In memoriam: Vaya este trabajo en
honor y memoria
de
Aequitas, mi
Profesora ilustre de Derecho
Romano
con quien
obtuve la calificación
de sobresaliente,
como estudiante
de la carrera de Abogacía en 1968.
Minimalismo y Abolicionismo
del Derecho Penal:
Una amenaza a la
seguridad de todos
Minimalism and
Abolition of criminal law: a threat to the safety of all
Ricardo
Levene (nieto)*
Resumen.
El minimalismo –versión atenuada del
abolicionismo- aspira a minimizar el Derecho Penal Positivo, llevarlo a mínima
expresión y cercenarlo todo lo posible. Su primo hermano, el abolicionismo,
suprime toda norma penal, con excepción de alguna que sobreviva y permanezca. Vale
decir que la tan mentada Defensa Social que todo código punitivo conlleva
–protección a la sociedad- desaparece, dejando a todos los habitantes del Estado argentino absolutamente indefensos.
Como ahora ocurre.
Abstract
Minimalism
–toned-down version of the abolitionism- aims to minimize the positive criminal
law, take it to minimum, and curtailing it all possible. His cousin, abolition,
suppresses any criminal rule, with the exception of some that survive and
remain. It is worth saying that the much talked about social defense all
punitive code involves –protection society- disappears, leaving all the
inhabitants of the
Palabras claves.
Derecho penal- abolicionismo-
minimalismo.
Key-words
Law criminal- abolitionism-minimalism.
* Profesor Titular de Derecho
Penal II de
Primer Licenciado en
Criminología en egresar, además con promedio sobresaliente en USAL.
Trabajo
recibido el Aprobado
I. Introducción:
Todo el Código Penal argentino, salvo
alguna figura seleccionada arbitrariamente por los “electores u operadores” que
acompañan estas extrañas ideas, tiene
serio riesgo de desaparecer.
Cabe preguntarse ¿cómo un instrumento
legal que para todas las civilizaciones cumple fines de “defensa social”, como
lo es cualquier Código Penal, puede estar amenazado con desaparecer?
“Se dice”, porque todas estas ideas
trasnochadas se cuecen en las sombras, que en una próxima reforma, permanecerían
como delitos únicamente el homicidio, algunos relacionados con las drogas, especialmente
con el paco, y para todo el resto de las situaciones, mediación penal.
Todo lo que viene de advertirse obedece a dos
corrientes estrambóticas e imposibles de implementar como lo son el minimalismo
y el abolicionismo del Derecho Penal.
El minimalismo, versión atenuada
del abolicionismo, aspira a minimizar el Derecho Penal Positivo, llevarlo a
mínima expresión, y cercenarlo todo lo posible.
Su primo hermano, el abolicionismo,
suprime toda norma penal, con excepción de alguna que sobreviva y permanezca.
Vale decir que la tan mentada Defensa
Social que todo código punitivo conlleva, protección a la
sociedad, desaparece, dejando a todos
los habitantes del Estado argentino absolutamente indefensos. Como ahora
ocurre.
¿No es descabellado?
¿La mediación penal por la que
pretende reemplazarse el código, será vehículo para la defensa y la paz social?
Definitivamente, no.
Imaginemos por un instante una
mediación penal entre violador y ultrajada. Sin palabras.
Al sentirse indefensa la sociedad,
desprotegida, ¿no es posible que medie una suerte de regresión a la ley
talional, a
Cuando el Estado defecciona de sus
deberes medulares, puede sobrevenir fácilmente el caos y por qué no, estados
anárquicos y anómicos.
¿Cómo vislumbrar una sociedad moderna,
pujante, civilizada y sobre todo pacífica, si no cuenta con las herramientas esenciales para su propia defensa y para
protección de los honestos que acatan la ley?
Y si no hay código penal habrá
inexorablemente código de la selva. Es el que regirá, el que tornará a esta
civilización en hostil, egoísta, desalmada, del sálvese quien pueda. Algo de
ello se percibe en estos días.
Si hoy
Se olvidan los adherentes a tan
extrañas propuestas de lo que en Derecho Penal se denomina
Olvidan que la amenaza de sanción que
ejerce todo el cuerpo punitivo sobre cada uno de nosotros conlleva efectos
disuasorios, desalienta conductas delictivas, entre otras cosas, por el temor a
la sanción. Si se elimina el código, desaparece la amenaza de sanción y por lo
tanto el temor al castigo.
