios nacionales y límites interprovinciales hasta 1862”, Academia Nacional de la Historia: Historia de la Nación Argentina, 3ª edición, Ed. El Ateneo, Bs. As., 1961, Vol. X, p. 506 y ss.

[51] La batalla fue el 9 de marzo de 1811.

[52] 1º Todos los naturales de Misiones son libres, gozarán de sus propiedades, y podrán disponer de ellas como mejor les acomode, como no sea atentando contra sus semejantes.

[53] 2º Desde hoy los liberto del tributo; y a todos los Treinta Pueblos, y sus respectivas jurisdicciones los exceptúo de todo impuesto por el espacio de diez años.

[54] 15º Respecto a que los curas satisface el erario el sínodo conveniente, y en lo sucesivo pagarán por el espacio de diez años de otros ramos; que es el espacio que he señalado, para que estos pueblos no sufran gabela, ni derecho de ninguna especie, no podrán llevar ­derecho de bautismo ni entierro y por consiguiente les exceptúo dé pagar cuartas a los obispos de las respectivas diócesis.

[55] 3º Concedo un comercio franco y libre de todas sus producciones, incluso la del tabaco con el resto de las Provincias del Río de la Plata.

[56] 4º Respecto a haberse declarado en todo iguales a los españo­les que hemos tenido la gloria de nacer en el suelo de América, les habilito para todos los empleos civiles, militares, y eclesiásticos, debiendo recaer en ellos, como en nosotros los empleados del gobierno, milicia, y administración de sus pueblos.

[57] 5º Estos se delinearán a los vientos N.E., S.O. y N.O. y S.E.. formando cuadras de a cien varas de largo, veinte de ancho, que se repartirán en tres Suertes cada una con el fondo de cincuenta varas.

6º Deberán construir sus casas en ellas todos los que tengan poblaciones en la campaña, sean naturales o españoles y tanto unos como otros podrán obtener los empleos de la República.

7º A los naturales se les dará gratuitamente las propiedades de las suertes de tierra que se les señalen que en el pueblo será de un tercio de cuadra, y en la campaña según las leguas y calidad de tierra que tuviere cada pueblo su suerte, que no haya de pasar de legua y media de frente y dos de fondo.

8º A los españoles se les venderá la suerte que desearen en el pueblo después de acomodados los naturales, e igualmente en la campaña por precios moderados, para formar un fondo, con que atender a los objetos que adelante se dirá.

9º Ningún pueblo tendrá más de siete cuadras de largo, y otras tantas de ancho, y se les señalará por campo común dos leguas cuadradas, que podrán dividirse en suertes de a dos cuadras, que se han de arrendar a precios muy moderados, que han de servir, para el fondo antedicho, con destino a huertas, u otros sembrados que más se les acomodase y también para que en lo sucesivo sirvan para propios de cada pueblo.

10º Al Cabildo de cada pueblo se les ha de dar una cuadra que tenga frente a la Plaza Mayor, que de ningún modo podrá enajenar, ni vender y sólo edificar para con los alquileres atender a los objetos de su instituto.

11º Para la Iglesia se han de señalar dos suertes de tierra en el frente de la cuadra del Cabildo, y como todos o los más de ellos tienen un templo ya formados podrán éstos servir de guía, pera la delineación de los pueblos aunque no sean tan exactamente a los vientos, que dejo determinados.

12º Los cementerios se han de colocar fuera de los pueblos, señalándose en el ejido una cuadra para este objeto, que haya de cercarse, y cubrirse con árboles, como los tienen en casi todos los pueblos, desterrando la absurda costumbre que prohíbo absoluta­mente de enterrarse en la iglesia.

[58] 17º Respecto a que las tierras de los pueblos están intercaladas, se hará una masa común de ellas, y se repartirán a prorrata entre todos los pueblos; para que unos a los otros puedan darse la mano, y formar una provincia respetable de las del Río de la Plata.