Toda persona por el hecho de serla, posee
propensión criminal, delictiva. Los procesos de socialización (hogar, escuela,
etc.) van disuadiendo al individuo de tales conductas asociales, sumado a ese
temor a la sanción. Cuando tal temor cede aparece la anomia y obviamente el incremento
del delito.
La mejor prueba de ello: los días que
hoy vivimos.
Sumemos a ello un desguace normativo
como el que se prepara, con disimulo y sigilo, como para tener una idea cabal
de la transformación aún mas caótica de la dura actualidad en materia de
prevención y represión del delito.
Toda política criminal requiere de
herramientas para implementarla. Una de ellas, fundamental, como lo es el Código
Penal, tendría que desaparecer de acuerdo a esta siniestra postura, abolicionismo.
Similar al seudo garantismo, que
entiende que el victimario es víctima de la exclusión social, olvidándose de
quien padeció los verdaderos efectos del hecho ilícito, esto es, la verdadera
víctima.
Las cárceles se abren para
reincidentes peligrosos, homicidas, violadores, ladrones, etc. Para ellos, la
libertad, y la víctima encerrada entre rejas porque la calle tiene dueño: la
delincuencia. Pocos son detenidos, ello por la “ayuda” de algunos jueces
penales concedentes de libertades “automáticas” imposibles, que no ocurren en
parte alguna de este mundo. Consulte el lector las leyes penales de Cuba para
comprobar la severidad de su Código Penal y la represión firme para con el
delito, como para desalentar a los románticos de izquierda que evocan la isla
como una panacea.¹
Y tras que no existe una política
criminal, pretenden algunos suprimir una ley protectora de diversos bienes
valiosos (vida, honor, libertad, propiedad, etc.) para dejar en total desamparo
a la población toda.
Por otra parte y paradójicamente, los
ideólogos de estas posturas se dicen cultores de los Derechos Humanos…
¿No constituye ello un atentado contra
tales importantísimos derechos, como la vida, seguridad, etc., tan necesarios
para los individuos y las comunidades y que, de prosperar tales iniciativas,
quedarían inermes frente al delito?
En tal sentido en general, el Poder
Judicial de estos tiempos no brinda motivos de orgullo ni esperanza.
Jueces seudo garantistas que producen
sentencias escalofriantes, alejadas de toda realidad y juricidad, fallan
indebidamente, volcando y devolviendo a la calle violenta criminalidad, que
atenta contra todos nosotros.
Por todo ello, fácil es imaginar en qué se transformará el
país sin una ley penal que disuada conductas disvaliosas, prevención general, o bien retribuya el daño por el delito
cometido con la pena correspondiente, prevención especial.
¹
Cfr. Levene, Ricardo (nieto): Estado de peligrosidad o peligrosidad del Estado.
A propósito del Código Penal de Cuba” en Revista Antecedentes Parlamentarios,
Ya hace tiempo hemos tratado los
reiterados errores del órgano jurisdiccional en la interpretación del instituto
de la excarcelación y a dicho estudio remitimos.²
Tales ideologías carecen de sustento
en el tiempo. Desde que el hombre es tal, existe el delito. Por ello es
necesaria la presencia de un Estado que lo contenga con una
Justicia digna que no albergue en su
seno esta clase de magistrados que, con sus resoluciones, ponen en riesgo a la
comunidad toda, concediendo eximiciones de prisión, excarcelaciones, libertades
condicionales imposibles, absurdas, ilógicas e iletradas como arbitrarias y
vergonzosas. Interpretaciones descabelladas de la ley penal se realizan al
servicio de una ideología que no se observa en ningún país del mundo. Ni en
Cuba, como puede verse.
II. Desprotección a
No solo los particulares quedan
desprotegidos. También las instituciones de
Piénsese nomás lo que ocurrirá si los
delitos contra
Administración Pública
Esta laxitud cuando no la eliminación
de normas penales que se pretende, es un claro atentado a la defensa social que
la ley punitiva ejerce, producido por el liberalismo penal o por el seudo
garantismo, que es lo mismo.
Imaginemos qué va a ser de
Sus caudales mermarán, la venalidad de
funcionarios se incrementará geométricamente y ese campo público será tierra de
nadie.
III. Derecho Penal
Jaqueado:
Todo ello ha llevado a la existencia
un “nuevo” Derecho Penal reducido a su mínima expresión, merced a dichos
jueces, sistema que registra un bajísimo porcentaje de condenas, lo que
equivale a un estado de impunidad y por lógica consecuencia a una sociedad
anómica que ya no respeta el sistema penal, y se burla de él porque percibe que
nadie habrá de condenarlo. Y ello alimenta el incremento en los índices de
delincuencia. El delincuente ya no le teme a la sanción porque percibe que la
pena es una amenaza de sanción que raras veces se individualiza, se aplica. El
sistema penal no lo alcanza. Y el delito crece y proyecta todos sus males en
las indefensas víctimas que, en diferentes manifestaciones de diversos
sectores, políticos, sociales, culturales, religiosos, reclaman justicia porque
no la tienen.
² Ver Levene, Ricardo (nieto)
“Excarcelaciones peligrosas (a propósito de la tragedia de Cromañón). La
equivocada interpretación jurisdiccional en Revista Anales de Legislación
Argentina, Boletín Informativo Nº 9, Tomo LXVIII –B, págs. I a X, en
IV. Abolicionismo “de
facto”:
De hecho en el fuero penal de diversas
Jurisdicciones, ya existe un “abolicionismo fáctico” que se evidencia en la no
aplicación del Derecho Penal cuando corresponde hacerlo, y se invocan teorías y
razonamientos extraños para no imponerlos; ello así cuando no se restringen
libertades y se posibilita de tal forma la comisión de más delitos cuando se
destierra por inconstitucional la reincidencia, cuando se abusa del
otorgamiento de excarcelaciones o de libertades condicionales imposibles y no
ajustadas a derecho, etc.
En fin, el abolicionismo “de factum”
ya está presente en la jurisprudencia y en la doctrina. Ello ocurre cuando,
mediante interpretaciones que no se ajustan ni a criterios lógicos ni jurídicos,
se aplican a un caso determinado para evitar la sanción de la delincuencia
peligrosa. Ni los verdaderos juristas ni el hombre común entienden estas
extrañas interpretaciones, que parecen crearse para no aplicar sanciones
penales que claramente corresponden.
El alto índice de violencia y una
mayor peligrosidad debido a la criminalidad dopada de estos días de tanta
proliferación de drogas y que ejecuta graves delitos bajo la ausencia de todo
aspecto inhibitorio y conciencia moral, se ha instalado en la sociedad
argentina. No se avizoran cambios por el momento, sino, por el contrario, un
agravamiento de la situación y mayor incremento en el número de víctimas
padecientes de este “sistema”.
Así, fallos como el de Arriola (Corte
Suprema de
La tenencia para consumo para
marihuana hoy, y merced a dicho fallo del Alto Tribunal, ha dejado de
constituir una conducta ilícita. Para algunos jueces y fiscales, ya nada es
delito.
A propósito de ello tiene dicho el
Cardenal Bergoglio³ “No le tengan
miedo a los mercaderes de la muerte, que acá muy cerquita –se refiere al
Palacio de Justicia- están pensando como hacer que la muerte sea razonable. Son
los señores de la razonabilidad. Engánchense con Jesús y no le hagan caso a
ninguno de estos mercaderes de la muerte”. (Sic)
Las posturas descriptas constituyen un
abolicionismo disimulado y progresivo.
A propósito de reformas que se
proyectan, ordenar figuras delictivas, velar por la proporcionalidad y
racionalidad de las penas, es bienvenido. El desguace penal sería un tremendo
error cuyas consecuencias habrá de soportar todo el pueblo.
Piénsese nomás que la reincidencia en
abusos sexuales llegó al 89% en
Ello se debe a excarcelaciones o
libertades condicionales seudo garantistas que vuelcan a la calle criminalidad
de altísima peligrosidad.
Imaginemos el escenario cuando se
elimine definitivamente el instituto de reincidencia -como lo vienen haciendo
con decisiones pretorianas que se expanden-, poniendo con ello en riesgo la
defensa social.
³
(
El modo de comisión de los ilícitos se
ha modificado en los últimos tiempos.
Por un lado, el incremento de su
frecuencia y por otro, en el ensañamiento, las vejaciones, las torturas que
evidencian los autores hacia sus víctimas.
Y frente a esta escalada de violencia
delictiva, ¿Se aboga por el minimalismo o abolicionismo del Derecho Penal? Ello
significa atentar contra la realidad misma.
Tanto los minimalistas y los
abolicionistas, como los seudo progresistas, entienden que darle una adecuada
respuesta a la seguridad es facilitarle las cosas ¡“a la derecha”! . Nada más
descabellado. Porque la seguridad no es de derecha ni de izquierda, hace a
fundamentales derechos humanos como la propia seguridad, la preservación de la
vida, la propiedad, etc. Por ello cabe concluir que la seguridad es un derecho
humano fundamental de todos y para todos.