 

[59] 13º El fondo que se ha de formar según los artículos 8º y 9º no ha de tener otro objeto que el establecimiento de escuelas de primeras letras, artes y oficios, y se han de administrar sus productos después de afincar los principales, como dispusiese la Excelentísima Junta, o el Congreso de la Nación por los cabildos de los respectivos pueblos, siendo responsables de mancomún, e insolidum los individuos que los compongan, sin que en ello puedan tener otra intervención los gobernantes, que la de mejor cumplimiento de esta disposición, dando parte de su falta, para determinar al Superior Gobierno.

[60] 14º Como el robo había arreglado los pesos y medidas, para sacrificar más y más a los infelices naturales señalando 12 onzas a la libra, y así en lo demás, mando que se guarden los mismos pesos y medidas que en la Gran Capital de Buenos Aires hasta que el Superior Gobierno determine en el particular lo que tuviere conveniente encargando a los corregidores y Cabildos que celen el cumplimiento de éste artículo, imponiendo la pérdida de sus bienes y extrañamiento de la jurisdicción a los que contravinieren a él, aplicando aquellos a beneficio del fondo para escuelas.

[61] 16º Cesan desde hoy en sus funciones todos los mayordomos de los pueblos y dejo al cargo de los corregidores, Cabildos, la administración de lo que haya existente, y el cuidado del cobro de arrendamiento de tierras, hasta que esté verificado el arreglo, debiéndose conservar los productos de harca de tres llaves, que han de tener el corregidor, el alcalde de primer voto, y el síndico procurador, hasta que se le dé el destino conveniente que no ha de ser otro que el fondo citado para escuelas.

[62] 18º En atención a que nada se haría con repartir tierra a los naturales si no se les hacían anticipaciones así de instrumentos para la agricultura como de ganados para el fomento de las crías, ocurriré a la Excelentísima Junta para que se abra una suscripción para el primer objeto, y conceda los diezmos de la cuatropea de los partidos de Entre Ríos para el segundo; quedando en aplicar algunos fondos de los insurgentes, que permanecieron renitentes en contra de la causa de la Patria a objetos de tanta importancia; y que tal vez son habidos del sudor y sangre de los mismos naturales.

[63]  19º Aunque no es mi ánimo desterrar el idioma nativo de éstos pueblos; pero como es preciso que sea fácil una comunicación para el mejor orden, prevengo que la mayor parte de los Cabildos se ha de componer de individuos que hablen el castellano y particularmente el corregidor, el alcalde de primer voto, el síndico procurador y un secretario que haya de extender las actas en lengua castellana.

[64] 20º La administración de Justicia queda al cargo del corregidor y alcaldes conforme por ahora a la legislación que nos gobierna, concediendo las apelaciones para ante el gobernador de los Treinta Pueblos, y de éste para ante el Superior Gobierno de la Provincia en todo lo concerniente a gobierno y a la Real Audiencia en lo contencioso.

21° El Corregidor será el presidente del Cabildo, pero con un voto solamente, y entenderá en todo lo político siempre con dependencia del gobernador de los Treinta Pueblos.

22º delegaciones, que han de recaer en hijos del país para la mejor expedición de los negocios, que se encarguen por el gobernador, los que han de tener sueldo por la real hacienda, hasta tanto que el superior gobierno resuelva lo conveniente.

23º En cada capital de departamento se ha de reunir un individuo de cada pueblo que lo compone con todos los poderes para elegir un diputado que haya de asistir al Congreso Nacional, bien entendido que ha de tener las cualidades de probidad y buena conducta, ha de saber hablar el castellano; y que será mantenido por la Real Hacienda en atención al miserable estado en que se hallan los pueblos.

[65] 24º Para disfrutar la seguridad así interior como exteriormente se hace indispensable que se levante un cuerpo de milicias, que se titulará Milicia Patriótica de Misiones, en que indistintamente serán oficiales así los naturales como los españoles que vinieren a vivir en los pueblos, siempre que su conducta y circunstancias los hagan acreedores a tan alta distinción; en la inteligencia que ya estos cargos tan honrosos no se deban al favor ni se prostituyen, como hacían los déspotas del antiguo gobierno.