La dura realidad de
Minimalistas magistrados (jueces, fiscales)
que actúan “de facto” en sus resoluciones y dictámenes, apelan a razonamientos
grotescos que no coinciden con la letra ni el espíritu de las leyes penales,
con el fin de que en cada caso en el que intervienen, prime su incomprensible
ideología y los autores de hechos gravísimos, escapen, merced a sus insolados
razonamientos, al sistema penal represivo.
A ello sin duda lo provocan tales
ideologías del anti-Derecho Penal que tiñe varios estamentos de la justicia
permisiva y en definitiva, favorecedora de la delincuencia peligrosa a la que
apaña y alienta con resoluciones descabelladas, que carecen de toda razón de
ser y justificación.
Lo ocurrido, permitido y prohijado por
estas tendencias que están de moda y
bajo un falso progresismo, han hecho carne en el país y lo único que pretenden
instalar, es una situación de verdadera anomia, de caos y de palmaria anarquía
que va extendiéndose en el país inexorablemente y a velocidad preocupante.
¿Cuál es el contexto para que estas
políticas represivas de la defensa social puedan cobrar vida? Es América
Latina, donde no existe en general, una definida vocación por la seguridad y
contra la violencia.
Así lo determina el Foro Mundial sobre
Se considera aún que el nuevo desafío
del desarrollo de los pueblos se llama violencia.
Y aquí, en
Hay responsables de todo este
fenómeno, todos los conocen y deberán algún día responder por tanto daño,
mimetizado en ropajes académicos y en altos cargos judiciales que a nadie
engañan.
Esta absurda ideología puede provocar
que
El arzobispo de
Buenos Aires, Cardenal Jorge Bergoglio, en recientes declaraciones -11/02/2013-
sostuvo que el avance del narcotráfico “se extiende gracias a la red de
complicidades que lo sustenta”.
Ello es así. La red de
complicidades se extiende a fuerzas de seguridad, políticos y por supuesto fiscales
y jueces de todas las instancias. Porque cuando estos magistrados liberan
narcos con interpretaciones forzadas de la ley, también están siendo cómplices
del narcotráfico y favorecen su crecimiento.
Por no “criminalizar
los cortes” (al decir de los seudo progresistas) el corte puede terminar en un
hecho criminal. Véase sino lo ocurrido en días recientes en la autopista
Panamericana (Febrero 2013), donde un corte organizado por la falta de luz en
un barrio, culminó en un tiroteo a manos presuntamente de los barras bravas de
Colón. El inocente “corte” constituye delito (ver art. 194 del Código Penal)
En días recientes,
fue robado un joven y prendido fuego con nafta5, ya hemos
llegado a límites intolerables de inseguridad. Los jueces seudo progresistas
debieran reparar en estos sucesos y tomar conciencia de una vez, del enorme
daño que, con sus estrambóticas ideologías plasmadas en sus resoluciones
provocan al tejido social, convirtiendo, por sus consecuencias a dichas decisiones,
en armas mortíferas contra los inocentes, contra la sociedad toda.
Tal vez muchos de
estos jueces no puedan tan siquiera sortear airadamente un examen de psicodiagnostico como parte de una evaluación siquiátrica. Sí
veríamos con beneplácito que se establezca la obligatoriedad de tales
evaluaciones periódicas para todos los magistrados y funcionarios del Poder
Judicial a merced de quienes nada más y nada menos dependen la libertad, la
honra, la salud, y el patrimonio de los ciudadanos.
Todo ello es parte de
un profundo estado de anomia que vive
4 Ver Diario
5 7/3/2013 Canal 13, Noticiero de las 20 hs.
Recientes
declaraciones públicas del Secretario de Seguridad de
Por otra parte, en
Como se ve, resulta
muy difícil en
En el discurso de
apertura de las sesiones ordinarias del Congreso de
Según viene de observarse, estas ideologías
académico judiciales fueron gestadas en ámbitos universitarios y proyectadas hacia
jueces, legisladores, gobernadores, intendentes, docentes, etc. que solo
subvierten la paz y el orden social. Y tienen un único objetivo: destrozar el
Derecho Penal. Para mal de todos.*
6 Ver
7 El 1º de Marzo de 2013.
*
En momentos de enviar este trabajo a la editorial, resultó elegido Papa el
Cardenal Jorge Bergoglio. Por ello, vaya nuestro pequeño y humilde homenaje al
Papa Francisco, deseándole ventura personal y la protección de Dios y