25º Este cuerpo será una legión completa de Infantería y Caballería que se irá disponiendo por el gobernador de los pueblos como igualmente que el cuerpo de Artillería, con los conocimientos que se adquieran de la población; y estarán obligados a servir en ella según el arma a que se les destina desde la edad de dieciocho años hasta los cuarenta y cinco, bien entendido es que su objeto es defender la patria, la religión y sus propiedades; y que siempre que se hallen en actual servicio se les ha de abonar a razón de diez pesos al mes al soldado y en proporción a los cabos, sargentos y oficiales.

26º Su uniforme para la infantería es el de los Patricios de Buenos Aires, sin más distinción que un escudo blanco en el brazo derecho, con esta cifra "M. E de Misiones" [Ilustre Pueblo de Misiones], y para la caballería el mismo con igual escudo y cifra; pero con la distinción de que llevarán casacas cortas, y vuelta azul.

[66] 27º Hallándome cerciorado de los excesos horrorosos que se cometen por los beneficiadores de la hierba no sólo talando los árboles que la traen sino también con los Naturales de cuyo trabajo se aprovechan sin pagárselos y además hacen padecer con castigos escandalosos, constituyéndose jueces en causa propia, prohíbo que se pueda cortar árbol alguno de la hierba so la pena de diez pesos por cada uno que se cortare, a beneficio la mitad del denunciante y para el fondo de la escuela la otra.

[67] 28° Todos los conchabos con los naturales se han de contratar ante el corregidor o alcalde del pueblo donde se celebren y se han de pagar en tabla y mano en dinero efectivo, o en efectos si el natural quisiera con un diez por ciento de utilidad deducido el principal y gastos que se tengan desde su compra en la inteligencia de que no ejecutándose así, serán los beneficiadores de hierba multados por la primera vez en diez pesos, por la segunda en con quinientos y por la tercera embargados sus bienes y desterrados, destinando aquellos valores por la mitad al delator y fondo de la escuela.

29º No se les será permitido imponer ningún castigo a los naturales, como me consta lo han ejecutado con la mayor iniquidad, pues si tuvieren de que quejarse ocurrirán a los jueces para que se les administre justicia, so la pena que si continuaren en tan abominable conducta, y levantaren el palo para cualquier natural serán privados de todos sus bienes, que se han de aplicar en la forma arriba descrita, y si usaren el azote, serán penados hasta el último suplicio.

[68] Dardo Pérez Guilhou y otros: “Actores y testigos de la Revolución de Mayo”; Ed. Ex Libris, Mendoza, diciembre de 2010; págs. 79/106

[69]  Manuel Belgrano: “Escritos sobre educación. Selección de textos”, presentación Rafael Gagliano, 1a ed., Ed. Editorial Universitaria, UNIPE, La Plata, 2011, pág. 12.

[70] Conf. SALVADORES, Antonino La instrucción primaria desde 1810 hasta la sanción de la ley 1420, Ed. Talleres Gráficos del Consejo de Educación, Bs. As., 1941, p. 38 y s.

[71] LEVENE, Ricardo “Significación histórica de la obra económica de Manuel Belgrano y Mariano Moreno”, Academia Nacional de la Historia, Historia de la Nación Argentina, 3ª edición, Ed. El Ateneo, Bs. As., 1961, Vol. V, p. 439.

 

[72]  POPESCU, Ensayos de Doctrinas Económicas Argentinas, op.cit.,  p. 28.

 

[73]  POPESCU, Ensayos de Doctrinas Económicas Argentinas, p. 33.

[74] Ver ELIA, Oscar Horacio: “El pensamiento de Belgrano en materia agraria”, Anales del Instituto Belgraniano Central, N°3, Bs. As. 1981, p. 27 y ss.